|
ÍNDICE
PÁGINA |
INTRODUCCIÓN Y
JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO………………………………………………………………….3 |
1. ANÁLISIS DE LA
SITUACIÓN Y LAS ÁREAS DE MEJORA………………………………………………………...4 1.1. ESTUDIO DEL
CONTEXTO (REALIDAD SOCIAL, CULTURAL, ECONÓMICA Y LABORAL)………...4 1.2. ESTUDIO DEL
CENTRO……………………………………………………………………………………………………...8 1.2.1. DIAGNÓSTICO DE
FORTALEZAS Y DEBILIDADES. ANÁLISIS DAFO………………………………….11 1.2.2. SELECCIÓN DE
PROBLEMAS IMPORTANTES A ACOMETER Y FORTALEZAS…………………….18 |
2. OBJETIVOS Y FINALIDADES DEL PROYECTO DE
CENTRO…………………………………………………….20 3. PLANES DE ACTUACIÓN. LÍNEAS GENERALES DE ACTUACIÓN
PEDAGÓGICA………………………23 3.1. REGLAMENTO
DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO.(R.O.F.)……………………………..26 3.2. PLAN DE
COMUNICACIÓN………………………………………………………………………………………..86 3.3. PLAN DE
ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD……………………………………………………………………...92 3.4. PLAN DE
CONVIVENCIA…………………………………………………………………………………………….121 3.5. PLAN DE
IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES………………………………………………….150 3.6. PLAN
LECTOR. PROYECTO COMUNICA………………………………………………………………………159 3.7. PROGRAMA
ALDEA: ECOHUERTO Y RECAPACICLA…………………………………………………….161 3.8. PROYECTO DE
GESTIÓN………………………………………………………………………………………….163 4.- LOS PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN……………………………………………………………………………185 4.1. LOS PROC. Y CRITERIOS DE
EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DEL ALUMNADO…………….185
4.2. LOS
PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN INTERNA…………………………………………………….190 5. MARCO LEGISLATIVO DELPROYECTO............................................................................193 |
INTRODUCCIÓN Y
JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO. |
Mi nombre es José Antonio Jiménez Tirado. Nací en
Mis estudios, de la antigua E.G.B., los realicé en su totalidad
en este centro cuando los colegios no eran mixtos (los niños en el Cruz Verde y
las niñas en el Colegio Alfar). Luego pasé por nuestro Instituto, para
completar mis estudios en
Llevo desde diciembre del 1991 ejerciendo como maestro, tanto en
Educación Secundaria, como en Educación de Adultos y Primaria.
En todos estos años además de enseñar he aprendido mucho. No he
dejado de participar en cursos de formación, grupos de trabajo, proyectos educativos…
También he sido jefe de estudios, primer responsable de centro
de adultos y Coordinador de Ciclo.
La conjunción de preparación, experiencia, tiempo e ilusión me
han llevado a presentar esta candidatura.
Este proyecto de Dirección no pretende ser exhaustivo ni
perfecto. Sobre nuestra visión y los objetivos y finalidades que señalamos, se
superponen las aportaciones que realice toda
No presento a los
candidatos o candidatas al puesto de Jefe de Estudios o Secretario, porque
quiero que estos nombramientos sean consensuados y ofertados a todo el
Claustro, si este proyecto es aprobado para ser llevado a cabo.
A nosotros nos cabe la responsabilidad de aunar los esfuerzos,
limar las diferencias y conciliar los contrastes. Seremos breves y claros.
1. ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN Y LAS ÁREAS DE MEJORA. |
1.1. ESTUDIO DEL CONTEXTO (REALIDAD SOCIAL, CULTURAL, ECONÓMICA
Y LABORAL). |
Nuestro empeño,
en este aspecto, ha sido el de Contextualizar
o adecuar al entorno del centro las prescripciones y orientaciones de la
Administración Educativa. De esta forma garantizamos que la acción educativa es
adecuada para un grupo concreto que se desenvuelve en un entorno singular, que
tendrá unas posibilidades y necesidades específicas y diferentes a otros grupos
de otros entornos.
De esta forma, por
un lado damos paso a conocer los aspectos más destacados del entorno en el que
está ubicado nuestro Centro, y por otro lado veremos cómo lo adaptamos al
currículo propio del Centro.
Las zonas naturales de La Rambla están inmersas en un proceso de regresión como
consecuencia de la influencia del hombre, que ha transformado en cultivos la
mayor parte del territorio. De los 137 Km2 que constituyen la totalidad del
término, 131 Km2 aparecen censados como cultivos.
Los puntos fuertes de
nuestro núcleo urbano son la existencia de una
red de plazas y jardines bastante extensa y solamente deficitaria en la zona
sur.
La superficie disponible
de zonas verdes asciende a 53.363 m2,
teniendo en cuenta las instalaciones de la Piscina Municipal y la Fuente del
Abad.
Los puntos más frágiles del paisaje urbano se sitúan en los accesos y en la zona centro con zonas industriales mal configuradas
y la creación de aparcamientos que afea el paisaje de nuestras calles. Se ha
observado también una ausencia casi generalizada de zonas peatonales.
Dentro de la educación en valores debemos incluir el concienciar
a nuestros alumnos/as, ciudadanos/as del futuro, de las ventajas de vivir en un
entorno saludable medioambientalmente, tomando como referencia nuestro medio
más inmediato.
Deberemos pues incorporar a nuestra programación actividades
complementarias y acciones educativas de defensa del medio urbano y de hábitos
de vida saludable, partiendo de nuestro entorno más inmediato: los jardines y
zonas verdes de nuestro municipio.
Existe en La Rambla una elevada vida social en torno a algunas de sus zonas verdes, como son el
Paseo de la Cultura, el Parque del Arroyazo, el Paseo del Calvario, la Plaza de
los Trinitarios, el Llano del Convento, el Paseo de España, el Jardín llamado
de “los Pajaritos” y en menor medida el Paseo de la Minilla.
Forman parte de nuestro patrimonio monumentos como la Iglesia de la Asunción, con su fachada plateresca,
la Iglesia de la Santísima Trinidad, con los restos del Convento Trinitario, el
Torreón del Castillo, con un paño de muralla, la torre del antiguo convento de
Santo Domingo o las ermitas de la Caridad, Calvario, Concepción y San José.
Existen también algunas casas solariegas pertenecientes a la pequeña nobleza
local, levantadas en su mayoría durante el siglo XVIII, estando ubicadas en las
calles más céntricas de la población.
Dentro del casco urbano nos encontramos también el Museo de Cerámica de La Rambla, integrado en el
Torreón del Castillo y La Casa-Museo Alfonso Ariza que nuestro alumnado
debe conocer y visitar.
El Patrimonio Histórico monumental debe de ser conocido por
nuestro alumnado. Es el reflejo de una rica historia local, poco conocida, que
ayudará a nuestros alumnos a aproximarse a la historia andaluza y española.
Para ello deberemos organizar visitas guiadas en colaboración con el
Ayuntamiento, Consejería de Cultura, Diputación, Mancomunidad, Iglesia y
Culturam (Asociación Cultural Rambleña).
Por otro lado según los datos publicados por el INE a 1 de Enero
de 2019 el número de habitantes en La Rambla es de 7.493 (3.713 hombres y 3.780 mujeres). De
este número el 2.71% (203) han emigrado a La Rambla desde otros países.
La
dinámica demográfica del Municipio de La Rambla se caracteriza por experimentar
un lento pero progresivo envejecimiento de la población con disminución de la
natalidad.
Uno de los mayores déficits de La Rambla se encuentra en la
formación de sus habitantes, La Rambla posee porcentualmente menos población
con estudios universitarios que la Campiña Sur, la provincia de Córdoba o
Andalucía.
Esta situación se podría explicar por dos hechos fundamentales:
la atracción por entornos más urbanos en la población con mayor cualificación y
el carácter eminentemente industrial de La Rambla, que permite la incorporación
al mercado laboral de jóvenes a muy temprana edad.
Sería pues conveniente una labor de concienciación y
sensibilización de la población escolar hacia las enseñanzas regladas, como
valor añadido que éstos pueden suponer tanto para proseguir estudios
posteriores como para integrarse en la vida social y económica con mayores
posibilidades de éxito.
Debemos pues de emprender en nuestro centro:
·
Crear una escuela de
padres en colaboración con el A.M.P.A. del centro para concienciar de la
importancia de los estudios de sus hijos/as.
·
Desarrollar actividades
de refuerzo educativo para los niños-as con mayor déficit por lo menos tres
tardes por semana en las materias troncales.
·
Elaborar y firmar un
compromiso educativo para impulsar las medidas anteriores.
·
A través del Plan de Igualdad, tomar medidas
para impulsar la igualdad efectiva entre
hombres y mujeres.
La oferta de enseñanza
reglada en nuestra localidad se concreta en los
siguientes centros educativos, que responden a los criterios de enseñanza para
toda la vida y diversidad de la oferta:
• CENTRO DE EDUCACIÓN
INFANTIL.
• CENTRO DE EDUCACIÓN PERMANENTE DE
PERSONAS ADULTAS.
• C.E.I.P. “ALFAR”
• C.E.I.P “MAESTRO
ROMUALDO AGUAYO”
• I.E.S. “PROFESOR
TIERNO GALVÁN”.
La enseñanza no reglada consiste en la oferta de cursos que realiza fundamentalmente el
Área de Juventud, de cultura, de deportes y de asuntos sociales del
Ayuntamiento la Universidad Popular de nueva creación en la que capacitan para
el desempeño cualificado de mecánica y electricidad.
La oferta socio-cultural de La Rambla se muestra, en opinión de los ciudadanos/ as,
suficiente para satisfacer la demanda de sus vecinos/as.
La Rambla disfruta de un tejido asociativo rico y variado en el
que participan en mayor o menor medida nuestros alumnos y sus familias.
A lo largo del año tienen lugar numerosos acontecimientos y
festividades que contribuyen a mantener viva la identidad cultural de la
población, solidez que puede dar pie al desarrollo de formas de turismo basadas
en la puesta en valor del patrimonio cultural. En todo caso hay que decir que
las fiestas religiosas o con motivos religioso tienen mucha trascendencia en La
Rambla. Entre otras destacamos:
• Fiestas y
actividades de Navidad.
• Día de
Andalucía.
• Carnaval.
• Semana Santa.
• Fiesta de las
Cruces.
• Romería de San
Isidro.
• Celebraciones
privadas de la Primera Comunión.
• Corpus.
• Feria.
A nivel de infraestructuras, disponemos en La Rambla de
instalaciones culturales y deportivas para garantizar los servicios que debe
prestar a la ciudadanía y para que en ellos se desarrollen las actividades que
se demandan: polideportivo, pabellón cubierto, biblioteca, casa de la cultura y
de la juventud.
El número total de parados en octubre del 2020 es de 514, de los cuales 204 son
hombres y 310 mujeres).
El sector servicios viene a ocupar a más del 65% de la población activa en La
Rambla y el número de parados es de 248 personas, seguido de la
agricultura con 104 parados, la industria con 86 parados, las personas sin
empleo anterior con 50 parados y por último la construcción con 26 parados.
1.2.- ESTUDIO DEL CENTRO EDUCATIVO. |
El C.E.I.P. Romualdo Aguayo López cuenta con dos líneas hasta
Sexto de Primaria. En los tres edificios originales con los que se abrió el
colegio situamos toda la educación primaria. Así en el primer bloque pegado a
la calle Cruz Verde situamos en la planta alta a los dos cuartos y en la planta
baja a los dos terceros. A continuación, en el bloque central se sitúan los dos
sextos en la planta alta y los dos quintos en la baja. En el último bloque se
sitúan los dos segundos en la planta alta y los dos primeros en la baja.
Con posterioridad el colegio ha sufrido varias intervenciones
que ha dado como resultado la construcción de las seis aulas de educación
infantil, el aula matinal con su comedor, el salón de actos y el gimnasio.
Además el centro cuenta con una dotación de pizarra digital y
ordenadores en todas las aulas.
La distribución general del Colegio es buena y todas sus
dependencias reúnen excelentes condiciones de amplitud y luminosidad salvo 2 aulas
que reciben a los alumnos de tercero de primaria y el aula matinal que está
demasiado lejos de la entrada del centro.
El Claustro de Profesores lo conforman:
Seis tutores/as de
Educación Infantil y una profesora de apoyo.
Doce tutores/as de los
tres ciclos de Educación Primaria.
Un profesor de apoyo a la
Etapa de Primaria.
Tres profesores de
Primaria que ejercen además de Directora, Jefe de Estudios y Secretaria.
Profesorado especialista
de Inglés, Educación Física, Música y Religión.
El profesorado de P.T. y
A.L.
Dos monitoras escolares.
El Equipo de Ciclo:
Cada ciclo de Educación Primaria está formado por los
profesores/as tutores correspondientes a los que se sumará uno o dos
especialistas.
Proyectos que se llevan a cabo:
ESCUELAS DEPORTIVAS.
PROGRAMA ALDEA:
ECOHUERTOS Y RECAPACICLA.
PLAN DE IGUALDAD ENTRE
HOMBRES Y MUJERES.
ESCUELA ESPACIO DE PAZ.
BIBLIOTECAS ESCOLARES CON
EL PLAN “COMUNICA".
Horario Escolar:
El Centro abre sus puertas a las 7:30 de la mañana, hora en la
que comienza el servicio de Aula Matinal. Este servicio finaliza a las 9:00
horas.
La jornada escolar es de 9.00 h. a 14.00 h. con tres sesiones de
50 minutos, dos de una hora y un recreo de treinta minutos.
El Comedor
Escolar presta sus servicios desde las 14:00 horas hasta las 16:00 h. aprox.
A partir de las
16:00 horas comienzan las actividades extraescolares.
Espacios comunes:
Aula de Informática.
Aula de Audiovisuales y
Salón de Actos.
Biblioteca.
Gimnasio.
Pistas polideportivas.
Servicios Complementarios:
Aula Matinal.
Comedor Escolar.
1.2.1.- DIAGNÓSTICO DE FORTALEZAS Y DEBILIDADES DEL CENTRO.
ANÁLISIS DAFO. |
DEBILIDADES |
AMENAZAS |
Ø
El centro educativo se encuentra en el centro de la localidad.
Su edificio data de los años 70 y necesita acometer algunas reformas, como la
adecuación de dos aulas para tercero de primaria, ubicación del aula matinal
(por su lejanía a la puerta de entrada) y sobre todo un aula de informática
con ordenadores adecuados. Ø
El
nivel socioeducativo de la población es medio: la mayor parte de la población
sólo ha alcanzado los estudios básicos y existe diferencia significativa en
el grado de instrucción recibida por géneros. Los niveles medios de la
población se refieren a titulaciones no universitarias. Algunos padres y
madres poseen estudios universitarios. Ø
El
nivel económico general es medio-alto, pero no sabemos qué puede pasar a
partir de ahora con la pandemia que nos asola. En
general, el nivel de renta familiar medio puede definirse como aceptable y el
nivel de desempleo es medio, en relación con los restantes municipios de la
Mancomunidad “Campiña Sur”. Ø
Las familias de los
alumnos inmigrantes son muy diferentes entre ellas, y no sería correcto
tratarlas como si pertenecieran a una sola categoría. Conviene sin embargo,
mantener una actitud abierta, dado que llegan con grandes dificultades
laborales, económicas y sociales….Hemos observado en las familias inmigrantes
que llegan a nuestro colegio, la dificultad que tienen para relacionarse
adecuadamente con su entorno, debido al desconocimiento de la lengua, el
desconocimiento de los recursos de la zona, las limitaciones formativas de
los padres, así como las diferencias religiosas. Ø
No hay, ni formación entre los docentes, ni tradición;
para trabajar en CCBB, Rúbricas, Estándares de Aprendizaje; y sobre todo como
centro T.I.C. Ø
El PEC se convierte en un documento
inaccesible, tanto para el profesorado en general como para la Comunidad
Educativa. Ø
Mejorar el hábito de estudio e inculcar la
importancia de este al alumnado para la mejora de los rendimientos
académicos. Ø
Fomentar la importancia del hábito lector para
la mejora de la comprensión y a su vez de las competencias básicas. Ø
Reunión
con los equipos docentes para unificar criterios educativos. Falta de tiempo
real. Ø
Detección
temprana y la intervención inmediata con el alumnado que presente
dificultades en su desarrollo y aprendizaje, así como el que presente altas
capacidades intelectuales especialmente en los primeros niveles educativos. Ø
Los mecanismos y las medidas de apoyo y
refuerzo precisan detectar las dificultades de aprendizaje tan pronto como se
produzcan y superar el retraso escolar que pudiera presentar el alumnado, así
como el desarrollo intelectual del alumnado con altas capacidades
intelectuales. Ø
Nuestro centro no está
acogido al Plan de Acompañamiento Escolar, herramienta muy necesaria para
algunos alumnos. Ø
El
centro tiene el martes por la tarde, como día de atención a los padres
(tutoría) y realización de actividades de coordinación entre el profesorado
(reuniones de ETCP, ciclos y niveles educativos) |
Ø
Momento político de incertidumbre. ¿Habrá
cambios normativos? Ø
Falta de pacto político nacional por la
educación. Ø
Imposición de la burocracia. No consensuado
por toda la comunidad educativa. Ø
|
FORTALEZAS |
OPORTUNIDADES |
Ø
Nuestro centro dispone de
un aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares. Ø
En el ajuste horario de las diferentes sesiones
de Educación Primaria, se da prioridad a que cada tutor/a esté con sus
alumnos/as durante las primeras sesiones, sobre todo en los grupos que tienen
asignado/a un maestro/a especialista como tutor/a. Ø
El profesorado se va renovando, y está mucho
mejor preparado en competencias, tecnologías, etc. Ø
Asegurar la asistencia regular al
Colegio de todos nuestros alumnos/as. Ø
Concienciar a las familias de la
importancia de la educación y de la asistencia regular para prevenir
posteriores retrasos en el aprendizaje. Ø
Colaborar con las distintas
instituciones para modificar las situaciones que desarrollan el absentismo. Ø
El currículo de Educación Primaria estará
plasmado en aprendizajes relevantes, significativos y motivadores, y que
tomará en consideración, como elementos transversales, el fortalecimiento del
respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y los
valores que preparan al alumnado para asumir una vida responsable en una
sociedad libre y democrática. Por ello dichos valores también serán evaluados
a través de la observación y de actividades programadas en días especiales
(Paz, Constitución, Andalucía, etc...) y tenidos en cuenta en la calificación
global del alumnado. |
Ø
Apoyo
en grupos ordinarios mediante un segundo profesor dentro del aula para
reforzar aprendizajes instrumentales. Ø
Reforzar
la autoestima personal, escolar y social de los alumnos con dificultades de
aprendizaje, cuyas familias no pueden prestarle apoyo suficiente en la
actividad escolar. Ø
Coordinación con la maestra de apoyo y
refuerzo y con la orientadora del E.O.E. El centro dispondrá las medidas de
atención a la diversidad, tanto organizativas como curriculares, que permitan
una organización flexible de las enseñanzas y una atención personalizada al
alumnado en función de sus necesidades. (Agilizar diagnósticos del EOE). Ø
La
evaluación de la propia práctica docente del profesorado se revela como una
de las estrategias de formación más potentes para mejorar la calidad del
proceso de enseñanza de aprendizaje. Ø
Fomentar el uso de las nuevas tecnologías en
pro de la mejora de los rendimientos escolares. Ø
Conseguir el máximo desarrollo posible en las
competencias clave de nuestro alumnado. Ø
Para
fijar las pautas de la formación del profesorado tendremos presentes las
líneas generales de actuación pedagógica y los objetivos para la mejora de
los rendimientos escolares, previamente aprobados, fruto de la memoria de
autoevaluación y de los resultados de la evaluación. Su carácter será
obligatorio e implicará a la totalidad del profesorado necesario para
alcanzar los objetivos de mejora propuestos. En principio, nuestro proyecto
de formación en centro se ajustará a las siguientes temáticas: 1. Metodología de enseñanza
orientada a la adquisición de competencias básicas. 2. Objetivos para la mejora de
los rendimientos escolares. 3. Itinerario hacia una Escuela TIC. Las necesidades de formación del colegio
podrán ser detectadas como consecuencia de: 1. La reflexión sobre los
procesos de enseñanza y aprendizaje y los resultados del alumnado. 2. Las propuestas de mejora
derivadas de los resultados de las pruebas de evaluación de diagnóstico u
otras pruebas de evaluación externas que se apliquen en el centro, derivadas
del informe que el ETCP y el Claustro aprueban tras la realización de las
mismas. 3. Otras propuestas de mejora
recogidas en la Memoria de Autoevaluación para su inclusión en el Plan de
Centro o fruto de las evaluaciones externas que se realicen. |
1.2.2. SELECCIÓN DE PROBLEMAS IMPORTANTES A ACOMETER. |
Nº |
Acción |
Temporalización |
||
1 |
-Establecer medidas para la
prevención y detección de las dificultades de aprendizaje del alumnado. |
TODO EL CURSO |
|
|
2 |
-Intentar disminuir el número de
repetidores en los diferentes ciclos para mejorar el porcentaje de alumnado
de sexto en el curso que le corresponde por su edad. |
TODO EL CURSO |
|
|
3 |
-Mejorar y controlar el absentismo
escolar para favorecer el rendimiento escolar, manteniendo unas reuniones
informativas con las familias para hacerles partícipes de la importancia del
asunto y la conveniencia de la justificación de las faltas de forma adecuada. |
TODO EL CURSO |
|
|
4 |
-Conseguir el máximo desarrollo
posible en las competencias básicas de nuestro alumnado, introduciendo poco a
poco y de forma progresiva el trabajo con UDIS, RÚBRICAS, Evaluación por
Competencias… |
TODO EL CURSO |
|
|
5 |
-Adaptar el proceso educativo a las
capacidades y peculiaridades del alumnado respetando su propio ritmo de
aprendizaje, agilizando, dentro de lo posible, el proceso de detección y
elaboración de las ACIS y alumnado de Altas Capacidades. |
PRIMER TRIMESTRE |
|
|
6 |
-Fomentar el uso de las nuevas
tecnologías como instrumento motivador y dotar de estrategias que permitan al
alumnado adquirir nuevos aprendizajes a través de ellas. Uso de plataforma
Moodle y sobre todo recursos de editorial SM. |
TODO EL CURSO |
|
|
7 |
-Mejorar el hábito de estudio e
inculcar la importancia de éste al alumnado para la mejora de los rendimientos
académicos, incluyendo algunas técnicas (mapas conceptuales, subrayado,
resúmenes) en las horas de tutoría. |
TODO EL CURSO |
|
|
8 |
-Fomentar la importancia del hábito
lector para la mejora de la comprensión y a su vez de las competencias
básicas, elaborando y llevando a cabo un Plan Lector que forme parte de la
evaluación del alumnado. |
TODO EL CURSO |
|
|
9 |
-Transmitir e inculcar al alumnado
valores de respeto, trabajo cooperativo y habilidades sociales, que le
permitan un desarrollo efectivo en nuestra sociedad. |
TODO EL CURSO |
|
|
10 |
-Mejorar las comunicaciones internas
y externas en la Comunidad Educativa |
TODO EL CURSO |
|
|
2.- OBJETIVOS Y FINALIDADES DEL PROYECTO. |
Nuestro centro debe de
tener dos grandes objetivos que cumplir. Uno de ellos hace referencia a la
continua mejora en la formación integral de nuestro alumnado. El otro incide en
el entorno de nuestro centro y larelación con él; y pretende conseguir la
integración y la armonía entre todos los que formamos esta comunidad educativa.
Estos dos grandes objetivos
se concretan en los siguientes:
Ø Consensuar y
desarrollar el Reglamento de Organización y Funcionamiento (R.O.F.) como el
documento que recoge las normas organizativas y funcionales que han de regular
la convivencia en nuestro Centro y la consecución del clima adecuado para
alcanzar los objetivos que el centro se ha propuesto permitiendo mantener un
ambiente de respeto, confianza y colaboración entre todos los sectores de la
comunidad educativa. (Ver hitos de desarrollo del R.O.F.)
Ø Conseguir el máximo
desarrollo posible en las competencias básicas de nuestro alumnado.
Ø Desarrollar el Plan
Lector como medida que nos ayude a consolidar y mejorar la Competencia
Lingüística.
Ø Crear un Banco de Recursos en la red, que nos ayude a
mejorar las Competencias Básicas, prestando especial atención a la matemática
(resolución de problemas, actividades interactivas).
Ø Solicitar El Plan de
Acompañamiento para el centro en Matemáticas, Lengua Castellana y Extranjera
(Inglés).
Ø Conseguir de forma
gradual los objetivos propuestos por los Equipos Docentes en relación a los
resultados de las pruebas ESCALA y DE DIAGNÓSTICO realizadas por el alumnado de
2º y 4º de Primaria.
Ø Adaptar el proceso educativo a las capacidades y peculiaridades
de los alumnos/as, respetando su propio ritmo de aprendizaje. . Implementar la Atención a la Diversidad como una herramienta
organizativa y curricular que nos permita adaptarnos a las “necesidades de
aprendizaje” de nuestro alumnado, así como su inclusión escolar y social.
Ø Realizar una orientación escolar personal adecuada, así como
unos refuerzos orientados hacia la misma, con la colaboración y apoyo del EOE.
Ø Promover la educación
intercultural en el centro desde un planteamiento global, dirigida a todo el
alumnado y asumida por toda la comunidad educativa.
Ø Fomentar valores personales, solidarios y democráticos para
conseguir de nuestros alumnos/as unos ciudadanos comprometidos, respetuosos y
responsables.
Ø Desarrollar una
intervención preventiva como medio para lograr un buen clima de convivencia:
respeto mutuo, la comprensión, la solidaridad y la interiorización de las
normas de convivencia. (Ver Plan de Convivencia).
Ø Convertir nuestro Centro en un lugar en el que todos estemos a
gusto, cuidando su limpieza y ornamentación, e inculcando en el alumnado la
conciencia de pertenecer a una comunidad escolar que sientan como suya.
Ø Fomentar la coeducación, tanto en la relación entre los sexos
como en la que se establece con personas de otras culturas, aprendiendo el
respeto y la consideración de iguales hacia los demás.
Ø Inculcar en el alumnado el rechazo a todo tipo de
discriminación, ya sea racial, religiosa o de género.
Ø Incrementar la
colaboración y participación de padres y madres en la vida del Centro.
Ø Establecer el Plan de Comunicación como una herramienta de
trabajo para el beneficio de la Comunidad Educativa (Ver hitos de desarrollo en
Planes de Actuación).
Ø Incrementar y mantener las relaciones del centro con el entorno,
intentando crear una institución
docente abierta y sensible a las condiciones socioculturales que la
rodean.
Ø Fomentar y favorecer la progresiva digitalización del centro a
través del uso de las nuevas tecnologías para favorecer el proceso de
aprendizaje (Plataforma de SM y Moodle) y la Comunicación Externa (Symbaloo).
Ø Realizar un diagnóstico inicial, de los recursos materiales de
los que dispone el centro, para poder señalar las necesidades y desarrollar un
Proyecto de Gestión eficaz.
Ø Recoger en el Plan de Autoprotección las deficiencias del
centro, como seguridad de escaleras, pasillos y servicios de los alumnos.
3.- PLANES DE ACTUACIÓN. LÍNEAS GENERALES DE ACTUACIÓN
PEDAGÓGICA. |
A. Difundir y extender
valores como la democracia, el respeto y la tolerancia, así como desarraigar
toda manifestación de discriminación.
Un centro educativo
debe inculcar en su Comunidad Educativa los valores democráticos basados en el
respeto a los demás y la tolerancia frente a ideas que puedan ser diferentes a
las de cada uno. Al mismo tiempo, no puede permitir actitudes de discriminación
por razón de sexo, raza o religión ni el abuso ni el acoso a ningún miembro de
la Comunidad Educativa.
En momentos de
incertidumbre y cambio se necesitan referencias formativas y el centro las
puede aportar siendo una institución no sólo académica, de estudio de
disciplinas o asignaturas, sino también de formación integral, fomentando
valores como la responsabilidad, el esfuerzo, la tolerancia, etc., y que
intente compensar un poco la falta de esos valores en la sociedad actual.
B. Conseguir una
enseñanza de calidad que proporcione al alumnado las máximas posibilidades de
desarrollo personal según sus capacidades.
Partir del nivel de
desarrollo del alumnado: grado de madurez, nivel de competencia, refuerzo de
los conceptos previos más débiles.
Asegurar aprendizajes
constructivos y significativos a partir de la evaluación inicial,
diagnosticando los conocimientos previos y conectándolos con los nuevos.
Buscar aspectos
metodológicos comunes a todo el profesorado del centro, proporcionando de este
modo a la práctica educativa de uniformidad y lo consiguiente sensación de
seguridad del alumnado al percibirla.
Favorecer el
aprendizaje autónomo (Aprender a aprender) facilitando que pueda desarrollar su
actividad con la mínima ayuda necesaria; consolidando los
enlaces entre los conocimientos previos y los nuevos; estructurando y
dosificando los nuevos contenidos conceptuales de forma apropiada (redes,
esquemas y mapas); partiendo de lo próximo a lo lejano y promoviendo la funcionalidad de los aprendizajes, aplicándolos y
transfiriéndolos a otras situaciones o contenidos diferentes.
La extensión de la
enseñanza obligatoria y los cambios sociales han provocado una gran diversidad
en el alumnado. Ello ha creado la necesidad de dar respuesta desde el sistema
educativo a múltiples motivaciones y características, y una educación de
calidad es la que consiga, en la medida de las posibilidades, dar respuesta a
las mismas, ofreciendo posibilidades de desarrollo personal en cuanto a
conocimientos y competencias básicas, y que cada alumno y cada alumna sea capaz
de desarrollar al máximo su proceso de aprendizaje teniendo en cuenta su
situación.
C. La educación es una
responsabilidad de toda la Comunidad y por ello el Centro tiene que estar
abierto a ella.
Estamos viviendo
cambios sociales y educativos muy importantes donde el papel del profesorado y
de las familias ha cambiado y está cambiando y donde los estímulos del alumnado
son muy diferentes a los que existían en otros momentos. Por eso, la
responsabilidad de la educación de nuestro alumnado debe recaer tanto en la
familia como en el profesorado, porque únicamente trabajando en la misma
dirección podemos conseguir nuestro objetivo.
Para ello, el Centro
debe abrirse a su Comunidad, a su contexto, a la realidad que lo rodea y debe
permanecer vigilante para adaptarse a los posibles cambios sociales y, de esta
manera, afrontar con ciertas garantías de éxito el aprendizaje de toda la
Comunidad Educativa.
Este Proyecto de
Dirección debe de sustentar y estar integrado en El Plan de Centro que incluye a su vez, algunos Planes de Actuación para su aplicación.
La mejora y el avance en la digitalización del centro, es primordial para el
desarrollo de este Proyecto de Dirección.
Necesitamos desarrollar
un Aula de Informática con los medios que tenemos actualmente, como son los
ultraportátiles, arreglar las conexiones Wifi de algunas aulas y preparar al
profesorado para trabajar con la plataforma de SM y Moodle a través de
reuniones formativas, grupos de trabajo y cursos de formación.
Cuando analizamos las
principales carencias y debilidades recalcamos “la falta de vías información
general” tanto exterior como interior (Ver Plan de Comunicación) como una
necesidad permanente para toda la comunidad educativa. Además de las
comunicaciones de carácter individual, por WhatsApp, Pasen, correo electrónico,
carta…no existe otro recurso actualmente.
Por tanto, debemos
buscar una herramienta que sirva de eje vertebrador y que canalice toda la
información tanto dentro como fuera del centro. Mi propuesta es muy sencilla, “la aplicación Symbaloo” que vemos a
continuación desde el siguiente enlace:
Como se puede observar
la aplicación es muy fácil de manejar, intuitiva y renovable. Para quien no la
conozca, en realidad es un conjunto de enlaces que nos llevarán fácilmente al
Blog del centro, al de nuestra clase, a consultar el Proyecto de Centro, los
distintos planes y programas que se desarrollan, acceder a Moodle, SM, AMPA,
Google Drive del centro…
Algunos apartados de
este proyecto se recogen de forman muy sumaria en el documento que tienen
ustedes en Pdf, pero en esta aplicación podrán encontrar todo el Plan de
Centro, con su Proyecto de Dirección y todos los Planes y Proyectos
desarrollados en su totalidad.
Algunos de ellos son
los siguientes:
ü Reglamento de
Organización y Funcionamiento. (R.O.F.)
ü Plan de Comunicación.
ü Plan de Gestión del
tiempo.
ü Plan de Atención a la
Diversidad.
ü Plan de Igualdad entre
hombres y mujeres.
ü Plan de Convivencia.
ü Plan de Lector.
Proyecto Comunica.
ü Programa Aldea:
Ecohuertos y Recapacicla.
ü Plan de Gestión.
ü Plan de Autoprotección.
(Riesgos Laborales).
3.1.- REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO. |
ÍNDICE R.O.F.
0. INTRODUCCIÓN
(Elementos, Finalidades y Base Legal).
1.
PARTICIPACIÓN DE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA.
1.1.
EL PROFESORADO.
1.1.1.
Funciones y deberes del profesorado.
1.1.2. Derechos del profesorado.
1.2.
LAS FAMILIAS.
1.2.1.
Derechos de las familias.
1.2.2.
Colaboración de las familias.
1.2.3.
A.M.P.A.
1.2.4.
Medidas para favorecer la participación.
1.2.5.
Ámbitos de participación.
1.3.
PARTICIPACIÓN DE LOS ALUMNOS.
1.3.1.
Deberes del alumnado.
1.3.2.
Derechos del alumnado.
1.3.3.
Ejercicio efectivo de determinados derechos.
1.3.4.
Participación del alumnado.
1.4.
PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS.
1.4.1.
Derechos y obligaciones.
1.4.2.
Monitor Escolar.
1.4.3.
Monitor de Educación Especial.
1.5.
PERSONAL NO DOCENTE CONTRATADO POR OTRA ADMON.
1.5.1.
Conserje.
1.5.2.
Personal de limpieza.
1.6
ÓRGANOS DE GOBIERNO UNIPERSONALES. EQUIPO DIRECTIVO.
1.6.1. El Equipo directivo.
1.6.2.
Director.
a)
Competencias de la Dirección.
b)
Potestad disciplinaria de la Dirección.
1.6.3.
Competencias del Jefe de Estudios.
1.6.4.
Competencias del Secretario.
1.6.5.
Nombramiento y cese del Jefe de Estudios y Secretario.
1.6.6.
Sustitución de los miembros del Equipo Directivo.
1.7.1.
El Consejo Escolar.
a)
Composición, competencias, régimen de funcionamiento.
b)
Comisiones del consejo Escolar.
1.7.2.
El Claustro de Profesores.
a) Carácter
y composición del Claustro de Profesores. Atribuciones y funciones legales del
Claustro.
b) Régimen
de funcionamiento del Claustro de Profesores.
1.8.
ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE
1.8.1.
Equipos Docentes.
1.8.2. Equipos de Ciclo.
-Composición
y competencias.
a)
Coordinadores de ciclo.
Designación
y cese de los Coordinadores de Ciclo. Competencias del Coordinador de Ciclo.
1.8.3.
Equipos de Orientación.
1.8.4.
Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica.
1.8.5.
Tutores.
-1º Tutoría y designación de tutores.
-2º.
Funciones del tutor.
2.
CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA COMUNICACIÓN DE LOS ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS Y DE
COORDINACIÓN DOCENTE. ADMISIÓN Y
EVALUACIÓN DEL ALUMNADO.
2.1.
Comunicación.
2.2.
Admisión.
2.3.
Evaluación y promoción.
3.
RECURSOS MATERIALES.
3.1.
Edificios.
3.2.
Materiales didácticos.
3.2.1.
Libros de texto.
3.2.2.
Material Fungible.
3.3.
Biblioteca.
3.4.
Instalaciones Deportivas.
4.-ORGANIZACIÓN DE LA
VIGILANCIA DE LOS TIEMPOS DE RECREO Y DE LOS
PERIODOS DE ENTRADAS Y SALIDAS DE CLASE.
4.1
Organización de los recreos.
4.2
Entradas y salidas de clase.
5.-COLABORACIÓN DE LOS
TUTORES Y TUTORAS EN LA GESTIÓN DEL
PROGRAMA
DE LIBROS DE TEXTO.
6. PLAN DE AUTOPROTECCIÓN
DEL CENTRO.
8.
CRITERIOS PARA LA ORGANIZACIÓN
DE ACTIVIDADES
EXTRAESCOLARES Y COMPLEMENTARIAS. VIAJES DEL ALUMNADO.
8.1.
Actividades Extraescolares.
8.2
Actividades Complementarias.
8.3
Criterios para la planificación de los viajes del alumnado.
8.3.1.
Destinos.
8.3.2.
Participantes.
8.3.3. Duración.
8.3.4.
Financiación.
9.
NORMAS DE UTILIZACIÓN DE TELÉFONOS MÓVILES Y ACCESO A
INTERNET.
9.1
Móviles.
9.2.
Internet.
9.3
Fotos y grabaciones.
10.
UNIFORME DEL ALUMNADO.
11.
CERTÁMENES.
12.
REVISIÓN Y APROBACIÓN DEL ROF.
INTRODUCCIÓN.
Este Reglamento de Organización y Funcionamiento es el
documento que recoge el conjunto de normas organizativas y funcionales que han
de regular la convivencia en nuestro Centro y la consecución del clima adecuado
para alcanzar los objetivos que el Centro se ha propuesto permitiendo mantener
un ambiente de respeto, confianza y colaboración entre todos los sectores de la
comunidad educativa.
Todos
los miembros de la comunidad educativa estarán obligados a respetar y cumplir
este Reglamento, conforme a su situación en la misma.
Pretendemos
que tenga las siguientes características:
a)
Que sea un instrumento útil, sencillo y con aplicación práctica.
b)
Que esté consensuado al máximo entre los distintos sectores educativos.
c) Que
tenga entre sus metas una mayor participación de todos los colectivos
implicados.
Podemos
señalar como elementos propios de este R.O.F., los siguientes:
a)
Los cauces de participación de los distintos sectores de la comunidad educativa
en todos los aspectos recogidos en el Plan de Centro.
b)
Los criterios y procedimientos que garanticen el rigor y la transparencia en la
toma de decisiones por los distintos órganos de gobierno y de coordinación
docente, especialmente en la escolarización y evaluación del alumnado.
c)
La organización de los espacios, instalaciones y recursos materiales del
centro, así como las normas para su uso correcto.
d)
La organización de la vigilancia de los tiempos de recreo y de los periodos de
entrada y salida de clase.
e) La
forma de colaboración de los tutores y tutoras en la gestión del programa de
gratuidad de libros de texto.
f)
El plan de autoprotección del centro.
g)
El procedimiento para la designación de los miembros de los equipos de
evaluación para la memoria de autoevaluación (Decreto 328/2010 art. 26.5)
h)
Criterios para la organización de actividades extraescolares y complementarias,
especialmente los viajes del alumnado.
i)
Las normas para la utilización en el centro de teléfonos móviles y otros
aparatos electrónicos, así como el procedimiento para garantizar el acceso
seguro a Internet del alumnado, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto
25/2007, de 6 de febrero, por el que se establecen medidas para el fomento, la
prevención de riesgos y la seguridad en el uso de de Internet y las tecnologías
de la información y la comunicación (TIC) por parte de las personas menores de
edad.
Cualquier otro aspecto relativo a la
organización y funcionamiento del Centro no contemplado en la normativa vigente
a la que, en todo caso, habrá de supeditarse.
Las
finalidades que pretendemos alcanzar con el presente R.O.F. serán:
a)
Regular la ordenación de la práctica docente.
b)
Fomentar fórmulas organizativas para la participación de los distintos
sectores.
c)
La organización de recursos humanos y materiales puestos en acción para
conseguir los objetivos que se proponga el Centro.
d)
Regular lo no recogido en el marco legislativo.
e)
Conseguir que las competencias que tienen atribuidas los órganos de gobierno,
tanto unipersonales como colegiados, estén suficientemente concretadas en la
práctica y establecidos los canales de comunicación entre las distintas
estructuras, para la mejor consecución de los objetivos educativos del Centro.
f)
Servir para resolver problemas de organización que se dan por vacío de normas,
o por tener poco claro el proceso a seguir para resolverlos.
BASES
LEGALES PARA LA ELABORACIÓN DEL PRESENTE R.O.F.
-LOE
art. 118. Principios generales.
Participación en el funcionamiento y gobierno
de los centros públicos y privados concertados.
-LEA
art. 135. Composición y competencias Consejo Escolar.
-Art.
7 y 8 Derechos y deberes del alumnado.
-Art.
13, 136, 137,137, 140,141. Participación profesorado.
-Art.
29, 30, 31, 32, 33, 34. Familias.
-Decreto
2320/2007. Art. 12 Promoción del alumnado.
-Orden
10-08-2007 Currículo Andalucía. LEA. Art. 27 PAS.
-Decreto
328/2010 de 13 de julio por el que se aprueba el ROC de los colegios de
primaria.
-Orden
20 de agosto 2010. Por la que se regula la organización y funcionamiento de las
escuelas y colegios de educación primaria.
-Acuerdo
de 6 de mayo de 1997, de la D.G.T. y Seguridad Social. (BOJA. nº 62. 31 de mayo
de 1997).
-Acuerdos
del VI convenio colectivo del personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía.
7/1/2005.
-Orden
de 26 de junio de 1988, por la que se regula la utilización de las
instalaciones de los Centros Docentes Públicos no Universitarios por los
municipios y otras entidades públicas o privadas.
1. PARTICIPACIÓN DE LOS
DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
(Debemos tener en cuenta
el plan de gestión del tiempo siempre que realicemos alguna reunión, bien de
los órganos colegiados o de cualquier otro tipo).
Este es el enlace a la
aplicación creada para poder ver la gestión del tiempo.
https://view.genial.ly/5adb068021cb031fdb5ad347/interactive-content-32-gestion-del-tiempo
1.1.
EL PROFESORADO:
funciones, deberes y derechos del profesorado.
1.1.1.
Funciones y deberes del profesorado.
Las
funciones y deberes de los maestros y maestras son, entre otros, las
siguientes:
a)
La programación y la enseñanza de las áreas que tengan encomendadas.
b) La evaluación del
proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos de enseñanza.
c)
La tutoría del alumnado, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el
apoyo en su proceso educativo, en
colaboración con las familias.
d)
La orientación educativa en colaboración con los equipos de orientación
educativa.
e)
La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral
del alumnado.
f)
La promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro o fuera del recinto educativo,
programadas por los centros.
g)
La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de
respeto, de tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en el
alumnado los valores de la
ciudadanía democrática.
h)
La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus
hijos e hijas, así como la
orientación para su cooperación en el mismo.
i) La coordinación de las
actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean encomendadas.
j)
La participación en la actividad general del centro.
k) La participación en
las actividades formativas programadas por los centros como consecuencia de los
resultados de la autoevaluación o de las evaluaciones internas o externas que se realicen.
l)
La participación en los planes de evaluación que determine la Consejería
competente en materia de educación
o los propios centros.
m)
La investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de enseñanza correspondiente.
n)
El conocimiento y la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación como herramienta habitual de
trabajo en el aula.
2.
El profesorado realizará estas funciones incorporando los principios de
colaboración, de trabajo en equipo y de
coordinación entre el personal docente y el de atención educativa complementaria.
1.1.2.
Derechos del profesorado.
- El
profesorado de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y
primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, en su
condición de funcionario, tiene los derechos
individuales y colectivos previstos en la legislación básica de la función pública.
- Asimismo, y en el
desempeño de su actividad docente tiene, además, los siguientes derechos individuales:
a) Al reconocimiento de su autoridad magistral
y académica.
b) A
emplear los métodos de enseñanza y aprendizaje que considere más adecuados al
nivel de desarrollo, aptitudes y capacidades del alumnado, de conformidad con
lo establecido en el proyecto educativo del centro.
c) A
intervenir y participar en el funcionamiento, la organización y gestión del
centro a través de los cauces establecidos para ello.
d) A
recibir la colaboración activa de las familias, a que éstas asuman sus
responsabilidades en el proceso de educación y aprendizaje de sus hijos e hijas
y a que apoyen su autoridad.
e) A
recibir el apoyo permanente, el reconocimiento profesional y el fomento de su
motivación de la Administración educativa.
f) A
recibir el respeto, la consideración y la valoración social de la familia, la
comunidad educativa y la sociedad, compartiendo entre todos la responsabilidad
en el proceso educativo del alumnado.
g)
Al respeto del alumnado y a que estos asuman su responsabilidad de acuerdo con
su edad y nivel de desarrollo, en su propia formación, en la convivencia, en la
vida escolar y en la vida en sociedad.
h) A
elegir a sus representantes en el Consejo Escolar y a postularse como
representante.
i) A
participar en el Consejo Escolar en calidad de representantes del profesorado
de acuerdo con las disposiciones vigentes.
j) A
la formación permanente para el ejercicio profesional.
1.2
.PARTICIPACIÓN DE LAS FAMILIAS.
1.2.1.
Derechos de las familias.
Las
familias tienen derecho a:
a)
Recibir el respeto y la consideración de todo el personal del centro.
b)
Participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas, apoyando el proceso de
enseñanza y aprendizaje de éstos.
c)
Ser informadas de forma periódica sobre la evolución escolar de sus hijos e
hijas.
d) Ser oídas en las decisiones que afecten a
la evolución escolar de sus hijos e hijas.
e)
Ser informadas de los criterios de evaluación que serán aplicados a sus hijos e
hijas.
f) Ser informadas puntualmente de las faltas
de asistencia de sus hijos e hijas al centro.
g)
Suscribir con el centro docente un compromiso educativo para procurar un
adecuado seguimiento del proceso
de aprendizaje de sus hijos e hijas.
h)
Conocer el Plan de Centro.
i)
Ser informadas de las normas de convivencia establecidas en el centro.
j) Recibir notificación
puntual de las conductas contrarias o gravemente perjudiciales para la convivencia realizadas por sus hijos e
hijas.
k)
Suscribir con el centro docente un compromiso de convivencia, con objeto de establecer mecanismos de coordinación con el profesorado y con
otros profesionales que atienden al alumno o alumna que presente problemas de
conducta o de aceptación de las normas
escolares, y de colaborar en la aplicación de las medidas que se propongan, tanto en el tiempo escolar como
extraescolar, para superar esta situación.
l) Recibir información de
las actividades y régimen de funcionamiento del centro, así como de las evaluaciones de las que haya podido
ser objeto.
m) Recibir información
sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados en el centro.
n)
Participar en la vida del centro y en el Consejo Escolar.
ñ)
Utilizar las instalaciones del centro en los términos que establezca el Consejo
Escolar.
1.2.2.
Colaboración de las familias.
- Los padres y las madres
o representantes legales, como principales responsables que son de la educación de sus hijos e hijas o
pupilos, tienen la obligación de colaborar con los centros docentes y con los maestros y maestras.
-
Esta colaboración de las familias se concreta en:
a) Estimular a sus hijos
e hijas en la realización de las actividades escolares para la consolidación de su aprendizaje que les hayan sido
asignadas por el profesorado. b)
Respetar la autoridad y orientaciones del profesorado.
c)
Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro.
d) Procurar que sus hijos
e hijas conserven y mantengan en buen estado los libros de texto y el material didáctico cedido por los
centros.
e)
Cumplirán con las obligaciones contraídas en los compromisos educativos y de convivencia que hubieran suscrito con el
centro.
1.2.3.
Asociaciones de madres y padres del alumnado.
a)
Las madres, padres y representantes legales del alumnado matriculado en los centros
a los que se refiere el presente Reglamento
podrán asociarse de acuerdo con la normativa
vigente.
b) Las asociaciones de
madres y padres del alumnado tendrán las finalidades que se establezcan en sus propios estatutos, entre las
que se considerarán, al menos, las
siguientes:
-
Asistir a los padres, madres o representantes legales del alumnado en todo
aquello que concierna a la educación
de sus hijos e hijas o menores bajo su guarda o tutela. - Colaborar en las actividades educativas
del centro.
- Promover
la participación de los padres, madres o representantes legales del alumnado en la gestión del centro.
c)
Las asociaciones de madres y padres del alumnado tendrán derecho a ser
informadas de las actividades y régimen de funcionamiento
del centro, de las evaluaciones de las que
haya podido ser objeto, así como del Plan de Centro establecido por el mismo.
d) Las asociaciones de
madres y padres del alumnado se inscribirán en el Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza, a que se
refiere el Decreto 71/2009, de 31 de marzo, por el que se regula el Censo de
Entidades Colaboradoras de la Enseñanza.
e)
Se facilitará la colaboración de las asociaciones de madres y padres del
alumnado con los equipos directivos de los centros, y la
realización de acciones formativas en las que participen
las familias y el profesorado.
1.2.4.
Medidas para favorecer la participación.
Para
conseguir una mayor efectividad en la participación habría que propiciar una serie de medidas favorecedoras entre
las que podríamos destacar las siguientes:
a) Como cuestión previa,
hay que organizar a principio de curso una reunión para informar a los padres de todos los aspectos que, en este sentido,
les interesan: criterios de evaluación, objetivos, funcionamiento de las
clases, tutorías, el aula de su hijo,
normativa del Centro, etc.
b) Conseguir que la
información sea eficaz y fluida. En este sentido sería interesante la utilización de circulares informativas y página web del
Centro.
c)
Posibilitar nuevos contactos, además de los usuales, entre padres/profesores /alumnos de los que podrán salir nuevas
tareas de colaboración.
d)
Crear la "Escuela de padres", mejorando la formación de los padres y
los profesores sobre lo que significa participar
en el ámbito escolar y los beneficios que, con
un trabajo coordinado, se aportarían al Centro.
e) Aprovechamiento de la
experiencia profesional y social de los padres y optimización de la aportación de éstos a la escuela.
f)
Información y difusión sobre las experiencias llevadas a cabo en otros centros educativos en este sentido y que podrían
servir de orientación para nuestro Centro escolar.
1.2.5.
Ámbitos de participación.
Los
padres podrán participar en los siguientes ámbitos:
-.En
el Consejo Escolar.
a) Los representantes
establecerán canales de información adecuados para favorecer la comunicación con sus representados.
b)
Las convocatorias del Consejo Escolar se harán con suficiente antelación, de forma que los padres se puedan poner en
contacto con sus representados y puedan consensuar
sus posturas y sus decisiones.
c)
Se debe incentivar la preparación de las sesiones así como la difusión de los acuerdos tomados en el seno de éstas.
-
En el aula.
a) A principios de curso,
los padres de alumnos de cada grupo elegirán un representante para que actúe y ejercite las funciones de vocal o
delegado de los padres y madres de ese grupo, recogiendo las iniciativas
y sugerencias generales de los padres y madres
de los alumnos del grupo y las traslade al tutor o al órgano competente.
c)
El delegado de los padres y madres de cada grupo podrá reunirse con el tutor de la clase, al menos una vez al trimestre,
para comentar y analizar los asuntos relacionados
con la educación de los alumnos y otras posibles incidencias en la marcha del grupo.
d) Los padres, en
general, deberían participar en la vida del aula a través de su asistencia a
las reuniones reglamentarias, una por trimestre, convocadas por el tutor y por medio de su asistencia y colaboración en las
actividades extraescolares y complementarias
que, con carácter general, se organicen en el Centro.
e)
El Colegio establecerá, al comienzo de cada curso, un horario de tutorías que facilite la asistencia de los padres. Este
horario será, al menos, de una hora semanal, sin perjuicio de otras que se
consideren necesarias. Los padres podrán acudir a la tutoría en la hora señalada de forma voluntaria, y
siempre que lo solicite el tutor de forma expresa.
f)
Los padres deben asumir obligaciones con respecto a la solución de problemas disciplinarios de los hijos.
-En
la A.M.P.A.
a) Para el mejor
funcionamiento del Centro es conveniente que exista un alto grado de colaboración entre éste y la A.M.P.A. En
este sentido, el Colegio deberá informar a la A.M.P.A. de todo aquello
que sea de interés general del Centro, así como poner a su disposición los locales, instalaciones y material.
b) La Junta directiva de
la A.M.P.A. podrá reunirse, al menos una vez al principio de curso y otra al
final del mismo con el Equipo Directivo y, con carácter excepcional, cada vez
que algún tema lo requiera, a petición de alguna de las partes, para
intercambiar y contrastar informaciones o tratar algún tema de su competencia
así como para organizar actividades
educativas y/o extraescolares.
c) Será obligación de la
Junta Directiva de la A.M.P.A. remitir al Equipo
Directivo,
al principio de cada curso, su plan de acción para que sea incluido en el Plan de Centro.
d) La A.M.P.A. no
incluirá en sus aportaciones y sugerencias los aspectos docentes, que son competencia exclusiva del Claustro de Profesores.
e) Podrá elaborar
informes para el Consejo Escolar a iniciativa propia o a petición de éste.
f)
Elaborará propuestas de modificación de este R.O.F.
g) Recibirá un ejemplar
del Plan de Centro y de las revisiones que se puedan hacer a éste.
h) Recibirá información
sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados por el Centro.
1.3.
PARTICIPACIÓN DE LOS ALUMNOS.
1.3.1.
Deberes del alumnado.
Son
deberes del alumnado:
a)
El estudio, que se concreta en:
1º
La obligación de asistir regularmente a clase con puntualidad.
2º
Participar activa y diligentemente en las actividades orientadas al desarrollo
del currículo, siguiendo las
directrices del profesorado.
3º
El respeto a los horarios de las actividades programadas por el centro.
4º
El respeto al ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros y compañeras.
5º La obligación de
realizar las actividades escolares, para consolidar su aprendizaje, que le sean asignadas por el profesorado.
b)
Respetar la autoridad y las orientaciones del profesorado.
c)
Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales y la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la
comunidad educativa, así como la igualdad
entre hombres y mujeres.
d) Respetar las normas de
organización, convivencia y disciplina del centro docente y contribuir al desarrollo del proyecto educativo
del mismo y de sus actividades.
e) Participar y colaborar
en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en el centro.
f) Participar en los
órganos del centro que correspondan, así como en las actividades que este determine.
g) Utilizar adecuadamente
las instalaciones y el material didáctico, contribuyendo a su conservación y mantenimiento.
h)
Participar en la vida del centro.
i)
Conocer la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para Andalucía, con
el fin de formarse en los
valores y principios recogidos en ellos.
1.3.2.
Derechos del alumnado.
El
alumnado tiene derecho:
a) A
recibir una educación de calidad que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad y de sus capacidades.
b)
Al estudio.
c)
A la orientación educativa y profesional.
d) A
la evaluación y el reconocimiento objetivos de su dedicación, esfuerzo y rendimiento escolar. A estos efectos, tendrá derecho a ser
informado de los criterios de evaluación que
serán aplicados.
e)
A la formación integral que tenga en cuenta sus capacidades, su ritmo de
aprendizaje y que estimule el esfuerzo
personal, la motivación por el aprendizaje y la responsabilidad individual.
f)
Al acceso a las tecnologías de la información y la comunicación en la práctica educativa y al uso seguro de internet en
los centros docentes.
g) A la educación que
favorezca la asunción de una vida responsable para el logro de una sociedad
libre e igualitaria, así como a la adquisición de hábitos de vida saludable, la conservación del medio ambiente y la
sostenibilidad.
h) Al respeto a su
libertad de conciencia y a sus convicciones religiosas y morales, así como a su identidad, intimidad, integridad y
dignidad personales.
i) A
la igualdad de oportunidades y de trato, mediante el desarrollo de políticas educativas de integración y compensación.
j) A
la accesibilidad y permanencia en el sistema educativo, en los términos
previstos en el artículo 7.2 i) de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de
Educación de Andalucía.
k) A
la libertad de expresión y de asociación, así como de reunión en los términos establecidos en el artículo 8 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de
julio, reguladora del Derecho a la
Educación.
l)
A la protección contra toda agresión física o moral.
m) A la participación en
el funcionamiento y en la vida del centro y en los órganos que correspondan, y la utilización de las
instalaciones del mismo.
n) A
conocer la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para Andalucía.
ñ) A ser informado de sus
derechos y deberes, así como de las normas de convivencia establecidas en el centro, de forma adecuada a su
edad.
1.3.3.
Ejercicio efectivo de determinados derechos.
1. Para favorecer el
ejercicio de la libertad de expresión del alumnado, la jefatura de estudios favorecerá la organización y celebración
de debates u otras actividades análogas
adecuadas a su edad, en las que éste podrá participar.
2.
Asimismo, en las normas de convivencia se establecerá la forma, los espacios y lugares donde se podrán fijar escritos del alumnado en los que
ejercite su libertad de expresión.
1.3.4.
Participación del alumnado
a).
Delegados y delegadas de clase.
1º. El alumnado de cada
clase de educación primaria elegirá, por sufragio directo y secreto, por
mayoría simple, durante el primer mes del curso escolar, un delegado o delegada
de clase, así como un subdelegado o subdelegada, que sustituirá a la persona que ejerce la delegación en caso de vacante,
ausencia o enfermedad.
2º.
Los delegados y delegadas colaborarán con el profesorado en los asuntos que
afecten al funcionamiento de la clase y, en su caso, trasladarán al tutor o
tutora las sugerencias y reclamaciones
del grupo al que representan.
3º El delegado actuará de
moderador en las reuniones habidas en el aula. Por ausencia del delegado dicha función la realizarán el
subdelegado.
4º. El delegado
solicitará al tutor la celebración de reuniones de clase y le comunicará los temas a tratar.
5º. La duración del
mandato será de un curso escolar, aunque el delegado podrá cesar por voluntad
propia debiendo explicar los motivos que determinen el cese. Podrá ser cesado por el director, a propuesta del tutor, si
comete varias faltas de disciplina.
b).
Reuniones de clase.
1º) Los alumnos de un
grupo de clase podrán reunirse, en su aula, para tratar temas de interés escolar: elección de delegado, quejas sobre
funcionamiento de algunas clases,
actividades extraescolares y complementarias,...
2º)
Dichas reuniones se realizarán fuera de las horas lectivas, preferiblemente en
el recreo o en la hora no lectiva de permanencia del profesorado en el centro.
3º) En estas reuniones
actuará de moderador el delegado de la clase, y en su ausencia el subdelegado. El moderador velará para que la reunión se
lleve a cabo dentro de un marco democrático y participativo en el que
cada uno tenga la oportunidad de expresar sus propias opiniones y respetar no
sólo el turno de palabra sino también las diferentes
ideas.
4º)
En estas reuniones actuará de secretario el subdelegado o el tercer candidato más votado del curso, si este moderara dicha reunión, que tomará
nota de los acuerdos habidos en el seno de
la misma para que surtan los efectos oportunos.
5º) En los cursos que el
tutor lo considere oportuno, sobre todo en los más pequeños, éste suscitará y moderará debates relacionados con temas que
afecten al grupo.
1.4.
EL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y
SERVICIOS.
Normativa: Acuerdos del
VI convenio colectivo del personal laboral al servicio de la
Junta
de Andalucía. 7/1/2005
1.4.1.
Derechos y obligaciones.
1. El personal de
administración y servicios y de atención educativa y complementaria de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de
los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos
específicos de educación especial
tendrá los derechos y obligaciones establecidos en la legislación del personal funcionario o laboral que le resulte de
aplicación.
2.
Asimismo, tendrá derecho a participar en el Consejo Escolar en calidad de representante del personal de administración y servicios o, en
su caso, del personal de atención educativa
complementaria, de acuerdo con las disposiciones vigentes, y a elegir a sus representantes en este órgano
colegiado.
3. Será el Secretario/a,
por delegación del Director, el encargado de ejercer la Jefatura de este
personal. Éste debe velar por el cumplimiento de todas sus funciones. Sería
conveniente que el Secretario se reuniera periódicamente con el personal no
docente
para
hacer un seguimiento del trabajo realizado y para intercambio de informaciones.
1.4.2.
Monitor/a escolar.
El Monitor Escolar se
encargará más concretamente de las siguientes funciones:
a)
Correspondencia de Secretaría.
b)
Registro de entrada y salida de documentos.
c)
Actualizar archivo, expedientes y fichas de alumnos.
d)
Actualizar el archivo de padres.
e)
Confección de listas en general.
f)
Apoyar a la Jefatura de Estudios en el registro de asistencia y ausencias del profesorado.
g)
Llevar información a las aulas.
h)
Entrega de Graduados y Certificados.
i)
Realización y entrega de citaciones para Claustro y Consejo Escolar.
j)
Copia de documentos (Proyecto Educativo, Plan de Centro., Memoria...)
k)
Certificaciones, Informes, Información para tablones de anuncios. l) Participar en los Órganos del Centro.
m)
Participar en el mantenimiento y funcionamiento de la Biblioteca.
1.4.3.
Monitor/a de Educación Especial. (Si lo hubiera)
Atenderá a los
discapacitados psíquicos, sensoriales, físicos o con otras necesidades
educativas especiales, bajo la dependencia de la dirección del centro y del profesorado especialista, ejerciendo las
siguientes funciones:
a)
Atender, bajo la supervisión del profesorado especialista o equipo técnico, la realización de actividades de ocio y tiempo libre realizadas
por el alumnado, arriba citado, de este
centro.
b)
Colaborar, si son requeridos, en la programación que elaboren los órganos
colegiados o equipos correspondientes, sobre las actividades de ocio y tiempo
libre.
c)
Instruir y atender a los alumnos a su cargo en conductas sociales, comportamientos de autoalimentación, hábitos de higiene y aseo
personal en aquellos lugares donde el
alumno participe en actividades programadas.
d)
Colaborar en los cambios de servicios, en la vigilancia de recreos y clases.
e)
Colaborar, bajo la supervisión del profesorado especialista, en las relaciones Centro-familia.
f) Integrarse en los
equipos de orientación, con la misión de colaborar con el profesor tutor y/o
con el resto del equipo de especialistas en actividades formativas no docentes.
g)
Facilitar al alumnado disminuido la realización de las tareas encomendadas en clase, bajo la supervisión del profesor
de esa clase.
1.5.
PERSONAL NO DOCENTE CONTRATADO POR OTROS ORGANISMOS.
En
cuanto a este personal no docente hemos de señalar que será el Secretario, por delegación del Director, el encargado de ejercer su
jefatura. Éste debe velar por el cumplimiento
de todas sus funciones.
1.5.1. Conserje.
Creemos
en la necesidad de delimitar claramente las funciones del Conserje, contratado por el Ayuntamiento, para facilitar su relación con
el resto de personas que forman la comunidad educativa (Equipo Directivo,
Profesorado, Padres, Alumnos.) y evitar
posibles conflictos, derivados de una falta de definición de competencias.
Proponemos
que el Conserje cumpla las siguientes funciones:
a)
Abrir y cerrar las puertas de acceso al Centro, al comienzo y finalización de la jornada escolar.
b)
Tendrá y "controlará "una copia de todas las llaves de las
dependencias del Centro, salvo las de aquellas donde haya documentación cuya
custodia corresponda a la Dirección
o Secretaría del mismo.
c)
Control del combustible y recepción de éste.
d) Encendido y apagado de
los sistemas de calefacción, siguiendo las indicaciones
de la Dirección.
e)
Recogida y entrega de la correspondencia oficial del Centro.
f)
Mantenimiento y cuidado de los jardines.
g)
Control de entradas y salidas de personas y vehículos ajenos al Centro.
h)
Atender correctamente a las personas ajenas al Centro y orientarlas sobre quien debe resolverles las cuestiones que
soliciten.
i)
Trasladar el mobiliario, material y enseres que fueren necesarios, dentro del recinto escolar.
j)
Vigilancia del edificio y realización de pequeñas tareas de mantenimiento.
k)
Comunicar a la Dirección del Centro cualquier anomalía que se produzca.
l)
Ocasionalmente, el Conserje podrá asumir otras funciones siempre que las mismas se encuentren en el ámbito de sus competencias, para el
mejor funcionamiento del Centro y previo
conocimiento por parte de la Dirección.
1.5.2.
Personal de limpieza.
Sus
funciones en el Colegio serán:
a)
Mantenimiento y limpieza en todas las dependencias del Centro, dejando las pizarras limpias y las mesas colocadas
para el día siguiente.
b)
Dar cuenta inmediata al Equipo Directivo de las anomalías que encuentre en relación con la limpieza o mantenimiento
del Centro.
1.6.
ÓRGANOS DE GOBIERNO UNIPERSONALES. EQUIPO DIRECTIVO.
1.6.1.
El Equipo Directivo.
Los órganos unipersonales
de gobierno constituyen el Equipo Directivo del Centro.
El
equipo directivo tendrá las siguientes funciones: a) Velar por el buen funcionamiento
del centro.
b) Establecer el horario
que corresponde a cada área y, en general, el de cualquier otra actividad docente y no docente.
c)
Adoptar las medidas necesarias para la ejecución coordinada de los acuerdos adoptados por el Consejo Escolar y el Claustro de Profesorado,
así como velar por el cumplimiento de las
decisiones de los órganos de coordinación docente, en el ámbito de sus respectivas competencias.
d)
Elaborar el Plan de Centro y la memoria de autoevaluación.
e) Impulsar la actuación
coordinada del centro con el resto de centros docentes de su zona educativa, especialmente con el instituto de
educación secundaria de la localidad.. f) Favorecer la participación del
centro en redes de centros que promuevan planes y proyectos educativos para la mejora permanente de la enseñanza.
g)
Colaborar con la Consejería competente en materia de educación en aquellos
órganos de participación que, a
tales efectos, se establezcan.
h)
Cumplimentar la documentación solicitada por los órganos y entidades
dependientes de la Consejería
competente en materia de educación.
i)
Cualesquiera otras que le sean atribuidas por Orden de la persona titular de la
Consejería competente en materia de
educación.
1.6.2.
El director/a:
1.
La dirección ejercerá las siguientes competencias:
a)
Ostentar la representación del centro, representar a la Administración
educativa en el mismo
y hacerle llegar a esta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa.
b)
Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las
competencias atribuidas al Claustro
de Profesorado y al Consejo Escolar.
c)
Ejercer la dirección pedagógica, facilitar un clima de colaboración entre el profesorado, designar el profesorado responsable de la aplicación
de las medidas de atención a la diversidad,
promover la innovación educativa e impulsar y realizar el seguimiento de
los planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.
d)
Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.
e)
Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.
f) Ejercer la potestad
disciplinaria de acuerdo con lo establecido en el artículo 1.6.2. 2 de este ROF.
g)
Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución
de los conflictos e imponer las
medidas disciplinarias que correspondan al alumnado, en cumplimiento de la normativa vigente y del
proyecto educativo del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar.
h) Impulsar la
colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno y
fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de
cuantas actuaciones propicien una formación integral del alumnado en conocimientos y valores.
i)
Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones
externas y en la evaluación del
profesorado.
j) Convocar y presidir
los actos académicos y las reuniones del Consejo Escolar y del Claustro de Profesorado y ejecutar los acuerdos
adoptados en el ámbito de sus competencias.
k) Realizar las
contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro y
ordenar los pagos, todo ello de
conformidad
con lo que establezca la Consejería competente en materia de educación.
l) Visar las
certificaciones y documentos oficiales del centro, así como de los centros privados que, en su caso, se adscriban a él, de
acuerdo con lo que establezca la Consejería
competente en materia de educación.
m)
Proponer requisitos de especialización y capacitación profesional respecto de
determinados puestos de trabajo docentes del centro, de acuerdo con lo que a
tales efectos se determine por Orden de la persona
titular de la Consejería competente en materia
de educación.
n)
Proponer a la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería
competente en materia de educación
el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro de
Profesorado y al Consejo Escolar.
ñ)
Establecer el horario de dedicación de los miembros del equipo directivo a la realización de sus funciones, de conformidad con el número total
de horas que, a tales efectos, se determine por Orden de la persona titular de
la Consejería competente en materia de
educación.
o)
Proponer a la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería
competente en materia de educación el nombramiento y cese de las personas
coordinadoras de ciclo, oído
el Claustro de Profesorado.
p)
Nombrar y cesar a los tutores y tutoras de grupo, a propuesta de la jefatura de
estudios.
q)
Decidir en lo que se refiere a las sustituciones del profesorado que se
pudieran producir, por
enfermedad, ausencia u otra causa de acuerdo con lo que a tales efectos se determine por Orden de la persona titular de la Consejería
competente en materia de educación y
respetando, en todo caso, los criterios establecidos normativamente para la provisión de puestos de trabajo docentes.
r)
Las personas que ejerzan la dirección de los centros adoptarán los protocolos
de actuación y las medidas
necesarias para la detección y atención a los actos de violencia de género dentro del ámbito escolar, así como cuando haya
indicios de que cualquier alumno o alumna
vive en un entorno familiar o relacional en el que se esté produciendo una situación de violencia de género.
s)
Cualesquiera otras que le sean atribuidas por Orden de la persona titular de la
Consejería
competente en materia de educación
2.
Potestad disciplinaria de la dirección.
1. El director/a será
competente para el ejercicio de la potestad disciplinaria respecto del personal al servicio de la Administración de
la Junta de Andalucía que presta
servicios
en su centro, en los casos que se recogen a continuación:
a)
Incumplimiento injustificado del horario de trabajo hasta un máximo de nueve
horas al mes.
b)
La falta de asistencia injustificada en un día.
c) El incumplimiento de
los deberes y obligaciones previstos en la legislación de la función pública o del personal laboral que resulta
de aplicación, en el presente Reglamento,
así como los que se establezcan en el Plan de Centro, siempre que no deban ser calificados como falta grave.
2.
Entre el personal afectado por lo recogido en el apartado anterior se incluirá
el orientador de referencia
en el horario en que éste presta servicios en el centro.
3.
Las faltas a las que se refiere el apartado 1 podrán ser sancionadas con apercibimiento, que deberá ser comunicado
a la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación a efectos de su
inscripción en el registro de personal
correspondiente.
4.
El procedimiento a seguir para la imposición de la sanción garantizará, en todo
caso, el derecho del personal a
presentar las alegaciones que considere oportunas en el preceptivo trámite de audiencia al
interesado o interesada.
5.
Contra la sanción impuesta el personal funcionario podrá presentar recurso de
alzada ante la persona titular
de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación y el personal laboral podrá presentar
reclamación previa a la vía judicial ante
la Secretaría General Técnica de dicha Consejería. Las resoluciones de los
recursos de alzada y de las reclamaciones previas que se dicten conforme a lo
dispuesto en este apartado pondrán
fin a la vía administrativa.
1.6.3.
Competencias del Jefe de Estudios.
Son competencias de la jefatura de
estudios:
a) Ejercer, por
delegación de la dirección y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico
y controlar la asistencia al trabajo del mismo.
b)
Sustituir al director o directora en caso de vacante, ausencia o enfermedad.
c) Ejercer, por
delegación de la dirección, la presidencia de las sesiones del equipo técnico de coordinación pedagógica.
d)
Proponer a la dirección del centro el nombramiento y cese de los tutores y
tutoras de grupo.
e)
Coordinar las actividades de carácter académico y de orientación, incluidas las
derivadas de la coordinación con los institutos de educación
secundaria a los que se encuentre adscrito
el centro.
f)
Elaborar, en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, el
horario general del centro, así como el horario
lectivo del alumnado y el individual de cada
maestro y maestra, de
acuerdo con los criterios incluidos en el proyecto educativo, así como velar por su estricto cumplimiento.
g)
Elaborar el plan de reuniones de los órganos de coordinación docente.
h)
Elaborar la planificación general de las sesiones de evaluación.
i)
Coordinar las actividades de los coordinadores de ciclo.
j)
Garantizar el cumplimiento de las programaciones didácticas.
k)
Organizar los actos académicos.
l) Organizar la atención
y el cuidado del alumnado en los períodos de recreo y en las actividades no lectivas.
m) Cualesquiera otras que
le sean atribuidas en el Plan de Centro o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en
materia de educación.
1.6.4.
Competencias del/ la Secretario/a.
Son
competencias de la secretaría:
a) Ordenar el régimen
administrativo del centro, de conformidad con las directrices de la dirección.
b) Ejercer la secretaría
de los órganos colegiados de gobierno del centro, establecer el plan de reuniones de dichos órganos, levantar acta
de las sesiones y dar fe de los acuerdos,
todo ello con el visto bueno de la dirección.
c)
Custodiar los libros oficiales y archivos del centro.
d)
Expedir, con el visto bueno de la dirección, las certificaciones que soliciten
las autoridades y las
personas interesadas.
e)
Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado.
f) Adquirir el material y
el equipamiento del centro, custodiar y gestionar la utilización del mismo y velar por su mantenimiento en todos
los aspectos, de acuerdo con la normativa vigente y las indicaciones de
la dirección, sin perjuicio de las facultades que en materia de contratación corresponden a la persona titular de la
dirección, de
conformidad
con lo recogido en el artículo 70.1.
g)
Ejercer, por delegación de la dirección y bajo su autoridad, la jefatura del
personal de administración y servicios y de atención
educativa complementaria adscrito al centro y controlar
la asistencia al trabajo del mismo.
h)
Elaborar, en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, el
horario del personal de administración y servicios y
de atención educativa complementaria, así como
velar por su estricto cumplimiento.
i)
Elaborar el anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos del centro.
j)
Ordenar el régimen económico del centro, de conformidad con las instrucciones
de la dirección, realizar la contabilidad y rendir
cuentas ante la Consejería competente en materia de educación y los órganos a
los que se refiere el artículo 25.4. del Decreto
328/2010
de 13 de julio.
k)
Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el Plan de Centro o por Orden de
la persona titular de la
Consejería competente en materia de educación.
1.6.5.
Nombramiento de la jefatura de estudios y de la secretaría.
1. La dirección, previa
comunicación al Claustro de Profesorado y al Consejo Escolar, formulará a la persona titular de la Delegación
Provincial correspondiente de la Consejería
competente en materia de educación propuesta de nombramiento de la
jefatura
de estudios y de la secretaría, de entre el profesorado con destino en el
centro.
2.
La propuesta procurará la participación equilibrada de hombres y mujeres en el equipo directivo del centro.
3.
La jefatura de estudios y la secretaría cesarán en sus funciones al término de
su
mandato
o al producirse alguna de las circunstancias siguientes:
a) Renuncia motivada
aceptada por la persona titular de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería competente en materia
de educación, previo informe razonado
de la dirección, oído el Consejo Escolar.
b) Cuando por cese de la
dirección que los propuso, se produzca la elección del nuevo director o directora.
c)
Cuando deje de prestar servicios efectivos en el centro.
d) A
propuesta de la dirección, mediante escrito razonado, previa audiencia al
interesado
y previa comunicación al Claustro de Profesorado y al Consejo Escolar.
1.6.6.
Régimen de suplencias de los miembros del equipo directivo.
1. En caso de vacante,
ausencia o enfermedad, la dirección será suplida temporalmente por la jefatura de estudios.
2. En caso de vacante,
ausencia o enfermedad, la jefatura de estudios y la secretaría serán suplidas
temporalmente por el maestro o maestra que designe la dirección, que informará de su decisión al Consejo Escolar.
1.7.
ÓRGANOS COLEGIADOS.
1.
El Consejo Escolar y el Claustro de Profesorado son los órganos colegiados de gobierno de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los
colegios de educación primaria, de los
colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial.
2. El Consejo Escolar es
el órgano colegiado de gobierno a través del cual participa la comunidad educativa en el gobierno de nuestro
centro.
3. El Claustro de
Profesores es el órgano propio de participación del profesorado en el gobierno
del centro, que tiene la responsabilidad de planificar, coordinar y, en su
caso, decidir o informar sobre todos los
aspectos educativos del mismo.
4.
Normas generales y supletorias de funcionamiento de los órganos colegiados de
gobierno:
Para
lo no previsto en los artículos 51 y 67, el régimen de funcionamiento de los órganos colegiados de gobierno de los centros docentes públicos
será el establecido en el Capítulo II del
Título IV de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en el Capítulo II del
Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
y demás normativa aplicable.
1.7.1.
El Consejo Escolar.
El
Consejo Escolar funcionará en Pleno, en el seno del cual se deben marcar las directrices a seguir y las decisiones a tomar. El Pleno del
Consejo Escolar debe definir las funciones
concretas de cada Comisión, al tiempo que delegue determinadas funciones en
ellas (elaboración de documentos para la Evaluación Interna, por ejemplo), sin delegar el control.
El Consejo Escolar
funcionará, también, en Comisiones para agilizar el
tratamiento
de los diversos temas. Estas Comisiones dependerán siempre de las
decisiones
habidas en el seno del Consejo Escolar:
a) Composición,
competencias, régimen de funcionamiento.
Nuestro Centro según la
normativa (LEA art. 135) que regula la composición del Consejo Escolar de los
centros de 9 o más unidades y menos de 18 estará compuesto
por
los siguientes miembros:
a)
El director o la directora del centro, que ejercerá la presidencia.
b)
El jefe o la jefa de estudios.
c)
Cinco maestros o maestras.
d)
Seis padres, madres o representantes legales del alumnado, de los que uno será designado, en su caso, por la asociación de padres y madres del
alumnado con mayor número de personas
asociadas.
e)
Una persona representante del personal de administración y servicios.
f) Una concejalía o
persona representante del Ayuntamiento del municipio en cuyo término se halle radicado el centro.
g)
El secretario o la secretaria del centro, que ejercerá la secretaría del
Consejo Escolar, con
voz y sin voto.
La
elección de los representantes de los distintos sectores de la comunidad
educativa en el Consejo Escolar se realizará de forma que
permita la representación equilibrada de hombres y mujeres, de conformidad con
lo establecido en el artículo 19.2 de la Ley 9/2007,
de 22 de octubre.
Una
vez constituido el Consejo Escolar del centro, éste designará una persona que impulse medidas educativas que fomenten la igualdad real y
efectiva entre hombres y mujeres.
Competencias.
El
Consejo Escolar de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de
educación primaria, de los colegios de educación infantil y
primaria y de los centros
públicos
específicos de educación especial tendrá las siguientes competencias:
a) Aprobar y evaluar el
Plan de Centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro de Profesorado en relación con la planificación y
la organización docente.
b)
Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y la justificación de la cuenta
de gestión.
c) Conocer las
candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por las personas candidatas.
d)
Participar en la selección del director o directora del centro en los términos
que establece la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo
directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros,
adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director o directora.
e)
Decidir sobre la admisión del alumnado con sujeción a lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y
disposiciones que la desarrollen.
f)
Realizar el seguimiento de los compromisos educativos y de convivencia
suscritos en el centro, para garantizar su efectividad y proponer la adopción
de medidas e iniciativas en
caso de incumplimiento.
g)
Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan al
presente Reglamento y demás normativa de aplicación.
Cuando las medidas disciplinarias
adoptadas por el director o directora correspondan a conductas del alumno o alumna que perjudiquen gravemente la convivencia del centro,
el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o representantes legales del
alumnado, podrá revisar la decisión adoptada
y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
h)
Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de
conflictos en todos los ámbitos de la vida
personal, familiar y social.
i) Reprobar a las
personas que causen daños, injurias u ofensas al profesorado. En todo caso, la resolución de reprobación se emitirá tras
la instrucción de un expediente, previa audiencia al interesado.
j)
Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la obtención de recursos
complementarios.
k) Fijar las directrices
para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros,
entidades y organismos.
l)
Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del
rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones
internas y externas en las que participe el centro.
m)
Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la
Administración competente, sobre el funcionamiento del centro
y la mejora de la calidad de la gestión, así
como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.
n)
Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Consejería competente en
materia de educación.
Régimen
de funcionamiento del Consejo Escolar.
1. Las reuniones del
Consejo Escolar deberán celebrarse en el día y con el horario que posibiliten
la asistencia de todos sus miembros y, en todo caso, en sesión de tarde que no interfiera el horario lectivo del centro.
2. El Consejo Escolar
será convocado por orden de la presidencia, adoptado por propia iniciativa o a solicitud de, al menos, un tercio
de sus miembros.
3. Para la celebración de
las reuniones ordinarias, el secretario o secretaria del Consejo Escolar, por
orden de la presidencia, convocará con el correspondiente orden del día a los miembros del mismo, con una antelación mínima
de una semana, y pondrá a su disposición la correspondiente información sobre
los temas a tratar en la reunión. Podrán
realizarse, además, convocatorias extraordinarias con una antelación mínima de cuarenta
y ocho horas, cuando la naturaleza de los asuntos que hayan de tratarse así lo aconseje.
4. El Consejo Escolar
adoptará los acuerdos por mayoría de votos, sin perjuicio de la exigencia de otras mayorías cuando así se
determine expresamente por normativa específica.
b)
Comisiones del Consejo Escolar.
1.
En el seno del Consejo Escolar se constituirá una comisión permanente integrada
por el director o directora,
el jefe o jefa de estudios, un maestro o maestra y un padre, madre o representante legal del alumnado, elegidos por los
representantes de cada uno de los sectores
en dicho órgano.
2. La comisión permanente
llevará a cabo todas las actuaciones que le encomiende el Consejo Escolar para
cada curso escolar, que se harán constar en un acta del mismo, e informará al Consejo trimestralmente del trabajo
desarrollado.
3.
Asimismo, el Consejo Escolar constituirá una comisión de convivencia integrada
por el director o directora,
que ejercerá la presidencia, el jefe o jefa de estudios, dos maestros o maestras y cuatro padres, madres o representantes
legales del alumnado
elegidos
por los representantes de cada uno de los sectores en el Consejo Escolar.
Si
en el Consejo Escolar hay un miembro designado por la asociación de madres y padres del alumnado con mayor número de personas asociadas, éste
será uno de los representantes de los padres
y madres en la comisión de convivencia.
4.
La comisión de convivencia tendrá las siguientes funciones:
a)
Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para
mejorar la convivencia, el respeto mutuo, así como
promover la cultura de paz y la resolución pacífica
de los conflictos.
b)
Adoptar las medidas preventivas necesarias para garantizar los derechos de
todos los miembros de la comunidad educativa y el
cumplimiento de las normas de convivencia del
centro.
c)
Desarrollar iniciativas que eviten la discriminación del alumnado,
estableciendo planes de acción positiva
que posibiliten la integración de todos los alumnos y alumnas. d) Mediar en los conflictos planteados.
e)
Conocer y valorar el cumplimiento efectivo de las correcciones y medidas disciplinarias en los términos que hayan
sido impuestas.
f) Proponer al Consejo
Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia en el centro.
g) Dar cuenta al pleno
del Consejo Escolar, al menos dos veces a lo largo del curso, de las actuaciones realizadas y de las correcciones y
medidas disciplinarias impuestas.
h)
Realizar el seguimiento de los compromisos de convivencia suscritos en el
centro.
i) Cualesquiera otras que
puedan serle atribuidas por el Consejo Escolar, relativas a las normas de convivencia en el centro.
1.7.2.
El Claustro de Profesores.
Composición del Claustro de Profesorado.
1. El Claustro de
Profesorado será presidido por el director o directora del centro y estará
integrado por la totalidad de los maestros y maestras que presten servicios en
el mismo.
2.
Ejercerá la secretaría del Claustro de Profesorado el secretario o secretaria
del centro. 3. Podrá integrarse el orientador/a del Equipo de Orientación de la
zona.
Competencias
El
Claustro de Profesorado tendrá las siguientes competencias:
a)
Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la
elaboración del Plan
de Centro.
b)
Aprobar y evaluar los aspectos educativos del Plan de Centro.
c)
Aprobar las programaciones didácticas y las propuestas pedagógicas.
d)
Fijar criterios referentes a la orientación y tutoría del alumnado.
e) Promover iniciativas
en el ámbito de la experimentación, de la innovación y de la investigación pedagógica y en la formación del
profesorado del centro.
f)
Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la
selección del director o directora en los términos establecidos en la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo,
y demás normativa de aplicación.
g)
Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección
presentados por las
personas candidatas.
h)
Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del
rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones
internas y externas en las que participe el centro.
i)
Informar el reglamento de organización y funcionamiento del centro. j) Informar la memoria de autoevaluación.
k) Conocer la resolución
de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar para que éstas se atengan a la normativa
vigente.
l)
Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.
m)
Cualesquiera otras que le sean atribuidas por el reglamento de organización y funcionamiento del centro o por Orden de la
persona titular de la Consejería competente en materia de educación.
Régimen
de funcionamiento
del Claustro de Profesorado.
1.
Las reuniones del Claustro de Profesorado deberán celebrarse en el día y con el
horario que posibiliten la asistencia de
todos sus miembros. En las reuniones ordinarias, el secretario o secretaria del
Claustro de Profesorado, por orden del director o directora, convocará con el correspondiente orden del día a los miembros
del mismo, con una antelación mínima de
cuatro días y pondrá a su disposición la correspondiente información
sobre los temas incluidos en él. Podrán realizarse, además, convocatorias extraordinarias con una antelación mínima de
cuarenta y ocho horas, cuando la naturaleza
de los asuntos que hayan de tratarse así lo aconseje.
2.
El Claustro de Profesorado será convocado por acuerdo del director o directora,
adoptado por propia iniciativa o a
solicitud de, al menos, un tercio de sus miembros. La asistencia a las sesiones del Claustro de Profesorado será
obligatoria para todos sus miembros, considerándose la falta injustificada a
los mismos como un incumplimiento del
horario laboral.
1.8
ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE:
En
las escuelas infantiles de segundo ciclo, los colegios de educación primaria,
los colegios de educación
infantil y primaria y los centros públicos específicos de educación especial existirán los siguientes
órganos de coordinación docente:
a)
Equipos docentes.
b)
Equipos de ciclo.
c)
Equipo de orientación.
d)
Equipo técnico de coordinación pedagógica.
e)
Tutorías.
1.8.1.
Equipos docentes.
1. Los equipos docentes
estarán constituidos por todos los maestros y maestras que imparten docencia a
un mismo grupo de alumnos y alumnas. Serán coordinados por el correspondiente tutor o tutora.
2.
Los equipos docentes tendrán las siguientes funciones:
a)
Llevar a cabo el seguimiento global del alumnado del grupo, estableciendo las medidas necesarias para mejorar su aprendizaje, de acuerdo con
el proyecto educativo del centro.
b)
Realizar de manera colegiada la evaluación del alumnado, de acuerdo con la normativa vigente y con el proyecto educativo del centro y
adoptar las decisiones que correspondan en
materia de promoción.
c)
Garantizar que cada maestro y maestra proporcione al alumnado información
relativa a la programación del
área que imparte, con especial referencia a los objetivos, los mínimos exigibles y los criterios de
evaluación.
d)
Establecer actuaciones para mejorar el clima de convivencia del grupo.
e)
Tratar coordinadamente los conflictos que surjan en el seno del grupo, estableciendo
medidas para resolverlos y sin perjuicio de las competencias que
correspondan a otros órganos en materia de
prevención y resolución de conflictos.
f)
Conocer y participar en la elaboración de la información que, en su caso, se proporcione a los padres, madres o
representantes legales de cada uno de los alumnos o alumnas del grupo.
g)
Proponer y elaborar las adaptaciones curriculares no significativas bajo la coordinación del profesor o profesora tutor
y con el asesoramiento del equipo de orientación
a que se refiere el artículo 86.
h) Atender a los padres,
madres o representantes legales del alumnado del grupo de acuerdo con lo que se establezca en el plan de
orientación y acción tutorial del centro y en la normativa vigente.
i)
Cuantas otras se determinen en el plan de orientación y acción tutorial del
centro.
3.
Los equipos docentes trabajarán para prevenir los problemas de aprendizaje que pudieran presentarse y compartirán toda la información que sea
necesaria para trabajar de manera coordinada
en el cumplimiento de sus funciones.
4.
La jefatura de estudios incluirá en el horario general del centro la
planificación de las reuniones
de los equipos docentes.
1.8.2.
Equipos de ciclo.
1. Cada equipo de ciclo
estará integrado por los maestros y maestras que impartan docencia en
él. Los maestros y maestras que impartan docencia en diferentes ciclos serán
adscritos a uno de éstos por el director o directora del centro,
garantizándose, no obstante, la coordinación de este profesorado con los otros
equipos con los que esté relacionado, en
razón de las enseñanzas que imparte.
2. En nuestro centro
existirán los siguientes equipos de ciclo: equipos de primero, de segundo y de tercer ciclo de educación primaria.
3.
Son competencias de los equipos de ciclo:
a)
Colaborar con el equipo directivo en la elaboración de los aspectos docentes
del proyecto educativo.
b) Elaborar las
programaciones didácticas o, en su caso, las propuestas pedagógicas correspondientes al mismo, de acuerdo con el
proyecto educativo.
c)
Velar para que en las programaciones didácticas de todas las áreas se incluyen medidas para estimular el interés y el hábito de la lectura y la
mejora de la expresión oral y escrita del
alumnado.
d) Realizar el
seguimiento del grado de cumplimiento de la programación didáctica y proponer las medidas de mejora que se deriven del
mismo.
e)
Colaborar en la aplicación de las medidas de atención a la diversidad que se desarrollen para el alumnado del ciclo.
f) Promover, organizar y
realizar las actividades complementarias y extraescolares, de conformidad con lo establecido en la normativa
vigente.
g)
Mantener actualizada la metodología didáctica, especialmente aquella que
favorezca el desarrollo de las
capacidades en el alumnado de educación infantil y de las competencias básicas en el alumnado de
educación primaria.
h)
Evaluar la práctica docente y los resultados del proceso de
enseñanza-aprendizaje.
i) Cualesquiera otras que
le sean atribuidas en el proyecto educativo del centro o por Orden de la persona titular de la Consejería
competente en materia de educación.
1.8.2.
a. Coordinadores o coordinadoras de ciclo.
Los
colegios de educación primaria con seis o más unidades y que impartan todos los
cursos de este nivel
educativo tendrán un coordinador o coordinadora por cada uno de los ciclos.
Competencias del coordinador o coordinadora de ciclo:
a) Coordinar y dirigir
las actividades de los equipos de ciclo, así como velar por su cumplimiento.
b)
Convocar y presidir las reuniones de los equipos de ciclo y levantar acta de
las mismas.
c)
Representar al equipo de ciclo en el equipo técnico de coordinación pedagógica.
d) Coordinar y dirigir la
acción de los tutores y tutoras conforme al plan de orientación y acción tutorial.
e)
Coordinar la enseñanza en el correspondiente ciclo de acuerdo con el proyecto educativo.
f) Cualesquiera otras que
le sean atribuidas en el proyecto educativo del centro o por Orden de la Consejería competente en materia de
educación.
Nombramiento de los coordinadores y coordinadoras de
ciclo.
1.
La dirección de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de
educación primaria, de los colegios
de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de
educación especial, oído el Claustro de Profesorado, formulará a la persona titular de la Delegación Provincial
correspondiente de la Consejería competente en materia de educación propuesta de nombramiento de los
coordinadores o coordinadoras de ciclo,
de entre el profesorado funcionario con destino definitivo en el centro. Las
personas coordinadoras de ciclo desempeñarán su cargo durante dos cursos escolares, siempre que durante dicho período
continúen prestando servicio en el centro. 2. La propuesta procurará la
participación equilibrada de hombres y mujeres en los órganos de coordinación docente de los centros.
Cese de los coordinadores y coordinadoras de
ciclo.
1.
Los coordinadores o coordinadoras de ciclo cesarán en sus funciones al término
de su
mandato
o al producirse alguna de las causas siguientes:
a) Cuando por cese de la
dirección que los propuso, se produzca la elección del nuevo director o directora.
b) Renuncia motivada
aceptada por la persona titular de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería competente en materia
de educación, previo informe razonado
de la dirección del centro.
c) A
propuesta de la dirección, mediante informe razonado, oído el Claustro de Profesorado, con audiencia a la persona
interesada.
2. En cualquiera de los
supuestos a los que se refiere el apartado anterior el cese será acordado por la persona titular de la
correspondiente Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación.
3. Producido el cese de
la coordinación del ciclo, la dirección del centro procederá a designar a una
nueva persona responsable de dicha coordinación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 84 del Decreto 328/2010
de 13 de julio.
1.8.3.
Equipo de orientación.
1. Las escuelas
infantiles de segundo ciclo, los colegios de educación primaria y los colegios de educación infantil y primaria tendrán
un equipo de orientación del que formará parte un orientador del equipo
de orientación educativa a los que se refiere el
artículo
144.1 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, que se integrará en el Claustro de
Profesorado de aquel centro donde preste más horas de atención
educativa. Todo ello sin perjuicio de que,
si lo desea, pueda integrarse en los Claustros de Profesorado de los demás centros. En todo caso, el referido
profesional tendrá, a todos los efectos, los demás derechos y
obligaciones que el resto del profesorado. También formarán parte, en su caso, del equipo de orientación los maestros
y maestras especializados en la atención del alumnado con necesidades
específicas de apoyo educativo, los maestros y maestras especialistas en pedagogía terapéutica o en audición y
lenguaje, los maestros y maestras
responsables de los programas de atención a la diversidad y los otros
profesionales
no docentes con competencias en la materia con que cuente el centro.
2. El equipo de
orientación asesorará sobre la elaboración del plan de orientación y acción tutorial, colaborará con los equipos de
ciclo en el desarrollo del mismo, especialmente en la prevención y
detección temprana de las necesidades específicas de apoyo educativo, y
asesorará en la elaboración de las adaptaciones curriculares para el alumnado que las precise.
3. El
equipo de orientación contará con un coordinador o coordinadora cuyas competencias, nombramiento y cese se ajustarán a lo previsto
para los coordinadores y coordinadoras de
ciclo en los artículos 83, 84 y 85, respectivamente.
4. El profesional del
equipo de orientación educativa que forme parte del equipo de orientación será
el orientador de referencia del centro. Su designación será realizada al inicio
de cada curso escolar por la persona titular de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería competente en materia
de educación, a propuesta del coordinador
o coordinadora del equipo técnico provincial.
5.
Los orientadores u orientadoras tendrán las siguientes funciones:
a) Realizar la evaluación
psicopedagógica del alumnado, de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente.
b)
Asesorar al profesorado en el proceso de evaluación continua del alumnado.
c) Asesorar al
profesorado en el desarrollo del currículo sobre el ajuste del proceso de enseñanza y aprendizaje a las necesidades del
alumnado.
d) Asesorar a la
comunidad educativa en la aplicación de las medidas relacionadas con la mediación, resolución y regulación de
conflictos en el ámbito escolar.
e)
Asesorar al equipo directivo y al profesorado en la aplicación de las
diferentes actuaciones y medidas de atención a la diversidad, especialmente las
orientadas al alumnado que presente
necesidades específicas de apoyo educativo.
f)
Colaborar en el desarrollo del plan de orientación y acción tutorial,
asesorando en sus funciones al profesorado
que tenga asignadas las tutorías, facilitándoles los recursos didácticos o educativos necesarios y,
excepcionalmente, interviniendo directamente con el alumnado, ya sea en grupos
o de forma individual, todo ello de acuerdo con lo que se recoja en dicho plan.
g) Asesorar a las
familias o a los representantes legales del alumnado en los aspectos que afecten a la orientación psicopedagógica del
mismo.
h) Cualesquiera otras que
le sean atribuidas en el proyecto educativo o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en
materia de educación.
1.8.4.
Equipo técnico de coordinación pedagógica.
1.
El equipo técnico de coordinación pedagógica estará integrado por la
persona que ostente la dirección, que
lo presidirá, el jefe o jefa de estudios, los coordinadores o coordinadoras de
ciclo y, en su caso, el coordinador o coordinadora del equipo de
orientación educativa.
Actuará como secretario o secretaria el maestro o maestra que designe la dirección de entre sus miembros.
2.
Se integrará, asimismo, en el equipo de técnico de coordinación pedagógica, el orientador u orientadora de referencia del
centro.
Competencias del equipo técnico de coordinación
pedagógica.
El
equipo técnico de coordinación pedagógica tendrá las siguientes competencias:
a)
Establecer las directrices generales para la elaboración de los aspectos
educativos del Plan de Centro y sus
modificaciones.
b)
Fijar las líneas generales de actuación pedagógica del proyecto educativo. c)
Asesorar al equipo directivo en la elaboración del Plan de Centro.
d)
Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de las programaciones didácticas.
e)
Asesorar a los equipos de ciclo y al Claustro de Profesorado sobre el
aprendizaje y la evaluación
en competencias y velar porque las programaciones de las áreas contribuyan al desarrollo de las competencias básicas.
f)
Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las
medidas y programas de atención
a la diversidad del alumnado.
g)
Establecer criterios y procedimientos de funcionamiento del aula de
convivencia.
h)
Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los aspectos educativos del
Plan de Centro.
i)
Realizar el diagnóstico de las necesidades formativas del profesorado como consecuencia de los resultados de la autoevaluación o de las
evaluaciones internas o externas que se
realicen.
j) Proponer al equipo
directivo las actividades formativas que constituirán, cada curso escolar, el plan de formación del profesorado, para
su inclusión en el proyecto educativo.
k)
Elaborar, en colaboración con el correspondiente centro del profesorado, los proyectos de formación en centros.
l)
Coordinar la realización de las actividades de perfeccionamiento del
profesorado.
m) Colaborar con el
centro del profesorado que corresponda en cualquier otro aspecto relativo a la
oferta de actividades formativas e informar al Claustro de Profesorado de las mismas.
n)
Investigar sobre el uso de las buenas prácticas docentes existentes y
trasladarlas a los equipos
de ciclo y de orientación para su conocimiento y aplicación.
ñ)
Informar a los maestros y maestras sobre líneas de investigación didáctica
innovadoras
que se estén llevando a cabo con respecto al currículo
o) Establecer indicadores
de calidad que permitan valorar la eficacia de las actividades desarrolladas por el centro y realizar su
seguimiento.
p) Elevar al Claustro de
Profesorado el plan para evaluar los aspectos educativos del Plan de Centro, la evolución del aprendizaje y el
proceso de enseñanza.
q) Colaborar con la
Agencia Andaluza de Evaluación Educativa en la aplicación y el seguimiento de las pruebas de evaluación de
diagnóstico y con aquellas otras
actuaciones
relacionadas con la evaluación que se lleven a cabo en el centro.
r) Proponer, al equipo
directivo y al Claustro de Profesorado, planes de mejora como resultado de las evaluaciones llevadas a cabo en
el centro.
s) Cualesquiera otras que
le sean atribuidas por el proyecto educativo del centro o por Orden de la persona titular de la Consejería
competente en materia de educación.
1.8.5.
Tutores
a)
Tutoría y designación de tutores y tutoras.
Los
tutores y tutoras ejercerán la dirección y la orientación del aprendizaje del alumnado y el apoyo en su proceso educativo
en colaboración con las familias.
El
nombramiento del profesorado que ejerza la tutoría se efectuará para un año
académico
y atendiendo a los siguientes criterios:
a)
Se tendrá en cuenta que aquellos maestros/as que, durante un curso escolar,
hayan
tenido asignado el primer curso de cualquier ciclo de Educación Primaria permanecerán en el mismo ciclo hasta su finalización por parte
del grupo de alumnos/as con que lo inició.
b)
Los miembros del Equipo Directivo, a excepción del director/a del centro,
deberán ser tutores e
impartir docencia, preferentemente en el tercer o segundo ciclo de Educación Primaria, siéndoles asignada
enseñanza y curso, antes que al
resto
del claustro, por este orden: director/a, jefe/a de estudios y secretario/a.
c) Los participantes en
algún Proyecto o Plan de trabajo que afecte, en particular, a
determinado
nivel podrán continuar adscritos al ciclo de ese nivel mientras dure
el
Proyecto.
d) Siempre que sea
posible, los maestros/as con nombramiento provisional en el
Centro, si no consta que
es por más de un curso, serán adscritos al último curso del ciclo.
e) A los restantes
maestros/as se les tendrá en cuenta la experiencia docente. Se
ordenarán aplicando
sucesivamente los siguientes criterios: mayor antigüedad como propietario
definitivo en el Centro; en caso de empate, mayor antigüedad en el Cuerpo como funcionario de carrera; de
persistir el empate, menor número de
registro de personal o de orden de lista.
f)
La tutoría del alumnado con n.e.e. escolarizado en un grupo ordinario será ejercida de manera compartida entre el
maestro/a que ejerza la tutoría del grupo donde
esté integrado y el profesorado especialista.
g) La adjudicación de un
determinado puesto de trabajo no exime al profesorado de impartir otras enseñanzas o actividades que
pudieran corresponderle de acuerdo con la organización pedagógica del
centro y con la normativa que resulte de aplicación.
b)
Funciones de la tutoría.
En
educación primaria los tutores y tutoras ejercerán las siguientes funciones:
a)
Desarrollar las actividades previstas en el plan de orientación y acción
tutorial.
b) Conocer las aptitudes
e intereses de cada alumno o alumna, con objeto de orientarle en su proceso de aprendizaje y en la toma de
decisiones personales y académicas.
c)
Coordinar la intervención educativa de todos los maestros y maestras que
componen el equipo docente del
grupo de alumnos y alumnas a su cargo.
d)
Coordinar las adaptaciones curriculares no significativas propuestas y
elaboradas por el equipo docente.
e)
Garantizar la coordinación de las actividades de enseñanza y aprendizaje que se
propongan al alumnado a su cargo.
f)
Organizar y presidir las reuniones del equipo docente y las sesiones de
evaluación de su grupo de alumnos y
alumnas.
g) Coordinar el proceso
de evaluación continua del alumnado y adoptar, junto con el equipo docente, las
decisiones que procedan acerca de la evaluación y promoción del alumnado, de conformidad con la normativa que
resulte de aplicación.
h)
Cumplimentar la documentación personal y académica del alumnado a su cargo.
i)
Recoger la opinión del alumnado a su cargo sobre el proceso de enseñanza y aprendizaje desarrollado en las distintas
áreas que conforman el currículo.
j) Informar al alumnado
sobre el desarrollo de su aprendizaje, así como a sus padres, madres o representantes legales.
k)
Facilitar la cooperación educativa entre el profesorado del equipo docente y
los padres y madres o representantes legales del
alumnado. Dicha cooperación incluirá la atención a la tutoría electrónica a
través de la cual los padres, madres o representantes legales del alumnado menor de edad podrán intercambiar información
relativa a la evolución escolar de
sus hijos e hijas con el profesorado que tenga asignada la tutoría de los
mismos de conformidad con lo que a tales efectos se establezca por Orden de la persona titular de la Consejería competente en
materia de educación.
l) Mantener
una relación permanente con los padres, madres o representantes legales del alumnado, a fin de facilitar el ejercicio
de los derechos reconocidos en el artículo 10. A tales efectos, el horario dedicado a las entrevistas con
los padres, madres o representantes legales
del alumnado se fijará de forma que se posibilite la asistencia de los mismos y, en todo caso, en sesión de tarde.
m)
Facilitar la integración de los alumnos y alumnas en el grupo y fomentar su participación en las actividades del centro.
n)
Colaborar, en la forma que se determine en el reglamento de organización y funcionamiento, en la gestión del programa
de gratuidad de libros de texto.
ñ) Cualesquiera otras que
le sean atribuidas en el plan de orientación y acción tutorial del centro o por
Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.
2. CRITERIOS Y
PROCEDIMIENTOS PARA LA COMUNICACIÓN DE LOS ACUERDOS
DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS Y DE COORDINACIÓN DOCENTE. ADMISIÓN Y EVALUACIÓN DEL ALUMNADO.
2.1.
Comunicación.
a)
Los representantes del profesorado en el Consejo Escolar informarán al profesorado en las reuniones de ciclo, para lo cual figurará en
la sesión que siga a la reunión del consejo
escolar un punto en el orden del día de dichas reuniones que será el de la información de los acuerdos adoptados.
b)
Los padres informarán a sus representados en las reuniones del AMPA.
c) Se enviarán a los
padres circulares informativas de cualquier acuerdo que les afecte de manera especial y cuya importancia así
lo aconseje.
d) Habrá una reunión
inicial del equipo directivo con los padres y madres de los alumnos de nuevo ingreso en la que les entregarán y
comentarán las normas de convivencia
y otros aspectos del funcionamiento de nuestro colegio.
e)
La comunidad educativa de nuestro colegio podrá estar informada de determinados temas a través de la página
Web del centro.
f) Los padres y madres
podrán utilizar la plataforma PASEN en los términos que se acuerden con los tutores y el/la encargado/a de la página web del
Centro o coordinador/a TIC.
g)
Tablones de anuncios.
Unos
estarán dedicados a la información general (Concursos, convocatorias, exposiciones...) y sindical. Éstos estarán
situados en el pasillo, junto a la entrada.
Para
la información más concreta del profesorado (partes de ausencias, normas
específicas de algún tema...) se utilizará el de la Sala de Profesores.
De su actualización se
encargará el Personal de Administración o Equipo Directivo.
h)
Buzón de sugerencias.
Se
colocará a la entrada del edificio y en él se recibirá información espontánea y no formal de cualquier miembro o sector
de la comunidad. Para su mejor funcionamiento
consideramos necesario:
-
Revisar periódicamente el contenido.
-
Designar una o varias personas para la lectura de los textos.
- Eliminar todo texto que
atente contra la dignidad de las personas o que sea calumnioso o falso.
-
Clasificar y estructurar la información recibida para remitirla al sector de la
comunidad educativa interesado.
-
Resolver ágil y adecuadamente las peticiones recibidas.
i)
Actos informativos específicos.
En
el caso de que el Centro quiera dar una especial relevancia a una información o
que la naturaleza de ésta lo requiera, se podrán utilizar
mecanismos diferentes a los arriba citados,
tales como:
-Reunión
informativa.
-Proyección
de vídeo, exposición...
-Elaboración
de impresos (circulares, boletines...) y folletos específicos.
-Invitación
de profesionales y expertos en determinados temas.
-Utilización
de cartelería.
-Cualesquiera de las
fórmulas que se decida, atendiendo al carácter de la información y a su urgencia.
2.2
Admisión.
No hay problemas en cuanto al número en la
admisión del alumnado, por tanto simplemente
nos atendremos a los plazos marcados por la administración para el proceso anual de reserva de plazas y
matriculación del alumnado, colocando en distintos puntos del pueblo carteles
informativos.
2.3.
Evaluación y promoción.
(Orden
de 10 de agosto de 2007)
a). En la primera reunión con los padres y madres,
sobre todo a los de 2º, 4º y 6º, se les entregará una hoja con los criterios de
evaluación- promoción para cada uno de los ciclos, como viene recogido en el
proyecto educativo en su apartado 4º.
b). Con el fin de
garantizar el derecho de las familias a participar en el proceso educativo de
sus hijos e hijas, los tutores y tutoras, así como el resto del profesorado, informarán a los padres, madres o tutores legales
sobre la evolución escolar de sus hijos e hijas.
c).
Esta información se referirá a los objetivos establecidos en el currículo y a
los progresos y dificultades
detectados en el grado de adquisición de las competencias básicas y en la consecución de los
objetivos de cada una de las áreas. A tales efectos, los tutores y tutoras requerirán, en su caso, la colaboración de los
restantes miembros del equipo docente.
d).
Al menos tres veces a lo largo del curso el tutor o tutora informará por escrito a los padres, madres o tutores legales del alumnado
sobre el aprovechamiento académico de este
y la evolución de su proceso educativo.
e).
Al finalizar el curso, se informará por escrito a los padres, madres o tutores
legales acerca de los resultados de la evaluación final. Dicha información
incluirá, al menos, las calificaciones obtenidas en las distintas áreas
cursadas, la decisión acerca de su promoción al ciclo siguiente, si procede, y
las medidas adoptadas, en su caso, para que el alumno o alumna alcance las
competencias básicas y los objetivos establecidos en cada una de las áreas,
según los criterios de evaluación correspondientes.
La
decisión de no promoción será tomada por el equipo docente y comunicada a los
padres y madres por el tutor al menos con diez días de antelación a la
finalización del curso en una reunión con los padres en la que se les comunicará
dicha decisión en un escrito que deberán firmar éstos.
Si
no hay conformidad, los padres podrán solicitar, mediante un escrito dirigido
al director/a, la revisión de dicha decisión por el equipo docente, que se
deberá reunir otra vez y tomar una decisión teniendo en cuenta lo alegado por
los padres.
El
director comunicará a los padres dicha decisión y ofrecerá a los mismos la
posibilidad de acudir a otras instancias.
f).
Con el fin de garantizar el derecho que asiste a los alumnos y alumnas a la evaluación
y al reconocimiento objetivo de su dedicación, esfuerzo y rendimiento escolar,
los maestros y maestras informarán a los padres, madres o tutores legales del
alumnado, a principios de curso, acerca de los objetivos, competencias básicas,
contenidos y criterios de evaluación de cada una de las áreas.
g.
Los padres, madres o representantes legales podrán formular reclamaciones sobre
la evaluación final del aprendizaje de sus hijos e hijas o pupilos, así como
sobre la decisión de promoción, de acuerdo con el procedimiento que, a tales
efectos, se describe en el apartado e).
3.
RECURSOS MATERIALES.
3.1.
Edificios.
a)
Se debe concienciar a los padres, alumnos y profesores de que el edificio
escolar es una propiedad colectiva y de que su conservación debe de ser una
responsabilidad compartida.
b)
Los espacios deben estar adaptados para permitir la agrupación rápida de los
alumnos. Para las clases de Refuerzo, se utilizarán preferentemente los
espacios libres dedicados a la enseñanza (aulas que queden libres de alumnos
por falta de grupos, grupos en música o en educación física), biblioteca
escolar y tutorías y por este orden.
c)
El edificio escolar durante las horas de clase debería permanecer cerrado,
siendo su apertura fácil desde dentro, sin necesidad de llave. Durante el
recreo las puertas deben permanecer igualmente cerradas. La entrada de los
alumnos al edificio debe hacerse por las puertas que se determinen en el
Claustro. Se velará para que ningún alumno se ausente del Centro durante el
horario escolar.
d)
Se procurará que en el caso de que los alumnos tengan que cambiar de aula o
utilizar el patio o el aula de música, éstos lo hagan sin molestar al resto del
alumnado, respetando el derecho que los demás tienen a trabajar sin ser
molestados.
e)
Durante los recreos no debe haber niños en clase ni por los pasillos a no ser
que estén con algún profesor.
f)
Los aseos deberán permanecer abiertos mientras lo esté el Centro. Se procurará
utilizarlos en los recreos. Se velará para que en ellos se mantengan las
condiciones mínimas de limpieza y para que los alumnos cuiden de los mismos.
g)
La utilización de las zonas deportivas del Centro será regulada por personas
encargadas por el Claustro siguiendo las normas de vigilancia de los recreos.
h)
Los profesores deberán motivar y educar a los alumnos en el respeto, cuidado y
conservación del edificio escolar. En este sentido, se insistirá en el uso de
las papeleras, mantenimiento y cuidado de las fuentes.
3.2.
Material didáctico.
-
El/la secretario/a del Centro y el Equipo directivo formarán el Equipo
Responsable
de Recursos que analizarán desde el Centro las necesidades que éste tiene y lo
que ya posee. Una de sus misiones será, de un lado, conseguir el mayor
rendimiento de las dotaciones y la distribución racional de medios y
materiales; y de otro, conseguir que el profesorado integre los medios
didácticos en el currículo y no los considere algo ajeno.
-El
material didáctico lo encontramos estructurado en los siguientes apartados:
3.2.1 Libros de texto.
(Orden
de 27 abril de 2005).
Se
entiende por libro de texto "el material impreso no fungible y
autosuficiente, destinado a ser utilizado por el alumnado y que desarrolla,
atendiendo a las orientaciones metodológicas y criterios de evaluación correspondientes,
los contenidos establecidos por la normativa educativa y vigente para el área o
materia y el ciclo o curso de que en cada caso se trate.
El
libro de texto no necesitará cuadernos impresos o materiales editados que
supongan gastos extra para las familias.
a)
Es obligación del alumnado asistir a clase con los libros y material propuesto
por
el
maestro/a de cada materia así como su
cuidado y conservación.
b)
El alumno podrá adquirir por su cuenta los libros de texto o acogerse al programa
de gratuidad de la Junta.
3.2.1.a).
Utilización y conservación de los materiales.
1.
El alumnado beneficiario del programa de gratuidad de libros de texto queda
sujeto a la obligación de hacer un uso adecuado y cuidadoso de los mismos y de
reintegrarlos al centro una vez finalizado el curso escolar o en el momento de
su baja del centro si se produce su traslado.
2.
El deterioro culpable o malintencionado, así como el extravío de los libros de
texto supondrá la obligación, por parte de los representantes legales del alumno
o alumna, de reponer el material deteriorado o extraviado.
3.
Todos los libros de texto serán registrados por el centro e identificados con
una etiqueta que se fijará en la primera hoja de los mismos, donde aparecerá el
nombre del centro y el del alumno o alumna que lo tenga en préstamo en cada
curso escolar, de acuerdo con el procedimiento que a tales efectos establezca
el Consejo Escolar.
3.2.1.
b). Obligaciones de los beneficiarios.
1.
El alumnado que participe en el programa de gratuidad de los libros de texto,
así como sus representantes legales, tendrán las siguientes obligaciones:
a)
Entregar en la librería o establecimiento comercial el correspondiente
cheque-libro, debidamente cumplimentado y firmado una vez recibidos los libros
de texto.
b)
Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Consejería de
Educación o por el centro docente donde cursa la enseñanza obligatoria y a las
de control financiero que correspondan de acuerdo con la legislación que
resulte de aplicación.
c)
Hacer un uso adecuado y cuidadoso de los libros y reintegrar los mismos al
centro docente donde ha estado escolarizado, en la fecha que el Consejo Escolar
del mismo determine, una vez finalizado el curso escolar o en el momento de su
baja del centro si se produce su traslado.
d)
Reponer el material extraviado o deteriorado de forma culpable o
malintencionada.
2.
Desde los diversos sectores de la comunidad educativa, se instará al alumnado
que participe en el programa de gratuidad de los libros de texto, así como a
sus representantes legales, al cuidado y conservación del material puesto a su
disposición.
3.2.1.
c). Elección de los libros de texto.
1.
De acuerdo con el procedimiento establecido los centros docentes elegirán, en
el caso de que consideren necesario para su alumnado los libros de texto que
estimen más adecuados para cada uno de los cursos de la enseñanza obligatoria.
2.
Los libros de texto adoptados no podrán ser sustituidos por otros durante un
periodo mínimo de cuatro años, contados a partir de la entrada en vigor del
programa de gratuidad para el curso de que se trate o de la última sustitución
realizada
3.
El consejo escolar aprobará la sustitución de los libros de texto, previa propuesta
del claustro de profesores que deberá ir avalada por los dos tercios de sus
miembros, y en el caso de las especialidades por el total del profesorado que
imparta la especialidad.
4.
El claustro de profesores realizará la propuesta a la vista del informe del
ETCP o equipo docente.
El
informe a que se refiere el apartado anterior deberá referirse a los siguientes
aspectos:
-Coherencia
entre el proyecto educativo del centro y los libros y materiales
complementarios propuestos.
-
Idoneidad de los nuevos libros o materiales frente a los anteriores.
-Evaluación
de la relación calidad-precio de los libros, de la facilidad de adquisición y
de su periodo de vigencia en función de su fecha de registro y depósito.
5.
La aprobación por el consejo escolar de la propuesta presentada por el claustro
se realizará, cuando proceda, en el último trimestre del curso anterior al que
se desee implantar el nuevo material. En todo caso antes del mes de junio.
6.
En caso de desacuerdo con la propuesta inicial del claustro de profesores, el
consejo escolar expondrá las razones argumentadas del mismo y solicitará del
claustro de profesores nuevas propuestas que favorezcan el acuerdo.
3.2.2.
Material fungible.
a)
Las propuestas de adquisición de material serán presentadas al Secretario por
los Coordinadores de Ciclo, para que puedan ser contempladas en el presupuesto
del Centro. El Equipo Directivo supervisará y priorizará las demandas.
b)
Este material podrá estar en las aulas, cuando su uso así lo aconseje, o en una
dependencia habilitada al efecto. A esta dependencia sólo tendrán acceso los
profesores, que recogerán, preferentemente, el material antes de las horas de
clase o durante el recreo. El material recogido, y que no sea necesario en una
clase, se devolverá al lugar de procedencia.
c)
Al final de cada curso se realizará un inventario del material existente.
3.3
Biblioteca.
a)
Habrá una persona responsable de la biblioteca escolar, nombrada por el
director/a anualmente, con la dedicación horaria que se estime oportuna dentro
de su horario
individual,
asignada por la jefatura de estudios y cuyas funciones serán:
1.
Elaborar, en colaboración con el equipo directivo y de acuerdo con sus
directrices, el plan de uso de la biblioteca escolar.
2.
Realizar el tratamiento técnico de los fondos, así como su selección y
adquisición, atendiendo a las propuestas, peticiones del profesorado y de los
otros sectores de la comunidad educativa.
3.
Definir la política de préstamos, en colaboración con el equipo directivo, y
organizar la utilización de los espacios y los tiempos.
4.
Atender a las personas usuarias de la biblioteca durante las horas que le hayan
sido asignadas para esta función dentro de su horario individual.
5.
Coordinar al equipo de apoyo para desarrollar el programa anual de trabajo de
la biblioteca escolar.
b)
Equipo de apoyo. Será designado, anualmente, por el director/a y el/la
coordinador/a en función de las necesidades del centro de entre el profesorado
de los diferentes ciclos, con dedicación horaria específica, asignada por la jefatura
de estudios, dentro del horario de obligada permanencia en el centro. Sus
funciones serán:
1.
Apoyar a la persona responsable de la biblioteca en las tareas organizativas y
dinamizadoras.
2.
Realizar labores de selección de recursos librarios y no librarios.
3.
Atender a las personas usuarias de la biblioteca durante las horas que le hayan
sido asignadas para esta función dentro de su horario individual.
c)
Todos los alumnos del Centro podrá disponer de los libros de la Biblioteca de
aula para retirarlos del Centro en concepto de préstamo. El préstamo se hará
por quince o veinte días, según se acuerde anualmente, siguiendo las
directrices del Plan de Lecturas y Biblioteca y las medidas para la mejora de
los resultados en lectura de las pruebas de evaluación y diagnóstico. Los
alumnos velarán por la adecuada conservación del material bibliográfico y se
harán responsables de sus posibles desperfectos. En ningún caso se podrán sacar
del Centro libros de contenido enciclopédico o manuales de consulta.
El
servicio de préstamo también podrá ser utilizado por el profesorado de nuestro
Centro y por los padres de alumnos, una vez que se lleve a cabo la tarea de
catalogación y organización de la biblioteca del centro, siguiendo el programa Abies.
c)
El profesorado deberá incentivar en los alumnos el gusto e interés por la
lectura. En este sentido sería interesante la creación de una Biblioteca de
Aula, mediante la cual el alumno, en su propia clase, se acostumbre a manejar y
leer libros de entretenimiento y no sólo los libros que necesita para las
materias que le son impartidas.
3.4.
Instalaciones Deportivas.
a)
Están encargados de su uso y son responsables inmediatos de su utilización y
distribución temporal el/la profesor/a
de Educación Física del Centro. Se hará
una distribución horaria de las pistas del Centro.
b)
Tanto el/la profesor/a que imparten la
asignatura de Educación Física como los alumnos que la reciben velarán por el
uso y mantenimiento del material.
c)
Será el profesor de educación física el responsable de organizar y distribuir
en grupos al alumnado para sacar y guardar el material (balones, cintas,
cronómetro,...)
siempre
que éste se vaya a utilizar en horas lectivas. Si los alumnos quisieran
utilizar las pistas o el material
deportivo del Centro fuera de las horas de clase específicas de educación física tendrían que pedir
permiso a uno de los profesores de dicha materia, el cual se haría responsable del control de
dicho material. Si no se encontrara ningún profesor de esta materia acudirían a alguno de los
órganos unipersonales.
4.-ORGANIZACIÓN
DE LA VIGILANCIA DE LOS TIEMPOS DE RECREO Y DE LOS PERIODOS DE ENTRADAS Y SALIDAS DE
CLASE.
4.1
Organización de los recreos.
(Orden de 20 de agosto de 2010)
a)
Para una mejor vigilancia y control de los alumnos en el periodo del recreo, el patio se dividirá en tres zonas: entrada, pistas y zona
trasera, rotando los diferentes ciclos,
semanalmente por las diferentes zonas de acuerdo con los turnos establecidos
por la jefatura de estudios.
b) Los alumnos, durante
una semana, vigilados por los profesores de su ciclo procurarán permanecer en la zona asignada.
c) No podrán estar por
los pasillos ni en las clases solos y procurarán ir al servicio a la entrada y
salida de recreo. Para entrar en las clases o servicios deberán pedir permiso a su tutor o profesor vigilante de
su zona.
d)
Para el cuidado y vigilancia de los recreos podrá organizarse un turno entre los maestros y maestras del centro, a razón de una persona de
vigilancia por cada dos grupos de alumnos y alumnas o fracción, del que quedará
exento el director/a. Esta organización se aprobará por el claustro anualmente,
a principios de curso, en función de las
necesidades del centro.
e) Si por mal tiempo u
otra causa no se pudiera salir al patio en el tiempo de recreo, permanecerá con los alumnos el profesor/a que tenga la sesión
anterior al mismo, quien organizará las salidas al servicio y otras
actividades en este tiempo. Si el maestro/a estuviera exento de la vigilancia
del recreo por participar en alguno de los planes o proyectos cuyas actividades
le eximen de dicha vigilancia, quedará, en esta circunstancia,
excepcionalmente, liberado de la realización de las tareas relacionadas con el Plan o Proyecto.
4.2.
Entradas y salidas de clase.
a)
Entradas:
1.
Para entrar a clase, cuando suene el timbre, los alumnos se pondrán en fila al pie de las escaleras de entrada y
acompañados del maestro/a con quien tengan la próxima clase, accederán al aula en orden sin molestar a
los demás.
2. Los alumnos que se
incorporen a la jornada escolar a lo largo de ésta,
procurará hacerlo en las
horas de cambio de clase para no interrumpir el desarrollo de las mismas.
3.
Durante el horario de recreo sólo se accederá a las clases con permiso del tutor/a.
4. Los días de lluvia los
alumnos/as podrán acceder a su clase antes de que suene el timbre acompañados de su maestro/a.
5. Las puertas de acceso
al colegio se cerrarán diez minutos después de la hora de entrada.
b)
Salidas.
1. Las salidas en grupo
de las clases se harán en orden y acompañados del maestro/a con quien se haya tenido la anterior clase quien acompañará a
los alumnos/as hasta la puerta del
edificio del colegio.
2.
Saldrán primero los de la planta de arriba para evitar aglomeraciones.
3. Cuando se vaya a
abandonar el colegio en grupo habrá que tener autorización
de los padres/madres o tutores legales. Si la salida es individual la persona responsable deberá firmar en el control de
salidas, en secretaría.
4.
Se procurará que las salidas se produzcan en el cambio de clases.
5.-COLABORACIÓN
DE LOS TUTORES Y TUTORAS EN LA GESTIÓN DEL PROGRAMA DE LIBROS DE TEXTO.
a) Un tutor formará parte
de la Comisión del Programa de Gratuidad, constituida en el seno del Consejo Escolar para su seguimiento y
gestión. Todos los tutores serán miembros de la Comisión, a título
consultivo sobre el uso que se haya hecho de los materiales.
b) Contrastarán la
relación de materias que va a desarrollar el alumnado de su grupo con la que aparece en el cheque-libro.
c)
Facilitarán el etiquetado de los libros de los alumnos.
d)
Supervisarán a lo largo del curso la correcta utilización de los libros de
texto y harán de este uso una ocasión
para mejorar la educación en valores.
e)
Comprobarán el estado de los libros que se entregan al final de curso en su
grupo.
f)
Comunicarán a la Comisión la necesidad de reposición de los libros en mal
estado.
6.-PLAN
DE AUTOPROTECCIÓN DEL CENTRO.
No
tiene que estar incluido en el Proyecto de Dirección, debe de ser elaborado
aparte.
7.-EVALUACIÓN
DEL CENTRO Y PROCEDIMIENTO PARA LA
DESIGNACIÓN
DE LOS MIEMBROS DE LOS EQUIPOS DE EVALUACIÓN.
7.1.
Evaluación
1. El centro colaborará
con la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa en todos los procesos de
evaluación que se lleven a cabo, de conformidad con lo que se establezca por Orden de la Consejería competente en materia
de educación.
2. La evaluación interna
del centro tendrá en cuenta las conclusiones obtenidas en las evaluaciones
anteriores y externas, así como en los resultados de la autoevaluación, las
situaciones socioeconómicas y culturales de las familias y el alumnado que
acogen, el entorno del propio centro y los recursos de que disponen. La
evaluación se efectuará sobre los procesos educativos y sobre los resultados
obtenidos, tanto en lo relativo a la organización,
gestión y funcionamiento, como al conjunto de las actividades de enseñanza y aprendizaje.
Documentación a reflejar en la
autoevaluación:
Los
indicadores que establezca la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa y aquellos otros que proponga el Equipo Técnico de Coordinación
Pedagógica. Sirvan como referente:
a.-Análisis
de los objetivos recogidos en el Plan de Centro.
b.-
Funcionamiento global del centro.
c.-
Funcionamiento de los órganos de gobierno.
d.-
Grado de utilización y actuación de los distintos servicios de apoyo a la
educación.
e.- Valoración de los
logros y dificultades a partir de la información facilitada por los
indicadores.
f.-
Propuestas de mejora.
7.2.
Composición y formación del Equipo de Evaluación.
a) Para la realización de
la memoria de autoevaluación se creará un equipo de evaluación que estará
integrado por el equipo directivo y por un representante de cada uno de los
distintos sectores de la comunidad educativa elegidos por el consejo escolar de
entre sus miembros, para lo cual en la primera reunión de curso del consejo
escolar se incluirá un punto en el orden del
día en el que se elegirán dichos componentes.
b)
Cada sector elegirá a su representante.
c) Si hubiera más
personal interesado en participar en dicho proceso, se podrá aumentar en uno el número de representantes por
sector.
8.) CRITERIOS PARA LA
ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y
COMPLEMENTARIAS, ESPECIALMENTE LOS VIAJES
DEL ALUMNADO.
ORDEN
de 3 de agosto de 2010, por la que se regulan los servicios complementarios de la enseñanza de aula matinal, comedor
escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos, así como la ampliación de
horario.
8.1.
Actividades extraescolares.
a) Se consideran
actividades extraescolares las encaminadas a potenciar la apertura del centro a
su entorno y a procurar la formación integral del alumnado en aspectos
referidos a la ampliación de su horizonte cultural, a la preparación para su inserción en la sociedad o del uso del tiempo
libre.
Para
ello se podrán organizar actividades relacionadas o incluidas en alguna de las
siguientes áreas: idiomas, tecnologías de la información y comunicación,
deportes, expresión plástica y artística, talleres de
lectura y escritura o actividades de estudio dirigido.
b.
Nuestro centro intentará ofertar, al menos actividades
relacionadas con las áreas arriba citadas que serán programadas anualmente en función de las necesidades y la demanda de
nuestro alumnado.
c.
Las actividades extraescolares tendrán carácter voluntario para todos los alumnos y alumnas y en ningún caso formarán
parte del proceso de evaluación del alumnado
para la superación de las distintas áreas o materias que integran los currículos.
d) Será el Jefe de Estudios
el encargado de coordinar la realización de las actividades complementarias y extraescolares en colaboración con los
Coordinadores de ciclo, las Asociaciones de Padres de Alumnos y el
representante del Ayuntamiento en el Consejo
Escolar.
e)
En cualquier caso, las actividades extraescolares, al estar incluidas en el Plan de Centro, deben ser consideradas como
una actividad más del mismo y, por tanto, el Director del Centro deberá
comprometerse en la gestión de las mismas, tanto desde el punto de vista económico como en lo que se refiere a la
planificación y desarrollo de éstas. Y esto independientemente del sector de la
comunidad educativa que las haya propuesto.
f)
La organización de las actividades extraescolares puede realizarse a través de las Asociaciones de Padres de Alumnos o de otras asociaciones
colaboradoras, o en colaboración con las
Administraciones Locales.
8.2.
Actividades Complementarias.
a) Se consideran
actividades complementarias las organizadas durante el horario escolar por los
Centros, de acuerdo con su Proyecto educativo y que tienen un carácter
diferenciado de las propiamente lectivas por el momento, espacios o recursos que utilizan.
b) Por su propia
naturaleza, las actividades complementarias deben ser organizadas y vigiladas por el profesorado del Centro, como si de
actividad lectiva ordinaria se tratara, independientemente de que otras
personas relacionadas con el Centro
puedan colaborar.
8.3.
Criterios para la planificación de los viajes del alumnado.
1. Criterios para la elección
de los destinos:
El
Centro ofrecerá a los alumnos/as una serie de viajes a lo largo del curso con un carácter formativo y lúdico de forma que los estudiantes
encuentren en estos viajes las actividades que necesitan para completar su
formación y los utilicen de una manera
educativa y provechosa.
Estos viajes se
organizarán por ciclos y cursos, comenzando por la localidad y comarca para los
más pequeños, zonas naturales y culturales cercanas para el segundo ciclo y capital de provincia y
Comunidad Autónoma para el tercer ciclo.
-El
primer ciclo visitará preferentemente zonas recreativas y centros relacionados
con actividades laborales propias de la localidad y de la comarca de la Campiña
Sur.
- El segundo ciclo
realizará visitas relacionadas con la naturaleza y el patrimonio cultural y monumental.
Los
alumnos de tercero visitarán un Parque Natural de la Provincia.
Los alumnos de cuarto
visitarán el patrimonio cultural más cercano.
- Los alumnos del tercer
ciclo visitarán la capital de la provincia como centro administrativo, cultural e industrial (5º curso).
Los alumnos de sexto
visitarán un centro cultural o de ocio de la Comunidad
autónoma.
2. Participantes en los
viajes.
- Podrán participar todos
los alumnos de Centro que cuenten con la correspondiente
autorización de los padres y no tengan suspendida la participación en
dichas actividades por mal comportamiento, de acuerdo
con el Plan de Convivencia.
-Los alumnos que necesiten la ayuda de una
persona por sus limitaciones físicas o
psíquicas deberán ir acompañados de algún familiar
y del monitor/a de educación especial.
-Acompañarán
a los alumnos los tutores y un profesor del ciclo, por viaje. En caso de que un tutor no asista se hará cargo de ese
curso un maestro /a voluntario/a del colegio,
preferentemente que imparta clase en
ese curso.
3.-
Duración.
- La
duración de los viajes será de una jornada, pudiéndose ampliar a dos o tres para los alumnos de sexto.
4.
Financiación.
- El
alumnado aportará los gastos del viaje.
Los recursos para estos gastos se podrá
obtener por medio de rifas, loterías, aportaciones AMPA, entidades financieras
etc; de tal forma que el tema económico no suponga la no participación de determinados alumnos.
9.
NORMAS DE UTILIZACIÓN DE TELÉFONOS MÓVILES Y ACCESO A INTERNET.
9.1.
Móviles.
a)
Durante la jornada escolar, el alumnado no podrá hacer uso de los móviles ni en el centro ni en el aula por lo que
estos deberán permanecer apagados. El incumplimiento
se considerará como una conducta contraria a las normas de convivencia del Centro y corregida como
tal.
b)
El contacto de los padres con el alumnado en este periodo se hará a través del teléfono de secretaría para lo cual, los padres, a principio
de curso, entregarán al tutor/a o en
secretaría un teléfono de contacto.
c) No está permitido el
móvil para hacer fotografías al alumnado ni al personal docente o no docente del Centro.
9.2.
Internet.
a)
La responsabilidad del estado de los pupitres y de los equipos informáticos
fijos o portátiles recaerá sobre los alumnos/as que lo utilizan. Cada reparación derivada de un mal uso de estos
elementos será por cuenta de los usuarios/as.
b) Queda prohibido
cualquier cambio de puesto de trabajo que no esté autorizado por el tutor o
tutora. Sólo el profesorado responsable podrá autorizar un cambio de ubicación puntual por motivos
pedagógicos o de control disciplinario.
c) Si en el reconocimiento inicial, al inicio de una sesión de
trabajo con ordenadores o en el transcurso
de esta se observara alguna anomalía, deberá comunicarse inmediatamente a los responsables de aula de informática.
d)
Tanto para el inicio de una sesión de trabajo, como para desarrollo y su finalización deberán seguirse las
indicaciones del profesor o profesora responsable.
e) Queda prohibida la
manipulación del equipo informático que nos corresponde
sin autorización del profesor o profesora responsable.
f) Quedan prohibidas las
conexiones a Internet sin autorización del profesor
o profesora responsable.
g)
Sólo debe almacenar información cada uno en la carpeta de usuario.
h)
No está permitido el almacenamiento de información ilegal u ofensiva.
i)
El uso del ordenador del aula deberá ser compartido.
j) Los portátiles serán
traídos al colegio cuando el profesor lo crea conveniente
por la naturaleza de la materia a impartir.(Sólo los cursos que lo tengan como
dotación).
k) El uso inadecuado de
Internet será considerado como una conducta gravemente
perjudicial para las normas de convivencia del centro y como tal será corregida.
9.3.
Fotos y grabaciones.
Las
fotos y grabaciones a alumnos en actos organizados por el colegio sólo se
podrán realizar cuando se den las siguientes circunstancias.
a)
Autorización paterna, para la cual al realizar la matrícula del alumnado en la etapa, se solicitará de los padres/madres
dicha autorización.
b)
Sólo en actividades relacionadas con el colegio (fotos en clase, actividades extraescolares, excursiones,
charlas, etc.)
c) Sólo se podrá difundir
en relación con dichas actividades: referencias en prensa, revista escolar,
página web, CDs entregados a los padres, etc.
d)
Las imágenes sólo podrán ser tomadas por el personal del centro o expresamente autorizado por el director.
Las fotos de recuerdo del
alumnado, realizadas por fotógrafos especializados, sólo se llevarán a cabo,
previa autorización de la comisión permanente del
Consejo Escolar y a alumnos con autorización de los padres/madres.
10. UNIFORME DEL ALUMNADO.
El Consejo Escolar podrá
aprobar el uso de un uniforme por parte del alumnado en los siguientes términos.
a) Deberá tener la
conformidad de la mayoría simple del censo de padres/ madres, previa consulta a
estos.
b) El uso del uniforme no
será obligatorio.
c) Deberá llevar la
identificación del Centro y en la parte superior izquierda, la marca genérica
de la Junta de Andalucía, asociada a la Consejería de Educación.
11. CERTÁMENES.
Nuestro Colegio convocará
anualmente un certamen literario, a celebrar en el mes de mayo, para los
alumnos del Tercer Ciclo de Primaria, con el fin de mejorar la expresión
escrita del alumnado y poner en valor algún aspecto, generalmente relacionado
con nuestro entorno.
1ª.- Los trabajos serán
en verso o en prosa sobre un tema libre relacionado con nuestro pueblo o con otro tema elegido en la convocatoria
anual por el ETCP, no pudiendo exceder
su extensión de dos folios escritos por una cara.
2ª.- Los participantes
podrán inscribirse en la Secretaría del Centro durante un periodo de diez días a partir de la convocatoria del
certamen.
3ª.- El ejercicio se
realizará en un acto presencial en el propio Colegio, y en una fecha anunciada en la convocatoria.
4ª.-
Cada trabajo se acompañará de un sobre cerrado, dentro del cual irán los datos
personales del autor (nombre, apellido y curso). Fuera del sobre y en el
trabajo se escribirá un lema o
seudónimo de identificación.
5ª.- El jurado lo
formarán: un maestro/a de cada ciclo, un padre/madre del Consejo Escolar y un miembro del Equipo Directivo.
6ª.-
Los premios consistirán en lotes de libros o material escolar.
12.
REVISIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO.
El presente Reglamento de
Organización y Funcionamiento podrá ser revisado en los siguientes casos:
a.-
Cuando no se adapte a la normativa que puedan dictar las autoridades educativas
con competencia para ello.
b.- Cuando lo solicite,
al menos, la mayoría absoluta de los componentes del Consejo
Escolar.
3.2. - PLAN DE COMUNICACIÓN INTERNA/EXTERNA DEL CENTRO. |
Es conocido por todos que en los
centros educativos existe una necesidad de comunicación permanente, tanto hacia
el interior como hacia el exterior, es decir, con el alumnado, con las familias
de éstos en su caso, con la comunidad educativa en general y con los
posibles candidatos a formar parte de la misma, etc.
El plan de comunicación del centro, deberá tomar en
cuenta a todos los miembros de la Comunidad Educativa: estudiantes, profesores,
equipo directivo, personal administrativo, padres y madres de familia y el
entorno social de la institución (administración educativa, otras instituciones
educativas, otras instituciones públicas y privadas, etc.).
PLAN DE
COMUNICACIÓN INTERNA.
1.-OBJETIVOS.
Se establece el plan de comunicación del centro educativo
como una herramienta de trabajo para el beneficio de la comunidad educativa.
Al ser un Claustro pequeño nos resulta más sencillo estar
informados y tener los calendarios de actuaciones claros desde principio de
curso.
Los objetivos prioritarios de este plan interno son los
siguientes:
ü
Evaluar el plan de
comunicación actual para estructurar los objetivos que la mejoren.
ü
Implantar medios de
comunicación bidireccionales entre el equipo directivo-profesorado y Consejo
Escolar.
ü
Organizar un flujo
de comunicación eficiente.
ü
Mejorar la
transparencia de la gestión educativa del centro.
ü
Mejorar la gestión
interna del centro.
1.
PÚBLICO.
ü
Equipo directivo,
Claustro de Profesores, Personal de Administración y Servicios y Consejo
Escolar.
2.
CANALES.
ü
Whatsapp para la
comunicación informal del profesorado, al ser la herramienta de comunicación
que ya se emplea habitualmente y tener una implantación completa entre el
profesorado.
ü
Recomendar la
creación de grupos concretos (ciclos, comisiones del Consejo Escolar, E.T.C.P.,
equipos de orientación, etc...), de manera que se fomente el contacto regular
entre los miembros de la comunidad educativa.
ü
Elaboración de
listas de correos para la difusión de información (convocatorias, cursos de
formación, comunicaciones oficiales, etc...)
ü
Espacios
establecidos para las comunicaciones oficiales (tablones de anuncios).
ü
Proyectar la creación de un servicio en Google
Drive donde incorporaríamos documentación para todo el Claustro con contenidos
generales de uso para todo el centro y luego específicamente por niveles y
ciclos (partes de faltas, programaciones, tutorías, material de apoyo y
refuerzo, etc).
Además, toda la documentación de interés para el
profesorado se colocaría en una carpeta visible en los ordenadores de la sala
de profesores.
3.
CONTENIDOS.
ü
Citaciones para
Claustros y Consejos Escolares.
ü
Reuniones de Coordinación.
ü
Programación de
Actividades a realizar.
ü
Calendario inicio de
curso, documentos de interés para el Claustro de Profesores.
ü
Fechas,
celebraciones y efemérides de carácter interno.
ü
Informaciones de
interés para el profesorado, curso de formación, becas, ayudas, etc...
ü
Directrices,
recordatorios, encuestas y formularios (autoevaluación, evaluación de
actividades extraescolares y complementarias, etc...)
ü
Los contenidos y
publicaciones vertidas por cualquier miembro de la comunidad educativa deben
mantener el respeto a la identidad personal y a la de otras personas. Del mismo
modo, se ha de cuidar la imagen del centro y la de sus integrantes.
ü
A fin de proteger a
los menores de 14 años, se firmará durante el periodo de matrícula la
autorización para que el alumno pueda aparecer en imágenes tomadas durante las
distintas actividades a celebrar durante el curso.
ü
Se ha de tener en
cuenta que la información sea clara y concisa, cuidando las fuentes, la
sintaxis y la ortografía de los textos.
4.
ACCIONES Y CRONOGRAMA DE LAS MISMAS.
El Plan de Comunicación debe formar parte del Plan Anual
de Centro, es decir, no es algo que se pueda realizar como un producto
terminado y cerrado, sino que necesita mantenerse siempre abierto y
actualizado.
Las acciones a desarrollar serán las siguientes:
ü
Actualización de la
base de datos del centro (personal, correos electrónicos, familias, alumnado,
profesorado, entidades colaboradoras). SEPTIEMBRE.
ü
Se enviará la
documentación a los Grupos de Drive, las notificaciones a los grupos de
Whatsapp y publicará la documentación en el tablón de anuncios de Sala de
Profesores. SEPTIEMBRE.
ü
El Equipo Directivo
comunicará con citación individualizada cualquier convocatoria que se realice
durante el curso de Claustro, Consejo Escolar, Distintas Comisiones del Consejo
Escolar y E.T.C.P. TODO EL CURSO.
ü
Elaboración de un
programa de buenas prácticas y seguridad. PRIMER TRIMESTRE.
ü
Creación de filtros
de seguridad en la red.
PRIMER TRIMESTRE.
ü
Seguimiento y
evaluación del plan. TODO EL CURSO.
ü
Evaluación final del
plan de comunicación interna.
FINAL DE CURSO.
ü
Propuestas de mejora
para el siguiente curso. FINAL DE CURSO.
5.
RESPONSABLES Y RECURSOS.
El desarrollo de las acciones de comunicación compete a
todo el Claustro. No obstante se identificarán algunos responsables:
DIRECTOR DEL CENTRO |
Máximo responsable |
COORDINADOR DEL PLAN |
Coordinador |
COORDINADOR TIC |
Supervisor |
|
|
|
|
PLAN DE COMUNICACIÓN EXTERNA.
1.-OBJETIVOS.
ü
Dar a conocer y
promocionar el centro educativo.
ü
Potenciar nuevos
canales de información con el objetivo de comunicar cualquier acontecimiento,
noticia o actividad de interés para la comunidad educativa, reforzando a su
vez, los valores, posicionamiento e imagen del centro.
ü
Conseguir un mejor
aprovechamiento y optimización de las tecnologías en la comunicación, empleando
herramientas como las redes sociales y recursos de la Web 2.0.
ü
Informar y
compartir: actividades, logros, programas, etc.
ü
Mejorar la
transparencia de la gestión educativa.
ü
Consolidar la
pertenencia y presencia de los actores de la Comunidad Educativa.
ü
Fortalecer la
Comunidad integrando a todos los actores en su desarrollo.
ü
Posicionar al Centro
en su entorno social.
ü
Fomentar la
comunicación bidireccional tanto desde el centro como hacia el centro.
1.
PÚBLICO.
ü
Equipo directivo,
Claustro de Profesores, Alumnado, Familias, Ayuntamiento, Asociaciones de la
localidad, etc.
2.
CANALES.
ü
Symbaloo, Pasen, Correo
electrónico, blog del colegio, página web del colegio, whatsapp, televisiones
locales, redes sociales y canales tradicionales de comunicación como teléfono,
fax y correo postal.
3.
CONTENIDOS.
ü
En la página web del
centro, los contenidos serán educativos y de carácter oficial (PGA, ROC, PEC,
Actividades extraescolares…) Siempre teniendo en cuenta la Política de
Privacidad.
ü
En los grupos de
Whatsapp la información será objetiva y puntual (citaciones de eventos,
convocatorias…)
ü
Proceso de
escolarización.
ü
Convocatorias de
interés para las familias.
ü
Celebraciones y
eventos.
ü
Actos y sesiones
informativas.
ü
Actividades
específicas para familias.
ü
Los contenidos y
publicaciones vertidas por cualquier miembro de la comunidad educativa deben
mantener el respeto a la identidad personal y a la de otras personas. Del mismo
modo, se ha de cuidar la imagen del centro y la de sus integrantes.
ü
A fin de proteger a
los menores de 14 años, se firmará durante el periodo de matrícula la
autorización para que el alumno pueda aparecer en imágenes tomadas durante las
distintas actividades a celebrar durante el curso.
ü
Se ha de tener en
cuenta que la información sea clara y concisa, cuidando las fuentes, la
sintaxis y la ortografía de los textos.
4.
ACCIONES Y CRONOGRAMA.
ü
Se creará una
comisión al inicio de curso para coordinar y organizar los distintos canales
que lo utilicen. SEPTIEMBRE.
ü
Configuración de
paneles informativos y cartelería exterior. SEPTIEMBRE.
ü
Elaboración de un
decálogo sencillo de uso correcto de los canales de comunicación externos,
incluidas las RRSS para que existan unas buenas prácticas de comunicación que
aceptarán toda la comunidad educativa. PRIMER TRIMESTRE.
ü
Difusión del plan de
comunicación a toda la comunidad educativa. SEPTIEMBRE.
ü
Asimismo, será
importante mantener un flujo de información adecuado y suficiente, de manera
que evitemos destacar información carente de interés o contribuir a saturar los
canales de comunicación
((infoxicación). Es muy importante que esta primera fase de implantación
generemos la cultura de comunicación de centro que deseamos mantener a largo
plazo. TODO EL CURSO.
5.
RESPONSABLES Y RECURSOS.
DIRECTOR DEL CENTRO |
Máximo responsable |
COORDINADOR DEL PLAN |
Coordinador |
3.3. - PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD. |
||
|
|
|
3.1.- PRINCIPIOS GENERALES. 3.2.- DESARROLLO NORMATIVO. 3.3.- MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD. 3.3.1. ORGANIZATIVAS. 3.3.2. ADAPTACIÓN A LAS NECESIDADES DEL
ALUMNADO. 3.3.3. REFUERZO. 3.3.4.
ADAPTACIONES CURRICULARES. |
4.- LA ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE REFUERZO Y
RECUPERACIÓN. |
5.- EL PLAN DE ORIENTACIÓN Y DE ACCIÓN TUTORIAL. |
6.- EL PROCEDIMIENTO PARA SUSCRIBIR COMPROMISOS EDUCATIVOS Y
DE CONVIVENCIA CON LAS FAMILIAS. |
1.- PRINCIPIOS GENERALES. |
El contexto educativo se puede considerar como un espacio en el
que se reproduce la sociedad, y en éste, la diversidad es también un hecho
constatable: el alumnado es diverso; los estilos de aprendizaje, las
capacidades para aprender, los intereses, las motivaciones, las expectativas,
los ritmos, los niveles de desarrollo…
Desde una perspectiva
global, el Proyecto supone una herramienta que permite adaptarnos a las
Necesidades de Aprendizaje de nuestro alumnado.
La atención a la
diversidad garantizará el acceso y la permanencia en el sistema educativo del
alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, entendiendo por tal el alumnado con necesidades educativas
especiales, el que se incorpore de forma tardía al sistema educativo, el que
precise de acciones de carácter compensatorio y el que presente altas
capacidades intelectuales.
Las medidas de atención a
la diversidad podrán ser tanto organizativas como curriculares, y permitirán al centro, en el ejercicio de su autonomía, una
organización flexible de las enseñanzas y de los recursos humanos y materiales
que se les asignen de acuerdo con la planificación educativa y una atención
personalizada al alumnado en función de sus necesidades.
Estas medidas, deberán ponerse en práctica tan pronto como se
detecten en el alumnado dificultades de aprendizaje y estarán orientadas a
responder a las necesidades educativas concretas que presenten.
Las medidas deberán
contemplar la inclusión escolar y social del alumnado y, en ningún caso, podrán suponer una discriminación que le
impida alcanzar los objetivos de la etapa.
La atención a la diversidad del alumnado será la pauta ordinaria
de la acción educativa en la enseñanza obligatoria, para lo cual se favorecerá una organización flexible, variada e
individualizada de la ordenación de los contenidos y de su enseñanza. De
acuerdo con ello, el profesorado tendrá en consideración en las programaciones
de los contenidos y de las actividades las diversas situaciones escolares y las
características específicas del alumnado al que atiende.
Se prestará especial atención durante toda la enseñanza básica a
las estrategias de apoyo y refuerzo de las áreas
o materias instrumentales de Lengua castellana y literatura, Lengua extranjera
y Matemáticas.
El marco habitual para el tratamiento del alumnado con
dificultades de aprendizaje, o con insuficiente nivel curricular en relación
con el del curso que le correspondería por edad, es aquel en el que se asegure
un enfoque multidisciplinar, asegurándose la coordinación de todos los miembros
del equipo docente que atienda al alumno o alumna y del equipo de orientación
educativa.
La atención al alumnado que presente necesidades específicas de
apoyo educativo se realizará, ordinariamente, dentro de su propio grupo. Cuando
dicha atención requiera un tiempo o espacio diferente, se hará sin que suponga
discriminación o exclusión de dicho alumnado.
La Consejería competente
en materia de educación establecerá los mecanismos de coordinación con el resto
de Administraciones competentes en esta materia.
Las actuaciones en materia de atención a la diversidad del
alumnado mantendrán una continuidad entre cursos, ciclos y etapas, para lo cual
se celebrarán reuniones de tutoría compartida entre el profesorado tutor del
último curso de cada etapa con el del primer curso de la etapa siguiente, todas
ellas con el asesoramiento de los equipos de orientación educativa y de los
departamentos de orientación, con objeto de intercambiar información sobre las
medidas de atención a la diversidad que se estén desarrollando y la eficacia de
las mismas, así como para coordinar criterios en el tratamiento del alumnado
con dificultades de aprendizaje.
El profesorado
responsable de la aplicación de las diferentes medidas de atención a la
diversidad será designado por la dirección del centro a comienzos de cada
curso.
Al comienzo del curso escolar o, en su caso, en el momento de
incorporación del alumnado a cualquiera de los programas o actuaciones
contemplados en el presente plan de atención a la diversidad, el profesor/a
tutor/a, previo informe a la Jefatura de Estudios y a la Dirección del centro,
informará al alumnado y a sus padres y madres o tutores legales de la medida
adoptada, de sus características y de su idoneidad, dejando constancia de ello,
y firmando con la familia un compromiso educativo en el que se plasmen las
actuaciones a las que se compromete la familia y el profesorado del alumno con
respecto al desarrollo y seguimiento de las medidas acordadas.
Para el tratamiento del alumnado de NEE, se asegura un enfoque multidisciplinar que permita
la coordinación del equipo docente, jefatura de estudios y el profesorado de
educación especial. Para ello, se establecen reuniones periódicas conjuntas, a
lo largo del curso escolar. En nuestro centro, se garantiza el acceso y la
permanencia en el sistema educativo de dicho alumnado.
Igualmente, estableceremos medidas
de detección y atención temprana con objeto de que nuestro alumnado alcance
el máximo desarrollo personal, intelectual y social.
2.- DESARROLLO NORMATIVO |
Ø
La Ley Orgánica 2/2006 de Educación, de 3 de mayo, en su título II establece que las Administraciones educativas
dispondrán los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo
desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos
establecidos con carácter general.
Ø
Asimismo, la Ley 17/2007 de Educación de Andalucía,
de 10 de diciembre, dispone en su artículo 48.3 que la Administración
educativa regulará el marco general de atención a la diversidad del alumnado y
las condiciones y recursos para la aplicación de las diferentes medidas que
serán desarrolladas por los centros docentes, de acuerdo con los principios generales
de la educación básica que se recogen en el artículo 46 de dicha Ley.
Ø
El Decreto 230/2007 de 31 de julio, que establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes
a la educación primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, recoge que en
esta etapa se hace necesario establecer una permanente atención a la diversidad
del alumnado, para lo cual los centros docentes y el profesorado deberán fijar
en sus correspondientes proyectos educativos medidas de adaptación del
currículo a las características y posibilidades personales, sociales y
culturales del alumnado. Estas medidas serán tanto de tipo organizativo como de
tipo curricular y permitirán que el centro pueda acometer, en el ejercicio de
su autonomía, una organización flexible de las enseñanzas y una atención
personalizada al alumnado en función de sus necesidades.
Ø
Y, finalmente, la
Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, en la ORDEN de 25 de julio de 2008, establece los criterios que regula y
desarrolla la atención a la diversidad del alumnado que cursa la educación
básica en los centros docentes públicos de esta comunidad autónoma.
3.- MEDIDAS DE ATENCIÓN A
LA DIVERSIDAD. |
De acuerdo con lo recogido en el artículo 15 del Decreto 230/2007, de 31 de julio, y de acuerdo
con la autonomía reconocida a los centros docentes, a comienzos de cada curso
el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica organizará la atención a la
diversidad de su alumnado, para lo que podrán desarrollar, entre otras
actuaciones, las medidas y programas siguientes: organizativas, de adaptación a las necesidades del alumnado, de
refuerzo y adaptaciones curriculares.
3.1.- Organizativas.
- Realización de
agrupamientos flexibles para la atención al alumnado en un grupo específico,
con carácter temporal y abierto, y con la finalidad de facilitar la integración
del alumnado en su grupo ordinario y que, en ningún caso, supondrá
discriminación para el alumnado más necesitado de apoyo.
Es una medida puntual que se aplica individualmente o por grupo
de alumnado que comparte el mismo nivel de competencia curricular, no teniendo
estos por qué compartir curso. (Se hará dentro siempre del mismo ciclo y
después de estudiarlo en el E.T.C.P. previa consulta con los tutores-as
implicados).
- Desdoblamientos de
grupos en las áreas y materias instrumentales, con la finalidad de reforzar su
enseñanza. (Siempre dentro del aula).
- Apoyo en grupos
ordinarios mediante un segundo profesor o profesora dentro del aula,
preferentemente para reforzar los aprendizajes instrumentales básicos, en los
casos del alumnado que presente un importante desfase en su nivel de
aprendizaje en las áreas o materias de Lengua Castellana y Literatura y de
Matemáticas.
- Modelo flexible de
horario lectivo semanal, que se seguirá para responder a las necesidades
educativas concretas del alumnado.
3.2.- Adaptación a las
necesidades de aprendizaje del alumnado.
Como ya hemos mencionado anteriormente, el estudio que hacemos
de los alumnos/as en los primeros días del curso constituye una herramienta
fundamental para determinar cuál es la situación de cada alumno/a y por lo
tanto conocer el punto de partida de nuestra labor docente con ellos.
Partimos del nivel de
desarrollo del alumno/a, en sus distintos aspectos, para permitir que los
alumnos/as construyan, a partir de ahí, otros aprendizajes que favorezcan y
mejoren dicho nivel de desarrollo.
La estructura del
Proyecto en sí, y su concreción curricular constituye una medida de atención a
la diversidad. Por otro lado, su
desarrollo en la programación didáctica y en las unidades didácticas generará
un conjunto de propuestas que favorecerán la adaptación a los intereses,
capacidades y motivaciones de los alumnos respetando siempre un trabajo común
de base y una intención formativa global que permita la consecución de las
competencias básicas y de los objetivos del curso.
Las actividades de Refuerzo y Ampliación planteadas suponen asegurarnos que todos los alumnos
trabajarán en la medida de sus capacidades.
Igualmente, el carácter abierto de algunas actividades hace posible
atender a alumnos con capacidades diferentes.
La atención individualizada hacia el alumno/a supone la mejor
herramienta para atender su demanda de necesidades y poder corregir cualquier
dificultad que presenten.
El Refuerzo Educativo, que se aplicará a los alumnos/as que lo
demanden, supone una medida de atención a la diversidad en sí.
Para hablar de atención a
la diversidad, también tenemos que
analizar la metodología que usaremos
cada maestro/a en su aula.
El enfoque globalizador debe de estar presente, ya que motiva al
alumno/a, para el desarrollo de las distintas áreas; le implica en el proceso
de enseñanza-aprendizaje y le permite realizar aprendizajes significativos. Es
decir, esto conlleva, que el alumno o alumna es quien elabora y construye sus
esquemas de conocimiento. El profesor/a es un guía u orientador.
Los aprendizajes significativos de conocimiento ayudan al
niño/a no sólo a construir conocimientos que puede aplicar en distintas
circunstancias, sino a utilizar sus nuevos saberes en la consecución de otros
aprendizajes, es decir, que aprende a aprender.
El punto de partida será
distinto en cada alumno, por lo que será necesario determinar el nivel de
desarrollo individual de los alumnos. Estas diferencias
individuales deberán ser contempladas en un ambiente de respeto y atención a la
diversidad. Para ello, habrá que facilitar la autonomía en el aprendizaje,
dando al alumno los medios para que pueda resolver con éxito los problemas que
surgen.
Las opciones metodológicas en esta etapa se centran, en primer
lugar, en la adaptación a las características
personales de los alumnos/as y, en segundo lugar, en la integración de las
distintas experiencias y aprendizajes de los alumnos/as.
La actividad constructiva
del alumno/a es el factor decisivo en la realización de los aprendizajes
escolares. Es el alumno/a quien en
último término modifica y reelabora sus esquemas de conocimiento, construyendo
su propio aprendizaje. La actividad es una condición imprescindible para que la
educación sea efectiva. Por ello hemos posibilitado que el alumno/a sea
protagonista de su propio aprendizaje y que asuma responsabilidades ante el
grupo.
En este proceso los maestros/as actuamos como guías y mediadores
para facilitar la construcción de aprendizajes
significativos que permiten establecer relaciones entre los conocimientos y
experiencias previas y los nuevos contenidos.
Proporcionamos oportunidades para poner en práctica los nuevos
conocimientos para que los alumnos/as comprueben la utilidad de lo aprendido y
así consolidar los aprendizajes.
El proceso de enseñanza está presidido por la necesidad de
garantizar que los aprendizajes sean
funcionales, asegurándonos que el
alumno/a pueda utilizarlos en circunstancias reales, es decir una aplicación
práctica, y que le sean útiles para la adquisición de otros aprendizajes
posteriores.
Igualmente es necesario el desarrollo de habilidades y
estrategias de planificación de la actividad de aprendizaje: aprender a aprender. Para ello
favoreceremos los contenidos procedimentales y su aplicación a diferentes
ámbitos y prever situaciones en las que sea necesario el aprendizaje que se va
a realizar, así como su validez para otras situaciones.
Los contenidos se presentan interrelacionados con otros de la
misma y otras áreas, favoreciendo el enfoque globalizado de la programación.
Las actividades programadas buscando cierta unidad que posibilita su
tratamiento convergente de los contenidos de las diferentes áreas programadas,
así como la formulación de unos contenidos actitudinales y procedimentales
comunes, teniendo en cuenta la consideración de las enseñanzas transversales
del currículo y la interrelación de diferentes tipos de contenidos.
Hemos dado un tratamiento
gradual a la secuenciación de contenidos: hemos partido de aquellos que le son
más familiares a los alumnos/as, partiendo de lo concreto para llega a lo
abstracto, de lo cercano a lo lejano. El aprendizaje de un contenido conduce a
otro de la misma naturaleza pero matizado, ampliado o perfeccionado.
Del mismo modo, la programación tiene muy presente el tratamiento a la diversidad del alumnado.
Para ello hemos programado actividades con diferente grado de dificultad que
dan respuesta a los diferentes ritmos de aprendizaje de cada alumno/a, a sus
diferentes necesidades derivadas de sus propios intereses y motivación.
Aprovechamos las necesidades de actividad de los niños/as de
estas edades para basare el aprendizaje en el principio de actividad y
participación desde una doble perspectiva: como medio para que los niños/as
se sientan protagonistas y obtengan aprendizajes de forma autónoma, y como
estrategia que permite una enseñanza activa donde se ponen de manifiesto tanto
los aspectos motrices o manipulativos, como también los cognitivos.
Entendemos que el juego
constituye una herramienta fundamental que permite el desarrollo integral, es
decir, emocional, intelectual y social. Por ello lo utilizaremos como recurso
para el tratamiento de algunos contenidos.
La motivación supone un modo de despertar el interés del
alumno/a. Para ello hemos programado cada sesión y cada Unidad Didáctica,
partiendo de una actividad de motivación que sirve de introducción del tema a tratar ese día.
Parte de la actividad
educativa se realiza en grupo.
Así el alumno/a adquiere las capacidades que le permiten participar como
miembro activo del grupo. Para ello hemos programado actividades colectivas,
grupales, cooperativas, debates, coloquios, comentarios, puestas en común, etc.
en las que los alumnos/as tienen que participar tanto en la elaboración de los
trabajos, como en la organización y reparto de funciones.
El tipo de agrupamientos que se realizarán son grupos heterogéneos cooperativos de
forma que se dé una interdependencia positiva entre los miembros del grupo.
Éstos deben asumir el reparto de responsabilidades y la toma de conciencia de
la contribución al éxito del grupo.
Hacemos uso de los elementos del entorno, tanto de las grandes posibilidades educativas que nos
ofrece como recurso didáctico (por
ejemplo, “Salimos a un parque cercano al colegio
para pasear, jugar y observar las
sensaciones que percibimos a través de nuestros sentidos”, como incorporando al currículo algunos de sus elementos.
Partimos de un concepto de escuela
abierta a la sociedad en dos direcciones: saliendo al exterior para
enriquecer nuestros aprendizajes con elementos culturales que no encontramos en
nuestro centro y permitiendo que los miembros de la sociedad de nuestro entorno
puedan entrar para hacer sus aportaciones culturales (por ejemplo, representación de una obra teatral por parte de los
alumnos/as del Instituto).
LAS UNIDADES DIDÁCTICAS
Cada unidad partirá de una
actividad introductoria y de motivación
que acercará a los alumnos/as al tema. De esta forma observaremos los
conocimientos previos que cada alumno/a posee, y las posibles lagunas o
conocimientos erróneos que éstos presenten con el objetivo de poder dirigir la
actuación educativa para corregir esta situación.
Posteriormente se realizarán
actividades de desarrollo en las que se trabajan los contenidos que conforman
la programación.
Seguidamente, se realizarán
actividades ampliación por parte de aquellos alumnos/as que por su capacidad
así lo demanden profundizar en el tema.
Al mismo tiempo, se realizarán
actividades de Refuerzo por parte de aquellos alumnos/as que por su capacidad
necesiten actividades que apoyen y refuercen los conceptos que se están
trabajando.
En cada sesión existirán algunas
actividades de repaso que sirven para afianzar los conocimientos adquiridos y
nos ayudarán a detectar posibles fallos en el proceso.
Por último se llevarán a cabo
actividades específicas de evaluación que nos indicará en qué grado los
alumnos/as han adquirido estos conocimientos, y las posibles medidas a adoptar.
3.3.- Refuerzo.
Ø
Programas de refuerzo de
áreas o materias instrumentales básicas.
Estos programas tienen como fin asegurar los aprendizajes
básicos de Lengua castellana y literatura, Primera Lengua extranjera y
Matemáticas que permitan al alumnado seguir con aprovechamiento las enseñanzas
de educación primaria.
El desarrollo de estos programas se basará en la programación y
realización de actividades motivadoras que busquen alternativas al programa
curricular de las materias instrumentales y que intenten responder a los
intereses del alumnado y a la conexión con su entorno social y cultural.
Entre estas actividades,
se consideran aquellas que favorezcan la expresión y comunicación oral y
escrita, tales como la realización de teatros, periódicos escolares, así como
el dominio de la competencia matemática, a través de la resolución de problemas
cotidianos.
Los programas de refuerzo de las áreas o materias instrumentales
básicas están dirigidos al alumnado de Educación Primaria que se encuentre en
alguna de las situaciones siguientes:
- El alumnado que no ha promocionado
de curso.
- El alumnado que, aun
promocionando de curso, no ha superado alguna de las áreas o materias
instrumentales del curso anterior.
- El alumnado en el que
se detecten, en cualquier momento del ciclo o del curso, dificultades en las
áreas o materias instrumentales de Lengua Castellana y Literatura, Matemáticas
y Primera Lengua Extranjera.
El número de alumnos y alumnas en los programas de refuerzo de
áreas o materias instrumentales básicas no podrá ser superior a quince.
El alumnado que supere los déficits de aprendizaje detectados
abandonará el programa de forma inmediata y se incorporará a otras actividades
programadas para el grupo en el que se encuentre escolarizado.
El profesorado que imparta los programas de refuerzo de áreas o materias
instrumentales básicas realizará a lo largo del curso escolar el seguimiento de
la evolución de su alumnado e informará periódicamente de dicha evolución a las
familias, de acuerdo con lo que resulte acordado en las sesiones de evaluación
que realice el equipo docente.
No obstante lo anterior, los programas de refuerzo de materias
instrumentales básicas no contemplarán una calificación final ni constarán en
las actas de evaluación ni en el historial académico del alumnado.
Ø
Programas de refuerzo para
la recuperación de los aprendizajes no adquiridos.
Este programa está destinado al alumnado que promocione sin
haber superado
todas las áreas o
materias, y su finalidad es la de posibilitar la recuperación de los
aprendizajes no adquiridos.
En este caso, el alumnado que recibe el programa deberá superar
la evaluación correspondiente al mismo, por lo que estos programas de refuerzo
para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos deberán incluir el
conjunto de actividades programadas para realizar el seguimiento, el
asesoramiento y la atención personalizada al alumnado con áreas o materias
pendientes de cursos anteriores, así como las estrategias y criterios de
evaluación que se aplicarán.
En el caso de la Educación Primaria, en la que todas las áreas y
materias no superadas tienen continuidad en el curso siguiente, el profesorado
responsable de estos programas será su tutor o tutora, o los maestros y
maestras especialistas.
Ø
Planes específicos
personalizados para el alumnado que no promocione de curso.
El alumnado que no promocione de curso seguirá un plan
específico personalizado, orientado a la superación de las dificultades
detectadas en el curso anterior.
Estos planes podrán incluir la incorporación del alumnado a un
programa de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas, así como un
conjunto de actividades programadas para realizar un seguimiento personalizado
del mismo y el horario previsto para ello.
3.4.- Adaptaciones
Curriculares.
De acuerdo con el artículo 71 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, las administraciones educativas dispondrán los medios necesarios para que
todo el alumnado que requiera una atención educativa diferente a la ordinaria,
por presentar necesidades educativas especiales, por dificultades específicas
de aprendizaje, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse
incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o de
historia escolar, alcance el máximo desarrollo posible de sus capacidades
personales, el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así
como los objetivos establecidos con carácter general en dicha Ley.
La identificación y valoración de las necesidades educativas de
este alumnado se realizará, lo más tempranamente posible, por personal con la debida
cualificación y de acuerdo con el procedimiento establecido por la
administración, y su escolarización se regirá por los principios de
normalización, inclusión escolar y social, flexibilización y personalización de
la enseñanza.
Se deberá garantizar la participación de los padres o tutores en
las decisiones que afecten a la escolarización y a los procesos educativos de
este alumnado. Igualmente les corresponde adoptar las medidas oportunas para
que los padres de estos alumnos reciban el adecuado asesoramiento
individualizado, así como la información necesaria que les ayude en la
educación de sus hijos.
Para la atención de este alumnado se emplearán los medios
materiales, los avances técnicos, los recursos específicos de las
especialidades correspondientes y los profesionales cualificados que sean
asignados al centro por la administración educativa y que se encuentren
disponibles para la adecuada atención a este alumnado. Dicha atención se
llevará a cabo, preferentemente, dentro del grupo de clase y, en aquellos casos
en que se requiera, fuera del mismo.
La adaptación curricular es una medida de modificación de los
elementos del currículo, a fin de dar respuesta al alumnado con necesidades
específicas de apoyo educativo.
Estos programas de adaptación curricular están dirigidos, por
tanto, al alumnado de educación primaria que se encuentre en alguna de las
situaciones siguientes:
- Alumnado con
necesidades educativas especiales.
Se entiende por alumnado que presenta necesidades educativas
especiales, a aquel que requiera, por un período de su escolarización o a lo
largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas
derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.
El Decreto 230/2007 de la Consejería de Educación de la Junta de
Andalucía recoge que, con el fin de facilitar la accesibilidad al currículo, se
establecerán los procedimientos oportunos cuando sea necesario realizar
adaptaciones que se aparten significativamente de los contenidos y criterios de
evaluación del currículo, a fin de atender al alumnado con necesidades
educativas especiales que las precise, al que se refiere el artículo 73 de la
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
Estas adaptaciones se realizarán buscando el máximo desarrollo
posible de las competencias básicas, y la evaluación y la promoción del
alumnado objeto de las mismas tomarán como referente los objetivos y criterios
de evaluación fijados en dichas adaptaciones.
La escolarización de este alumnado se regirá por los principios
de normalización e inclusión y asegurará su no discriminación y la igualdad
efectiva en el acceso y la permanencia en el sistema educativo, pudiendo
introducirse medidas de flexibilización cuando se considere necesario.
Al finalizar cada curso se evaluarán los resultados conseguidos
por cada uno de los alumnos en función de los objetivos propuestos a partir de
la valoración inicial. Dicha evaluación permitirá proporcionarles la
orientación adecuada y modificar el plan de actuación así como la modalidad de
escolarización, de modo que pueda favorecerse, siempre que sea posible, el
acceso del alumnado a un régimen de mayor integración.
Sin perjuicio de la permanencia durante un curso más en el mismo
ciclo, prevista en el artículo 12.3, la escolarización de este alumnado en la
etapa de educación primaria en centros ordinarios podrá prolongarse un año más,
siempre que ello favorezca su integración socioeducativa.
- Alumnado que se
incorpora tardíamente al sistema educativo.
Con esta medida se pretende favorecer la incorporación al
sistema educativo de los alumnos y alumnas que, por proceder de otros países o
por cualquier otro motivo, se incorporen de forma tardía al sistema educativo
español. En dicha incorporación se garantizará, en todo caso, en la edad de
escolarización obligatoria.
La escolarización de este alumnado se realizará atendiendo a sus
circunstancias, conocimientos, edad e historial académico.
Cuando presenten graves carencias lingüísticas o en sus
competencias o conocimientos básicos, a fin de facilitar su integración en el
curso correspondiente, recibirán una atención específica que será, en todo
caso, simultánea a su escolarización en los grupos ordinarios conforme al nivel
y evolución de su aprendizaje, con los que compartirán el mayor tiempo posible
del horario semanal.
Quienes presenten un desfase en su nivel de competencia
curricular de más de un ciclo podrán ser escolarizados en el curso
inmediatamente inferior al que les correspondería por edad.
Para este alumnado se adoptarán las medidas de refuerzo
necesarias que faciliten su integración escolar y la recuperación de su desfase
y le permita continuar con aprovechamiento sus estudios. En el caso de superar
dicho desfase, se incorporará al grupo correspondiente a su edad.
Los padres o tutores del alumnado que se incorpora tardíamente
al sistema educativo recibirán el asesoramiento necesario sobre los derechos,
deberes y oportunidades que comporta la incorporación al sistema educativo
español.
- Alumnado con
necesidades de compensación educativa.
Con el fin de hacer efectivo el principio de igualdad en el
ejercicio del derecho a la educación, se podrán desarrollar acciones de
carácter compensatorio en relación con el alumnado que se encuentre en
situaciones económica, social, familiar o cultural desfavorables, tendentes a
evitar desigualdades.
Se desarrollará una actuación preventiva y compensatoria durante
el inicio de la escolarización de este alumnado cuyas condiciones personales
supongan una desigualdad inicial para acceder a la educación básica y para
progresar en los niveles posteriores, empleando para ello los recursos humanos
y materiales disponibles en el centro.
Se dará información y se realizarán las gestiones necesarias
para facilitar el acceso del alumnado con condiciones socioeconómicas
desfavorables a la participación de las convocatorias de becas, ayudas al
estudio, cursos y/o actividades que se convoquen o planifiquen en el centro con
carácter general.
- Alumnado con altas
capacidades intelectuales.
Este alumnado deberá ser identificado como tal por el personal
con la debida cualificación, de conformidad con el procedimiento que establezca
por la Consejería de Educación, y su escolarización se flexibilizará en los
términos que determina la normativa vigente, de forma que pueda anticiparse un
curso el inicio de la escolarización de la etapa o reducirse la duración de la
misma, cuando se prevea que estas medidas son las más adecuadas para el
desarrollo de su equilibrio personal y su socialización.
Los programas de
adaptación curricular en su concepción y elaboración podrán ser de tres tipos:
1. Adaptaciones
curriculares no significativas.
Las adaptaciones curriculares no significativas irán dirigidas
al alumnado que presente desfase en su nivel de competencia curricular respecto
del grupo en el que está escolarizado, por presentar dificultades graves de
aprendizaje o de acceso al currículo asociadas a discapacidad o trastornos
graves de conducta, por encontrarse en situación social desfavorecida o por
haberse incorporado tardíamente al sistema educativo. Esta adaptación afectará
a los elementos del currículo que se consideren necesarios, metodología y
contenidos, pero sin modificar los objetivos de la etapa educativa ni los
criterios de evaluación.
Las adaptaciones curriculares no significativas podrán ser
grupales, cuando estén dirigidas a un grupo de alumnado que tenga un nivel de
competencia curricular relativamente homogéneo, o individuales.
Las adaptaciones curriculares serán propuestas y elaboradas por
el equipo docente, bajo la coordinación del profesor o profesora tutor y con el
asesoramiento del equipo o departamento de orientación. En dichas adaptaciones
constarán las áreas o materias en las que se va a aplicar, la metodología, la
organización de los contenidos, los criterios de evaluación y la organización
de tiempos y espacios.
El Consejo Escolar pondrá especial atención para garantizar que
las adaptaciones curriculares grupales puedan suponer agrupamientos
discriminatorios para el alumnado.
Las adaptaciones curriculares individuales podrán ser
propuestas, igualmente, por el profesor o profesora del área o materia en la
que el alumnado tenga el desfase curricular, y este será responsable de su
elaboración y aplicación, con el asesoramiento del equipo de orientación.
2. Adaptaciones
curriculares significativas.
Esta medida será tomada cuando un alumno o alumna con
necesidades educativas especiales presente un desfase curricular con respecto
al grupo de su edad tal que haga necesaria la modificación de los elementos del
currículo, incluidos los objetivos de la etapa y los criterios de evaluación, a
fin de facilitarle la accesibilidad al currículo, buscando con ello el máximo
desarrollo posible de las competencias básicas.
Las adaptaciones curriculares significativas requerirán una
evaluación psicopedagógica previa, realizada por los equipos o departamentos de
orientación, con la colaboración del profesorado que atiende al alumnado, y de
la cual se desprenderá un informe de evaluación psicopedagógica que incluirá,
al menos, los siguientes apartados:
- Datos personales y
escolares.
- Diagnóstico de la
discapacidad o trastorno grave de conducta.
- Entorno familiar y
social del alumnado.
- Determinación, en su
caso, de las necesidades educativas especiales.
- Valoración del nivel de
competencia curricular.
- Orientaciones al
profesorado y a los representantes legales del alumnado.
El responsable de la elaboración de las adaptaciones
curriculares significativas será el profesorado especialista en educación
especial, con la colaboración del profesorado del área o materia encargado de
impartirla y contará con el asesoramiento del equipo de orientación.
Las adaptaciones curriculares significativas quedarán recogidas
en un documento que contendrá, al menos, los siguientes apartados:
- El informe de
evaluación psicopedagógica elaborado por el equipo de orientación.
- Propuesta curricular
por áreas o materias, en la que se recoja la modificación de los objetivos,
metodología, contenidos, criterios de evaluación y organización del espacio y
del tiempo que se propone para el alumnado objeto de la adaptación.
- Adaptación de los
criterios de promoción y titulación, de acuerdo con los objetivos de la
propuesta curricular.
- Organización de los
apoyos educativos disponibles en el centro y necesarios para la atención
personalizada del alumnado.
- Ficha de seguimiento y
valoración de los progresos que vaya realizando el alumnado, con la información
que se le vaya dando al mismo y a la familia.
La aplicación de las adaptaciones curriculares significativas
será responsabilidad del profesor o profesora del área o materia
correspondiente, con la colaboración del profesorado de educación especial y el
asesoramiento del equipo de orientación.
La evaluación de las áreas o materias será responsabilidad
compartida del profesorado que las imparte y, en su caso, del profesorado de
apoyo, tomando como referente los objetivos y los criterios de evaluación
fijados en dichas adaptaciones.
Del mismo modo, las decisiones sobre la promoción del alumnado
se realizarán de acuerdo a los criterios fijados en la adaptación curricular
significativa y será realizada por el equipo docente, oído el equipo o
departamento de orientación.
3. Adaptaciones
curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales.
Las adaptaciones curriculares realizadas para atender a este
tipo de alumnado tienen como fin promover en el mismo el desarrollo pleno y
equilibrado de los objetivos generales de esta etapa educativa, contemplando
medidas extraordinarias dirigidas a ampliar y enriquecer los contenidos del
currículo ordinario y medidas excepcionales de flexibilización del período de
escolarización.
Estas adaptaciones curriculares requerirán también una
evaluación psicopedagógica previa, realizada por el equipo de orientación, y en
la que se determinará la conveniencia o no de su aplicación. De dicha
evaluación se emitirá un informe que contendrá, al menos, los siguientes
apartados:
- Datos personales y
escolares del alumnado.
- Diagnóstico de la alta
capacidad intelectual.
- Entorno familiar y
social del alumnado.
- Determinación de las
necesidades específicas de apoyo educativo.
- Valoración del nivel de
competencia curricular.
- Orientaciones al
profesorado y a los representantes legales del alumnado.
La adaptación curricular que se elabore para atender al alumnado
con altas capacidades intelectuales establecerá una propuesta curricular por
áreas o materias, en la que se recoja la ampliación y enriquecimiento de los
contenidos y las actividades específicas de profundización.
La elaboración y aplicación de las adaptaciones curriculares
será responsabilidad del profesor o profesora del área o materia
correspondiente, con el asesoramiento del equipo de orientación.
Para facilitar la aplicación de la adaptación, la Consejería
competente en materia de educación, a propuesta de la dirección del centro,
previo trámite de audiencia al padre, madre o tutores legales, podrá adoptar
las siguientes medidas de flexibilización de la escolarización de este
alumnado, siguiendo el procedimiento que se establezca para ello:
- Anticipación en un año
de la escolarización en el primer curso de la Educación Primaria.
- Reducción de un año de
permanencia en la Educación Primaria.
- Reducción de un año de
permanencia en la Educación Secundaria Obligatoria.
4.- LA ORGANIZACIÓN DE
LAS ACTIVIDADES DE REFUERZO Y RECUPERACIÓN. |
Para llevar a cabo las sesiones de refuerzo con el alumnado que
lo necesite contaremos durante el presente curso con el horario completo de un
maestro/a de apoyo. Además, contaremos con
las horas en las que los tutores/as salen de su aula por tener su
tutoría clase de Inglés, Religión, Música o Educación Física.
El Plan se expone en
el correspondiente cuadrante, pero sabiendo que queda abierto a posibles cambios,
ya que tanto los tutores como los maestros que en cada caso les apoyan,
acordarán en cada momento la necesidad de continuar o, en su caso, cambiar de
alumnado dependiendo del diagnóstico que puntualmente se haga.
1. Objetivos:
• Mejorar el aprendizaje del alumnado.
• Prevenir el fracaso escolar en nuestro
Centro.
• Rentabilizar los recursos del centro,
horas de libre disposición, etc.
• Realizar las sustituciones del
profesorado con personal del Centro que conoce el
P.C de ciclo y las
programaciones.
• Ayudar a los profesores tutores con
los alumnos y alumnas que presentan dificultades en sus aprendizajes.
• Integrar al alumnado inmigrante.
• Ofertar a la comunidad educativa una
educación de calidad.
2. Criterios de
selección del alumnado:
El Profesorado reunido en ciclos, a propuesta del Equipo
Directivo y por el Equipo
Técnico de
Coordinación Pedagógica, elabora un Plan de apoyo para atender a los alumnos
con las necesidades enumeradas más arriba.
Este refuerzo
pedagógico tendrá las siguientes características:
- Cada Profesor atenderá a los alumnos
de su ciclo, con la excepción de los maestros/as de Apoyo que lo harán en
relación a todo el centro.
- Se procurará que el alumnado no
reciba refuerzo educativo en las horas de
Inglés, E. Física,
Música, y otras especialidades. Debe hacerse énfasis en las áreas
fundamentales.
- El apoyo al alumnado con dificultades
de aprendizaje deberá realizarse en aula ordinaria, salvo algunos casos
excepcionales.
- El tutor/a de cada alumno/a indicará
los contenidos y objetivos a cubrir o mejorar en cada uno de los alumnos/as.
- A la finalización de cada mes el
profesorado presentará en la Jefatura de Estudios un registro de lo realizado
con los alumnos/as, así como, de los logros conseguidos.
El procedimiento
para la elaboración del presente plan ha sido el siguiente:
-
-
La Jefatura de
Estudios entrega a los coordinadores un formulario en el que los tutores, una
vez realizada la exploración de sus respectivos grupos, indican aquellos
aspectos que deben ser reforzados en sus alumnos.
-
Los horarios de
atención a estos alumnos y alumnas, se entregarán por parte de la Jefatura de
Estudios a los diferentes profesores que tienen asignada la tarea del apoyo y
refuerzo así como a los tutores.
La Jefatura de
Estudios podrá solicitar un informe, en el caso de que algún estamento
autorizado lo requiera, del trabajo y avances educativos, en el cual se deben
señalar el grupo de alumnos con los que se trabaja en cada sesión de
recuperación y sus labores cotidianas con el fin de conocer el desarrollo de
este Plan.
HORARIO CLASES DE
APOYO
En
El gran escollo de esta
planificación es la necesidad de atender aquellos cursos que necesitan la
presencia del maestro de apoyo por haber faltado sus tutores/as. En estos casos
las horas de apoyo se pierden, lo que provoca una clara pérdida en la
efectividad del plan que nos ocupa. En el caso de producirse una ausencia de
larga duración, se reelaboraría el cuadrante, para que lo escolares que dejan
de recibir el apoyo, encuentren otras sesiones de clase.
Esta labor es
complementaria a la realizada por las maestras de Apoyo a la Integración (PT y
AL).
5.- EL PLAN DE
ORIENTACIÓN Y DE ACCIÓN TUTORIAL. |
Según la legislación
vigente podemos encontrar:
- Ley Orgánica 2/2006 3 de mayo de Educación
(LOE). Tiene como principio la calidad de la
educación para todos los ciudadanos, contemplando su carácter formativo y
orientador. Su artículo 91 recoge que: la tutoría de los alumnos, la dirección
y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo tiene que
ser en colaboración con las familias.
- Ley 17/2007, de 10 de diciembre de Educación
de Andalucía, en su artículo 5 dice:
potenciar la orientación educativa como medio para el desarrollo personal y
como garantía de una respuesta educativa ajustada a las necesidades del
alumnado.
- Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen
las enseñanzas mínimas de la Educación primaria en su artículo 11
"Tutoría" recoge:
1. En la Educación
primaria, la acción tutorial orientará el proceso educativo individual y
colectivo del alumnado.
2. El profesor tutor
coordinará la intervención educativa el conjunto del profesorado y mantendrá
una relación permanente con la familia, a fin de facilitar el ejercicio de los
derechos reconocidos en el artículo 4.1. d) y g) de la Ley Orgánica 8/1985, de
3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.
- Decreto 230/2007, de 31 de julio de
ordenación y enseñanzas de Educación Primaria en Andalucía: en su artículo 17
contempla la tutoría como parte de la función docente y en el artículo 18 del
Decreto 230/2007, de 31 de julio, quedan recogidas las funciones del tutor/a:
a) Conocer las aptitudes
e intereses de cada alumno o alumna, con objeto de orientarle en su proceso de
aprendizaje y en la toma de decisiones personales y académicas.
b) Coordinar la
intervención educativa de todos los profesores y profesoras que componen el
equipo docente de un grupo de alumnos y alumnas.
c) Garantizar la
coordinación de las actividades de enseñanza y aprendizaje que se propongan al
alumnado a su cargo.
d) Organizar y presidir
las reuniones del equipo docente y las sesiones de evaluación de su grupo de
alumnos y alumnas.
e) Coordinar el proceso
de evaluación continua del alumnado y adoptar, junto con el equipo docente, las
decisiones que procedan acerca de la evaluación y promoción del alumnado de
acuerdo con los criterios que, al respecto, establezca por Orden la Consejería
competente en materia de educación.
f) Cumplimentar la
documentación académica del alumnado a su cargo.
g) Recoger la opinión del
alumnado a su cargo sobre el proceso de enseñanza
y aprendizaje
desarrollado en las distintas áreas que conforman el currículo.
h) Informar al alumnado
sobre el desarrollo de su aprendizaje, así como a sus padres, madres o tutores
legales.
i) Facilitar la
cooperación educativa entre el profesorado del equipo docente y los padres,
madres o tutores del alumnado.
j) Mantener una relación
permanente con los padres, madres o tutores del alumnado, a fin de facilitar el
ejercicio de los derechos reconocidos en las letras d) y g) del artículo
cuarto, apartado 1, de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del
Derecho a la Educación.
k) Cuantas otras se
establezcan por Orden de la persona titular de la Consejería competente en
materia de educación o se incluyan en el plan de orientación y acción tutorial
del centro.
- Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se
desarrolla el currículo correspondiente a la educación primaria en Andalucía.
En el panorama educativo actual, Orientación y Educación son
conceptos íntimamente relacionados. La orientación educativa ha pasado a ser
considerada un pilar básico y esencial del sistema educativo que incide en la
calidad de los procesos que en él se desarrollan y, en definitiva, en una
educación de calidad en equidad.
Es una orientación que entiende la educación más allá del puro
aspecto de instrucción y adiestramiento para centrarse en otros aspectos de la
vida del alumnado y que pretende, por tanto, con su intervención, el desarrollo
pleno e integral del mismo. El alumnado, en su aspecto social, afectivo,
intelectual y físico es contemplado en esta concepción de la orientación
educativa.
Una concepción, por tanto, que contempla tres ámbitos de
actuación en la ayuda que la labor orientadora proporciona al alumnado como
destinatario directo -el personal, el académico y el profesional-y que, lejos
de ser un ámbito exclusivo de intervención para especialistas en la materia
-orientadores y orientadoras-, es una responsabilidad y deber que comparte con
el profesorado en los centros docentes.
Una orientación, además, que centra su intervención no sólo en
los beneficiarios finales -el alumnado-sino que afecta y contempla actuaciones
con las familias de este alumnado y con el profesorado responsable de la
docencia y de la orientación y acción tutorial derivada de sus funciones, en un
intento de coordinar los esfuerzos de los diferentes agentes implicados en la
educación de los y las jóvenes en la búsqueda de su desarrollo integral.
De la importancia de la orientación para el Sistema Educativo se
hace eco la legislación que en materia educativa surge en los últimos años.
Así, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 1,
relativo a los principios de la educación, en su apartado f) establece la
orientación educativa y profesional de los estudiantes, como medio necesario
para el logro de una formación personalizada, que propicie una educación
integral en conocimientos, destrezas y valores. Por otro lado, en el artículo
91 .d) establece entre las funciones del profesorado, la orientación educativa,
académica y profesional del alumnado, en colaboración, en su caso, con los
servicios o departamentos especializados. En su Disposición final Primera, entre
los derechos que tienen los padres, está el de ser oídos en aquellas decisiones
que afecten a la orientación académica y profesional de sus hijos e hijas, e
igualmente se establece que el alumnado tiene, entre otros derechos básicos, el
de recibir orientación educativa y profesional.
Dentro del Proyecto Educativo de cada Centro se incluirá el Plan
de Orientación y Acción Tutorial. Es el Claustro de profesores, en este caso,
los responsables de elaborar una propuesta, de acuerdo con las directrices
establecidas por el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica y en colaboración
con el profesorado que ostenta las tutorías.
La orientación no puede, por tanto, dejarse al libre hacer en
los centros docentes sino que debe ser algo conscientemente planificado, que
marque unos objetivos, a partir del análisis de una realidad dada, y que, para
la consecución de éstos, programe actuaciones concretas, diseñe estrategias
específicas y organice los espacios y los tiempos en que se desarrollará lo
planificado. Una previsión, además, que debe contemplar la evaluación y
seguimiento necesarios para constatar el éxito en la consecución de los
objetivos y, en su caso, las propuestas de mejora para ello.
En este sentido, el Plan
de Orientación y Acción Tutorial constituye el instrumento pedagógico-didáctico
que articula, a medio y largo plazo, el conjunto de actuaciones del equipo
docente, de un centro educativo, relacionadas con los objetivos de la
orientación y la acción tutorial que, de manera coordinada, se propongan para las
distintas etapas y enseñanzas impartidas en el Centro en coherencia con el
Proyecto educativo.
1.-Objetivos
generales.
Ø
Facilitar la integración
de los alumnos en su grupo y en el conjunto de la dinámica del colegio
Ø
Potenciar el esfuerzo
individual y el trabajo en equipo.
Ø
Contribuir a la
personalización del proceso educativo.
Ø
Efectuar un seguimiento
global del aprendizaje de los alumnos para detectar dificultades y necesidades
especiales y recurrir a los apoyos o actividades adecuadas.
Ø
Coordinar el proceso de
evaluación asesorando sobre la promoción o no de ciclo.
Fomentar en el grupo de alumnos el desarrollo
de actitudes participativas, tanto en el centro como en su entorno.
Ø
Coordinar el ajuste de
las programaciones al grupo de alumnos, especialmente en lo referente a las
respuestas educativas ante necesidades educativas especiales.
Ø
Coordinar el proceso
evaluador de los distintos profesores del grupo-clase, así como cualquier
información de importancia para el mismo.
Ø
Implicar y comprometer a
los padres en actividades de apoyo al aprendizaje y orientación de sus hijos.
Ø
Facilitar el desarrollo
de hábitos de trabajo y de estudio.
Ø
Informar a los padres de
todo cuanto afecta a la educación de sus hijos.
2.- Contenidos.
Hablar de contenidos
implica podar la ingente cantidad de contenidos que se manejan en la educación
de nuestros días y proponer los que preferentemente trataremos en nuestros
grupos atendiendo al desarrollo de los objetivos del plan.
Los resumimos en lo
siguiente:
Ø
Hábitos y técnicas de estudio
y trabajo:
- Autoestima
y motivación por el estudio
- Condiciones:
limpieza, espacio, luz, silencio, materiales necesarios...
- Método:
organización, tiempo, concentración y esfuerzo.
- Técnicas
concretas: lectura, subrayado, esquema, cuadro y resumen.
Ø
Educación en valores:
o Respeto a las personas, a las cosas y al entorno.
o Confianza, cooperación y diálogo en la resolución de los
conflictos.
o Participación, justicia y solidaridad.
Ø
Actividades con los alumnos:
o Conocer la situación de cada alumno en el grupo, en el
centro y en su ambiente sociofamiliar e intervenir para favorecer la
integración en los casos en que sea necesario.
o Conocer la dinámica interna del grupo e intervenir si fuese
necesario para recomponer dicha dinámica. El sociograma, la observación
sistemática y otras técnicas grupales serán de gran utilidad para conocer el
nivel de cohesión o desintegración del grupo, los líderes, subgrupos,
pandillas, alumnos aislados o rechazados, etc.
o Recabar información sobre los antecedentes escolares y la
situación personal o familiar de cada alumno, a través de informes anteriores,
expediente personal, tutores de cursos pasados, cuestinarios de inicio de
curso, entrevistas,...
o Analizar con los demás profesores las dificultades
escolares de los alumnos debidas a deficiencias instrumentales, problemas de
integración y otros, para buscar, si es necesario, los asesoramientos y apoyos
adecuados.
o Favorecer en el alumno el conocimiento y aceptación de sí
mismo.
o Promover y coordinar actividades que fomenten la
convivencia, la integración y la participación de los alumnos en la vida del
centro del entorno: elección de representantes, actividades culturales y
deportivas complementarias, fiestas y excursiones, etc.
o Práctica de las técnicas de estudio.
o Lectura de libros y visionado de películas donde se traten
los valores que deseamos en nuestros alumnos.
Ø
Actividades con las
familias:
o
Reunir a los padres a
comienzo de curso antes de finales de noviembre para informales sobre las horas
de visita y atención tutorial, la composición del equipo educativo, las líneas
generales de actuación y los criterios de evaluación, las actitudes y valores
que deseamos potenciar...
o Conseguir la colaboración de los padres en relación con el
trabajo personal de sus hijos: organización del tiempo de estudio en casa y
también del tiempo libre y de descanso, al menos un mínimo de atención a las
tareas escolares.
o Tener entrevistas individuales con los padres para
informales del desarrollo académico o para cualquier aspecto relacionado con su
formación.
o Coordinar charlas sobre temas formativos o informativos de
interés general.
Ø
Actividades con el equipo
docente:
o
Programación de las
distintas tareas tanto escolares como extraescolares y complementarias.
o
Coordinación de programas educativos, actividades,
criterios e instrumentos de evaluación
Ø
Actividades del tutor o
la tutora:
o Mantener el contacto con las familias.
o Llevar los documentos del alumnado de su tutoría.
o Elaborar los informes y boletines trimestrales.
o Coordinar al profesorado que incide sobre su grupo.
o Coordinar con la profesora de apoyo la elaboracion de las
Adaptaciones curriculares del alumnado de su tutoría.
o Realizar las actividades programadas con su grupo.
Ø
Actividades de la
profesora de apoyo y equipos de apoyo externo.
o Coordinar la elaboración de las Adaptaciones curriculares
en colaboración con el tutor o tutora y el resto del equipo docente.
o Diagnosticar y, en su caso, atender al alumnado con
necesidades educativas especiales.
o Asesorar al equipo en temas relacionados con las atención a
alumnos con NEE.
3.-Metodología.
La realización de las actividades con los alumnos será dinámica
y activa, facilitando la participación deshinibida en las actividades que así
lo requieran: autoconocimiento, integración grupal, social y familiar, etc. De
cualquier modo la integración curricular de las tareas sugeridas en este plan
debería de ser lo más completa posible: introduciendo cualquier actividad en
las diferentes áreas del programa.
4.-Temporalización.
El Plan de Acción Tutorial se llevará a cabo durante dos ciclos.
A razón de una hora semanal los martes para la atención a los padres, otra más
para la cumplimentación de los documentos e informes, una tercera para la
aplicación de las actividades concretas y para la coordinación con el resto de
los miembros del equipo de ciclo.
5.-Evaluación.
Evaluaremos el cumplimiento del presente plan cuando se evalúe a
nuestro alumnado: una vez por trimestre, tomado las medidas correctoras que
sean necesarias. A dicho fin se podrán concretar algunos indicadores extraidos
de los objetivos de este documento.
6.- EL PROCEDIMIENTO PARA SUSCRIBIR COMPROMISOS
EDUCATIVOS Y DE CONVIVENCIA CON LAS FAMILIAS, DE ACUERDO CON LO QUE SE
ESTABLEZCA POR ORDEN DE LA CONSEJERIA COMPETENTE EN MATERIA DE EDUCACIÓN. |
El esfuerzo compartido entre centros y familias es básico para
una enseñanza y aprendizajes eficaces y de calidad.
Teniendo en cuenta la edad y características del alumnado, se
pone en evidencia la necesidad de establecer un diálogo permanente y fluido con
las familias.
Para ello habrá que:
- Informar (asambleas, sesiones tutoriales).
- Formar (escuelas de padres).
- Colaborar con las familias en el proceso formativo de los
hijos/as (acción educativa compensadora).
- Asesorar.
- Explicar las características, funcionamiento y objetivos
prioritarios del centro.
- Explicar qué es la tutoría.
- Informar de cuantos recursos ofrezca el centro u órganos
oficiales.
- Saber escuchar y dar confianza.
- Favorecer la comprensión de las informaciones.
- Transmitir estabilidad y madurez emocional.
- Favorecer la comunicación.
- Mostrar y promover actitudes de responsabilidad.
- Saber valorar y respetar la propuesta de las familias.
- Ser capaz de describir
más que juzgar.
Según la Orden 16-11-07,
artículo 2. Las entrevistas con las familias del alumnado tendrán las
siguientes finalidades:
a) Informar sobre aquellos aspectos relevantes para la mejora
del proceso de enseñanza y aprendizaje y el desarrollo personal del alumnado,
garantizando especialmente la relativa a los criterios de evaluación.
b) Prevenir las dificultades de aprendizaje.
c) Proporcionar asesoramiento educativo a las familias,
ofreciendo pautas y orientaciones que mejoren el proceso educativo y de
desarrollo personal del alumnado.
d) Promover y facilitar la cooperación familiar en la tarea
educativa del profesorado, tanto en lo concerniente a los aspectos académicos
como en lo relacionado con la mejora de la convivencia del centro.
La Ley de Educación
Andaluza, 17/2007, dedica el Capítulo IV a las familias, en su Artículo 29 establece que los padres y madres tienen el
derecho a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas, apoyando el
proceso de enseñanza- aprendizaje de éstos, así mismo destaca a los padres,
madres o tutores legales, como principales responsables que son de la educación
de sus hijos e hijas, teniendo la obligación de colaborar con los centros
docentes y con el profesorado.
El tutor/a es el enlace del centro con la familia. Canaliza la
información relevante que ha obtenido de ella y les devuelve las demandas de
información que surjan del centro para llevar a cabo una actuación coordinada.
La Orden 16 de noviembre de 2007 que regula la orientación y la acción tutorial en los centros
de Educación Infantil y Primaria, establece la posibilidad de tener compromisos
educativos firmados con los padres, madres o tutores legales de los alumnos en
general así como, compromisos de convivencia con aquellas familias que tengan un
hijo o hija con problemas de conducta. (VER ANEXO).
Según el artículo 10 del Decreto 328/2010 , las familias tienen derecho a suscribir con el centro docente un
compromiso de convivencia, con objeto de establecer mecanismos de coordinación
con el profesorado y con otros profesionales que atienden al alumno o alumna
que presente problemas de conducta o de aceptación de las normas escolares, y
de colaborar en la aplicación de las medidas que se propongan, tanto en el
tiempo escolar como extraescolar, para superar esta situación.
El compromiso educativo estará especialmente indicado para aquel
alumnado que presente dificultades de aprendizaje, y podrá suscribirse en
cualquier momento del curso.
El Consejo Escolar
realizará el seguimiento de los compromisos educativos suscritos en el centro
para garantizar su efectividad y proponer la adopción de medidas e iniciativas
en caso de incumplimiento.
3.4. – PLAN DE CONVIVENCIA. |
ÍNDICE DEL PLAN DE
CONVIVENCIA |
|
1.- NORMATIVA LEGAL. |
|
2.- JUSTIFICACIÓN DEL
PLAN DE CONVIVENCIA. |
|
3.- PRINCIPIOS BÁSICOS PARA UN PLAN DE
CONVIVENCIA. |
|
4.- DIAGNÓSTICO DEL ESTADO DE LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO Y,
EN SU CASO, CONFLICTIVIDAD DETECTADA EN EL MISMO, ASÍ COMO LOS OBJETIVOS A
CONSEGUIR. |
|
5.- NORMAS DE CONVIVENCIA, TANTO GENERALES DEL CENTRO QUE
FAVOREZCAN LAS RELACIONES DE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA, COMO PARTICULARES DEL AULA, Y UN SISTEMA QUE DETECTE EL
INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS Y LAS CORRECCIONES QUE, EN SU CASO, SE
APLICARÍAN, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL CAPÍTULO III DE ESTE
TÍTULO. |
|
6.- COMPOSICIÓN, PLAN DE REUNIONES Y PLAN DE ACTUACIÓN DE LA
COMISIÓN DE CONVIVENCIA. |
|
7.- NORMAS ESPECÍFICAS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL AULA DE
CONVIVENCIA DEL CENTRO, A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 23. |
|
8.- MEDIDAS A APLICAR EN EL CENTRO PARA PREVENIR, DETECTAR,
MEDIAR Y RESOLVER LOS CONFLICTOS QUE PUDIERAN PLANTEARSE. |
|
9.- PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN Y FUNCIONES DEL DELEGADO O DE LA
DELEGADA DE LOS PADRES Y MADRES DEL ALUMNADO, ENTRE LAS QUE SE INCLUIRÁ LA DE
MEDIACIÓN EN LA RESOLUCIÓN PACÍFICA DE CONFLICTOS ENTRE EL PROPIO ALUMNADO O
ENTRE ÉSTE Y CUALQUIER MIEMBRO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. |
|
10.- ACTUACIONES CONJUNTAS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y DE
COORDINACIÓN DOCENTE DEL CENTRO EN RELACIÓN CON EL TRATAMIENTO DE LA
CONVIVENCIA EN EL MISMO. |
|
11.- ACTUACIONES CONJUNTAS DE LOS EQUIPOS DOCENTES DEL CENTRO,
EN COORDINACIÓN CON QUIENES EJERCEN LA ORIENTACIÓN, PARA EL TRATAMIENTO DE LA
CONVIVENCIA EN LOS GRUPOS DE ALUMNOS Y ALUMNAS. |
|
12. -ACTUACIONES DE LA TUTORA Y TUTOR Y DEL EQUIPO DOCENTE DE
CADA GRUPO DE ALUMNOS Y ALUMNAS PARA FAVORECER LA INTEGRACIÓN DEL ALUMNADO DE
NUEVO INGRESO, TANTO EN EL AULA COMO EN EL CENTRO. |
|
13.- ACTUACIONES ESPECÍFICAS PARA LA PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO
DE LA VIOLENCIA SEXISTA, RACISTA Y CUALQUIER OTRA DE SUS MANIFESTACIONES. |
|
|
|
1. NORMATIVA LEGAL . |
Ø
DECRETO 328/2010, de 13
de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas
infantiles de segundo grado, de los colegios de educación primaria, de los
colegios de educación infantil y primaria, y de los centros públicos
específicos de educación especial.
Ø
DECRETO 19/2007, de 23 de
enero por el que se adoptan medidas para la promoción de la cultura de la paz y
la mejora de la convivencia en los centros educativos sostenidos con fondos
públicos.
Ø
ORDEN de 18 de julio de
2007 por la que se regula el procedimiento para la elaboración y aprobación del
plan de convivencia de los centros educativos sostenidos con fondos públicos.
2. JUSTIFICACIÓN DEL PLAN
DE CONVIVENCIA. |
Haciendo
referencia a las “Líneas Generales de Actuación Pedagógica” de nuestro Proyecto Educativo en su apartado
A. , en el que se recoge:
Un centro educativo debe
inculcar en su Comunidad Educativa los valores democráticos basados en el
respeto a los demás y la tolerancia frente a ideas que puedan ser diferentes a
las de cada uno. Al mismo tiempo, no puede permitir actitudes de discriminación
por razón de sexo, raza o religión ni el abuso ni el acoso a ningún miembro de
la Comunidad Educativa.
En momentos de incertidumbre y cambio se necesitan referencias
formativas y el centro las puede aportar siendo una institución no sólo
académica, de estudio de disciplinas o asignaturas, sino también de formación
integral, fomentando valores como la responsabilidad, el esfuerzo, la
tolerancia, etc., y que intente compensar un poco la falta de esos valores en
la sociedad actual.
El respeto
mutuo y la solidaridad están entre los pilares de nuestro modelo de sociedad,
por lo que nuestra Comunidad Educativa debe estar basada en la tolerancia,
respeto y solidaridad. Para que esto se consiga sería necesario erradicar
cualquier tipo de conducta que provoque discriminación y favorecer la
cooperación en el aula (entre
alumnos/as), en el centro (entre alumnos/as,
profesores/as y padres/madres) y fuera del centro.
Para
alcanzarla hay que establecer y permitir el desarrollo de actividades de todos
los sectores del centro, con objeto de que todos los miembros de la Comunidad
Educativa tenga conocimiento de cualquier tipo de problemática e inquietudes
que afecten a los demás, creando los cauces necesarios para el intercambio de
opiniones y decisiones, potenciando la participación del alumnado.
La meta de la
educación es aprender quién es uno mismo y llegar a serlo. La formación del
concepto de sí mismo (autoestima) y de la identidad personal es algo esencial
que los tutores/as trabajamos y cuidamos. Para ello contemplamos algunos de
nuestros objetivos en el de Plan de Acción Tutorial de nuestro
Centro como es la Educación en Valores
entre otros objetivos.
3. PRINCIPIOS BÁSICOS
PARA UN PLAN DE CONVIVENCIA. |
Los principios básicos que se explicitan en el Proyecto
Educativo son:
Ø El Plan de Convivencia de nuestro Centro tiene
como objeto promover y desarrollar actuaciones relativas al fomento de la
convivencia.
Ø Pretendemos
con él desarrollar adecuadamente las relaciones entre todos los
Componentes
de nuestra Comunidad Educativa.
Ø Deseamos
favorecer la resolución pacífica y educativa de
los conflictos que se presenten.
Ø Priorizaremos
aquellas actuaciones preventivas destinadas al conocimiento previo de los derechos y deberes de todos los miembros de la
comunidad educativa y de las normas necesarias para una convivencia pacífica y
respetuosa. Para ello utilizaremos el Plan de Acción Tutorial, los Boletines
Informativos para las Familias, entre otras acciones para su divulgación e
interiorización.
Ø Implicamos
a todos los sectores de la comunidad educativa (profesores/as, padres/madres, alumnos/as, P.A.S.) en la difusión, aplicación y
seguimiento del Plan de Convivencia, con el fin de evitar incoherencias en las
actuaciones para reforzar conductas positivas.
Estos principios básicos se concretan en los siguientes objetivos:
1. Desarrollar una intervención preventiva como medio
para lograr un buen clima de convivencia.
2. Cimentar las relaciones personales en el respeto
mutuo, la comprensión, la solidaridad y la interiorización de las normas de
convivencia.
3. Reducir al mínimo las conductas disruptivas que perturban
el clima de clase para evitar la conflictividad y disminuir las conductas más
graves.
4. Priorizar la resolución de los conflictos de manera
formativa mediante la negociación y el esfuerzo conjunto del profesor y los
alumnos.
5. Actuar ante los conflictos actuales, siempre que sea
posible, de manera proactiva, es decir, como un medio positivo y constructivo
para la prevención de un conflicto futuro.
6. Proceder ante los problemas de conducta siguiendo
unos principios de actuación coherente que orienten las intervenciones de todo
el profesorado, evitando contradicciones
que desorienten a los/as alumnos/as.
7. Analizar las causas de las conductas disruptivas y
procurar resolverlas como paso previo para solventar problemas de convivencia.
8. Utilizar las medidas punitivas como último recurso
para solucionar los problemas de convivencia, y sólo cuando las estrategias
motivacionales y educativas no hayan dado resultado o la no intervención pueda
generar males mayores.
4. DIAGNÓSTICO DEL ESTADO DE
LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO Y, EN SU CASO, CONFLICTIVIDAD DETECTADA. |
El Colegio Romualdo Aguayo está situado en el sureste de la ciudad de La Rambla, con 7.400 habitantes,
tiene unos accesos adecuados, comunicado con la Ronda del pueblo a través de la
calle Cruz Verde. El horario del centro es de 9 a 14 horas, todo el curso,
para el alumnado. Los recursos
del centro con la aportación del Plan de Apertura de Centros y el plan Mejor
Escuela han mejorado notablemente, aunque siempre hay necesidades en los centros y más los
que han cumplido más de 30 años de
existencia. (VER ESTUDIO CENTRO EDUCATIVO)
Actualmente, nuestro
Centro cuenta con 22 unidades:
- Seis de Educación
Infantil.
- Doce de Educación Primaria.
- Una de Apoyo a la Integración.
- Una de Audición y Lenguaje.
Hay un total de 430 alumnos y alumnas, de los cuales 5 tienen
Necesidades Específicas de Apoyo Educativo.
En cuanto a las
características de la comunidad educativa podemos matizar lo siguiente:
- La
estabilidad de la plantilla del personal docente y no docente, desde hace
años, en un porcentaje alto es personal con propiedad definitiva en el
colegio. Ello posibilita el desarrollo de los distintos proyectos
educativos.
• Las características socioeconómicas de
las familias podíamos denominarlas de clase media. La mayoría son trabajadores
por cuenta ajena, en fábricas, construcción, agricultura y sobre todo del
sector servicios. Muchas familias tienen
relación con la artesanía alfarera, pequeños empresarios/as que tienen escasa
plantilla y casi siempre formada por familiares. Aunque desde hace unos años hay
una crisis preocupante en la industria cerámica, sobre todo por la escasa
comercialización de sus productos. Parece ser que la demanda de la
cerámica ha descendido bastante.
• Elevado número de familias en las que el padre y la madre
trabajan fuera de casa un mayor número de horas, lo que provoca que las
relaciones familiares sean más escasas y de menor calidad, y se potencien más
los valores de logro económico o material y el bienestar, en detrimento de los
valores de convivencia y desarrollo personal.
• La situación de convivencia en el centro podemos definirla
como buena, pero mejorable.
• En cuanto las actuaciones desarrolladas por el centro ante
situaciones conflictivas se han seguido las distintas normativas de derechos y
deberes del alumnado.
• La relación con las familias en este tema es
fundamental. Suelen responder
positivamente para la solución del conflicto. Otras instituciones, como el
Ayuntamiento y la Policía Local, A.M.P.A., tienen una actitud de colaboración
cuando aparecen problemas de convivencia, dentro y fuera del colegio.
La coordinación en la vigilancia en recreos y zonas comunes del centro da resultados
eficaces para mejorar la convivencia. Los conflictos más frecuentes suelen
ser:
- Disrupción en el aula:
hablar a destiempo, levantarse sin permiso, hablar con los compañeros y
compañeras...
- Distracción y falta de
atención.
- Olvido del material
para el desarrollo de la clase.
- Pérdida de respeto entre
iguales o a menores durante el recreo.
- Desobediencia a las
órdenes educativas-formativas del maestro/a -familia.
- Falta de respeto a
veces entre iguales.
Es importante destacar que se están llevando a cabo en nuestro
Centro una serie de Planes y Proyectos que han dado lugar a una creciente
mejora de la convivencia y son:
o Plan de Apertura de los
Centros.
o El Deporte en la
Escuela.
o Plan de Igualdad.
o Proyecto “Escuela,
espacio de paz”.
5. NORMAS DE CONVIVENCIA, TANTO
GENERALES DEL CENTRO QUE FAVOREZCAN LAS RELACIONES DE LOS DISTINTOS SECTORES
DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA, COMO PARTICULARES DEL AULA, Y UN SISTEMA QUE
DETECTE EL INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS Y LAS CORRECCIONES QUE, EN SU CASO,
SE APLICARÍAN DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL CAPÍTULO III DE ESTE
TÍTULO. (SACADO DEL DECRETO 328/2010). |
Artículo 29. Cumplimiento de los deberes y
ejercicio de los derechos.
1. Con el fin de
garantizar, tanto el ejercicio de los derechos del alumnado como el
cumplimiento de sus deberes, el proyecto educativo de los centros, a que se
refiere el artículo 21, incluirá normas de convivencia.
2. En la elaboración de
estas normas se tendrán en cuenta los siguientes principios:
a) La convivencia será
entendida como meta y condición necesaria para el buen desarrollo del trabajo
del alumnado y del profesorado, garantizándose que no se produzca segregación
del alumnado por razón de sus creencias, sexo, orientación sexual, etnia o
situación económica y social.
b) La promoción de la
igualdad efectiva entre alumnos y alumnas.
c) La prevención de los
riesgos y la promoción de la seguridad y la salud como bien social y cultural.
3. Las normas de
convivencia, tanto generales del centro como particulares del aula, concretarán
los deberes y derechos del alumnado, precisarán las medidas preventivas e
incluirán la existencia de un sistema que detecte el incumplimiento de dichas
normas y las correcciones o medidas disciplinarias que, en su caso, se
aplicarían.
Artículo 30. Incumplimiento de las
normas de convivencia.
1. Las correcciones y las
medidas disciplinarias que hayan de aplicarse por el incumplimiento de las
normas de convivencia habrán de tener un carácter educativo y recuperador,
deberán adecuarse a las necesidades educativas especiales del alumno o alumna y
garantizar el respeto a los derechos del resto del alumnado y procurarán la
mejora de las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa.
2. En todo caso, en las
correcciones y en las medidas disciplinarias por los incumplimientos de las
normas de convivencia, deberá tenerse en cuenta lo que sigue:
a) El alumno o alumna no
podrá ser privado del ejercicio de su derecho a la escolaridad.
b) No podrán imponerse correcciones ni medidas
disciplinarias contrarias a la integridad física y a la dignidad personal del
alumno o alumna.
c) La imposición de las
correcciones y de las medidas disciplinarias previstas en el presente
Reglamento respetará la proporcionalidad con la conducta del alumno o alumna y
deberá contribuir a la mejora de su proceso educativo.
d) Asimismo, en la
imposición de las correcciones y de las medidas disciplinarias deberán tenerse
en cuenta las circunstancias personales, familiares o sociales del alumno o
alumna, así como su edad. A estos efectos, se podrán recabar los informes que
se estimen necesarios sobre las aludidas circunstancias y recomendar, en su
caso, a los padres y madres o a los representantes legales del alumnado, o a
las instituciones públicas competentes, la adopción de las medidas necesarias.
3. Las correcciones y las
medidas disciplinarias a las que se refieren los artículos 34 y 37, solo serán
de aplicación al alumnado de educación primaria.
Artículo
31.Gradación de las correcciones y de las medidas disciplinarias.
1. A efectos de la
gradación de las correcciones y de las medidas disciplinarias, se consideran
circunstancias que atenúan la responsabilidad:
a) El reconocimiento
espontáneo de la incorrección de la conducta, así como la reparación espontánea
del daño producido.
b) La falta de intencionalidad.
c) La petición de
excusas.
2. Se consideran
circunstancias que agravan la responsabilidad:
a) La premeditación.
b) Cuando la persona
contra la que se cometa la infracción sea un maestro o maestra.
c) Los daños, injurias u
ofensas causados al personal no docente, a los compañeros y compañeras de menor
edad y al alumnado recién incorporado al centro.
d) Las acciones que
impliquen discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, orientación
sexual, convicciones ideológicas o religiosas, discapacidades físicas,
psíquicas o sensoriales, así como por cualquier otra condición personal o
social.
e) La incitación o
estímulo a la actuación colectiva lesiva de los derechos de los demás miembros
de la comunidad educativa.
f) La naturaleza y
entidad de los perjuicios causados al centro o a cualquiera de los integrantes
de la comunidad educativa.
g) La difusión, a través
de internet o por cualquier otro medio, de imágenes de conductas contrarias o
gravemente perjudiciales para la convivencia, particularmente si resultan
degradantes u ofensivas para otros miembros de la comunidad educativa.
3. En todo caso, las
circunstancias que agravan la responsabilidad no serán de aplicación cuando las
mismas se encuentren recogidas como conductas contrarias a las normas de
convivencia o como conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.
Artículo 32. Ámbitos de las conductas a corregir.
1. Se corregirán, de acuerdo con lo
dispuesto en el presente Reglamento, los actos contrarios a las normas de
convivencia realizados por el alumnado en el centro, tanto en el horario
lectivo como en el dedicado al aula matinal, al comedor escolar, a las
actividades complementarias y extraescolares y al transporte escolar.
2. Asimismo, podrán corregirse las
actuaciones del alumnado que, aunque realizadas por cualquier medio e incluso
fuera del recinto y del horario escolar, estén motivadas o directamente
relacionadas con el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes
como tal.
Artículo
33. Conductas contrarias a las normas de convivencia y plazo de prescripción.
1. Son conductas contrarias a las normas de
convivencia las que se opongan a las establecidas por los centros conforme a la
normativa vigente y, en todo caso, las siguientes:
a) Los actos que perturben el normal
desarrollo de las actividades de la clase.
b) La falta de colaboración sistemática del
alumnado en la realización de las actividades orientadas al desarrollo del
currículo, así como en el seguimiento de las orientaciones del profesorado respecto
a su aprendizaje.
c) Las conductas que puedan impedir o
dificultar el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber de estudiar por
sus compañeros y compañeras.
d) Las faltas injustificadas de
puntualidad.
e) Las faltas injustificadas de asistencia
a clase.
f) La incorrección y desconsideración hacia
los otros miembros de la comunidad educativa.
g) Causar pequeños daños en las
instalaciones, recursos materiales o documentos del centro, o en las
pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.
2. Se consideran faltas injustificadas de
asistencia a clase o de puntualidad de un alumno o alumna, las que no sean
excusadas de forma escrita por los padres, madres o representantes legales, en
las condiciones que se establezcan en el plan de convivencia, a que se refiere
el artículo 22.
3. Sin perjuicio de las correcciones que se
impongan en el caso de las faltas injustificadas, los planes de convivencia de
los centros establecerán el número máximo de faltas de asistencia por curso, a efectos
de la evaluación y promoción del alumnado.
4. Las conductas contrarias a las normas de
convivencia recogidas en este artículo prescribirán en el plazo de treinta días
naturales contados a partir de la fecha de su comisión, excluyendo los periodos
vacacionales establecidos en el correspondiente calendario escolar de la
provincia.
Artículo
34. Correcciones de las conductas
contrarias a las normas de convivencia.
1. Por la conducta contemplada en el
artículo 33.1.a), se podrá imponer la corrección de suspensión del derecho de
asistencia a esa clase de un alumno o alumna. La aplicación de esta medida
implicará que:
a) El centro deberá prever la atención
educativa del alumno o alumna al que se imponga esta corrección.
b) Deberá informarse a quienes ejerzan la
tutoría y la jefatura de estudios en el transcurso de la jornada escolar sobre
la medida adoptada y los motivos de la misma. Asimismo, el tutor o tutora
deberá informar de ello al padre, a la madre o a los representantes legales del
alumno o de la alumna. De la adopción de esta medida quedará constancia escrita
en el centro.
2. Por las conductas recogidas en el
artículo 33, distintas a la prevista en el apartado anterior, podrán imponerse
las siguientes correcciones:
a) Amonestación oral.
b) Apercibimiento por escrito.
c) Realización de tareas dentro y fuera del
horario lectivo que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del
centro, así como a reparar el daño causado en las instalaciones, recursos
materiales o documentos del mismo.
d) Suspensión del derecho de asistencia a
determinadas clases por un plazo máximo de tres días lectivos. Durante el
tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las
actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su
proceso formativo.
e) Excepcionalmente, la suspensión del
derecho de asistencia al centro por un período máximo de tres días lectivos.
Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar
las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su
proceso formativo.
3. Las actividades formativas que se
establecen en las letras d) y e) del apartado anterior podrán ser realizadas en
el aula de convivencia a que se refiere el artículo 23, de acuerdo con lo que
el centro disponga en su plan de convivencia.
Artículo
35. Órganos
competentes para imponer las correcciones de las conductas contrarias a las
normas de convivencia.
1. Será competente para imponer la
corrección prevista en el artículo 34.1 el profesor o profesora que esté en el
aula.
2. Serán competentes para imponer las
correcciones previstas en el artículo 34.2:
a) Para la prevista en la letra a), todos
los maestros y maestras del centro.
b) Para la prevista en la letra b), el
tutor o tutora del alumno o alumna.
c) Para las previstas en las letras c) y
d), el jefe o jefa de estudios.
d) Para la prevista en la letra e), el
director o directora, que dará cuenta a la comisión de convivencia.
Artículo
36. Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.
1. Se consideran conductas gravemente
perjudiciales para la convivencia en el centro las siguientes:
a) La agresión física contra cualquier
miembro de la comunidad educativa.
b) Las injurias y ofensas contra cualquier
miembro de la comunidad educativa.
c) El acoso escolar, entendido como el
maltrato psicológico, verbal o físico hacia un alumno o alumna producido por
uno o más compañeros y compañeras de forma reiterada a lo largo de un tiempo
determinado.
d) Las actuaciones perjudiciales para la
salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del
centro, o la incitación a las mismas.
e) Las vejaciones o humillaciones contra
cualquier miembro de la comunidad educativa, particularmente si tienen una
componente sexual, racial, religiosa, xenófoba u homófoba, o se realizan contra
alumnos o alumnas con necesidades educativas especiales.
f) Las amenazas o coacciones contra
cualquier miembro de la comunidad educativa.
g) La suplantación de la personalidad en actos
de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos académicos.
h) Las actuaciones que causen graves daños
en las instalaciones, recursos materiales o documentos del centro, o en las
pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa, así como la
sustracción de las mismas.
i) La reiteración en un mismo curso escolar
de conductas contrarias a las normas de convivencia del centro a las que se
refiere el artículo 33.
j) Cualquier acto dirigido directamente a
impedir el normal desarrollo de las actividades del centro.
k) El incumplimiento de las correcciones
impuestas, salvo que la comisión de convivencia considere que este
incumplimiento sea debido a causas justificadas.
2. Las conductas gravemente perjudiciales
para la convivencia en el centro prescribirán a los sesenta días naturales
contados a partir de la fecha de su comisión, excluyendo los períodos
vacacionales establecidos en el correspondiente calendario escolar de la
provincia.
Artículo
37. Medidas disciplinarias por las conductas gravemente perjudiciales para la
convivencia.
1. Por las conductas gravemente
perjudiciales para la convivencia recogidas en el artículo 36, podrán imponerse
las siguientes medidas disciplinarias:
a) Realización de tareas fuera del horario
lectivo que con- tribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del
centro, así como a reparar el daño causado en las instalaciones, re- cursos
materiales o documentos del mismo, sin perjuicio del deber de asumir el importe
de otras reparaciones que hubieran de efectuarse por los hechos objeto de
corrección y de la responsabilidad civil de sus padres, madres o representantes
legales en los términos previstos por las leyes.
b) Suspensión del derecho a participar en
las actividades extraescolares del centro por un período máximo de un mes.
c) Cambio de grupo.
d) Suspensión del derecho de asistencia a
determinadas clases durante un periodo superior a tres días lectivos e inferior
a dos semanas. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna
deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la
interrupción en el proceso formativo.
e) Suspensión del derecho de asistencia al
centro durante un periodo superior a tres días lectivos e inferior a un mes.
Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar
las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su
proceso formativo.
f) Cambio de centro docente.
2. Las actividades formativas que se
establecen en las letras d) y e) del apartado anterior podrán ser realizadas en
el aula de convivencia, de acuerdo con lo que el centro disponga en su plan de
convivencia.
3. Cuando se imponga la medida
disciplinaria prevista en la letra e) del apartado 1, el director o directora
podrá levantar la suspensión de su derecho de asistencia al centro antes del
agotamiento del plazo previsto en la corrección, previa constatación de que se
ha producido un cambio positivo en la actitud del alumno o alumna.
Artículo
38. Órgano competente para imponer las medidas disciplinarias de las conductas
gravemente perjudiciales para las normas de convivencia.
Será competencia del director o directora
del centro la imposición de las medidas disciplinarias previstas en el artículo
37, de lo que dará traslado a la comisión de convivencia.
Artículo
39. Procedimiento general.
1. Para la imposición de las correcciones y
de las medidas disciplinarias previstas en el presente Reglamento, será
preceptivo, en todo caso, el trámite de audiencia al alumno o alumna.
Cuando la corrección o medida disciplinaria
a imponer sea la suspensión del derecho de asistencia al centro o cual- quiera
de las contempladas en las letras a), b), c) y d) del artículo 37.1 de este
Reglamento, se dará audiencia a sus padres, madres o representantes legales.
Asimismo, para la imposición de las
correcciones previstas en las letras c), d) y e) del artículo 34.2, deberá
oírse al profesor o profesora o tutor o tutora del alumno o alumna.
2. Las correcciones y medidas
disciplinarias que se impongan serán inmediatamente ejecutivas y, una vez
firmes, figurarán en el expediente académico del alumno o alumna.
3. Los maestros y maestras del alumno o
alumna deberán informar a quien ejerza la jefatura de estudios y, en su caso,
al tutor o tutora, de las correcciones que impongan por las conductas
contrarias a las normas de convivencia. En todo caso, quedará constancia
escrita y se informará a los padres, madres o representantes legales del alumno
o de la alumna de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas.
Artículo
40. Reclamaciones.
1. Los padres, madres o representantes
legales del alumnado podrán presentar en el plazo de dos días lectivos contados
a partir de la fecha en que se comunique el acuerdo de corrección o medida
disciplinaria, una reclamación contra la misma, ante quien la impuso.
En el caso de que la reclamación fuese
estimada, la corrección o medida disciplinaria no figurará en el expediente
académico del alumno o alumna.
2. Asimismo, las medidas disciplinarias
adoptadas por el director o directora en relación con las conductas del de los
alumnos y alumnas a que se refiere el artículo 36, podrán ser revisadas por el
Consejo Escolar a instancia de los padres, madres o representantes legales del
alumnado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación. A tales efectos, el director o di- rectora
convocará una sesión extraordinaria del Consejo Escolar en el plazo máximo de
dos días lectivos, contados desde que se presente la correspondiente solicitud
de revisión, para que este órgano proceda a confirmar o revisar la decisión y
proponga, si corresponde, las medidas oportunas.
Artículo
41. Inicio del expediente.
Cuando presumiblemente se haya cometido una
conducta gravemente perjudicial para la convivencia, que pueda conllevar el
cambio de centro del alumno o alumna, el director o directora del centro
acordará la iniciación del procedimiento en el plazo de dos días, contados
desde que se tuvo conocimiento de la conducta. Con carácter previo podrá
acordar la apertura de un período de información, a fin de conocer las
circunstancias del caso concreto y la conveniencia o no de iniciar el
procedimiento.
Artículo
42. Instrucción del procedimiento.
1. La instrucción del procedimiento se
llevará a cabo por un maestro o maestra del centro designado por el director o
directora.
2. El director o directora notificará
fehacientemente al padre, madre o representantes legales del alumno o alumna la
incoación del procedimiento, especificando las conductas que se le imputan, así
como el nombre del instructor o instructora, a fin de que en el plazo de dos
días lectivos formulen las alegaciones oportunas.
3. El director o directora comunicará al
servicio de inspección de educación el inicio del procedimiento y lo mantendrá
informado de la tramitación del mismo hasta su resolución.
4. Inmediatamente antes de redactar la
propuesta de resolución, el instructor o instructora pondrá de manifiesto el
expediente al padre, madre o representantes legales del alumno o alumna,
comunicándoles la sanción que podrá imponerse, a fin de que en el plazo de tres
días lectivos puedan formular las alegaciones que estimen oportunas.
Artículo
43. Recusación del instructor.
El padre, madre o representantes legales
del alumno o alumna podrán recusar al instructor o instructora. La recusación
deberá plantearse por escrito dirigido al director o directora del centro, que
deberá resolver previa audiencia al instructor o instructora, siendo de
aplicación las causas y los trámites previstos en el artículo 29 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en lo que proceda.
Artículo
44. Medidas provisionales.
Excepcionalmente, y para garantizar el
normal desarrollo de la convivencia en el centro, al iniciarse el procedimiento
o en cualquier momento de su instrucción, el director o la directora por propia
iniciativa o a propuesta del instructor o instructora, podrá adoptar como
medida provisional la suspensión del derecho de asistencia al centro durante un
período superior a tres días lectivos e inferior a un mes. Durante el tiempo
que dure la aplicación de esta medida provisional, el alumno o alumna deberá
realizar las actividades que se determinen para evitar la interrupción de su
proceso formativo.
Artículo
45. Resolución del procedimiento.
1. A la vista de la propuesta del
instructor o instructora, el director o directora dictará y notificará la
resolución del procedimiento en el plazo de veinte días a contar desde su
iniciación. Este plazo podrá ampliarse en el supuesto de que existieran causas
que lo justificaran por un periodo máximo de otros veinte días.
2. La resolución de la dirección
contemplará, al menos, los siguientes extremos:
a) Hechos probados.
b) Circunstancias atenuantes y agravantes,
en su caso.
c)
Medida disciplinaria.
d) Fecha de efectos de la medida
disciplinaria.
Artículo
46. Recursos.
Contra la resolución a que se refiere el
artículo 45, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, ante
la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería competente en
materia de educación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y
115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. La resolución del mismo, que pondrá
fin a la vía administrativa, deberá dictarse y notificarse en el plazo máximo
de tres meses. Transcurrido dicho plazo sin que recaiga resolución, se podrá
entender desestimado el recurso.
Normas de convivencia de Aula
EDUCACIÓN INFANTIL
NORMAS |
ACTUACIÓN |
1. Saludar al entrar y
salir de la clase |
Dialogar. Vivenciar
distintos tipos de saludos. A los reincidentes se les mandará salir y saludar
al entrar. |
2. Respetar el turno de
palabra. |
Pedirles que piensen lo
qué puede pasar si todos hablamos a la vez. Si alguno no cumple la norma se
le apartará del grupo unos minutos. |
3. Compartir los
materiales y juguetes en cada actividad. |
Guiarle para que hable
de cómo se tiene que sentir el niño/a que se ha quedado sin el juguete que
quería. |
4. Cuidar los
materiales comunes. |
Dialogar y vivenciar la
situación |
5. No pelearse en fila. |
Recordar cómo se debe
salir y entrar en la fila. Si no lo
realiza adecuadamente que salga y entre ese día el último. |
6. En los juegos espontáneos
no excluir a ningún compañero. |
Sacar del niño/a su propio punto de vista del problema de
forma no acusatoria. ¿Qué ocurrió, por qué hizo eso? |
7. Pedir las cosas “por
favor” y dar “las gracias”. |
Tomarlo como hábito en
las actuaciones diarias de clase. |
8. Recoger y ordenar
los materiales y juguetes utilizados. |
Esperar el turno y
colaborar para que al recoger los juegos se haga con orden y sin peleas. |
9. Respetar el trabajo
del compañero/a en las tareas colectivas e individuales. |
Dialogar con él o ella.
Si algún niños/a estropea con intención el trabajo en equipo, se quedará sin
participar en la próxima actividad. |
PRIMER CICLO DE PRIMARIA
- Asistir a clase con puntualidad y
regularidad.
- Entrar y salir a clase por nuestro
sitio. No entrar y salir a clase, ni
a los pasillos en hora del recreo.
- Participar en las actividades de
clase activamente, cada uno en la medida de sus posibilidades.
- Tratar con respeto y cordialidad a
todas las personas de la comunidad educativa: profesores, compañeros,
evitando las críticas y las rencillas entre unos/as otros/as.
- Utilizar correctamente todas las
instalaciones del centro.
- Respetar el clima de trabajo sobre
todo en cambios de clases y desplazamientos.
- Asistir a clase bien aseado,
creando hábitos de salud e higiene corporal.
- Evitar palabras y gestos que
pueden ofender a otras personas, practicando hábitos en el uso de esquemas
de tratamiento al dirigirse a los demás: por favor, gracias, pedir
permiso…
- Aprender a compartir el material.
ACTUACIÓN
- Dialogar con el alumno/a para que
comprenda las consecuencias de su actuación.
- Estar en estrecho contacto con los
padres.
- Mandarle hacer una pequeña copia.
- Bajar al recreo sin participar en
el juego.
- Reponer el material estropeado por
mal uso.
SEGUNDO CICLO DE PRIMARIA
1.
Llegar con puntualidad al
colegio y saludar al entrar y salir de la clase.
2.
Atender en clase y seguir
las orientaciones de los profesores.
3.
Tratar a los profesores y
personal del centro con respeto.
4.
Tratar a los compañeros y
compañeras con respeto no insultando ni poniendo “motes” (agresión verbal),
evitando las críticas y las rencillas.
5.
Resolver los conflictos
con diálogo y no pelearse con los compañeros y compañeras (clase, recreo y
filas) (agresión física).
6.
Utilizar en clase un tono
de voz suave y respetar el turno de palabra.
7.
Ser responsable del
estudio y hacer las tareas de casa.
8.
No criticar, ni reírse de
los demás.
9.
Se cuidarán los hábitos
de salud e higiene corporal, alimenticios, procedimentales….y cuantos fomenten
una cultura positiva y de autoestima.
- Cuidar las cosas comunes del
colegio y el material propio y el de los demás, nombrándose responsables
encargados de diferentes competencias (sillas, pizarra, papeleras,
ventanas…), organizando el aula en la corresponsabilidad de todos/as.
- Cumplir las sanciones o tareas
impuestas.
- Se velará para que el aula sea un
espacio de paz e integración, practicando valores que desarrollen el
respeto, el diálogo y la tolerancia, erradicando actitudes violentas,
racistas, formas incorrectas del vocabulario, etc.
ACTUACIÓN
- En caso de incumplimiento hablar
con el alumno y ayudarle a reflexionar sobre su comportamiento para que se
dé cuenta de las consecuencias de su actitud.
- Si es reiterado el incumplimiento,
comunicárselo a los padres por escrito y hablar con ellos, para solucionar
la situación.
- Quedarse sin recreo.
- Quedarse a realizar tareas al
terminar la jornada.
- Arreglar o reponer el material
estropeado por mal uso.
- Poner en conocimiento de la
Comisión de Convivencia la situación para tomar las medidas disciplinarias
contempladas en el Plan de Convivencia.
TERCER CICLO DE PRIMARIA.
1)
Se educado y amable:
Saluda siempre: ¡Buenos días!, ¡Buenas tardes!
¡Adiós, ¡Hola! ¡Hasta luego! ¿Qué tal estás?
2)
Pide las cosas a tus
compañeros y en casa por favor y da las gracias: ¡gracias!, ¡muchas gracias!,
¡has sido muy amable!, ¡gracias por…
3)
Ceder el paso a tus
compañeros y compañeras, a los adultos. Aprende a ceder la palabra a los demás
para que nos entendamos todos.
4)
Muestra interés por los
demás y por lo que dicen los otros. Los demás tienen cosas buenas que aportar.
Dialogar es cosa de varios: escucha, dialoga con naturalidad, sin gritos,
espera a quien alguien termine de hablar, mira de frente a la persona con quien
hablas.
5)
Busca siempre hacer
amigos y amigas respetando sus cualidades. Colabora con tus amigos, pero
debemos resolverlos dialogando.
6)
Haz un esfuerzo por
perdonar y olvidar los roces y conflictos que surgen con otros. Aprende a pedir
disculpas si haces algo que no está bien.
7)
Realiza tu trabajo con
buen humor, alegría y optimismo. Hay muchos motivos por los cuales estar
alegres, contentos y felices.
8)
Acepta a los que te
rodean como son y ayúdales a que sean mejores.
9)
Habla con todos con
buenos modales y respeta sus opiniones.
10)
No debes interrumpir las
clases, tus compañeros tienen derecho a gozar de un clima propicio para el
trabajo.
AULA ESPECÍFICA (PT Y
AL):
- Si quieres hablar, mi turno debo esperar.
- Para bajar y subir, la fila debo
seguir.
- Los papeles a la papelera, que no
quede ninguno fuera.
- Compartir ayuda a ser feliz.
- A los maestros/as escucharé y en
la vida triunfaré.
- Si mi opinión quiero dar, la tuya
debo escuchar.
- En silencio yo estaré; así, en
clase, aprenderé.
- Por favor debo pedir, lo que
quiera conseguir.
- Me lavo las manos antes de comer,
y limpiaré mis dientes para crecer.
- Por lo que tú me des, las gracias
yo te daré.
6. COMPOSICIÓN, PLAN DE REUNIONES Y PLAN DE ACTUACIÓN DE LA
COMISIÓN DE CONVIVENCIA. |
La composición de la
comisión de Convivencia será: El Director, El Jefe de Estudios, 2 representantes
del profesorado miembros del Consejo
Escolar, 2 representantes de padres/madres miembros del consejo Escolar, el
orientador/a del EOE, la coordinadora
designada por el Consejo Escolar del proyecto Igualdad real y efectiva entre
hombres y mujeres y el coordinador/a del
proyecto “Escuela-Espacio de Paz”.
Dará cuenta al pleno del Consejo Escolar de
las actuaciones realizadas y de las correcciones y medidas disciplinarias
impuestas.
7. NORMAS ESPECÍFICAS
PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL AULA DE CONVIVENCIA DEL CENTRO. |
1. Los centros educativos podrán crear
aulas de convivencia para el tratamiento individualizado del alumnado de
educación primaria que, como consecuencia de la imposición de una corrección o
medida disciplinaria por alguna de las conductas tipificadas en los artículos 33
y 36, se vea privado de su derecho a participar en el normal desarrollo de las
actividades lectivas.
2. El plan de convivencia establecerá los
criterios y condiciones para que el alumnado a que se refiere el apartado
anterior sea atendido, en su caso, en el aula de convivencia. Corresponde al
director o directora del centro la verificación del cumplimiento de dichas
condiciones y la resolución a adoptar, garantizando, en todo caso, el trámite
de audiencia a los padres, madres o representantes legales del alumno o alumna.
3. En estas aulas de convivencia se
favorecerá un proceso de reflexión por parte de cada alumno o alumna que sea
atendido en las mismas acerca de las circunstancias que han motivado su
presencia en ellas, de acuerdo con los criterios del correspondiente equipo de
orientación educativa y se garantizará la realización de las actividades
formativas que determine el equipo docente que atiende al alumno o alumna.
4. En el plan de convivencia se determinará
el profesorado que atenderá el aula de convivencia, implicando en ella al tutor
o tutora del grupo al que pertenece el alumno o alumna que sea atendido en ella
y al correspondiente equipo de orientación educativa y se concretarán las
actuaciones que se realizarán en la misma, de acuerdo con los criterios
pedagógicos que, a tales efectos, sean establecidos por el equipo técnico de
coordinación pedagógica.
Por la escasez de conflictos graves en este Centro, por ahora, no se
considera necesaria el Aula de
Convivencia.
8. MEDIDAS A APLICAR EN
EL CENTRO PARA PREVENIR, DETECTAR, MEDIAR Y RESOLVER LOS CONFLICTOS QUE
PUDIERAN PLANTEARSE. |
A) PROFESOR/A -PROFESOR/A:
Objetivos:
• Formación en: Habilidades para
neutralizar el desgaste profesional. Dinámica de grupo.
• Establecer intercambios profesionales
entre los docentes.
• Proceder a través de técnicas de
mediación en caso de conflicto entre profesores/as, donde el diálogo sea lo más
importante.
• Fomentar buen clima entre el profesorado.
B) CENTRO-ALUMNADO-FAMILIAS:
• Realización de actividades en las que
estén implicados todos los integrantes de la Comunidad Escolar. Estas se irán
realizando a lo largo del curso e incluyéndolas en el Plan de Centro.
• Realización de Jornadas Culturales,
meriendas literarias, Escuela de familia, etc.
• Invitar a los padres/madres, a que sigan
participando en algunas actividades de aula, (talleres, celebraciones
puntuales, etc.).
C) PROFESORADO-ALUMNADO:
• Objetivos del profesor/a que favorecen el
aprendizaje y la convivencia en el aula.
• Adaptar al máximo los contenidos a
trabajar en clase, acercando al nivel real de los alumnos los objetivos
curriculares.
• Programar los contenidos y las
actividades (No improvisar).
• Mantener al alumnado en tareas adecuadas
a sus necesidades.
• Trabajos en grupo combinado con el
individual. Planificando los espacios.
• Adaptar la distribución de los alumnos en
la clase: Agrupamientos flexibles.
• El profesorado llevará a cabo las
consecuencias negativas (castigos y consecuencias naturales) derivadas de un
incumplimiento de una norma, sin delegar esta función a otros compañeros o al
equipo directivo si no es estrictamente necesario. Utilizar el cuaderno de
clase para anotar todas las incidencias diarias, en casos reincidentes anotar
en la agenda escolar.
• El profesorado focalizará la atención
sobre las conductas positivas en lugar de las negativas.
• El profesorado implicará a los alumnos en
las normas de clase, en sus consecuencias y tendrá en cuenta lo que piensan y
sus opiniones.
• El profesorado posibilitará espacios y
tiempos suficientes para que el alumnado hable
con libertad de la disciplina y de los problemas que vayan surgiendo.
• El profesorado llevará a cabo una
tutorización individualizada, al menos
con el alumnado que manifiesten alteraciones del comportamiento.
• El profesorado llevará a cabo de forma
privada e individualmente, las llamadas de atención respecto a las conductas
-problema.
• El profesorado evitará plantear
cuestiones individuales de conducta en gran grupo, ya que esto evitaría
confrontación con los/as alumnos/as y
castigos emocionales.
• El profesorado actuará inmediatamente
ante los problemas de conducta, aplicando las consecuencias establecidas.
• El profesorado establecerá dos o tres
normas claras y fundamentales en el aula que ayude a que el alumnado conozca
las reglas del juego. Esto evitará que el/la profesor/a se “desgaste”, “persiga” a los/as alumnos/as
y actúe como un “policía”.
• Ante los conflictos ambiguos o graves, el
profesorado se tomará tiempo para establecer las medidas a adoptar.
• El profesorado no tomará medidas o
consecuencias que humillen al alumnado.
• El profesorado mantendrá el autocontrol
ante conductas desafiantes o disruptivas de los/as alumnos/as ya que lo
contrario, fomentaría la “Escala del conflicto”, llegando a perder la autoridad
y el respeto.
• El profesorado utilizará el refuerzo
positivo de conductas alternativas (conductas positivas que se den en el aula,
tanto académica como social).
• El profesorado utilizará el modelado de
sí mismo para mejorar la convivencia en la clase:
Ø Hablar
en tono bajo de voz.
Ø Ser
puntual.
Ø Ser
coherente.
Ø Llevar
a cabo un programa de Habilidades
Sociales teniendo en cuenta el desarrollo evolutivo de los diferentes
alumnos/as del centro.
Las
habilidades más importantes que se podrían incluir serían:
• La asertividad (Las interacciones
sociales asertivas son aquellas que respetan por igual las cualidades y
características de uno mismo y las de aquellas personas con quienes que se
interactúa.)
• Formas de reconocer la manipulación.
• Reforzar a los otros o realizar cumplidos
y aceptarlos.
• Dar quejas y saber cómo proceder cuando
nos dan una queja.
• Saber decir “NO”.
• Saber reaccionar ante las críticas y los
insultos.
• Iniciar, mantener y terminar conversaciones.
• Resolver los conflictos a través de los
cauces establecidos.
• Reforzar la autoestima.
D) PROFESORADO-FAMILIA:
Incluir los objetivos relacionados en las
reuniones del tutor con el grupo de padres y con los padres individualmente,
incluyendo habilidades, estrategias y actitudes de los profesores.
Estas reuniones se podrán emplear entre
otras cosas para hablar del clima de convivencia en la clase e informar y
sensibilizar a las familias de alumnos de 3º ciclo sobre el fenómeno del
bullying, sus consecuencias y posibles líneas para prevenirlo en el seno de la
familia.
E) CENTRO-FAMILIA:
• Mejorar el intercambio de información
entre el centro-familias-alumnado.
• Elaborar y distribuir por el Blog del colegio un tríptico informativo
sobre el
Centro (Servicios educativos,
instalaciones, proyecto educativo, equipo de profesores).
• Para adaptarnos a los horarios y
situaciones personales de cada familia optamos por flexibilizar el horario de
tutorías, cuando exista problema.
• No existen grandes dificultades en las
relaciones sociales y de convivencia con las familias, no obstante se propone
la figura del padre-madre delegado de clase, que actuaría como mediador de
conflictos.
• Mantener informada a la familia de
cualquier modificación funcional o estructural del colegio en el tablón de
anuncios o Internet (página web del centro).
• Entregar al comienzo de curso los
siguientes documentos a las familias y los alumnos:
Ø Dar
a conocer una síntesis del Proyecto Educativo.
Ø Normas
de la clase y sus consecuencias si se incumplen.
Ø Indicar
las fechas de las reuniones grupales con el tutor y las fechas de visita individual con el mismo.
Ø Indicar
las actividades programadas que se van a realizar durante el curso con alumnos/as y con toda la comunidad escolar.
F) CENTRO- ALUMNADO:
• Elaboración de unas normas de convivencia
consensuadas y contextualizadas en el centro, teniendo en cuenta el ROF.
• Revisar y aplicar el PAC de forma
funcional y operativa.
• Actuar de manera coordinada todo el
profesorado del centro estableciendo unos buenos canales de comunicación cuando
surjan problemas o conflictos entre los alumnos:
Ø Puntualidad
en las clases.
Ø Coordinación
en las entradas y las salidas a clase.
Ø Vigilancia
en los recreos.
Ø Preparación
de juegos cooperativos y participativos
en los recreos donde prime la tolerancia y el respeto mutuo.
Ø Preparar
con antelación las clases.
Ø Poner
a trabajar la clase de inmediato.
Ø Participación
de toda la clase.
Ø Utilizar la voz de forma eficaz.
Ø Corregir al día.
Ø Evitar
las comparaciones.
Ø Hacer
que se cumplan las promesas.
G) ALUMNADO-ALUMNADO:
• Prevención y sensibilización ante el
acoso escolar, desarrollando habilidades sociales, a través de un ambiente
lúdico que favorezca un buen clima socio-afectivo.
• Sensibilización ante la igualdad de
género, mediante juegos no sexistas.
• Uso del alumnado tutor.
G) FAMILIA-HIJOS/AS:
• Mejorar el conocimiento de sus hijos/as.
• Conocer su desarrollo evolutivo.
• Qué pueden hacer sus hijos en cada una de
las edades a nivel conductual, cognitivo, social y afectivo-moral.”
• Fomentar en sus hijos el respeto hacia
sus profesores y compañeros. Canalizar las críticas hacia los profesores
mediante el diálogo con ellos y con el Equipo Directivo.
• Que fomenten la “No violencia” entre sus
hijos y que discutan con ellos las normas de convivencia así como sus
consecuencias. Sobre todo “No pegar”, “No insultar”
• Fomentar en sus hijos habilidades básicas
de:
• Atención al profesor cuando explica y
manda los deberes.
• Tener todo el material preparado en las
carteras.
• Anotar todos los ejercicios que hay que
hacer en casa.(Ver Agenda Escolar).
• Insistir en la realización de los mismos
antes de hacer otras cosas como ver la TV o salir al parque.
• Comprobar, haciéndoles preguntas cómo ha
sido su comportamiento en clase.
9. PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN Y FUNCIONES DEL
DELEGADO O DE LA DELEGADA DE LOS PADRES Y MADRES DEL ALUMNADO, ENTRE LAS QUE
SE INCLUIRÁ LA DE MEDIACIÓN EN LA RESOLUCIÓN PACÍFICA DE CONFLICTOS ENTRE EL
PROPIO ALUMNADO O ENTRE ÉSTE Y CUALQUIER MIEMBRO DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA. |
El plan de convivencia
contemplará la figura del delegado o delegada de los padres y madres del
alumnado en cada uno de los grupos. Será elegido para cada curso escolar por
los propios padres, madres o representantes legales del alumnado.
Sus funciones son:
• Representar
a los padres-madres del aula.
• Ser
el portavoz ante el tutor/a, Jefe de Estudios, Director del Centro de las
propuestas realizadas por los padres-madres de la clase.
• Colaborar
con el tutor en la organización de actividades extraescolares, fiestas y
cuantas acciones se organicen.
• Intervenir
como mediador/a con la demás padres/madres y tutor/a.
• Informar
a los representantes del Consejo escolar de los problemas de la clase.
• Reunirse
con el tutor/a periódicamente para tratar los temas que afecten al alumnado del
aula.
Fomentar la convivencia entre
los alumnos/as de su grupo.
• Colaborar
con el profesorado y los órganos de gobierno del colegio para el buen
funcionamiento del mismo.
• Informar
a los padres/madres de las propuestas de mejora acordadas en el colegio.
10. ACTUACIONES CONJUNTAS
DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y DE COORDINACIÓN DOCENTE DEL CENTRO EN RELACIÓN
CON EL TRATAMIENTO DE LA CONVIVENCIA EN EL MISMO. |
Al
inicio de cada curso escolar el Equipo Directivo del Centro planteará al ETCP
las actuaciones previstas para todo el curso escolar en relación con el
tratamiento de la convivencia. Se tendrá
en cuenta las orientaciones del Consejo Escolar y del Claustro.
11. ACTUACIONES CONJUNTAS DE LOS EQUIPOS
DOCENTES DEL CENTRO, EN COORDINACIÓN CON QUIENES EJERCEN LA ORIENTACIÓN, PARA
EL TRATAMIENTO DE LA CONVIVENCIA EN LOS GRUPOS DE ALUMNOS Y ALUMNAS. |
Al inicio de cada curso escolar se reunirán los equipos docentes con el
miembro del EOE para programar, revisar, complementar y coordinar las normas de
convivencia, ya aprobadas en el ETCP.
Se fijarán:
• Las
prioridades según la realidad del centro y la problemática de cursos
anteriores.
• El
calendario de reuniones de los diversos equipos docentes a lo largo del curso.
• Estrategias
de información a padres/madres.
• Necesidades
de formación de la comunidad educativa.
12. ACTUACIONES DE LA
TUTORA Y TUTOR Y DEL EQUIPO DOCENTE DE CADA GRUPO DE ALUMNOS Y ALUMNAS PARA
FAVORECER LA INTEGRACIÓN DEL ALUMNADO DE NUEVO INGRESO, TANTO EN EL AULA COMO EN EL CENTRO. |
• Establecimiento
de un horario flexible.
• Información
a las familias y al alumnado de las características del centro.
• Crear
un ambiente favorable a la integración de personas de otro entorno cultural.
• Conocer
y valorar la cultura, costumbres de otras civilizaciones.
•
Realizar actividades de integración de ambas culturas.
• Favorecer
encuentros de padres para el
conocimiento mutuo de estilos de vida
diferente: Gastronomía, folklore,
cultura, bailes, etc.
13. ACTUACIONES
ESPECÍFICAS PARA LA PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO DE LA VIOLENCIA SEXISTA, RACISTA
Y CUALQUIER OTRA DE SUS MANIFESTACIONES. |
Ø Conocimiento por parte de todos los
miembros de la comunidad escolar de lo que son conductas contrarias a la
Convivencia en materia de sexo, racismo, religión, etc.
Ø Detección de los problemas de convivencia
por parte del tutor/a.
Ø Medidas a aplicar para su solución
basándose en nuestro Plan de Convivencia.
Ø Traslado al equipo de ciclo de la
problemática detectada.
Ø Conocimiento por parte del Equipo Directivo
y actuaciones que procedan en coordinación con el equipo de orientación.
Ø Revisión de los resultados a corto plazo.
3.5. PLAN DE IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES. |
ÍNDICE PLAN DE IGUALDAD |
|
1.- JUSTIFICACIÓN. |
|
2.- OBJETIVOS. |
|
3.- CONTENIDOS. |
|
4.- METODOLOGÍA. |
|
5.- ACTIVIDADES. |
|
6.- EVALUACIÓN. |
|
7.- BIBLIOGRAFÍA. |
|
8.- WEBGRAFÍA. .
|
|
1.
JUSTIFICACIÓN
Los
maestros y maestras de todo el mundo, como formadores de la futura sociedad,
debemos tener en cuenta que el principio básico para desarrollar una
convivencia de calidad es la igualdad entre el alumnado; siendo ésta una
demanda social a la que desde la escuela debemos dar respuesta.
Desde
la familia y en la escuela se proporcionan modelos de conducta y se imponen
comportamientos que los medios de comunicación y el grupo de iguales les
refuerzan.
Por
ello, el proceso de coeducación comienza en la familia y la
escuela, siendo los primeros espacios de socialización desde los cuales se
compensan los desajustes de origen diverso, como aquellos que provienen de
perjuicios sexistas que pueden incidir en el desarrollo de los niños/as en sus
primeros años.
Además
en los últimos años está aumentando la violencia entre adolescentes, por lo que
la prevención de la violencia a estas edades podemos considerar que es tardía,
que la actuación debe realizarse antes. Vemos necesario realizar la prevención
de violencia desde los primeros años del niño y la niña, y como es habitual,
para llegar a la máxima población esto debe realizarse desde los centros
educativos de primaria.
No
debemos olvidar que la igualdad no es la eliminación de las diferencias sino la
ausencia de discriminación por la existencia de esas diferencias.
Por
todo ello pensamos que desde la escuela queremos educar para la Igualdad, la
Paz, la Cooperación y la Solidaridad.
La intención del centro es acogerse
al plan, durante el curso 2020/21, con el fin de seguir trabajando la temática
en profundidad y seguir ampliando conocimientos acerca de la misma.
Cabe destacar que desde el AMPA
(Asociación de Madres y Padres de los /as alumnos/as), colabora con este Plan
apoyando todas y cada una de las actividades y participando de forma activa en
la elaboración de material educativo cuando es requerido.
La coeducación o educación en y para
la igualdad de oportunidades, tiene entre sus objetivos la prevención de la
violencia de género, la inclusión y visibilidad de las mujeres en el currículo
escolar, el reconocimiento de identidades diversas que rompen con estereotipos
y roles sexistas, y la lucha contra toda forma de discriminación, que garantice
la igualdad de oportunidades y los derechos de mujeres y hombres.
Según el acuerdo del 2 de noviembre
de 2005, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el I Plan de Igualdad
entre Hombres y Mujeres en Educación, toda la comunidad educativa debe estar
implicada en las actuaciones que se realicen a través del coordinador/a de
dicho plan.
Así pues, a través de la presente
programación, se intentará que todos los miembros del centro se conciencien de
la importancia de educar por la igualdad de oportunidades a través de la
participación en las actividades aquí expuestas.
2. OBJETIVOS
Según la Ley Orgánica 3/2007, de 22
de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, en su artículo 23
referido a la educación para la igualdad de mujeres y hombres, dice que el
sistema educativo incluirá entre sus fines la educación en el respeto de los
derechos y libertades fundamentales y en la igualdad de derechos y
oportunidades entre mujeres y hombres.
Asimismo, el sistema educativo
incluirá, dentro de sus principios de calidad, la eliminación de los obstáculos
que dificultan la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y el fomento de la
igualdad plena entre unas y otros.
Por lo tanto desde la comunidad
educativa y desde esta programación en particular el objetivo principal del que
partimos es:
“Diseñar y coordinar actuaciones que favorezcan fundamentalmente, el
conocimiento de las diferencias entre niñas y niños, entre hombres y mujeres,
para establecer las condiciones escolares que permitan corregir las
discriminaciones y estereotipos sexistas. Y a su vez corregir desequilibrios
entre maestros y maestras en actividades de responsabilidad escolar ofreciendo
un modelo no estereotipado.”
Partiendo de este objetivo los
objetivos que se plantean son los siguientes:
a.
Concienciar
de la realidad social de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida
personal, familiar y social.
b.
Promover
actitudes favorables hacia la dignidad de las personas como base para la
igualdad en la consideración de géneros y la no violencia.
c.
Sensibilizar
al alumnado sobre dignidad y los derechos de las mujeres.
d.
Conocer
las desigualdades de oportunidades de las mujeres en el ámbito laboral.
e.
Reflexionar
e identificar situaciones de convivencia en el ámbito familiar que promuevan
desigualdades en función del sexo.
f.
Dotar a
los sujetos de estrategias que analicen el entorno familiar.
g.
Adoptar
comportamientos que favorezcan la igualdad en ámbito familiar.
h.
Tomar
conciencia de los rasgos sexistas que todavía persisten en nuestra cultura y
del papel que juega el sistema educativo en su transmisión.
i.
Aportar
estrategias y modos de relación que permitan una convivencia más justa y
equilibrada entre chicos y chicas en el aula.
j.
Analizar
la influencia de los medios de comunicación masiva en la asignación de roles
sexuales.
k.
Favorecer
una actitud crítica y creativa ante los estereotipos sexistas que pueden
transmitir los medios de comunicación.
l.
Desarrollar
la empatía en tareas que realizan fundamentalmente las madres en el día a día,
tanto dentro como fuera del hogar.
m.
Expresar
y reflexionar ante frases, refranes, poesías… que tengan connotaciones
sexistas.
n.
Aprender
a convivir los niños con las niñas, aceptando las diferencias de cada uno/a.
o.
Utilizar
la imagen como medio de expresión.
p.
Investigar
las facetas de la mujer en los distintos ámbitos de la sociedad.
q.
Conocer
las leyes más importantes de la igualdad.
r.
Trabajar
en equipo.
s.
Fomentar
la igualdad a través del juego no violento y tradicional.
t.
Conocer
la raíz de las celebraciones: del 25 de noviembre y del 8 de marzo.
u.
Desarrollar
una actitud de respeto hacia aquellas personas con ideas o gustos distintos.
v.
Utilizar
el juguete como medio de expresión.
w.
Fomentar
la utilización de juguetes no sexistas desde el aula.
3. CONTENIDOS
Para la consecución de los objetivos
utilizaremos los siguientes contenidos como elemento vehicular:
a.
Utilización
las imágenes como medio de expresión de sentimientos en contra de la violencia.
b.
Conocimiento
de las leyes de igualdad.
c.
Observación
sobre quienes recae el protagonismo social y profesional.
d.
Conocimiento
de las actividades y trabajos que pueden desempeñar ambos sexos.
e.
Conocimiento
de las opiniones que favorezcan la desigualdad de sexos.
f.
Conocimiento
de los roles que nos vienen dados por la influencia de los estereotipos
familiares en la elección de la profesión.
g.
Conocimiento
la desigual distribución de los recursos y espacios de recreo entre chicos y
chicas.
h.
Reconocimiento
de que en nuestra cultura existen una serie de estereotipos sexuales que
coincidan el acceso al mundo laboral.
i.
La
influencia del lenguaje en la desigualdad de género.
j.
Reflexión
sobre el poder de la fuerza física y sus efectos.
k.
Conocimiento
del fenómeno de la violencia doméstica y el porqué de su invisibilidad.
l.
Análisis
de los prejuicios y estereotipos sobre actividades y trabajos que pueden
realizar las mujeres.
m.
Análisis
de frases que generan predisposiciones a limitar el trabajo de la mujer a
tareas domésticas.
n.
Reflexión
acerca de la diferente forma de disfrutar del tiempo libre, ya sea en familia o
en el colegio (el patio).
o.
Propuestas
de alternativas de ocio y tiempo libre para todos los miembros de la familia.
p.
Análisis
de la distribución de las tareas domésticas.
q.
Aprendizaje
del trabajo en grupos heterogéneos.
r.
Aprendizaje
a verbalizar y expresar emociones.
s.
Cooperación
en la igualdad de responsabilidades familiares.
t.
Valoración
de la igualdad de derechos en la formación y promoción de la identidad
personal.
u.
Lugar
de las personas que no pueden acceder libremente a un puesto de trabajo por
razón de sexo.
v.
Valoración
de los efectos de la tradición en la discriminación de la mujer.
w.
Conciencia
de los efectos del acoso laboral en las personas.
x.
Implicación
personal en la realización de las tareas domésticas.
y.
Estimación
de la convivencia en la familia y el respeto entre sus miembros.
z.
Desarrollo
de actitudes de respeto, colaboración y amistad entre chicos y chicas.
aa. Colaboración entre chicos y chicas para
compartir mejor los recursos y espacios del patio.
bb. Conciencia de la discriminación sexista
que existe en determinados ámbitos laborales.
cc.
Capacidad
de la música actual como medio para romper la división tradicional de roles.
dd. Ponerse en lugar de una persona
maltratada emocionalmente.
ee. Valoración de los efectos del empleo de
la violencia verbal en la autoestima de las personas.
ff.
Conciencia
de los efectos de los malos tratos.
gg. Empatía hacia las personas que sufren
malos tratos.
hh. Desechar el juguete como un elemento
sexista.
ii.
Conocimiento
de que todos podemos realizar cualquier juego sin caer en valoraciones
sexistas.
4. METODOLOGÍA
La metodología constituye un
elemento clave o de máxima importancia a la hora de lograr las intenciones
educativas.
La intervención global en el marco
educativo vendrá marcada por los cuatro principios básicos de actuación:
a) Visibilidad:
Hacer visibles las diferencias que puedan producirse entre chicos y chicas,
para facilitar el reconocimiento de las desigualdades y discriminaciones que
aquellas puedan producir.
b) Transversalidad:
Supone la inclusión de la perspectiva de género en la elaboración, desarrollo,
seguimiento de todas las actuaciones que afecten, directa o indirectamente a la
comunidad educativa.
c) Inclusión:
Las medidas y actuaciones educativas se dirigen a toda la comunidad (hombres y
mujeres, niños y niñas) para conciliar intereses y crear relaciones de género
más igualitarias.
d) Actividad: la mejor forma de realizar un
aprendizaje es vivenciándolo a través del juego, siendo fundamental en los
primeros niveles.
Se considera, por tanto, que el ofrecer igualdad en la
educación a los dos sexos es condición necesaria para que las potencialidades
individuales de hombres y mujeres puedan estimularse y desarrollarse.
Cada acto, celebración o actividad
que desarrollemos a lo largo del curso, lleva consigo un tipo de adaptaciones
metodológicas determinadas en función de la actividad o del nivel al que vayan
dirigidas.
De
manera un poco más específica la metodología a utilizar es la siguiente:
a.
Aproximación
didáctica por medio de la expresión plástica.
b.
Juegos
de simulación.
c.
Técnicas
de grupo de investigación.
d.
Juegos
de roles.
e.
Confección
de murales.
f.
Análisis
de estereotipos laborales.
g.
Análisis
de casos.
h.
Análisis
de contenido de frases.
i.
Debate
en pequeño y gran grupo.
j.
Expresión
plástica o narrativa.
k.
Análisis
de canciones.
l.
Análisis
de la propia conducta.
m.
Colaboración
entre la familia y la escuela.
5. ACTIVIDADES.
A) 25 DE NOVIEMBRE: DÍA CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO
Descripción
de las actividades: Reparto de lazos
morados, como manifestación tangible de que nos unimos a la protesta contra la
“violencia de género”.
“Todos sabemos,
todos podemos” será el lema en torno al cual se desarrollarán todas las
actividades.
INFANTIL:
-Visionado de la película Rosa
Caramelo.
-Comentamos en la asamblea la
importancia de tratarnos bien y con respeto.
-Coloreamos y decoramos la clase con
las fichas “Papá pone los platos”
1Er CICLO y 2ºCICLO:
-Lectura del cuento: ”EL príncipe
Ceniciento”
-Actividades relacionadas con el cuento
y el reparto equitativo de las tareas del hogar.
-Memorizar e ilustrar pequeñas poesías.
-Comentar con el alumnado la
importancia del respeto .Mostrar situaciones en las que el trato no es el
adecuado.
-Fichas para realizar en casa sobre el
reparto de las tareas del hogar. En clase comentar y sacar conclusiones.
3ER CICLO.
-Webquest: “Las hermanas Mirabal”.
-Comentar y aprender la canción “Que
nadie” de Malú y Manuel Carrasco.
Temporalización:
sesiones
anteriores al día 25 y 25 de
noviembre.
Responsable:
Cada tutor/a y el Coordinadora
del Plan de Igualdad.
C) CELEBRACIÓN 8 DE MARZO: DÍA DE LA MUJER TRABAJADORA
Descripción
de las actividades
INFANTIL
Se realizará un mural en el que cada
niño y niña coloreará un dibujo de la profesión de sus madres.
Juego: El rincón de la casita.
PRIMER y SEGUNDO CICLO
-Realización de un mural con
información de las profesiones de las madres del alumnado, explicando en qué
consiste su trabajo e imágenes.
-Invitación a madres al centro:
“Pequeñas historias de vida”
TERCER CICLO
- Lectura y
reflexión del texto “Carta a una madre”.
-Realización
de la Caza del tesoro: “Una mujer, un voto”.
(Página web del CEIP Walabonso de Niebla,
Huelva)
Temporalización:
sesiones
de días anteriores al día 8 y el día 8 de marzo. Responsable: Cada tutor/a,
y la Coordinadora del Plan de
Igualdad.
6. EVALUACIÓN (Criterios de evaluación)
Para
conseguir los mejores resultados con el desarrollo del Plan de Trabajo, se va a
llevar a cabo una evaluación continua que nos permitirá si los objetivos
planteados están siendo los adecuados y si las actividades propuestas son las
correctas para lograr los objetivos propuestos y así poder realizar las
modificaciones oportunas.
Se
valorará el grado de implicación de cada uno de los miembros que componen
nuestra Comunidad Educativa, así como la coordinación entre ellos y el grado de
aceptación de las distintas propuestas.
Esta
evaluación continua se complementará con una evaluación final donde se valoren
los resultados obtenidos, las posibles mejoras, errores cometidos, necesidades
y grado de satisfacción con la experiencia.
Los criterios para evaluar las
actividades, la consecución de objetivos y la adquisición de competencias en
Igualdad por parte del alumnado han sido los siguientes:
a.
Se
conciencia de la realidad social, de la desigualdad entre mujeres y hombres en
la vida personal, familiar y social.
b.
Promueve
actitudes favorables hacia la dignidad de las personas como base para la
igualdad en la consideración de géneros y la no violencia.
c.
Se
sensibiliza sobre la dignidad y los derechos de las mujeres.
d.
Conoce
las desigualdades de oportunidades de las mujeres en el ámbito laboral.
e.
Reflexiona
e identifica situaciones de convivencia en el ámbito familiar que promueven
desigualdades en función del sexo.
f.
Adopta
comportamientos que favorezcan la igualdad en el ámbito familiar.
g.
Toma
conciencia de los rasgos sexistas que todavía persisten en nuestra cultura y
del papel que juega el sistema educativo en su transmisión.
h.
Aporta
estrategias y modos de relación que permitan una convivencia más justa y
equilibrada entre chicos y chicas en el aula.
i.
Analiza
la influencia de los medios de comunicación en la asignación de roles sexuales.
j.
Favorece
una actitud crítica y creativa ante los estereotipos sexistas que pueden
transmitir los medios de comunicación.
k.
Utiliza
el juego sin tener en cuenta los estereotipos asignados por la sociedad.
7. BIBLIOGRAFÍA
·
Programa
de prevención escolar contra la violencia de género. Editorial Brief. 3º ciclo.
·
La
publicidad también juega. Instituto andaluz de la mujer, consejería para la
igualdad y el bienestar social.
·
Guías
del 25N. Instituto andaluz de la mujer. Consejería para la igualdad y el
bienestar social.
·
Guías
del 8M. Instituto andaluz de la mujer. Consejería para la igualdad y el
bienestar social.
·
Guía de
buenos tratos.
·
Guía:
Tratémonos bien, para alumnos y alumnas de primaria de la página web de
Averroes.
·
Materiales
didácticos para la prevención de la violencia de género, de la consejería de
Educación de la Junta de Andalucía.
·
“No te líes con chicos malos”: Instituto Andaluz de la Mujer, consejería
para la igualdad y bienestar social.
·
Maletas
para la igualdad: material recopilado por el CEP de Jaén, durante varios
cursos, en el recogen las experiencias de distintos centros en materia de coeducación.
8. WEBGRAFÍA
·
www.juntadeandalucía.es/averroes/plandeigualdad
3.3 – PLAN LECTOR. PROGRAMA COMUNICA. |
ÍNDICE PLAN LECTOR.
PROGRAMA COMUNICA. |
|
1.- PRINCIPIOS GENERALES QUE
RIGEN EL PLAN LECTOR. |
2.- OBJETIVOS GENERALES DEL PROYECTO COMUNICA. |
3.- DOSIER COMUNICA. (VER ENLACE )
https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/lecturas-bibliotecas-escolares/programa-comunica
|
1- PRINCIPIOS GENERALES QUE RIGEN EL PLAN LECTOR.
Los principios generales que dirigen nuestra acción educativa en la
consecución de nuestro Plan Lector vienen vinculados a la Competencia
Lingüística (mejora de la comprensión lectora, mejora de la producción de los
textos escritos, mejora del hábito lector y el gusto por la lectura):
-
El fomento de la lectura es tarea de todos los que tienen
responsabilidades en la educación: familia y profesorado.
-
La lectura es una materia transversal de todas las áreas del currículo y
herramienta indispensable para el aprendizaje de las mismas.
-
El alumnado debe leer en clase durante las horas lectivas de forma
individual, colectiva y silenciosa materiales de diverso tipo y de todas las
áreas.
-
Las razones de la lectura y la repuesta a la pregunta, ¿Para qué leer?,
deben ser: para aprender, para cultivar la expresión oral y escrita, para
satisfacer la curiosidad, para desarrollar la capacidad de investigación, para
resolver dudas puntuales, para poner en marcha la imaginación, para sentir,
disfrutar y comprender el mundo que nos rodea.
-
La lectura debe ir ligada a la escritura (expresión escrita, ortografía,
técnicas de presentación, vocabulario…) y a la expresión oral, por lo que estas
actividades deben trabajarse de forma conjunta para crear lectores y no sólo
para desarrollar cierta propensión afectiva o lúdica por la lectura.
-
La mejora de las capacidades lectoras deben ir incluidas en las
Programaciones de Ciclo y de Aula. Los Ciclos fijarán las tareas conceptuales y
procedimentales que se van a desarrollar en los distintos niveles.
-
Las campañas de fomento de la lectura u otras actividades que de ella se
desprendan deben ser asumidas por todo el claustro.
-
El papel de la familia es fundamental a la hora de reforzar las tareas
lectoras que se hacen en el Centro, siendo necesario un asesoramiento
programado desde la Biblioteca y por el profesorado.
-
Es necesario utilizar la Biblioteca como Centro de recursos y
asesoramiento en la realización de las actividades curriculares, dentro de sus
posibilidades.
2.- OBJETIVOS GENERALES
DEL PROYECTO COMUNICA.
Es un Programa para la
Innovación Educativa que presenta una visión integradora de las tipologías
textuales como manifestación cultural, lingüística, estética, social, ética e
individual que se vinculan con las competencias clave y las nuevas metodologías
educativas.
Tiene como objetivo primordial ofrecer estrategias y recursos
metodológicos que puedan complementar el currículum escolar con medidas de
apoyo para la mejora de la lectura, la escritura y la lengua oral.
Para ello establece cuatro líneas de intervención: oralidad, lectura -
escritura funcional, lectura - escritura creativa y alfabetización audiovisual.
Para cada una de estas líneas el programa propone una serie de actividades y
sugerencias didácticas que se pueden modificar, adaptar y contextualizar.
Los recursos de ComunicA han sido diseñados principalmente para la
mejora de la competencia en comunicación lingüística del alumnado y para el
disfrute de la lectura en el aula, sin olvidar las posibilidades que ofrece
para el desarrollo de otras competencias claves como la Competencia digital,
Aprender a aprender, Competencias sociales y cívicas o Conciencia y expresiones
culturales.
También propone modelos de referencia con la intención de crear un
proyecto que establezca la mejora de la competencia lingüística del alumnado
atendiendo a las líneas de intervención establecidas por ComunicA.
Los centros pueden construir sus proyectos utilizando y contextualizando
cuantas actividades consideren oportunas de una u otra línea o de uno u otro proyecto
modelo.
ComunicA propone una metodología participativa, partiendo del enfoque
comunicativo y el aprendizaje contextualizado, el Trabajo basado en Proyectos
y/o Problemas y en la interdisciplinaridad, y da cabida a propuestas como la
clase invertida (flipped classroom), la gamificación u otras que pueden
resultar productivas.
Los criterios de evaluación, apoyados en los estándares de aprendizaje,
se presentan como referentes de la evaluación, en la que se utilizan las
rúbricas como instrumento clave.
3.7. PROGRAMA ALDEA:
ECOHUERTO Y RECAPACICLA. |
Mediante la participación en el
Programa Aldea sobre educación medioambiental, se pretende concienciar a toda
la comunidad escolar de la necesidad de respetar y proteger el medio, así como
la importancia de reciclar y no derrochar recursos.
La línea de intervención se establecerá
respecto a los proyectos de huerto escolar (Ecohuerto) y el reciclaje
(Recapacicla)
Objetivos específicos.
1. Posibilitar la observación directa
por parte del alumnado de los ritmos de la naturaleza.
2. Propiciar el conocimiento y contacto
directo con las interrelaciones con el medio, el contacto directo con los
productos naturales y ecológicos y sus ciclos.
3. Fomentar el consumo de los mismos según su
estacionalidad.
4. Facilitará la adquisición de buenos
hábitos alimenticios.
5. Aumentar la concienciación social
sobre la importancia de producir de forma sostenible, utilizando métodos no
agresivos con el entorno, y producir alimentos libres de compuestos químicos de
síntesis.
6. Valorar la calidad de los alimentos
obtenidos con estos métodos de producción.
7. Propiciar el trabajo en equipo y
valorar dicho esfuerzo.
1. Informar e implicar a la comunidad
educativa en la disminución de la generación de todo tipo de residuos.
2. Concienciar al alumnado de la importancia
del reciclaje y de un consumo responsable.
3. Reflexionar sobre la importancia de
la separación adecuada de los residuos, así como las implicaciones ambientales
del consumo.
4. Fomentar el trabajo en grupo, compartiendo
ideas, originalidad y técnicas.
5. Fomentar el respeto hacia el
trabajo de los demás.
6. Desarrollar la creatividad de cada
uno de los discentes.
3.8. PROYECTO DE GESTIÓN. |
|
|
INTRODUCCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO. |
|
1.-CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO ANUAL DEL
CENTRO Y PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS INGRESOS ENTRE LAS DISTINTAS PARTIDAS DE
GASTO. 1.1.- Ingresos. 1.2.- Gastos 1.3.- Elaboración
de Presupuesto. 1.4.- Órganos
competentes en la gestión económica. 1.5.- Cuenta de
gestión. 1.6.-
Indemnizaciones por razón del servicio. |
|
2.- CRITERIOS PARA LA GESTIÓN DE LAS SUSTITUCIONES DE LAS
AUSENCIAS DEL PROFESORADO. 2.1.- Bajas de
corta duración. 2.2.- Bajas de
larga duración. 2.3.- Criterios. |
|
3.- MEDIDAS PARA LA CONSERVACIÓN Y RENOVACIÓN DE LAS
INSTALACIONES Y DEL EQUIPAMIENTO ESCOLAR. |
|
4.- CRITERIOS PARA LA OBTENCIÓN DE INGRESOS DERIVADOS DE LA
PRESTACIÓN DE SERVICIOS DISTINTOS DE LOS GRAVADOS POR TASAS, ASÍ COMO OTROS
FONDOS PROCEDENTES DE ENTES PÚBLICOS, PRIVADOS O PARTICULARES. |
|
5.- PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DEL INVENTARIO ANUAL
GENERAL DEL CENTRO. |
|
6.- CRITERIOS PARA LA GESTIÓN SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS DEL
CENTRO Y DE LOS RESIDUOS QUE GENERE QUE, EN TODO CASO, SERÁ EFICIENTE Y
COMPATIBLE CON LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE. 6.1.- Objetivos. 6.2.- Medidas para
conseguir dichos objetivos. |
|
7.-OTROS ASPECTOS DE LA GESTIÓN DEL CENTRO. 7.1.- Exposición de
publicidad. 7.2.- Uso del
servicio de fotocopias |
|
INTRODUCCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO. |
El
artículo 123 de la LOE
contempla el Proyecto de Gestión de los centros públicos. En dicho documento
los centros expresarán la ordenación y utilización de sus recursos materiales y
humanos mediante el proyecto de gestión como marco de la autonomía de gestión
que la legislación otorga a dichos centros.
El
artículo 126.1 de la LEA
recoge que el Proyecto de Gestión es uno de los documentos que componen el Plan
de Centro.
Parece adecuado realizar
un diagnóstico inicial, al final de cada curso académico, de los recursos
materiales de que disponga el centro, señalando las principales necesidades que
el desarrollo del proyecto educativo a lo largo de los años demanda.
Cabe entender que los
recursos humanos en los centros públicos estarán asociados a las
características del centro y a los planes y programas estratégicos que
desarrolle, por lo que resultaría conveniente destacar aquellos recursos
materiales necesarios para llevar a cabo el proyecto educativo, priorizando de
alguna manera los recursos imprescindibles desde un primer momento y analizando
aquellos otros recursos añadidos que la cooperación con otras entidades sociales
pueda aportar al centro.
1. CRITERIOS PARA LA
ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO ANUAL DEL CENTRO Y PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS
INGRESOS ENTRE LAS DISTINTAS PARTIDAS DE GASTO. |
El presupuesto de este Centro es la expresión cifrada, conjunta
y sistemática de las obligaciones que como máximo puede reconocer el mismo para
su normal funcionamiento, así como la estimación de los ingresos y los gastos
que prevé obtener y efectuar durante el correspondiente ejercicio.
Por lo tanto, el presupuesto es un instrumento de planificación
económica del Centro, en orden a la prestación del servicio público en el que
se prevé, junto con sus ingresos, los gastos necesarios para alcanzar los
objetivos recogidos en el Proyecto educativo del centro (PEC) bajo los
principios de equilibrio entre ingresos y gastos, así como los principios de
eficacia y eficiencia en la utilización de los recursos.
Se establecerá la distribución de los ingresos entre las
distintas partidas de gasto a partir del análisis de ingresos y gastos de los
últimos dos cursos, teniendo en cuenta, en cualquier caso, la dotación de
gastos de funcionamiento que la Consejería de Educación asigne al Centro.
Las operaciones realizadas por el Centro en ejecución de su
presupuesto, tanto de ingresos como de gastos, contarán siempre con el oportuno
soporte documental que acredite la legalidad de los ingresos y la justificación
de los gastos.
Las cuentas y los documentos justificativos recogerán la totalidad
de los gastos e ingresos habidos, con los asientos contables correspondientes y
reunirán los requisitos legales.
Las operaciones y anotaciones contables realizadas en medios
informáticos ('Séneca: Módulo de Gestión Económica') serán, asimismo, archivadas
correlativa y cronológicamente para formar los archivos contables. El Centro
mantendrá en custodia esta documentación durante un período de cinco años, a
contar desde la aprobación anual de la cuenta de gestión.
1.1.- Ingresos.
Constituirá el estado de
ingresos:
1. El saldo final o
remanente de la cuenta de gestión del ejercicio anterior. En cualquier caso,
los remanentes que estén asociados a ingresos predefinidos sólo se podrán
invertir en el programa de gasto para los que fueron concedidos.
2. Los créditos que le
sean asignados por la Consejería de Educación para gastos de funcionamiento del
Centro.
3. Otras asignaciones
procedentes de la Consejería de Educación, como las asignaciones del Programa
de Gratuidad de Libros de Texto y libros para la Biblioteca, inversiones, equipamientos
y aquellos otros que la Consejería determine, adjudicados a los Planes y Proyectos
que este Centro tenga concedidos.
4. Las cantidades que se
reciben para los gastos de funcionamiento generales se reciben en cuatro
libramientos que suelen recibirse en noviembre, febrero, mayo y agosto
aproximadamente.
Fuentes de ingresos:
1.- Ingresos por parte de
la Consejería de Educación.
a.- Por gastos de
Funcionamiento Ordinario .
Se consignarán los montos totales que, a principio de curso,
remite la Delegación Provincial asignándonos una cantidad para ello.
A principio del mes de octubre del siguiente curso, el Consejo
Escolar del Centro certificará la aprobación de todos los registros de Ingresos
y Gastos, así como los remanentes que hayan surgido en el curso anterior.
b.- Programa de Gratuidad
de libros de texto.
Los libros de texto tendrán una validez de cuatro años para el
2º y 3er Ciclo de Primaria, renovándose todos los cursos los libros del primer
ciclo.
El presupuesto estimado de este programa nos lo remite la
Consejería de Educación, a través del programa "Séneca", en función
del número de alumnos/as matriculados en el Centro, más un 10% en concepto de
reposición.
Antes de generar el Cheque/libro, que se le entregará a los
padres/ madres de los alumnos/as, hay que validar el resultado económico de
Gratuidad de libros de texto en el programa "Séneca".
c.- Proyectos o programas
específicos.
El Centro cuenta con los programas Plan de Lectura y Bibliotecas
y Escuelas Deportivas.
Al igual que en los casos anteriores, la Delegación comunica la
cantidad total de cada uno de ellos.
2.- Ingresos por
aportaciones de Otras Entidades.
En este apartado se irán abriendo subcuentas por cada entidad
colaboradora. Las aportaciones generales podríamos considerar que son las
realizadas por la Asociación de Padres y Madres del Centro.
3.- Ingresos por recursos
propios.
Se abrirán generalmente las siguientes subcuentas.
-Ingresos por Actividades
Extraescolares:
Estas subcuentas se dotarán económicamente por los recibos
cobrados a las familias en el concepto de Servicios Ofertados por el Centro y
que, al mismo tiempo, se abonarán mensualmente al ISE.
Se abrirán otras subcuentas por aquellos conceptos que se
prevean que generarán ingresos como podrían ser teléfono, fotocopias, etc.
En el caso de que alguna subcuenta no generara ingresos se
anulará para el siguiente curso.
A principio de curso se realizará un presupuesto de ingresos y
gastos que lo deberá aprobar el Consejo Escolar del Centro.
Todos los registros de ingresos y gastos, así como los
ejercicios económicos de los diferentes cursos se guardarán en la secretaría
del Centro.
1.2.- Gastos.
El presupuesto anual de gastos comprenderá la totalidad de los
créditos necesarios para atender las obligaciones de conformidad con las
siguientes prescripciones:
1. La confección del
estado de gastos con cargo a recursos propios, procedentes de otras entidades o
procedentes de libramientos de la Consejería de Educación para gastos de
funcionamiento, se efectuará sin más limitaciones que su ajuste a los créditos
disponibles, a su distribución entre las cuentas de gasto que sean necesarias
para el normal funcionamiento y a la consecución de los objetivos o finalidades
para los que han sido librados tales fondos.
2. El Centro podrá
efectuar adquisiciones de equipos y material inventariable, con cargo a los
fondos recibidos de la Consejería de Educación para gastos de funcionamiento,
siempre que concurran las circunstancias siguientes:
a) Que queden cubiertas
las necesidades prioritarias del normal funcionamiento del Centro.
b) Que dichas
adquisiciones tengan un límite máximo que quedará cuantificado en el 10% del
crédito anual librado al Centro por la Consejería de Educación para gastos de
funcionamiento ordinarios, como se indica en la normativa vigente.
Gestión de gastos.
Las compras efectuadas
por los distintos ciclos se atendrán a las normas siguientes:
Si se tratase de material inventariable, cualquier adquisición
que deseen realizar los ciclos, equipos o aula de apoyo debe ser solicitada al
Secretario del Centro y deberá ser autorizada por éste.
Es obligatorio que cuando se esté esperando un pedido: contra
reembolso, a pagar posterior o anteriormente a su recibo, una factura, etc. se
comunique con la prudente antelación.
Todos los gastos realizados deben justificarse siempre y se
deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Si la compra se hace a
crédito, se solicitará al proveedor, en el momento de la adquisición, un
albarán para ser entregado al Secretario.
b) Si la compra se hace
al contado se solicitará al proveedor, en el momento de la adquisición, un
tique de caja o similar en el que conste claramente el NIF o CIF del mismo.
1.3. Elaboración de Presupuesto.
A) 1. El proyecto de
presupuesto será elaborado por el Secretario del Centro, basándose,
principalmente, en el estado de cuentas rendido por el Centro el curso
anterior, en el que se incluirá necesariamente el posible remanente.
2. De forma general se
añadirá el IPC a lo presupuestado o gastado realmente el año anterior.
3. La elaboración del
presupuesto deberá realizarse atendiendo a las siguientes prioridades:
1.- Bienes Corrientes y
Servicios.
a.- Arrendamientos:
- Mobiliario y enseres:
Apartado de Correos.
b.- Reparación y
conservación.
- Mantenimiento de
equipos y herramientas.
- Mantenimiento de
equipos para proceso de información.
- Medios audiovisuales e
informáticos.
c.- Material no
inventariable.
- Material de oficina.
- Material de aula.
- Consumibles de
reprografía.
- Consumibles
informáticos.
- Material de Deporte.
d.- Suministros.
- Agua
- Productos alimenticios.
- Productos
farmacéuticos.
- Droguería, Ferretería.
- Productos fotográficos.
- Material de música.
- Otros suministros.
e.- Comunicaciones:
- Servicios telefónicos.
- Servicios postales.
f.- Transportes:
- Desplazamientos.
- Portes.
- Dietas.
g.- Gastos diversos:
- Primaria.
- Infantil.
- Programa de Gratuidad
de libros.
- Otros Gastos.
h.- Trabajos realizados
por otras empresas.
- Aula Matinal.
- Actividades
Extraescolares.
+ Deporte en la Escuela.
+ Distintos talleres.
- Otros servicios.
2.- Adquisiciones de
material inventariable.
a.- Adquisiciones para
uso general del Centro.
- Material didáctico.
- Libros.
El proyecto de
presupuesto será elaborado atendiendo a los conceptos establecidos en el
'Módulo de Gestión Económica de Séneca'. Todas las partidas en que sea
previsible gasto deberán contar con la correspondiente dotación presupuestaria.
B) Aprobación del
proyecto de presupuesto.
1. Para la aprobación del
proyecto de presupuesto es condición necesaria que esté de acuerdo con lo
establecido en el Proyecto de Gestión del Centro docente.
2. La Comisión Permanente
podrá emitir, preferentemente por escrito, un informe previo a la aprobación
por parte del Consejo Escolar del presupuesto.
3. El proyecto de
presupuesto del Centro será aprobado por el Consejo Escolar. Una vez aprobado
el proyecto de presupuesto, éste pasará a ser el Presupuesto Oficial del Centro
para el ejercicio correspondiente.
1.4. Órganos competentes en la gestión
económica.
Son órganos competentes en materia de gestión económica el
Consejo Escolar, el Equipo Directivo, el Director del Centro, el Secretario/a.
Las funciones de cada órgano son las siguientes:
- El Consejo Escolar.
a) Aprobar el proyecto de
gestión y sus modificaciones.
b) Establecer las
directrices de funcionamiento del centro.
c) Efectuar el seguimiento del funcionamiento
del centro.
d) Aprobar la cuenta de
gestión y el presupuesto.
- El Equipo Directivo.
a) Elaborar el proyecto
de gestión y el presupuesto a propuesta del Secretario.
b) Realizar, en su caso,
las modificaciones señaladas por la Delegación Provincial.
- La Secretaria /o, quien
por delegación del Director/a será la responsable de la gestión económica del
Centro.
a) Coordinará el Equipo
Directivo en la elaboración del proyecto de presupuesto y en todos los demás
procesos de gestión económica.
b) Presentará el proyecto
de presupuesto al Consejo Escolar y, en su caso, autorizará los gastos siempre
que no excedan de los ingresos previamente obtenidos.
c) Realizará el
inventario general del centro y lo mantendrá actualizado.
d) Adquirirá el material
y equipamiento del Centro, siguiendo las directrices de la dirección.
1.5. Cuenta de gestión.
La secretaria/o del
Centro presentará al Consejo Escolar para su aprobación, antes del 31 de
octubre de cada año, una única cuenta de gestión cerrada a 30 de septiembre
(borrador del Anexo XI).
- Si el Consejo Escolar
no aprobase la cuenta de gestión, se comunicará a la Delegación Provincial,
junto con el punto del orden del día del acta de la sesión, donde consten los
motivos que sustentan la no aprobación.
- Una vez aprobada por el
Consejo Escolar, se remitirá el Anexo XI correspondiente por vía telemática al
Servicio Económico de la Delegación Provincial.
- La cuenta de gestión no
podrá rendirse con saldos negativos salvo demora en los ingresos procedentes de
la Consejería de Educación.
1.6. Indemnizaciones por razón del servicio.
El Director del Centro podrá autorizar gastos de desplazamiento
de los profesores que se tengan que desplazar fuera de la localidad para
asuntos, no particulares, relacionados con el colegio.
El Director podrá aprobar los gastos de dietas del profesorado
derivados de la realización de actividades extraescolares fuera de la localidad
del Centro.
Para fijar estas indemnizaciones se estará a lo dispuesto en la
Orden de 11 de julio de 2006, por la que se actualizan las cuantías de
determinadas indemnizaciones por razón del servicio. (BOJA nº 143 de 26 de
julio de 2006), o en la normativa que pudiera dictarse a estos efectos.
2. CRITERIOS PARA LA GESTIÓN DE LAS SUSTITUCIONES DE LAS AUSENCIAS
DEL PROFESORADO. |
Orden de 8 de septiembre de 2010, por la que se establece el procedimiento para la gestión de
las sustituciones del profesorado de los centros docentes públicos dependientes
de esta Consejería (BOJA 17-09-2010).
2.1. Bajas de corta duración. (Entre uno y cinco días.)
La primera baja será
cubierta por la persona que desempeñe el 2º Refuerzo.
La segunda baja por el
profesorado en cuya clase haya especialistas en las horas que haya que cubrir
la sustitución.
De producirse una tercera
baja, simultáneamente a las anteriores se cubriría por la persona que desempeña
el 1ª Refuerzo y por los demás maestros/as, desapareciendo, si es necesario,
las horas de coordinación y mayores de 55 años.
En el caso de que la
ausencia sea prevista se prepararán tareas para que sean realizadas por el
alumnado durante la clase y bajo la vigilancia del profesorado.
En el caso de que el
número de grupos sin profesor/a sea superior al de profesorado disponible en
esa hora, la Jefatura de Estudios determinará la posibilidad de unir a varios
grupos en los espacios adecuados para acoger a estos alumnos. La Jefatura de
Estudios tendrá libertad para organizar en todo momento la atención al
alumnado,
actividad que tendrá
prioridad sobre cualquier otra, exceptuando las tareas lectivas
2.2. Bajas de larga duración (Con permiso de la Delegación Provincial).
La primera baja será
cubierta por la persona que desempeñe el 2º Refuerzo. Si esta baja es de algún
especialista (Maestro/a de Pedagogía Terapéutica, Inglés, Educación Física y
Música) se solicitará que sea cubierta por la Delegación Provincial.
Para las segundas bajas y
siguientes se solicitará que sean cubiertas por la Delegación
Provincial .
Nuestro centro al
principio del año académico tendrá un presupuesto asignado para sustituciones
por parte de la Consejería que vendrá reflejado en el programa Séneca como
jornadas de las que dispone el centro para sustituciones.
2.3.Criterios.
Los criterios que
establecemos para decidir la sustitución serán los siguientes:
- Las bajas de corta
duración (menos de 5 días) no serán sustituidas y el alumnado será atendido en
el aula como se indica arriba.
- La ausencia del
profesorado se cubrirá a partir de la segunda semana cuando se prevea que la
baja va a continuar. Estas bajas mayores de 5 días se solicitarán siempre que
se cuente con jornadas suficiente para ello, si no es así, con antelación la
dirección del centro solicitará una ampliación del número de jornadas
disponibles al correspondiente Servicio de Gestión de Recursos Humanos , justificando
las causas por las que se ha producido el agotamiento de jornadas.
- El profesorado deberá
presentar el parte de baja el mismo día que se produzca para que la jefatura de
estudios a través del sistema Séneca pueda proceder a la solicitud de la sustitución.
- Una vez que el/la
profesor/a tenga conocimiento de la fecha de finalización de la baja deberá
comunicarlo a la dirección del centro para que sea grabada en Séneca y no
utilizar más jornadas completas de sustitución de las necesitadas.
- Una vez al trimestre,
la dirección del centro informará al Claustro de Profesores y al Consejo
Escolar de las ausencias que se han producido en el centro y del procedimiento
de sustitución.
3. MEDIDAS PARA LA CONSERVACIÓN Y RENOVACIÓN DE LAS INSTALACIONES Y
DEL EQUIPAMIENTO ESCOLAR. |
La utilización inadecuada, el abuso y el deterioro anormal de
las instalaciones, el mobiliario, ordenadores, impresoras, libros y enseres del
Centro en general disminuye la capacidad educativa del Centro y dificulta la
tarea formativa.
Por ello, el deterioro del material e instalaciones del Centro
que se produzcan por mal uso o abuso de los mismos, correrá siempre a cargo de
quien o quienes lo cometan, sin perjuicio de las acciones disciplinarias
pertinentes.
La higiene, el aseo y la limpieza personal son exigibles. Del
mismo modo, mantener la limpieza en todos y cada uno de los espacios del
Centro, techados y sin techar, debe ser una obligación para todos los miembros
de esta Comunidad Educativa.
Es aconsejable racionalizar y controlar al máximo la utilización
de las instalaciones del Centro, dentro y fuera del horario lectivo, ya que la
falta de control contribuye a un rápido deterioro.
a) Organización de los
espacios.
-Cuando se precise la
utilización de espacios especiales o se necesite un aula no habitual, el
interesado habrá de solicitarlo a la Jefatura de estudios a fin de que pueda
ser atendido. Si se precisaran llaves para los espacios utilizados, éstas serán
retiradas y devueltas en secretaría.
-El profesor que utilice
un espacio será responsable de velar por el buen mantenimiento del mismo
durante el tramo horario en el que lo use.
b) El mantenimiento.
-Se realizará con medios
propios o por el Ayuntamiento.
-Cualquier persona que
trabaje en el Centro puede solicitar la reparación de los desperfectos o
averías que haya detectado, pero es aconsejable que el registro lo realice la
persona responsable de la dependencia donde se haya detectado.
-Se realizará un plan de
mantenimiento preventivo, con frecuencia mensual, trimestral o anual, para
aquellas instalaciones, equipos o servicios que por su especial importancia
requieran de una revisión periódica.
-Se dispondrá de los
repuestos mínimos para asegurar la reparación lo antes posible.
-Al finalizar el curso se
comunicará al Ayuntamiento los desperfectos y tareas de acondicionamiento en el
Centro para proceder a su reparación una vez comenzadas las vacaciones de
verano. En su caso, se procederá de igual manera en los otros periodos
vacacionales.
Mantenimiento de redes informáticas.
1) Habrá una persona como
administrador de la red para llevar el control de los usuarios que acceden a
los equipos y dar los correspondientes permisos y contraseñas, previo
conocimiento del Director.
2) Hacer un control y
seguimiento de los posibles desperfectos causados en los equipos y en la red de
administración del Centro.
3) Mantener los
ordenadores libres de virus informáticos, gestionando el programa antivirus y
controlando el acceso a Internet.
4) Asegurar la correcta
configuración software de todos los equipos informáticos ubicados en las
distintas dependencias del Centro.
A partir de las tareas de mantenimiento se realizará anualmente
un informe que se tomará como referencia para la toma de decisiones
relacionadas con la renovación de las instalaciones o de los equipamientos.
4. CRITERIOS PARA LA OBTENCIÓN DE INGRESOS DERIVADOS DE LA
PRESTACIÓN DE SERVICIOS DISTINTOS DE LOS GRAVADOS POR TASAS, ASÍ COMO OTROS
FONDOS PROCEDENTES DE ENTES PÚBLICOS, PRIVADOS O PARTICULARES. |
Orden de 10 de mayo de
2006, conjunta de las Consejerías de Economía y
Hacienda y de Educación, por la que se dictan instrucciones para la gestión
económica de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de
Educación y se delegan competencias en los Directores y Directoras de los
mismos.
Orden de 3 de agosto de
2010, por la que se regulan los servicios
complementarios de la enseñanza de aula matinal, comedor escolar y actividades
extraescolares en los centros docentes públicos, así como la ampliación de
horario.
Decreto 155/1997, de 10 de junio, por el que se regula la cooperación de las
entidades locales con la administración de la Junta de Andalucía en materia
educativa.
-Otros recursos obtenidos
en virtud de la autonomía de gestión del Centro son los ingresos procedentes de
la prestación de servicios distintos de los gravados por tasas, así como otros
fondos procedentes de entes públicos, privados o particulares. El Centro podrá
obtener otros ingresos provenientes de:
Aportaciones procedentes
del Estado, Comunidad Autónoma, Diputación, Ayuntamiento o cualquier otro ente
público o privado y por cualesquiera otros que le pudiera corresponder.
-Los ingresos procedentes
de disposiciones testamentarias y donaciones efectuados al Centro para
finalidades docentes, previa aceptación de la Consejería.
-Ingresos procedentes de
convenios formalizados con asociaciones culturales o entidades sin ánimo de
lucro para el desarrollo de actividades extraescolares y complementarias.
-Ingresos procedentes de
convenios de colaboración con organismos y entidades en materia de formación de
alumnos.
-Los que procedan de la
prestación de servicios y de la venta de bienes muebles, ambos producto de sus
actividades educativas y formativas.
-El importe de las ayudas
o premios otorgados por instituciones, organismos y empresas privadas como
consecuencia del desarrollo de proyectos y experiencias de innovación e investigación
educativas o como resultado de la participación de profesores y alumnos en actividades
didácticas, culturales o deportivas realizadas en el marco del Plan de Centro.
-Ingresos derivados de la
utilización ocasional de las instalaciones del Centro para fines educativos y
no educativos.
-Los fondos procedentes
de fundaciones.
-Los derivados de la
venta de fotocopias, uso de teléfono, etc.
-Cualquier otro ingreso
para el que deberá contar con la autorización de la Delegación Provincial de
Educación.
-Cuando el Consejo
Escolar del Centro lo determine y, siempre de forma argumentada, a determinadas
personas o instituciones podrá eximírseles del pago de una contraprestación por
el uso de las instalaciones del Centro.
Fijación de precios
La utilización ocasional de las instalaciones del Centro:
-Por la utilización
ocasional de las instalaciones del Centro para fines educativos, de extensión
cultural y otros relacionados directamente con el servicio público de la
educación, el Centro podrá establecer unos precios que serán aprobados por el
Consejo Escolar.
-Fotocopias, Encuadernaciones,
Plastificaciones.
Se cobrará una cantidad
fijada por el Consejo Escolar por la realización de fotocopias u otras tareas
de oficina, para el alumnado o personas ajenas al centro, siempre que éstas se
realicen para alguna gestión relacionada con el Centro.
5. PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DEL INVENTARIO ANUAL GENERAL
DEL CENTRO. |
Art. 12 de la Orden de 10
de mayo de 2006, conjunta de las
Consejerías de Economía y Hacienda y de Educación, por la que se dictan
instrucciones para la gestión económica de los centros docentes públicos
dependientes de la Consejería de Educación y se delegan competencias en los
Directores y Directoras de los mismos.
Registro de inventario.
1. El Registro de
inventario recogerá los movimientos de material inventariable del centro
incluyendo tanto las incorporaciones como las bajas que se produzcan.
Tendrá carácter de
material inventariable, entre otros, el siguiente: mobiliario, equipo de
oficina, equipo informático, equipo audiovisual no fungible, copiadoras, material
docente no fungible, máquinas y herramientas, material deportivo y, en general,
todo aquel que no sea fungible.
2. El Registro de
inventario se confeccionará conforme a los modelos que figuran como Anexos VIII
y VIII (bis) de esta Orden para las altas y bajas, respectivamente, que se
produzcan durante el curso escolar, partiendo del inventario existente a fecha
de
aprobación del presente
Proyecto de Gestión y teniendo en cuenta lo siguiente:
a) Número de registro:
Numeración correlativa de las adquisiciones de material inventariable.
b) Fecha de alta: Fecha
en la que el material es puesto a disposición del centro.
c) Fecha de baja: Fecha
en la que el material deja de formar parte del inventario del centro.
d) Número de unidades:
Número de unidades que causan alta o baja.
e) Descripción del
material: Se indicará el tipo de material adquirido, así como sus
características técnicas.
f) Dependencia de
adscripción: Ciclos o unidades organizativas a las que se adscribe el material
de que se trate.
g) Localización: Lugar o
dependencia física donde se encuentra ubicado el material de que se trate.
h) Procedencia de la
entrada: Actuación económica o administrativa, origen de la incorporación al
centro del material de que se trate.
i) Motivo de la baja:
Causa que provoca la baja del material afectado.
3. Independientemente del
Registro de inventario, podrán existir inventarios auxiliares por servicios,
dependencias y otras unidades, cuando el volumen y diversidad de materiales
existentes en dicha unidad así lo aconsejen.
En espacios dedicados a tutorías, aula de música, informática,
serán los especialistas correspondientes los que realicen, comprueben o
modifiquen los inventarios de dichas dependencias.
Por sus especiales características, existirá también un libro
Registro de inventario de biblioteca, conforme al modelo que figura como Anexo
IX de esta Orden, que recoja los libros que pasen a formar parte de la
biblioteca del centro, cualquiera que sea su procedencia.
El Secretario será el encargado de coordinar la realización del
inventario general del Centro y mantenerlo actualizado cada curso una vez
rellenando y entregado el anexo correspondiente por los distintos tutores y
personas a cargo de la Biblioteca.
a) Mobiliario.
Cada maestro/a entregará
al Secretario el inventario del mobiliario asignado y comunicará a éste
cualquier variación anualmente.
b) Adquisición de
material inventariable.
Para la adquisición de
material inventariable por parte de los ciclos o aula de apoyo, los pasos
específicos a seguir serán los siguientes:
1. Los maestros/as
solicitarán al secretario/a la autorización para adquirir dicho material. Esta
solicitud se acompañará de una breve memoria justificativa de la necesidad de
la adquisición.
2. Una vez aprobado dicho
gasto presentarán:
Factura en la que se
especifiquen los artículos a adquirir y sus características técnicas, el
importe de cada uno, cantidad total con IVA, IVA aplicable y base imponible),
el nombre de la empresa suministradora y su CIF o NIF, fecha, firma y sello de
la misma, figurando en ellos el nombre del Colegio, su domicilio y NIF.
Por sus especiales
características, existirá también un registro de inventario de Biblioteca,
conforme al modelo que figura como Anexo IX de la Orden y registro en el
programa Abies de gestión de bibliotecas.
Es responsabilidad del
tutor el mantener al día el inventario de su clase y material a su cargo.
En el caso de la
Biblioteca, lo es la persona responsable de la misma.
A final del mes de
octubre, cada maestro/a deberá entregar al Secretario/a los anexos indicados
con las altas y bajas correspondientes al curso anterior, incluso si no hay
novedades, poniéndolo entonces en conocimiento del Secretario.
El Secretario los
recopilará y archivará junto con el resto de altas y bajas del inventario
general de este Centro.
6. CRITERIOS PARA LA GESTIÓN
SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS DEL CENTRO Y DE LOS RESIDUOS QUE GENERE QUE, EN
TODO CASO, SERÁ EFICIENTE Y COMPATIBLE CON LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO. |
6.1. Objetivos.
1. Realizar una gestión
sostenible y eficiente de todos los recursos del Centro y de sus residuos,
compatible con el medio ambiente.
2. Hacer partícipe a toda
la Comunidad Educativa de la aplicación de medidas concretas para conseguir el
objetivo fundamental anterior.
3. Evitar y reducir los
residuos y aumentar el reciclaje y la reutilización.
4. Gestionar y tratar los
residuos de acuerdo a los estándares de buenas prácticas.
5. Eliminar el consumo
innecesario de energía y mejorar la eficiencia en el destino final de la misma.
6. Promover activamente
el consumo y la producción sostenible, especialmente los productos con etiqueta
ecológica, orgánicos y de comercio ético y justo.
6.2. Medidas para conseguir dichos objetivos.
-Regular en el Reglamento
de Organización y Funcionamiento del Centro el uso de los medios materiales del
Centro, el consumo en general de cualquier bien, con especial atención al uso
de las instalaciones energéticas.
-Continuar con las
medidas ya establecidas en lo referente al ahorro y contención del gasto.
-Petición de al menos
tres presupuestos para todas las compras y obras del Centro de cierta cuantía.
-Posibilitar una recogida
selectiva de todos los residuos del Centro. Para ello se dotará al Centro de la
infraestructura necesaria.
-La mayoría de los
residuos que se generan en el Centro son restos de papel, cartón, envases de
tinta de impresoras y copiadoras, pilas y plástico, así que será necesaria la
disponibilidad de un contenedor para plástico y otro para el papel o cartón.
-El uso de la calefacción
del Centro está restringido a los días en los que la temperatura es
excesivamente baja y siempre limitándola a temperaturas recomendadas.
- Nuestro Centro también
contará con un contenedor para reciclar pilas.
7. OTROS ASPECTOS DE LA GESTIÓN DEL CENTRO. |
7.1. Exposición de publicidad.
Sólo se podrá exponer la siguiente publicidad en el Centro:
-De clases particulares,
academias y demás servicios relacionados con la educación previa autorización
del Equipo Directivo.
-De eventos culturales o
lúdicos previa autorización del Equipo Directivo.
-De pisos para alquilar
al profesorado (en la Sala de Profesores).
7.2. Uso del servicio de fotocopias.
1. El horario para
encargar fotocopias por parte de los profesores es de 9.00 a 14h, excepto en el
recreo.
2. Las encuadernaciones
se podrán encargar siempre que su cantidad sea inferior a 5.
3. No se hacen fotocopias
de libros, excepto de alguna página suelta o capítulo (dentro de lo
estrictamente aceptable).
5. Los encargos de
fotocopias no se realizarán el mismo día que sean necesarios. Existirá una hoja
de registro en secretaría para anotar los encargos.
4.- LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DEL
ALUMNADO. |
La
LOE, los posteriores decretos del currículo
y las órdenes de evaluación constituyen el marco de referencia obligado para el
desarrollo del proceso evaluador en los centros y en las aulas de Educación
Primaria. En este marco se determina que la evaluación debe abarcar tanto la
actividad de enseñanza como la de aprendizaje y que debe de constituir un
proceso continuo, sistemático, flexible e integrador. Este proceso tiene como
objetivos:
- Conocer la situación de partida de los
componentes que inciden en el proceso en el momento en que se propone la
evaluación. (Evaluación Inicial).
- Facilitar la formulación de un modelo de
actuación adecuado al contexto, en función de los datos anteriores.
- Seguir la evolución del desarrollo y
aprendizaje de los alumnos.
- Tomar las decisiones necesarias para adecuar
el diseño y desarrollo de nuestra acción educadora a las necesidades y logros
detectados en los alumnos en sus procesos de aprendizaje.
EVALUACIÓN DEL PROCESO DE APRENDIZAJE.
Ø Los criterios
de evaluación. (SE ENTREGARÁN A LOS PADRES/MADRES EN REUNIÓN INICIAL)
En la Programación personal de cada
maestro y maestra se deben de establecer unos criterios que enunciados indican qué evaluar para cada área. Nuestra
propuesta incorpora, al tiempo, la relación entre los criterios y las
competencias específicas que hemos propuesto.
Los criterios de evaluación hacen
posible la acción educadora al permitir el seguimiento de los procesos de
enseñanza-aprendizaje ajustando sus actuaciones en función de los objetivos
previstos. Aquí se halla su gran finalidad o función formativa.
Utilizaremos los siguientes TIPOS de Evaluación:
-
Evaluación inicial, que facilitará la
valoración de los conocimientos previos, las capacidades y a las actitudes del
alumnado, con el objeto de adecuar el proceso de enseñanza-aprendizaje a la
realidad de sus posibilidades.
-
Evaluación formativa continua,
que pretenderá conocer si se van alcanzando los objetivos propuestos, pudiéndose
modificar en el momento algún aspecto que mejore el proceso. Este tipo de
evaluación tiene un carácter regulador, orientador y auto-corrector del proceso
educativo desde el comienzo, lo que requiere de la evaluación inicial previa.
-
Evaluación sumativa, pues estimará los
méritos al finalizar el currículo, en la que se valorará, sobre todo, el
dominio de las capacidades adquiridas; es decir, evaluación del resultado.
Ø Procedimientos
e instrumentos de evaluación.
Si la evaluación constituye un
proceso flexible los procedimientos habrán de ser variados. Para recoger datos
podemos servirnos de diferentes procedimientos
de evaluación:
1. Observación directa durante todo el proceso de
enseñanza-aprendizaje.
2. El diario de clase, donde se anotarán los progresos,
dificultades e incidencias diarias. Nos permitirá revisar nuestra labor.
3. Registro anecdótico, donde observaremos acciones y actitudes
en el contexto en el que suceden, sus causas o motivos de las actitudes.
4. Análisis de la producción de los alumnos/as.
5. Fichas de seguimiento individual.
6. Corrección del cuaderno de trabajo y del material escrito del
alumno/a.
7. Actividades de evaluación de cada UD.
8. Autoevaluación.
9. Indicadores de logros y dificultades.
10. Entrevistas con las
familias.
11. Intercambios orales con los alumnos/as: diálogo entrevista,
puestas en común y asambleas.
Ø Los datos se recogen en diversos instrumentos para la evaluación. Podemos clasificarlos en oficiales, cuyo formato ha sido
determinado por la Administración o personales,
de formato libre, seleccionados y construidos por el profesor.
Son documentos
de registro oficial: el informe
individualizado, el expediente
académico del alumno, el historial académico, informe personal por traslado y
las actas de evaluación.
Entre los
instrumentos de registro del profesor o
equipo de ciclo utilizamos escalas de
valoración (para contenidos de tipo actitudinal y procedimental) y listas de control (para objetivos y
contenidos vinculados al dominio conceptual).
La propuesta
para superar los distintos ciclos de primaria y promocionar está íntimamente
relacionada con la adquisición de las competencias básicas y serían unas tablas
que recogen las competencias superadas por cada alumno/a y que incluiremos a final de curso en su expediente académico.
EVALUACIÓN DEL
PROCESO DE ENSEÑANZA
Las normas de evaluación en
Educación Primaria establecen que los profesores evaluarán los procesos de
enseñanza y su propia práctica docente en relación con el logro de los
objetivos educativos del currículo. Esta evaluación, tendrá también un carácter
continuo y formativo e incluirá referencias a aspectos tales como:
* La organización del aula.
* El aprovechamiento de los recursos del
centro.
* Adecuación a los objetivos y competencias
básicas.
* La relación entre profesor y alumnos.
* La relación entre profesores.
* La convivencia entre alumnos.
Ámbito proceso
enseñanza-aprendizaje: Hacer de la evaluación, tanto por parte del profesorado como
del alumnado, un verdadero análisis de todo proceso educativo en general y de
cada alumno en particular y, a su vez, hacer de la evaluación un instrumento
de motivación y autoestima. |
||||
Nº |
Acción |
Temporalización |
||
1 |
· La
evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado será continua y global,
tendrá en cuenta su progreso en el conjunto de las áreas, tendrá un carácter
criterial y formativo, y tendrá en consideración el grado de adquisición de
las competencias clave y el logro de objetivos de la etapa. |
SEPTIEMBRE |
||
2 |
· Deberán
especificarse los procedimientos y criterios de evaluación comunes y de cada
área que serán públicos. |
SEPTIEMBRE |
||
3 |
a) Evaluación inicial (art. 10 de la Orden de 4 de noviembre de 2015): · El
tutor/a la realizará durante el primer mes de cada inicio de ciclo,
analizando el informe personal del ciclo o etapa anterior y recogiendo su
propia información. Servirá como punto de partida del equipo docente para tomar
decisiones y adecuar el proceso a las características y conocimiento del
alumnado y para proponer las medidas de apoyo, refuerzo y recuperación o
ACIS. |
SEPTIEMBRE |
||
4 |
B)Evaluación continua (art. 2 de la Orden de 4 de noviembre de 2015): · La realizará el
equipo docente, coordinado por el tutor/a, asesorado, si se estima adecuado,
por el EOE. · Los
procedimientos, naturaleza, aplicación y criterios de corrección deberán ser
conocidos por el alumnado. · Cuando
el progreso no sea el adecuado, se adoptarán medidas de atención a la
diversidad. |
TODO
EL CURSO |
||
5 |
c) Evaluación final (art. 11 de la Orden de 4 de noviembre de 2015): · Se realizará al
final de cada curso en todos los grupos. La que corresponda a 2º, 4º y 6º
pasará al historial académico del alumnado. A)Sesiones de evaluación (art. 9 de la Orden de 4 de noviembre de 2015): · Se realizarán, al menos, 3 reuniones durante el
curso. Participará todo el profesorado que intervenga en el grupo (equipo
docente). Levantará acta de la sesión el tutor/a, como coordinador/a del
equipo. La valoración hecha será el punto de partida para la siguiente
reunión. Se acordará también la información que se transmitirá a su familia. |
JUNIO |
||
6 |
b)
Calificaciones: · Los resultados se calificarán de la siguiente
manera: Calificación
negativa: IN Insuficiente
de 0 a 4. SU Suficiente
5. BI Bien 6. NT Notable
7 y 8. SB Sobresaliente 9 y 10. |
|||
7 |
c)Alumnado de N.E.E. (art. 15 de la Orden de 4 de noviembre y 16 del Decreto 97/2015): · Alumnado
con ACI: corresponde al tutor/a, con el asesoramiento del EOE. La valoración
se ajustará a los criterios de evaluación establecidos en la ACI. · Alumnado
de incorporación tardía al sistema (fundamentalmente extranjero con
desconocimiento del idioma): se tendrán en cuenta los informes del
profesorado de ATAL. Si se ha escolarizado, debido a su desfase, un curso por
debajo de su edad, pasará al que le corresponda si a juicio del tutor/a ha
superado el desfase, oído el equipo docente y asesorado/a por el EOE, antes
de que finalice el segundo trimestre. |
OCTUBRE |
||
8 |
d)
Promoción (art. 16 de la Orden de 4 de noviembre de 2015 y art. 13.1 del
Decreto 97/2015 de 3 de marzo: · El
alumnado accederá al ciclo o etapa siguiente cuando se considere que ha
alcanzado el desarrollo correspondiente a las competencias básicas y el
adecuado grado de madurez o siempre que los aprendizajes no alcanzados no le
impidan seguir con aprovechamiento el nuevo ciclo o etapa. · La
familia podrá ser oída antes de la adopción de la decisión. Pero para esta se
tomará en cuenta especialmente la información y el criterio del maestro/a
tutor/a. · Sólo se
podrá permanecer un año más en el mismo ciclo una vez en la educación
primaria. |
MAYO-JUNIO |
||
9 |
e)Cumplimentación electrónica de los documentos de evaluación
(Disp. ad. 2ª de Orden de 4 de noviembre de 2015): · Los centros docentes sostenidos
con fondos públicos cumplimentarán electrónicamente los documentos oficiales
de evaluación recogidos en la presente Orden, a través de los módulos
correspondientes incorporados al Sistema de Información “Séneca”. |
SESIONES
DE EVALUACIÓN |
||
10 |
n Valoración de la evaluación: Se atenderá a la ponderación de los criterios de
evaluación que se ha realizado de cada indicador
en cada curso y área. La evaluación se basará en
los criterios que propone el Decreto 97/2015 para el final de cada uno de los
ciclos que componen la etapa de la educación primaria. Estos habrán de
concretarse en las programaciones didácticas de cada ciclo y en las
programaciones de aula. |
TODO
EL CURSO |
|
|
11 |
Evaluación del proceso de enseñanza y de la práctica
docente. Algunos de los aspectos a los que atenderá son los
siguientes: a) Organización y coordinación
del equipo. Grado de definición. Distinción de responsabilidades. b) Planificación de las
tareas. Dotación de medios y tiempos. Distribución de medios y tiempos.
Selección del modo de elaboración. c) Participación.
Ambiente de trabajo y participación. Clima de consenso y aprobación de
acuerdos. Implicación de los miembros. Proceso de integración en el trabajo.
Relación e implicación de los padres. Relación entre los alumnos y alumnas, y
entre los alumnos y alumnas y los profesores. |
TODO
EL CURSO |
4.2.
LOS PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN INTERNA. |
El proceso de la evaluación interna viene determinado por el
Decreto 328/2010, de 13 de julio, que en su artículo 26, recoge:
“los centros educativos realizarán una
autoevaluación de su propio funcionamiento, de los
programas que desarrollan, de los procesos de enseñanza y aprendizaje y de los
resultados de su alumnado, así como de las medidas y actuaciones dirigidas a la
prevención de las dificultades de aprendizaje, que será supervisada por la
inspección educativa.”
Objetivos.
Los objetivos de referencia para la realización de la evaluación
interna son:
a) Estimular la reflexión crítica en lo referente a la
organización, funcionamiento y procesos educativos que se llevan a efecto en el
centro.
b) Impulsar la innovación y la mejora de la práctica docente.
c) Incrementar la formación teórica y práctica del profesorado
en relación con la evaluación aplicada al alumnado, al centro y a la práctica
docente.
d) Realizar la valoración interna de los métodos, las técnicas y
los instrumentos utilizados.
La Consejería ha incorporado en SENECA un modelo de autoevaluación
a través del cual habrá que rendir cuentas, nuestro modelo de evaluación
interna se adaptarán a dicho modelo.
El resultado de este proceso se plasmará anualmente en una
memoria, que incluirá, asimismo, las correspondientes propuestas de mejora,
cuya aprobación corresponderá al Consejo Escolar.
Composición y formación
del Equipo de Evaluación.
a) Para la realización de la memoria de autoevaluación se creará
un equipo de evaluación que estará integrado por el equipo directivo y por un
representante de cada uno de los distintos sectores de la comunidad educativa
elegidos por el consejo escolar de entre sus miembros, para lo cual en la
primera reunión de curso del consejo escolar se incluirá un punto en el orden
del día en el que se elegirán dichos componentes.
b) Cada sector elegirá a su representante.
c) Si hubiera más personal interesado en participar en dicho
proceso, se podrá aumentar en uno el número de representantes por sector.
Indicadores.
El proceso de autoevaluación utilizará los indicadores que
establezca la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa, así como los
indicadores de calidad que indique el ETCP y los propuestos por la inspección
educativa. Sirvan como referente:
-Análisis de los objetivos recogidos en el Plan de Centro.
-Los programas que se desarrollan.
-Los procesos de enseñanza aprendizaje y sus resultados.
-Las medidas y actuaciones dirigidas a la prevención de las
dificultades de aprendizaje
- Funcionamiento global del centro.
- Funcionamiento de los órganos de gobierno.
- Grado de utilización y actuación de los distintos servicios de
apoyo a la educación.
-Valoración de los logros y dificultades a partir de la
información facilitada por los indicadores.
- Propuestas de mejora.
16.
MARCO LEGISLATIVO DEL PROYECTO. |
||
|
||
Decreto
152/2020, de 15 de septiembre.
|
Regula el acceso a la función directiva y la formación,
evaluación y reconocimiento de los directores, las directoras y los equipos
directivos de los centros docentes públicos no universitarios, de los que es
titular la Junta de Andalucía.
|
|
Orden de 9 de
noviembre de 2020.
|
Se desarrolla el procedimiento de acceso a la función
directiva y la evaluación, formación y reconocimiento de los directores, las
directoras y los equipos directivos de los centros docentes públicos no
universitarios de los que es titular la Junta de Andalucía. |
|
Resolución de
23 de noviembre de 2020, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de
Recursos Humanos. |
Por la que se convoca concurso de méritos para la selección de
directores y directoras de centros docentes públicos no universitarios de
titularidad de la Junta de Andalucía. |
|
Ley Orgánica 8/2013, de
9 de diciembre, para
la Mejora de la Calidad Educativa. |
Modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y determina la
Ordenación de la Educación. Y afecta sobre todo, a la evaluación. |
|
Elaboración Contexto centro: Foro-ciudad.com (Se puede usar todo
el contenido, insertando link a esta página).
ENLACE: https://www.foro-ciudad.com/cordoba/la-rambla/habitantes.html#ParoRegistrado