Licencia Creative Commons

PROYECTO DE DIRECCIÓN JOSÉ A. JIMÉNEZ TIRADO







                                                                         

 PROYECTO DE DIRECCIÓN COLEGIO MAESTRO ROMUALDO AGUAYO LÓPEZ

 

 

         ÍNDICE                                                                                               PÁGINA

 INTRODUCCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO………………………………………………………………….3

1. ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN Y LAS ÁREAS DE MEJORA………………………………………………………...4

1.1. ESTUDIO DEL CONTEXTO (REALIDAD SOCIAL, CULTURAL, ECONÓMICA Y LABORAL)………...4

1.2. ESTUDIO DEL CENTRO……………………………………………………………………………………………………...8

1.2.1. DIAGNÓSTICO DE FORTALEZAS Y DEBILIDADES. ANÁLISIS DAFO………………………………….11

1.2.2. SELECCIÓN DE PROBLEMAS IMPORTANTES A ACOMETER Y FORTALEZAS…………………….18

2. OBJETIVOS Y FINALIDADES DEL PROYECTO DE CENTRO…………………………………………………….20

3. PLANES DE ACTUACIÓN. LÍNEAS GENERALES DE ACTUACIÓN PEDAGÓGICA………………………23

        3.1. REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO.(R.O.F.)……………………………..26

        3.2. PLAN DE COMUNICACIÓN………………………………………………………………………………………..86

        3.3. PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD……………………………………………………………………...92

        3.4. PLAN DE CONVIVENCIA…………………………………………………………………………………………….121

        3.5. PLAN DE IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES………………………………………………….150

        3.6. PLAN LECTOR. PROYECTO COMUNICA………………………………………………………………………159

        3.7. PROGRAMA ALDEA: ECOHUERTO Y RECAPACICLA…………………………………………………….161

        3.8. PROYECTO DE GESTIÓN………………………………………………………………………………………….163

4.- LOS PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN……………………………………………………………………………185

        4.1. LOS PROC. Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DEL ALUMNADO…………….185 

        4.2. LOS PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN INTERNA…………………………………………………….190

        5. MARCO LEGISLATIVO DELPROYECTO............................................................................193

 

  INTRODUCCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO.

 

Mi nombre es José Antonio Jiménez Tirado. Nací en La Rambla hace 46 años. Estoy casado desde 1998 y tengo dos 2 hijas de 19 y 17 años.

Mis estudios, de la antigua E.G.B., los realicé en su totalidad en este centro cuando los colegios no eran mixtos (los niños en el Cruz Verde y las niñas en el Colegio Alfar). Luego pasé por nuestro Instituto, para completar mis estudios en la Escuela de Magisterio de Córdoba.

Llevo desde diciembre del 1991 ejerciendo como maestro, tanto en Educación Secundaria, como en Educación de Adultos y Primaria.

En todos estos años además de enseñar he aprendido mucho. No he dejado de participar en cursos de formación, grupos de trabajo, proyectos educativos…

También he sido jefe de estudios, primer responsable de centro de adultos y Coordinador de Ciclo.

La conjunción de preparación, experiencia, tiempo e ilusión me han llevado a presentar esta candidatura.

Este proyecto de Dirección no pretende ser exhaustivo ni perfecto. Sobre nuestra visión y los objetivos y finalidades que señalamos, se superponen las aportaciones que realice toda la Comunidad Educativa.  Por tanto creemos que es participativo, abierto, flexible y receptivo a todas las propuestas.

 No presento a los candidatos o candidatas al puesto de Jefe de Estudios o Secretario, porque quiero que estos nombramientos sean consensuados y ofertados a todo el Claustro, si este proyecto es aprobado para ser llevado a cabo.

A nosotros nos cabe la responsabilidad de aunar los esfuerzos, limar las diferencias y conciliar los contrastes. Seremos breves y claros.

 

1. ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN Y LAS ÁREAS DE MEJORA.

 

1.1. ESTUDIO DEL CONTEXTO (REALIDAD SOCIAL, CULTURAL, ECONÓMICA Y LABORAL).

 

Nuestro empeño, en este aspecto, ha sido el de Contextualizar o adecuar al entorno del centro las prescripciones y orientaciones de la Administración Educativa. De esta forma garantizamos que la acción educativa es adecuada para un grupo concreto que se desenvuelve en un entorno singular, que tendrá unas posibilidades y necesidades específicas y diferentes a otros grupos de otros entornos.

De esta forma, por un lado damos paso a conocer los aspectos más destacados del entorno en el que está ubicado nuestro Centro, y por otro lado veremos cómo lo adaptamos al currículo propio del Centro.

Las zonas naturales de La Rambla están inmersas en un proceso de regresión como consecuencia de la influencia del hombre, que ha transformado en cultivos la mayor parte del territorio. De los 137 Km2 que constituyen la totalidad del término, 131 Km2 aparecen censados como cultivos.

Los puntos fuertes de nuestro núcleo urbano son la existencia de una red de plazas y jardines bastante extensa y solamente deficitaria en la zona sur.

La superficie disponible de zonas verdes asciende a 53.363 m2, teniendo en cuenta las instalaciones de la Piscina Municipal y la Fuente del Abad.

Los puntos más frágiles del paisaje urbano se sitúan en los accesos y en la zona centro con zonas industriales mal configuradas y la creación de aparcamientos que afea el paisaje de nuestras calles. Se ha observado también una ausencia casi generalizada de zonas peatonales.

Dentro de la educación en valores debemos incluir el concienciar a nuestros alumnos/as, ciudadanos/as del futuro, de las ventajas de vivir en un entorno saludable medioambientalmente, tomando como referencia nuestro medio más inmediato.

 

Deberemos pues incorporar a nuestra programación actividades complementarias y acciones educativas de defensa del medio urbano y de hábitos de vida saludable, partiendo de nuestro entorno más inmediato: los jardines y zonas verdes de nuestro municipio.

Existe en La Rambla una elevada vida social en torno a algunas de sus zonas verdes, como son el Paseo de la Cultura, el Parque del Arroyazo, el Paseo del Calvario, la Plaza de los Trinitarios, el Llano del Convento, el Paseo de España, el Jardín llamado de “los Pajaritos” y en menor medida el Paseo de la Minilla.

Forman parte de nuestro patrimonio monumentos como la Iglesia de la Asunción, con su fachada plateresca, la Iglesia de la Santísima Trinidad, con los restos del Convento Trinitario, el Torreón del Castillo, con un paño de muralla, la torre del antiguo convento de Santo Domingo o las ermitas de la Caridad, Calvario, Concepción y San José. Existen también algunas casas solariegas pertenecientes a la pequeña nobleza local, levantadas en su mayoría durante el siglo XVIII, estando ubicadas en las calles más céntricas de la población.

Dentro del casco urbano nos encontramos también el Museo de Cerámica de La Rambla, integrado en el Torreón del Castillo y La Casa-Museo Alfonso Ariza que nuestro alumnado debe conocer y visitar.

El Patrimonio Histórico monumental debe de ser conocido por nuestro alumnado. Es el reflejo de una rica historia local, poco conocida, que ayudará a nuestros alumnos a aproximarse a la historia andaluza y española. Para ello deberemos organizar visitas guiadas en colaboración con el Ayuntamiento, Consejería de Cultura, Diputación, Mancomunidad, Iglesia y Culturam (Asociación Cultural Rambleña).

Por otro lado según los datos publicados por el INE a 1 de Enero de 2019 el número de habitantes en La Rambla es de 7.493 (3.713 hombres y 3.780 mujeres). De este número el 2.71% (203) han emigrado a La Rambla desde otros países.

La dinámica demográfica del Municipio de La Rambla se caracteriza por experimentar un lento pero progresivo envejecimiento de la población con disminución de la natalidad.

Uno de los mayores déficits de La Rambla se encuentra en la formación de sus habitantes, La Rambla posee porcentualmente menos población con estudios universitarios que la Campiña Sur, la provincia de Córdoba o Andalucía.

Esta situación se podría explicar por dos hechos fundamentales: la atracción por entornos más urbanos en la población con mayor cualificación y el carácter eminentemente industrial de La Rambla, que permite la incorporación al mercado laboral de jóvenes a muy temprana edad.

Sería pues conveniente una labor de concienciación y sensibilización de la población escolar hacia las enseñanzas regladas, como valor añadido que éstos pueden suponer tanto para proseguir estudios posteriores como para integrarse en la vida social y económica con mayores posibilidades de éxito.  

Debemos pues de emprender en nuestro centro:

·                    Crear una escuela de padres en colaboración con el A.M.P.A. del centro para concienciar de la importancia de los estudios de sus hijos/as.

·                    Desarrollar actividades de refuerzo educativo para los niños-as con mayor déficit por lo menos tres tardes por semana en las materias troncales.

·                    Elaborar y firmar un compromiso educativo para impulsar las medidas anteriores.

·                     A través del Plan de Igualdad, tomar medidas para impulsar la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

La oferta de enseñanza reglada en nuestra localidad se concreta en los siguientes centros educativos, que responden a los criterios de enseñanza para toda la vida y diversidad de la oferta:

          CENTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL. 

          CENTRO DE EDUCACIÓN PERMANENTE DE PERSONAS ADULTAS.

          C.E.I.P. “ALFAR”

          C.E.I.P “MAESTRO ROMUALDO AGUAYO”

          I.E.S. “PROFESOR TIERNO GALVÁN”.

La enseñanza no reglada consiste en la oferta de cursos que realiza fundamentalmente el Área de Juventud, de cultura, de deportes y de asuntos sociales del Ayuntamiento la Universidad Popular de nueva creación en la que capacitan para el desempeño cualificado de mecánica y electricidad.

La oferta socio-cultural de La Rambla se muestra, en opinión de los ciudadanos/ as, suficiente para satisfacer la demanda de sus vecinos/as.

La Rambla disfruta de un tejido asociativo rico y variado en el que participan en mayor o menor medida nuestros alumnos y sus familias.

A lo largo del año tienen lugar numerosos acontecimientos y festividades que contribuyen a mantener viva la identidad cultural de la población, solidez que puede dar pie al desarrollo de formas de turismo basadas en la puesta en valor del patrimonio cultural. En todo caso hay que decir que las fiestas religiosas o con motivos religioso tienen mucha trascendencia en La Rambla. Entre otras destacamos:

          Fiestas y actividades de Navidad.

          Día de Andalucía.

          Carnaval.

          Semana Santa.

          Fiesta de las Cruces.

          Romería de San Isidro.

          Celebraciones privadas de la Primera Comunión.

          Corpus.

          Feria.

 A nivel de infraestructuras, disponemos en La Rambla de instalaciones culturales y deportivas para garantizar los servicios que debe prestar a la ciudadanía y para que en ellos se desarrollen las actividades que se demandan: polideportivo, pabellón cubierto, biblioteca, casa de la cultura y de la juventud.

El número total de parados en octubre del 2020 es de 514, de los cuales 204 son hombres y 310 mujeres).

El sector servicios viene a ocupar a más del 65% de la población activa en La Rambla y el número de parados es de 248 personas, seguido de la agricultura con 104 parados, la industria con 86 parados, las personas sin empleo anterior con 50 parados y por último la construcción con 26 parados.

1.2.- ESTUDIO DEL CENTRO EDUCATIVO.

 

El C.E.I.P. Romualdo Aguayo López cuenta con dos líneas hasta Sexto de Primaria. En los tres edificios originales con los que se abrió el colegio situamos toda la educación primaria. Así en el primer bloque pegado a la calle Cruz Verde situamos en la planta alta a los dos cuartos y en la planta baja a los dos terceros. A continuación, en el bloque central se sitúan los dos sextos en la planta alta y los dos quintos en la baja. En el último bloque se sitúan los dos segundos en la planta alta y los dos primeros en la baja.

Con posterioridad el colegio ha sufrido varias intervenciones que ha dado como resultado la construcción de las seis aulas de educación infantil, el aula matinal con su comedor, el salón de actos y el gimnasio.

Además el centro cuenta con una dotación de pizarra digital y ordenadores en todas las aulas.

La distribución general del Colegio es buena y todas sus dependencias reúnen excelentes condiciones de amplitud y luminosidad salvo 2 aulas que reciben a los alumnos de tercero de primaria y el aula matinal que está demasiado lejos de la entrada del centro.

El Claustro de Profesores lo conforman:

*                 Seis tutores/as de Educación Infantil y una profesora de apoyo.

*                 Doce tutores/as de los tres ciclos de Educación Primaria.

*                 Un profesor de apoyo a la Etapa de Primaria.

*                 Tres profesores de Primaria que ejercen además de Directora, Jefe de Estudios y Secretaria.

*                 Profesorado especialista de Inglés, Educación Física, Música y Religión.

*                 El profesorado de P.T. y A.L.

*                 Dos monitoras escolares.

El Equipo de Ciclo:

Cada ciclo de Educación Primaria está formado por los profesores/as tutores correspondientes a los que se sumará uno o dos especialistas.

Proyectos que se llevan a cabo:

*                 ESCUELAS DEPORTIVAS.

*                 PROGRAMA ALDEA: ECOHUERTOS Y RECAPACICLA.

*                 PLAN DE IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES.

*                 ESCUELA ESPACIO DE PAZ.

*                 BIBLIOTECAS ESCOLARES CON EL PLAN “COMUNICA".

 

Horario Escolar:

El Centro abre sus puertas a las 7:30 de la mañana, hora en la que comienza el servicio de Aula Matinal. Este servicio finaliza a las 9:00 horas.

La jornada escolar es de 9.00 h. a 14.00 h. con tres sesiones de 50 minutos, dos de una hora y un recreo de treinta minutos.

            El Comedor Escolar presta sus servicios desde las 14:00 horas hasta las 16:00 h. aprox.

            A partir de las 16:00 horas comienzan las actividades extraescolares.

Espacios comunes:

*                 Aula de Informática.

*                 Aula de Audiovisuales y Salón de Actos.

*                 Biblioteca.

*                 Gimnasio.

*                 Pistas polideportivas.

Servicios Complementarios:

*                 Aula Matinal.

*                 Comedor Escolar.


 

 

 

 

 

 

 

 


1.2.1.- DIAGNÓSTICO DE FORTALEZAS Y DEBILIDADES DEL CENTRO. ANÁLISIS DAFO.

 

DEBILIDADES

AMENAZAS

 

Ø  El centro educativo se encuentra en el centro de la localidad. Su edificio data de los años 70 y necesita acometer algunas reformas, como la adecuación de dos aulas para tercero de primaria, ubicación del aula matinal (por su lejanía a la puerta de entrada) y sobre todo un aula de informática con ordenadores adecuados.

Ø  El nivel socioeducativo de la población es medio: la mayor parte de la población sólo ha alcanzado los estudios básicos y existe diferencia significativa en el grado de instrucción recibida por géneros. Los niveles medios de la población se refieren a titulaciones no universitarias. Algunos padres y madres poseen estudios universitarios.

Ø  El nivel económico general es medio-alto, pero no sabemos qué puede pasar a partir de ahora con la pandemia que nos asola. En general, el nivel de renta familiar medio puede definirse como aceptable y el nivel de desempleo es medio, en relación con los restantes municipios de la Mancomunidad “Campiña Sur”.

Ø  Las familias de los alumnos inmigrantes son muy diferentes entre ellas, y no sería correcto tratarlas como si pertenecieran a una sola categoría. Conviene sin embargo, mantener una actitud abierta, dado que llegan con grandes dificultades laborales, económicas y sociales….Hemos observado en las familias inmigrantes que llegan a nuestro colegio, la dificultad que tienen para relacionarse adecuadamente con su entorno, debido al desconocimiento de la lengua, el desconocimiento de los recursos de la zona, las limitaciones formativas de los padres, así como las diferencias religiosas.

Ø  No hay, ni formación entre los docentes, ni tradición; para trabajar en CCBB, Rúbricas, Estándares de Aprendizaje; y sobre todo como centro T.I.C.

Ø  El PEC se convierte en un documento inaccesible, tanto para el profesorado en general como para la Comunidad Educativa.

Ø  Mejorar el hábito de estudio e inculcar la importancia de este al alumnado para la mejora de los rendimientos académicos.

Ø  Fomentar la importancia del hábito lector para la mejora de la comprensión y a su vez de las competencias básicas.

Ø   Reunión con los equipos docentes para unificar criterios educativos. Falta de tiempo real.

Ø  Detección temprana y la intervención inmediata con el alumnado que presente dificultades en su desarrollo y aprendizaje, así como el que presente altas capacidades intelectuales especialmente en los primeros niveles educativos.

Ø   Los mecanismos y las medidas de apoyo y refuerzo precisan detectar las dificultades de aprendizaje tan pronto como se produzcan y superar el retraso escolar que pudiera presentar el alumnado, así como el desarrollo intelectual del alumnado con altas capacidades intelectuales.

Ø  Nuestro centro no está acogido al Plan de Acompañamiento Escolar, herramienta muy necesaria para algunos alumnos.

Ø  El centro tiene el martes por la tarde, como día de atención a los padres (tutoría) y realización de actividades de coordinación entre el profesorado (reuniones de ETCP, ciclos y niveles educativos)

 

 

 

Ø    Momento político de incertidumbre. ¿Habrá cambios normativos?

Ø    Falta de pacto político nacional por la educación.

Ø    Imposición de la burocracia. No consensuado por toda la comunidad educativa.

Ø     

FORTALEZAS

OPORTUNIDADES

Ø  Nuestro centro dispone de un aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares.

Ø    En el ajuste horario de las diferentes sesiones de Educación Primaria, se da prioridad a que cada tutor/a esté con sus alumnos/as durante las primeras sesiones, sobre todo en los grupos que tienen asignado/a un maestro/a especialista como tutor/a.

Ø    El profesorado se va renovando, y está mucho mejor preparado en competencias, tecnologías, etc.

Ø    Asegurar la asistencia regular al Colegio de todos nuestros alumnos/as.

Ø    Concienciar a las familias de la importancia de la educación y de la asistencia regular para prevenir posteriores retrasos en el aprendizaje.

Ø    Colaborar con las distintas instituciones para modificar las situaciones que desarrollan el absentismo.

Ø    El currículo de Educación Primaria estará plasmado en aprendizajes relevantes, significativos y motivadores, y que tomará en consideración, como elementos transversales, el fortalecimiento del respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y los valores que preparan al alumnado para asumir una vida responsable en una sociedad libre y democrática. Por ello dichos valores también serán evaluados a través de la observación y de actividades programadas en días especiales (Paz, Constitución, Andalucía, etc...) y tenidos en cuenta en la calificación global del alumnado.

Ø  Apoyo en grupos ordinarios mediante un segundo profesor dentro del aula para reforzar aprendizajes instrumentales.

Ø  Reforzar la autoestima personal, escolar y social de los alumnos con dificultades de aprendizaje, cuyas familias no pueden prestarle apoyo suficiente en la actividad escolar.

Ø  Coordinación con la maestra de apoyo y refuerzo y con la orientadora del E.O.E. El centro dispondrá las medidas de atención a la diversidad, tanto organizativas como curriculares, que permitan una organización flexible de las enseñanzas y una atención personalizada al alumnado en función de sus necesidades. (Agilizar diagnósticos del EOE).

Ø  La evaluación de la propia práctica docente del profesorado se revela como una de las estrategias de formación más potentes para mejorar la calidad del proceso de enseñanza de aprendizaje.

Ø    Fomentar el uso de las nuevas tecnologías en pro de la mejora de los rendimientos escolares.

Ø    Conseguir el máximo desarrollo posible en las competencias clave de nuestro alumnado.

Ø    Para fijar las pautas de la formación del profesorado tendremos presentes las líneas generales de actuación pedagógica y los objetivos para la mejora de los rendimientos escolares, previamente aprobados, fruto de la memoria de autoevaluación y de los resultados de la evaluación. Su carácter será obligatorio e implicará a la totalidad del profesorado necesario para alcanzar los objetivos de mejora propuestos.

En principio, nuestro proyecto de formación en centro se ajustará a las siguientes temáticas:

1. Metodología de enseñanza orientada a la adquisición de competencias básicas.

2. Objetivos para la mejora de los rendimientos escolares.

3.  Itinerario hacia una Escuela TIC.

 Las necesidades de formación del colegio podrán ser detectadas como consecuencia de:

1. La reflexión sobre los procesos de enseñanza y aprendizaje y los resultados del alumnado.

2. Las propuestas de mejora derivadas de los resultados de las pruebas de evaluación de diagnóstico u otras pruebas de evaluación externas que se apliquen en el centro, derivadas del informe que el ETCP y el Claustro aprueban tras la realización de las mismas.

3. Otras propuestas de mejora recogidas en la Memoria de Autoevaluación para su inclusión en el Plan de Centro o fruto de las evaluaciones externas que se realicen.

 

 

1.2.2. SELECCIÓN DE PROBLEMAS IMPORTANTES A ACOMETER.

 

Acción

Temporalización

1

-Establecer medidas para la prevención y detección de las dificultades de aprendizaje del alumnado.

TODO EL CURSO

 

 

2

-Intentar disminuir el número de repetidores en los diferentes ciclos para mejorar el porcentaje de alumnado de sexto en el curso que le corresponde por su edad.

TODO EL CURSO

 

 

3

-Mejorar y controlar el absentismo escolar para favorecer el rendimiento escolar, manteniendo unas reuniones informativas con las familias para hacerles partícipes de la importancia del asunto y la conveniencia de la justificación de las faltas de forma adecuada.

TODO EL CURSO

 

 

4

-Conseguir el máximo desarrollo posible en las competencias básicas de nuestro alumnado, introduciendo poco a poco y de forma progresiva el trabajo con UDIS, RÚBRICAS, Evaluación por Competencias…

TODO EL CURSO

 

 

5

-Adaptar el proceso educativo a las capacidades y peculiaridades del alumnado respetando su propio ritmo de aprendizaje, agilizando, dentro de lo posible, el proceso de detección y elaboración de las ACIS y alumnado de Altas Capacidades.

 

PRIMER TRIMESTRE

 

 

6

-Fomentar el uso de las nuevas tecnologías como instrumento motivador y dotar de estrategias que permitan al alumnado adquirir nuevos aprendizajes a través de ellas. Uso de plataforma Moodle y sobre todo recursos de editorial SM.

TODO EL CURSO

 

 

7

-Mejorar el hábito de estudio e inculcar la importancia de éste al alumnado para la mejora de los rendimientos académicos, incluyendo algunas técnicas (mapas conceptuales, subrayado, resúmenes) en las horas de tutoría.

TODO EL CURSO

 

 

8

-Fomentar la importancia del hábito lector para la mejora de la comprensión y a su vez de las competencias básicas, elaborando y llevando a cabo un Plan Lector que forme parte de la evaluación del alumnado.

TODO EL CURSO

 

 

9

-Transmitir e inculcar al alumnado valores de respeto, trabajo cooperativo y habilidades sociales, que le permitan un desarrollo efectivo en nuestra sociedad.

TODO EL CURSO

 

 

10

-Mejorar las comunicaciones internas y externas en la Comunidad Educativa

TODO EL CURSO

 

 

 

2.- OBJETIVOS Y FINALIDADES DEL PROYECTO.

 

Nuestro centro debe de tener dos grandes objetivos que cumplir. Uno de ellos hace referencia a la continua mejora en la formación integral de nuestro alumnado. El otro incide en el entorno de nuestro centro y larelación con él; y pretende conseguir la integración y la armonía entre todos los que formamos esta comunidad educativa.

Estos dos grandes objetivos se concretan en los siguientes:

 

Ø  Consensuar y desarrollar el Reglamento de Organización y Funcionamiento (R.O.F.) como el documento que recoge las normas organizativas y funcionales que han de regular la convivencia en nuestro Centro y la consecución del clima adecuado para alcanzar los objetivos que el centro se ha propuesto permitiendo mantener un ambiente de respeto, confianza y colaboración entre todos los sectores de la comunidad educativa. (Ver hitos de desarrollo del R.O.F.)

Ø  Conseguir el máximo desarrollo posible en las competencias básicas de nuestro alumnado.

Ø  Desarrollar el Plan Lector como medida que nos ayude a consolidar y mejorar la Competencia Lingüística.

Ø   Crear un Banco de Recursos en la red, que nos ayude a mejorar las Competencias Básicas, prestando especial atención a la matemática (resolución de problemas, actividades interactivas).

Ø  Solicitar El Plan de Acompañamiento para el centro en Matemáticas, Lengua Castellana y Extranjera (Inglés).

 

Ø    Conseguir de forma gradual los objetivos propuestos por los Equipos Docentes en relación a los resultados de las pruebas ESCALA y DE DIAGNÓSTICO realizadas por el alumnado de 2º y 4º de Primaria.

Ø  Adaptar el proceso educativo a las capacidades y peculiaridades de los alumnos/as, respetando su propio ritmo de aprendizaje. . Implementar la Atención a la Diversidad como una herramienta organizativa y curricular que nos permita adaptarnos a las “necesidades de aprendizaje” de nuestro alumnado, así como su inclusión escolar y social.

Ø    Realizar una orientación escolar personal adecuada, así como unos refuerzos orientados hacia la misma, con la colaboración y apoyo del EOE.

Ø    Promover la educación intercultural en el centro desde un planteamiento global, dirigida a todo el alumnado y asumida por toda la comunidad educativa.

Ø    Fomentar valores personales, solidarios y democráticos para conseguir de nuestros alumnos/as unos ciudadanos comprometidos, respetuosos y responsables.

Ø  Desarrollar una intervención preventiva como medio para lograr un buen clima de convivencia: respeto mutuo, la comprensión, la solidaridad y la interiorización de las normas de convivencia. (Ver Plan de Convivencia). 

Ø    Convertir nuestro Centro en un lugar en el que todos estemos a gusto, cuidando su limpieza y ornamentación, e inculcando en el alumnado la conciencia de pertenecer a una comunidad escolar que sientan como suya.

Ø    Fomentar la coeducación, tanto en la relación entre los sexos como en la que se establece con personas de otras culturas, aprendiendo el respeto y la consideración de iguales hacia los demás.

Ø    Inculcar en el alumnado el rechazo a todo tipo de discriminación, ya sea racial, religiosa o de género.

Ø    Incrementar la colaboración y participación de padres y madres en la vida del Centro.

Ø  Establecer el Plan de Comunicación como una herramienta de trabajo para el beneficio de la Comunidad Educativa (Ver hitos de desarrollo en Planes de Actuación).

Ø    Incrementar y mantener las relaciones del centro con el entorno, intentando    crear una institución docente abierta y sensible a las condiciones socioculturales que la rodean. 

Ø  Fomentar y favorecer la progresiva digitalización del centro a través del uso de las nuevas tecnologías para favorecer el proceso de aprendizaje (Plataforma de SM y Moodle) y la Comunicación Externa (Symbaloo).

Ø  Realizar un diagnóstico inicial, de los recursos materiales de los que dispone el centro, para poder señalar las necesidades y desarrollar un Proyecto de Gestión eficaz.

Ø  Recoger en el Plan de Autoprotección las deficiencias del centro, como seguridad de escaleras, pasillos y servicios de los alumnos.

3.- PLANES DE ACTUACIÓN. LÍNEAS GENERALES DE ACTUACIÓN PEDAGÓGICA.

 

A. Difundir y extender valores como la democracia, el respeto y la tolerancia, así como desarraigar toda manifestación de discriminación.

Un centro educativo debe inculcar en su Comunidad Educativa los valores democráticos basados en el respeto a los demás y la tolerancia frente a ideas que puedan ser diferentes a las de cada uno. Al mismo tiempo, no puede permitir actitudes de discriminación por razón de sexo, raza o religión ni el abuso ni el acoso a ningún miembro de la Comunidad Educativa.

En momentos de incertidumbre y cambio se necesitan referencias formativas y el centro las puede aportar siendo una institución no sólo académica, de estudio de disciplinas o asignaturas, sino también de formación integral, fomentando valores como la responsabilidad, el esfuerzo, la tolerancia, etc., y que intente compensar un poco la falta de esos valores en la sociedad actual.

B. Conseguir una enseñanza de calidad que proporcione al alumnado las máximas posibilidades de desarrollo personal según sus capacidades. 

Partir del nivel de desarrollo del alumnado: grado de madurez, nivel de competencia, refuerzo de los conceptos previos más débiles.

Asegurar aprendizajes constructivos y significativos a partir de la evaluación inicial, diagnosticando los conocimientos previos y conectándolos con los nuevos.

Buscar aspectos metodológicos comunes a todo el profesorado del centro, proporcionando de este modo a la práctica educativa de uniformidad y lo consiguiente sensación de seguridad del alumnado al percibirla.

Favorecer el aprendizaje autónomo (Aprender a aprender) facilitando que pueda desarrollar su actividad con la mínima ayuda necesaria; consolidando los enlaces entre los conocimientos previos y los nuevos; estructurando y dosificando los nuevos contenidos conceptuales de forma apropiada (redes, esquemas y mapas); partiendo de lo próximo a lo lejano y promoviendo la funcionalidad de los aprendizajes, aplicándolos y transfiriéndolos a otras situaciones o contenidos diferentes.

La extensión de la enseñanza obligatoria y los cambios sociales han provocado una gran diversidad en el alumnado. Ello ha creado la necesidad de dar respuesta desde el sistema educativo a múltiples motivaciones y características, y una educación de calidad es la que consiga, en la medida de las posibilidades, dar respuesta a las mismas, ofreciendo posibilidades de desarrollo personal en cuanto a conocimientos y competencias básicas, y que cada alumno y cada alumna sea capaz de desarrollar al máximo su proceso de aprendizaje teniendo en cuenta su situación.

C. La educación es una responsabilidad de toda la Comunidad y por ello el Centro tiene que estar abierto a ella.

Estamos viviendo cambios sociales y educativos muy importantes donde el papel del profesorado y de las familias ha cambiado y está cambiando y donde los estímulos del alumnado son muy diferentes a los que existían en otros momentos. Por eso, la responsabilidad de la educación de nuestro alumnado debe recaer tanto en la familia como en el profesorado, porque únicamente trabajando en la misma dirección podemos conseguir nuestro objetivo.

Para ello, el Centro debe abrirse a su Comunidad, a su contexto, a la realidad que lo rodea y debe permanecer vigilante para adaptarse a los posibles cambios sociales y, de esta manera, afrontar con ciertas garantías de éxito el aprendizaje de toda la Comunidad Educativa.

Este Proyecto de Dirección debe de sustentar y estar integrado en El Plan de Centro que incluye a su vez, algunos Planes de Actuación para su aplicación.

La mejora y el avance en la digitalización del centro, es primordial para el desarrollo de este Proyecto de Dirección.

Necesitamos desarrollar un Aula de Informática con los medios que tenemos actualmente, como son los ultraportátiles, arreglar las conexiones Wifi de algunas aulas y preparar al profesorado para trabajar con la plataforma de SM y Moodle a través de reuniones formativas, grupos de trabajo y cursos de formación.

Cuando analizamos las principales carencias y debilidades recalcamos “la falta de vías información general” tanto exterior como interior (Ver Plan de Comunicación) como una necesidad permanente para toda la comunidad educativa. Además de las comunicaciones de carácter individual, por WhatsApp, Pasen, correo electrónico, carta…no existe otro recurso actualmente.

Por tanto, debemos buscar una herramienta que sirva de eje vertebrador y que canalice toda la información tanto dentro como fuera del centro. Mi propuesta es muy sencilla, “la aplicación Symbaloo” que vemos a continuación desde el siguiente enlace:

https://www.symbaloo.com/home/mix/13eOcPFe9h

Como se puede observar la aplicación es muy fácil de manejar, intuitiva y renovable. Para quien no la conozca, en realidad es un conjunto de enlaces que nos llevarán fácilmente al Blog del centro, al de nuestra clase, a consultar el Proyecto de Centro, los distintos planes y programas que se desarrollan, acceder a Moodle, SM, AMPA, Google Drive del centro…

Algunos apartados de este proyecto se recogen de forman muy sumaria en el documento que tienen ustedes en Pdf, pero en esta aplicación podrán encontrar todo el Plan de Centro, con su Proyecto de Dirección y todos los Planes y Proyectos desarrollados en su totalidad.

Algunos de ellos son los siguientes:

ü    Reglamento de Organización y Funcionamiento. (R.O.F.)

ü    Plan de Comunicación.

ü    Plan de Gestión del tiempo.

ü    Plan de Atención a la Diversidad.

ü    Plan de Igualdad entre hombres y mujeres.

ü    Plan de Convivencia.

ü    Plan de Lector. Proyecto Comunica.

ü    Programa Aldea: Ecohuertos y Recapacicla.

ü    Plan de Gestión.

ü    Plan de Autoprotección. (Riesgos Laborales).

3.1.- REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO.

            ÍNDICE   R.O.F.                                      

 

0. INTRODUCCIÓN (Elementos, Finalidades y Base Legal).  

1. PARTICIPACIÓN DE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD

EDUCATIVA.

1.1. EL PROFESORADO.

1.1.1. Funciones y deberes del profesorado.

 1.1.2. Derechos del profesorado.

1.2. LAS FAMILIAS.

 1.2.1. Derechos de las familias.

1.2.2. Colaboración de las familias.

 1.2.3. A.M.P.A.

1.2.4. Medidas para favorecer la participación.

1.2.5. Ámbitos de participación.

1.3. PARTICIPACIÓN DE LOS ALUMNOS.

1.3.1. Deberes del alumnado.

1.3.2. Derechos del alumnado.

1.3.3. Ejercicio efectivo de determinados derechos.

1.3.4. Participación del alumnado.

1.4. PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS.

1.4.1. Derechos y obligaciones.

1.4.2. Monitor Escolar.

1.4.3. Monitor de Educación Especial.

1.5. PERSONAL NO DOCENTE CONTRATADO POR OTRA ADMON.

 1.5.1. Conserje.

1.5.2. Personal de limpieza.

 

1.6 ÓRGANOS DE GOBIERNO UNIPERSONALES. EQUIPO DIRECTIVO.

 1.6.1. El Equipo directivo.

 1.6.2. Director.

a) Competencias de la Dirección.

b) Potestad disciplinaria de la Dirección.

1.6.3. Competencias del Jefe de Estudios.

1.6.4. Competencias del Secretario.

1.6.5. Nombramiento y cese del Jefe de Estudios y Secretario.

1.6.6. Sustitución de los miembros del Equipo Directivo.

1.7.ÓRGANOS COLEGIADOS.

1.7.1. El Consejo Escolar.

a) Composición, competencias, régimen de funcionamiento.

b) Comisiones del consejo Escolar.

1.7.2. El Claustro de Profesores.

a) Carácter y composición del Claustro de Profesores. Atribuciones y funciones legales del Claustro.

b) Régimen de funcionamiento del Claustro de Profesores.

1.8. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE

1.8.1. Equipos Docentes.

 1.8.2. Equipos de Ciclo.

-Composición y competencias.

a) Coordinadores de ciclo.

Designación y cese de los Coordinadores de Ciclo. Competencias del Coordinador de Ciclo.

1.8.3. Equipos de Orientación.

1.8.4. Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica.

 1.8.5. Tutores.

-1º Tutoría y designación de tutores.        

-2º. Funciones del tutor.

 

2. CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA COMUNICACIÓN DE LOS ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS Y DE COORDINACIÓN DOCENTE. ADMISIÓN Y EVALUACIÓN DEL ALUMNADO.

2.1. Comunicación.

 2.2. Admisión.

2.3. Evaluación y promoción.

 

3. RECURSOS MATERIALES.

3.1. Edificios.

3.2. Materiales didácticos.

3.2.1. Libros de texto.

3.2.2. Material Fungible.

 3.3. Biblioteca.

3.4. Instalaciones Deportivas.

 

4.-ORGANIZACIÓN DE LA VIGILANCIA DE LOS TIEMPOS DE RECREO Y DE LOS PERIODOS DE ENTRADAS Y SALIDAS DE CLASE.

4.1 Organización de los recreos.

4.2 Entradas y salidas de clase.

 

5.-COLABORACIÓN DE LOS TUTORES Y TUTORAS EN LA GESTIÓN DEL

PROGRAMA DE LIBROS DE TEXTO.

6. PLAN DE AUTOPROTECCIÓN DEL CENTRO.

 

7. PROCEDIMENTO PARA LA DESIGNACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LOS EQUIPOS DE EVALUACIÓN.

 

8.  CRITERIOS PARA  LA  ORGANIZACIÓN DE  ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES  Y COMPLEMENTARIAS. VIAJES DEL ALUMNADO.

8.1. Actividades Extraescolares.

8.2 Actividades Complementarias.

8.3 Criterios para la planificación de los viajes del alumnado.

8.3.1. Destinos.

8.3.2. Participantes.

 8.3.3. Duración.

8.3.4. Financiación.

 

9. NORMAS DE UTILIZACIÓN DE TELÉFONOS MÓVILES Y ACCESO A

INTERNET.

 9.1 Móviles.

9.2. Internet.

9.3 Fotos y grabaciones.

 

10. UNIFORME DEL ALUMNADO.

 

11. CERTÁMENES.

 

12. REVISIÓN Y APROBACIÓN DEL ROF.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

INTRODUCCIÓN.

Este Reglamento de Organización y Funcionamiento es el documento que recoge el conjunto de normas organizativas y funcionales que han de regular la convivencia en nuestro Centro y la consecución del clima adecuado para alcanzar los objetivos que el Centro se ha propuesto permitiendo mantener un ambiente de respeto, confianza y colaboración entre todos los sectores de la comunidad educativa.

Todos los miembros de la comunidad educativa estarán obligados a respetar y cumplir este Reglamento, conforme a su situación en la misma.

Pretendemos que tenga las siguientes características:

a) Que sea un instrumento útil, sencillo y con aplicación práctica.

b) Que esté consensuado al máximo entre los distintos sectores educativos.

c) Que tenga entre sus metas una mayor participación de todos los colectivos implicados.

Podemos señalar como elementos propios de este R.O.F., los siguientes:

a) Los cauces de participación de los distintos sectores de la comunidad educativa en todos los aspectos recogidos en el Plan de Centro.

b) Los criterios y procedimientos que garanticen el rigor y la transparencia en la toma de decisiones por los distintos órganos de gobierno y de coordinación docente, especialmente en la escolarización y evaluación del alumnado.

c) La organización de los espacios, instalaciones y recursos materiales del centro, así como las normas para su uso correcto.

d) La organización de la vigilancia de los tiempos de recreo y de los periodos de entrada y salida de clase.

e) La forma de colaboración de los tutores y tutoras en la gestión del programa de gratuidad de libros de texto.

f) El plan de autoprotección del centro.

g) El procedimiento para la designación de los miembros de los equipos de evaluación para la memoria de autoevaluación (Decreto 328/2010 art. 26.5)

h) Criterios para la organización de actividades extraescolares y complementarias, especialmente los viajes del alumnado.

i) Las normas para la utilización en el centro de teléfonos móviles y otros aparatos electrónicos, así como el procedimiento para garantizar el acceso seguro a Internet del alumnado, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 25/2007, de 6 de febrero, por el que se establecen medidas para el fomento, la prevención de riesgos y la seguridad en el uso de de Internet y las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) por parte de las personas menores de edad.

 Cualquier otro aspecto relativo a la organización y funcionamiento del Centro no contemplado en la normativa vigente a la que, en todo caso, habrá de supeditarse.

 

Las finalidades que pretendemos alcanzar con el presente R.O.F. serán:

a) Regular la ordenación de la práctica docente.

b) Fomentar fórmulas organizativas para la participación de los distintos sectores.

c) La organización de recursos humanos y materiales puestos en acción para conseguir los objetivos que se proponga el Centro.

d) Regular lo no recogido en el marco legislativo.

e) Conseguir que las competencias que tienen atribuidas los órganos de gobierno, tanto unipersonales como colegiados, estén suficientemente concretadas en la práctica y establecidos los canales de comunicación entre las distintas estructuras, para la mejor consecución de los objetivos educativos del Centro.

f) Servir para resolver problemas de organización que se dan por vacío de normas, o por tener poco claro el proceso a seguir para resolverlos.

 

BASES LEGALES PARA LA ELABORACIÓN DEL PRESENTE R.O.F.

 

-LOE art. 118. Principios generales.

 Participación en el funcionamiento y gobierno de los centros públicos y privados concertados.

-LEA art. 135. Composición y competencias Consejo Escolar.

-Art. 7 y 8 Derechos y deberes del alumnado.

-Art. 13, 136, 137,137, 140,141. Participación profesorado.

-Art. 29, 30, 31, 32, 33, 34. Familias.

-Decreto 2320/2007. Art. 12 Promoción del alumnado.

-Orden 10-08-2007 Currículo Andalucía. LEA. Art. 27 PAS.

-Decreto 328/2010 de 13 de julio por el que se aprueba el ROC de los colegios de primaria.

-Orden 20 de agosto 2010. Por la que se regula la organización y funcionamiento de las escuelas y colegios de educación primaria.

-Acuerdo de 6 de mayo de 1997, de la D.G.T. y Seguridad Social. (BOJA. nº 62. 31 de mayo de 1997).

-Acuerdos del VI convenio colectivo del personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía. 7/1/2005.

-Orden de 26 de junio de 1988, por la que se regula la utilización de las instalaciones de los Centros Docentes Públicos no Universitarios por los municipios y otras entidades públicas o privadas.

 

1. PARTICIPACIÓN DE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

(Debemos tener en cuenta el plan de gestión del tiempo siempre que realicemos alguna reunión, bien de los órganos colegiados o de cualquier otro tipo).

Este es el enlace a la aplicación creada para poder ver la gestión del tiempo.

https://view.genial.ly/5adb068021cb031fdb5ad347/interactive-content-32-gestion-del-tiempo

 

1.1. EL PROFESORADO: funciones, deberes y derechos del profesorado.

 

1.1.1. Funciones y deberes del profesorado.

Las funciones y deberes de los maestros y maestras son, entre otros, las siguientes:

a) La programación y la enseñanza de las áreas que tengan encomendadas.

b) La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos de enseñanza.

c) La tutoría del alumnado, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias.

d) La orientación educativa en colaboración con los equipos de orientación educativa.

e) La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado.

f) La promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro o fuera del recinto educativo, programadas por los centros.

g) La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, de tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en el alumnado los valores de la ciudadanía democrática.

h) La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo.

i) La coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean encomendadas.

j) La participación en la actividad general del centro.

k) La participación en las actividades formativas programadas por los centros como consecuencia de los resultados de la autoevaluación o de las evaluaciones internas o externas que se realicen.

l) La participación en los planes de evaluación que determine la Consejería competente en materia de educación o los propios centros.

m) La investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de enseñanza correspondiente.

n) El conocimiento y la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación como herramienta habitual de trabajo en el aula.

2. El profesorado realizará estas funciones incorporando los principios de colaboración, de trabajo en equipo y de coordinación entre el personal docente y el de atención educativa complementaria.

 

1.1.2. Derechos del profesorado.

 

- El profesorado de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, en su condición de funcionario, tiene los derechos individuales y colectivos previstos en la legislación básica de la función pública.

- Asimismo, y en el desempeño de su actividad docente tiene, además, los siguientes derechos individuales:

 a) Al reconocimiento de su autoridad magistral y académica.

b) A emplear los métodos de enseñanza y aprendizaje que considere más adecuados al nivel de desarrollo, aptitudes y capacidades del alumnado, de conformidad con lo establecido en el proyecto educativo del centro.

c) A intervenir y participar en el funcionamiento, la organización y gestión del centro a través de los cauces establecidos para ello.

d) A recibir la colaboración activa de las familias, a que éstas asuman sus responsabilidades en el proceso de educación y aprendizaje de sus hijos e hijas y a que apoyen su autoridad.

e) A recibir el apoyo permanente, el reconocimiento profesional y el fomento de su motivación de la Administración educativa.

f) A recibir el respeto, la consideración y la valoración social de la familia, la comunidad educativa y la sociedad, compartiendo entre todos la responsabilidad en el proceso educativo del alumnado.

g) Al respeto del alumnado y a que estos asuman su responsabilidad de acuerdo con su edad y nivel de desarrollo, en su propia formación, en la convivencia, en la vida escolar y en la vida en sociedad.

h) A elegir a sus representantes en el Consejo Escolar y a postularse como representante.

i) A participar en el Consejo Escolar en calidad de representantes del profesorado de acuerdo con las disposiciones vigentes.

j) A la formación permanente para el ejercicio profesional.

 

1.2 .PARTICIPACIÓN DE LAS FAMILIAS.

 

1.2.1. Derechos de las familias.

Las familias tienen derecho a:

a) Recibir el respeto y la consideración de todo el personal del centro.

b) Participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas, apoyando el proceso de enseñanza y aprendizaje de éstos.

c) Ser informadas de forma periódica sobre la evolución escolar de sus hijos e hijas.

 d) Ser oídas en las decisiones que afecten a la evolución escolar de sus hijos e hijas.

e) Ser informadas de los criterios de evaluación que serán aplicados a sus hijos e hijas.

 f) Ser informadas puntualmente de las faltas de asistencia de sus hijos e hijas al centro.

g) Suscribir con el centro docente un compromiso educativo para procurar un adecuado seguimiento del proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas.

h) Conocer el Plan de Centro.

i) Ser informadas de las normas de convivencia establecidas en el centro.

j) Recibir notificación puntual de las conductas contrarias o gravemente perjudiciales para la convivencia realizadas por sus hijos e hijas.

k) Suscribir con el centro docente un compromiso de convivencia, con objeto de establecer mecanismos de coordinación con el profesorado y con otros profesionales que atienden al alumno o alumna que presente problemas de conducta o de aceptación de las normas escolares, y de colaborar en la aplicación de las medidas que se propongan, tanto en el tiempo escolar como extraescolar, para superar esta situación.

l) Recibir información de las actividades y régimen de funcionamiento del centro, así como de las evaluaciones de las que haya podido ser objeto.

m) Recibir información sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados en el centro.

n) Participar en la vida del centro y en el Consejo Escolar.

ñ) Utilizar las instalaciones del centro en los términos que establezca el Consejo Escolar.

 

1.2.2. Colaboración de las familias.

- Los padres y las madres o representantes legales, como principales responsables que son de la educación de sus hijos e hijas o pupilos, tienen la obligación de colaborar con los centros docentes y con los maestros y maestras.

- Esta colaboración de las familias se concreta en:

a) Estimular a sus hijos e hijas en la realización de las actividades escolares para la consolidación de su aprendizaje que les hayan sido asignadas por el profesorado. b) Respetar la autoridad y orientaciones del profesorado.

c) Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro.

d) Procurar que sus hijos e hijas conserven y mantengan en buen estado los libros de texto y el material didáctico cedido por los centros.

e) Cumplirán con las obligaciones contraídas en los compromisos educativos y de convivencia que hubieran suscrito con el centro.

 

1.2.3. Asociaciones de madres y padres del alumnado.

 

a) Las madres, padres y representantes legales del alumnado matriculado en los centros a los que se refiere el presente Reglamento podrán asociarse de acuerdo con la normativa vigente.

b) Las asociaciones de madres y padres del alumnado tendrán las finalidades que se establezcan en sus propios estatutos, entre las que se considerarán, al menos, las

siguientes:

- Asistir a los padres, madres o representantes legales del alumnado en todo aquello que concierna a la educación de sus hijos e hijas o menores bajo su guarda o tutela. - Colaborar en las actividades educativas del centro.

- Promover la participación de los padres, madres o representantes legales del alumnado en la gestión del centro.

c) Las asociaciones de madres y padres del alumnado tendrán derecho a ser informadas de las actividades y régimen de funcionamiento del centro, de las evaluaciones de las que haya podido ser objeto, así como del Plan de Centro establecido por el mismo.

d) Las asociaciones de madres y padres del alumnado se inscribirán en el Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza, a que se refiere el Decreto 71/2009, de 31 de marzo, por el que se regula el Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza.

e) Se facilitará la colaboración de las asociaciones de madres y padres del alumnado con los equipos directivos de los centros, y la realización de acciones formativas en las que participen las familias y el profesorado.

 

1.2.4. Medidas para favorecer la participación.

Para conseguir una mayor efectividad en la participación habría que propiciar una serie de medidas favorecedoras entre las que podríamos destacar las siguientes:

a) Como cuestión previa, hay que organizar a principio de curso una reunión para informar a los padres de todos los aspectos que, en este sentido, les interesan: criterios de evaluación, objetivos, funcionamiento de las clases, tutorías, el aula de su hijo, normativa del Centro, etc.

b) Conseguir que la información sea eficaz y fluida. En este sentido sería interesante la utilización de circulares informativas y página web del Centro.

c) Posibilitar nuevos contactos, además de los usuales, entre padres/profesores /alumnos de los que podrán salir nuevas tareas de colaboración.

d) Crear la "Escuela de padres", mejorando la formación de los padres y los profesores sobre lo que significa participar en el ámbito escolar y los beneficios que, con un trabajo coordinado, se aportarían al Centro.

e) Aprovechamiento de la experiencia profesional y social de los padres y optimización de la aportación de éstos a la escuela.

f) Información y difusión sobre las experiencias llevadas a cabo en otros centros educativos en este sentido y que podrían servir de orientación para nuestro Centro escolar.

 

1.2.5. Ámbitos de participación.

Los padres podrán participar en los siguientes ámbitos:

-.En el Consejo Escolar.

a) Los representantes establecerán canales de información adecuados para favorecer la comunicación con sus representados.

b) Las convocatorias del Consejo Escolar se harán con suficiente antelación, de forma que los padres se puedan poner en contacto con sus representados y puedan consensuar sus posturas y sus decisiones.

c) Se debe incentivar la preparación de las sesiones así como la difusión de los acuerdos tomados en el seno de éstas.

- En el aula.

a) A principios de curso, los padres de alumnos de cada grupo elegirán un representante para que actúe y ejercite las funciones de vocal o delegado de los padres y madres de ese grupo, recogiendo las iniciativas y sugerencias generales de los padres y madres de los alumnos del grupo y las traslade al tutor o al órgano competente.

c) El delegado de los padres y madres de cada grupo podrá reunirse con el tutor de la clase, al menos una vez al trimestre, para comentar y analizar los asuntos relacionados con la educación de los alumnos y otras posibles incidencias en la marcha del grupo.

d) Los padres, en general, deberían participar en la vida del aula a través de su asistencia a las reuniones reglamentarias, una por trimestre, convocadas por el tutor y por medio de su asistencia y colaboración en las actividades extraescolares y complementarias que, con carácter general, se organicen en el Centro.

e) El Colegio establecerá, al comienzo de cada curso, un horario de tutorías que facilite la asistencia de los padres. Este horario será, al menos, de una hora semanal, sin perjuicio de otras que se consideren necesarias. Los padres podrán acudir a la tutoría en la hora señalada de forma voluntaria, y siempre que lo solicite el tutor de forma expresa.

f) Los padres deben asumir obligaciones con respecto a la solución de problemas disciplinarios de los hijos.

-En la A.M.P.A.

a) Para el mejor funcionamiento del Centro es conveniente que exista un alto grado de colaboración entre éste y la A.M.P.A. En este sentido, el Colegio deberá informar a la A.M.P.A. de todo aquello que sea de interés general del Centro, así como poner a su disposición los locales, instalaciones y material.

b) La Junta directiva de la A.M.P.A. podrá reunirse, al menos una vez al principio de curso y otra al final del mismo con el Equipo Directivo y, con carácter excepcional, cada vez que algún tema lo requiera, a petición de alguna de las partes, para intercambiar y contrastar informaciones o tratar algún tema de su competencia así como para organizar actividades educativas y/o extraescolares.

c) Será obligación de la Junta Directiva de la A.M.P.A. remitir al Equipo

Directivo, al principio de cada curso, su plan de acción para que sea incluido en el Plan de Centro.

d) La A.M.P.A. no incluirá en sus aportaciones y sugerencias los aspectos docentes, que son competencia exclusiva del Claustro de Profesores.

e) Podrá elaborar informes para el Consejo Escolar a iniciativa propia o a petición de éste.

f) Elaborará propuestas de modificación de este R.O.F.

g) Recibirá un ejemplar del Plan de Centro y de las revisiones que se puedan hacer a éste.

h) Recibirá información sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados por el Centro.

 

1.3. PARTICIPACIÓN DE LOS ALUMNOS.

 

1.3.1. Deberes del alumnado.

Son deberes del alumnado:

a) El estudio, que se concreta en:

1º La obligación de asistir regularmente a clase con puntualidad.

2º Participar activa y diligentemente en las actividades orientadas al desarrollo del currículo, siguiendo las directrices del profesorado.

3º El respeto a los horarios de las actividades programadas por el centro.

4º El respeto al ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros y compañeras.

5º La obligación de realizar las actividades escolares, para consolidar su aprendizaje, que le sean asignadas por el profesorado.

b) Respetar la autoridad y las orientaciones del profesorado.

c) Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales y la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa, así como la igualdad entre hombres y mujeres.

d) Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro docente y contribuir al desarrollo del proyecto educativo del mismo y de sus actividades.

e) Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en el centro.

f) Participar en los órganos del centro que correspondan, así como en las actividades que este determine.

g) Utilizar adecuadamente las instalaciones y el material didáctico, contribuyendo a su conservación y mantenimiento.

h) Participar en la vida del centro.

i) Conocer la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para Andalucía, con el fin de formarse en los valores y principios recogidos en ellos.

 

1.3.2. Derechos del alumnado.

El alumnado tiene derecho:

a) A recibir una educación de calidad que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad y de sus capacidades.

b) Al estudio.

c) A la orientación educativa y profesional.

d) A la evaluación y el reconocimiento objetivos de su dedicación, esfuerzo y rendimiento escolar. A estos efectos, tendrá derecho a ser informado de los criterios de evaluación que serán aplicados.

e) A la formación integral que tenga en cuenta sus capacidades, su ritmo de aprendizaje y que estimule el esfuerzo personal, la motivación por el aprendizaje y la responsabilidad individual.

f) Al acceso a las tecnologías de la información y la comunicación en la práctica educativa y al uso seguro de internet en los centros docentes.

g) A la educación que favorezca la asunción de una vida responsable para el logro de una sociedad libre e igualitaria, así como a la adquisición de hábitos de vida saludable, la conservación del medio ambiente y la sostenibilidad.

h) Al respeto a su libertad de conciencia y a sus convicciones religiosas y morales, así como a su identidad, intimidad, integridad y dignidad personales.

i) A la igualdad de oportunidades y de trato, mediante el desarrollo de políticas educativas de integración y compensación.

j) A la accesibilidad y permanencia en el sistema educativo, en los términos previstos en el artículo 7.2 i) de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.

k) A la libertad de expresión y de asociación, así como de reunión en los términos establecidos en el artículo 8 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.

l) A la protección contra toda agresión física o moral.

m) A la participación en el funcionamiento y en la vida del centro y en los órganos que correspondan, y la utilización de las instalaciones del mismo.

n) A conocer la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para Andalucía.

ñ) A ser informado de sus derechos y deberes, así como de las normas de convivencia establecidas en el centro, de forma adecuada a su edad.

 

1.3.3. Ejercicio efectivo de determinados derechos.

1. Para favorecer el ejercicio de la libertad de expresión del alumnado, la jefatura de estudios favorecerá la organización y celebración de debates u otras actividades análogas adecuadas a su edad, en las que éste podrá participar.

2. Asimismo, en las normas de convivencia se establecerá la forma, los espacios y lugares donde se podrán fijar escritos del alumnado en los que ejercite su libertad de expresión.

 

 

1.3.4. Participación del alumnado

a). Delegados y delegadas de clase.

1º. El alumnado de cada clase de educación primaria elegirá, por sufragio directo y secreto, por mayoría simple, durante el primer mes del curso escolar, un delegado o delegada de clase, así como un subdelegado o subdelegada, que sustituirá a la persona que ejerce la delegación en caso de vacante, ausencia o enfermedad.

2º. Los delegados y delegadas colaborarán con el profesorado en los asuntos que afecten al funcionamiento de la clase y, en su caso, trasladarán al tutor o tutora las sugerencias y reclamaciones del grupo al que representan.

3º El delegado actuará de moderador en las reuniones habidas en el aula. Por ausencia del delegado dicha función la realizarán el subdelegado.

4º. El delegado solicitará al tutor la celebración de reuniones de clase y le comunicará los temas a tratar.

5º. La duración del mandato será de un curso escolar, aunque el delegado podrá cesar por voluntad propia debiendo explicar los motivos que determinen el cese. Podrá ser cesado por el director, a propuesta del tutor, si comete varias faltas de disciplina.

b). Reuniones de clase.

1º) Los alumnos de un grupo de clase podrán reunirse, en su aula, para tratar temas de interés escolar: elección de delegado, quejas sobre funcionamiento de algunas clases, actividades extraescolares y complementarias,...

2º) Dichas reuniones se realizarán fuera de las horas lectivas, preferiblemente en el recreo o en la hora no lectiva de permanencia del profesorado en el centro.

3º) En estas reuniones actuará de moderador el delegado de la clase, y en su ausencia el subdelegado. El moderador velará para que la reunión se lleve a cabo dentro de un marco democrático y participativo en el que cada uno tenga la oportunidad de expresar sus propias opiniones y respetar no sólo el turno de palabra sino también las diferentes ideas.

4º) En estas reuniones actuará de secretario el subdelegado o el tercer candidato más votado del curso, si este moderara dicha reunión, que tomará nota de los acuerdos habidos en el seno de la misma para que surtan los efectos oportunos.

5º) En los cursos que el tutor lo considere oportuno, sobre todo en los más pequeños, éste suscitará y moderará debates relacionados con temas que afecten al grupo.

1.4.  EL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS.

Normativa: Acuerdos del VI convenio colectivo del personal laboral al servicio de la

Junta de Andalucía. 7/1/2005

 

1.4.1.  Derechos y obligaciones.

1. El personal de administración y servicios y de atención educativa y complementaria de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial tendrá los derechos y obligaciones establecidos en la legislación del personal funcionario o laboral que le resulte de aplicación.

2. Asimismo, tendrá derecho a participar en el Consejo Escolar en calidad de representante del personal de administración y servicios o, en su caso, del personal de atención educativa complementaria, de acuerdo con las disposiciones vigentes, y a elegir a sus representantes en este órgano colegiado.

3. Será el Secretario/a, por delegación del Director, el encargado de ejercer la Jefatura de este personal. Éste debe velar por el cumplimiento de todas sus funciones. Sería conveniente que el Secretario se reuniera periódicamente con el personal no docente

para hacer un seguimiento del trabajo realizado y para intercambio de informaciones.

 

1.4.2. Monitor/a escolar.

El Monitor Escolar se encargará más concretamente de las siguientes funciones:

a) Correspondencia de Secretaría.

b) Registro de entrada y salida de documentos.

c) Actualizar archivo, expedientes y fichas de alumnos.

d) Actualizar el archivo de padres.

e) Confección de listas en general.

f) Apoyar a la Jefatura de Estudios en el registro de asistencia y ausencias del profesorado.

g) Llevar información a las aulas.

h) Entrega de Graduados y Certificados.

i) Realización y entrega de citaciones para Claustro y Consejo Escolar.

j) Copia de documentos (Proyecto Educativo, Plan de Centro., Memoria...)

k) Certificaciones, Informes, Información para tablones de anuncios. l) Participar en los Órganos del Centro.

m) Participar en el mantenimiento y funcionamiento de la Biblioteca.

 

1.4.3. Monitor/a de Educación Especial. (Si lo hubiera)

Atenderá a los discapacitados psíquicos, sensoriales, físicos o con otras necesidades educativas especiales, bajo la dependencia de la dirección del centro y del profesorado especialista, ejerciendo las siguientes funciones:

a) Atender, bajo la supervisión del profesorado especialista o equipo técnico, la realización de actividades de ocio y tiempo libre realizadas por el alumnado, arriba citado, de este centro.

b) Colaborar, si son requeridos, en la programación que elaboren los órganos colegiados o equipos correspondientes, sobre las actividades de ocio y tiempo libre.

c) Instruir y atender a los alumnos a su cargo en conductas sociales, comportamientos de autoalimentación, hábitos de higiene y aseo personal en aquellos lugares donde el alumno participe en actividades programadas.

d) Colaborar en los cambios de servicios, en la vigilancia de recreos y clases.

e) Colaborar, bajo la supervisión del profesorado especialista, en las relaciones Centro-familia.

f) Integrarse en los equipos de orientación, con la misión de colaborar con el profesor tutor y/o con el resto del equipo de especialistas en actividades formativas no docentes.

g) Facilitar al alumnado disminuido la realización de las tareas encomendadas en clase, bajo la supervisión del profesor de esa clase.

 

1.5. PERSONAL NO DOCENTE CONTRATADO POR OTROS ORGANISMOS.

En cuanto a este personal no docente hemos de señalar que será el Secretario, por delegación del Director, el encargado de ejercer su jefatura. Éste debe velar por el cumplimiento de todas sus funciones.

1.5.1. Conserje.

Creemos en la necesidad de delimitar claramente las funciones del Conserje, contratado por el Ayuntamiento, para facilitar su relación con el resto de personas que forman la comunidad educativa (Equipo Directivo, Profesorado, Padres, Alumnos.) y evitar posibles conflictos, derivados de una falta de definición de competencias.

 

Proponemos que el Conserje cumpla las siguientes funciones:

a) Abrir y cerrar las puertas de acceso al Centro, al comienzo y finalización de la jornada escolar.

b) Tendrá y "controlará "una copia de todas las llaves de las dependencias del Centro, salvo las de aquellas donde haya documentación cuya custodia corresponda a la Dirección o Secretaría del mismo.

c) Control del combustible y recepción de éste.

d) Encendido y apagado de los sistemas de calefacción, siguiendo las indicaciones de la Dirección.

e) Recogida y entrega de la correspondencia oficial del Centro.

f) Mantenimiento y cuidado de los jardines.

g) Control de entradas y salidas de personas y vehículos ajenos al Centro.

h) Atender correctamente a las personas ajenas al Centro y orientarlas sobre quien debe resolverles las cuestiones que soliciten.

i) Trasladar el mobiliario, material y enseres que fueren necesarios, dentro del recinto escolar.

j) Vigilancia del edificio y realización de pequeñas tareas de mantenimiento.

k) Comunicar a la Dirección del Centro cualquier anomalía que se produzca.

l) Ocasionalmente, el Conserje podrá asumir otras funciones siempre que las mismas se encuentren en el ámbito de sus competencias, para el mejor funcionamiento del Centro y previo conocimiento por parte de la Dirección.

 

1.5.2. Personal de limpieza.

Sus funciones en el Colegio serán:

a) Mantenimiento y limpieza en todas las dependencias del Centro, dejando las pizarras limpias y las mesas colocadas para el día siguiente.

b) Dar cuenta inmediata al Equipo Directivo de las anomalías que encuentre en relación con la limpieza o mantenimiento del Centro.

 

 

1.6. ÓRGANOS DE GOBIERNO UNIPERSONALES. EQUIPO DIRECTIVO.

 

1.6.1. El Equipo Directivo.

Los órganos unipersonales de gobierno constituyen el Equipo Directivo del Centro.

El equipo directivo tendrá las siguientes funciones: a) Velar por el buen funcionamiento del centro.

b) Establecer el horario que corresponde a cada área y, en general, el de cualquier otra actividad docente y no docente.

c) Adoptar las medidas necesarias para la ejecución coordinada de los acuerdos adoptados por el Consejo Escolar y el Claustro de Profesorado, así como velar por el cumplimiento de las decisiones de los órganos de coordinación docente, en el ámbito de sus respectivas competencias.

d) Elaborar el Plan de Centro y la memoria de autoevaluación.

e) Impulsar la actuación coordinada del centro con el resto de centros docentes de su zona educativa, especialmente con el instituto de educación secundaria de la localidad.. f) Favorecer la participación del centro en redes de centros que promuevan planes y proyectos educativos para la mejora permanente de la enseñanza.

g) Colaborar con la Consejería competente en materia de educación en aquellos órganos de participación que, a tales efectos, se establezcan.

h) Cumplimentar la documentación solicitada por los órganos y entidades dependientes de la Consejería competente en materia de educación.

i) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

 

1.6.2. El director/a:

1. La dirección ejercerá las siguientes competencias:

a) Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el mismo y hacerle llegar a esta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa.

b) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro de Profesorado y al Consejo Escolar.

c) Ejercer la dirección pedagógica, facilitar un clima de colaboración entre el profesorado, designar el profesorado responsable de la aplicación de las medidas de atención a la diversidad, promover la innovación educativa e impulsar y realizar el seguimiento de los planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.

d) Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.

e) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.

f) Ejercer la potestad disciplinaria de acuerdo con lo establecido en el artículo 1.6.2. 2 de este ROF.

g) Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan al alumnado, en cumplimiento de la normativa vigente y del proyecto educativo del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar.

h) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral del alumnado en conocimientos y valores.

i) Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.

j) Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones del Consejo Escolar y del Claustro de Profesorado y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias.

k) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro y ordenar los pagos, todo ello de

conformidad con lo que establezca la Consejería competente en materia de educación.

l) Visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, así como de los centros privados que, en su caso, se adscriban a él, de acuerdo con lo que establezca la Consejería competente en materia de educación.

m) Proponer requisitos de especialización y capacitación profesional respecto de determinados puestos de trabajo docentes del centro, de acuerdo con lo que a tales efectos se determine por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

n) Proponer a la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro de Profesorado y al Consejo Escolar.

ñ) Establecer el horario de dedicación de los miembros del equipo directivo a la realización de sus funciones, de conformidad con el número total de horas que, a tales efectos, se determine por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

o) Proponer a la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación el nombramiento y cese de las personas coordinadoras de ciclo, oído el Claustro de Profesorado.

p) Nombrar y cesar a los tutores y tutoras de grupo, a propuesta de la jefatura de estudios.

q) Decidir en lo que se refiere a las sustituciones del profesorado que se pudieran producir, por enfermedad, ausencia u otra causa de acuerdo con lo que a tales efectos se determine por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación y respetando, en todo caso, los criterios establecidos normativamente para la provisión de puestos de trabajo docentes.

r) Las personas que ejerzan la dirección de los centros adoptarán los protocolos de actuación y las medidas necesarias para la detección y atención a los actos de violencia de género dentro del ámbito escolar, así como cuando haya indicios de que cualquier alumno o alumna vive en un entorno familiar o relacional en el que se esté produciendo una situación de violencia de género.

s) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por Orden de la persona titular de la

Consejería competente en materia de educación

 

2. Potestad disciplinaria de la dirección.

1. El director/a será competente para el ejercicio de la potestad disciplinaria respecto del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía que presta

servicios en su centro, en los casos que se recogen a continuación:

a) Incumplimiento injustificado del horario de trabajo hasta un máximo de nueve horas al mes.

b) La falta de asistencia injustificada en un día.

c) El incumplimiento de los deberes y obligaciones previstos en la legislación de la función pública o del personal laboral que resulta de aplicación, en el presente Reglamento, así como los que se establezcan en el Plan de Centro, siempre que no deban ser calificados como falta grave.

2. Entre el personal afectado por lo recogido en el apartado anterior se incluirá el orientador de referencia en el horario en que éste presta servicios en el centro.

3. Las faltas a las que se refiere el apartado 1 podrán ser sancionadas con apercibimiento, que deberá ser comunicado a la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación a efectos de su inscripción en el registro de personal correspondiente.

4. El procedimiento a seguir para la imposición de la sanción garantizará, en todo caso, el derecho del personal a presentar las alegaciones que considere oportunas en el preceptivo trámite de audiencia al interesado o interesada.

5. Contra la sanción impuesta el personal funcionario podrá presentar recurso de alzada ante la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación y el personal laboral podrá presentar reclamación previa a la vía judicial ante la Secretaría General Técnica de dicha Consejería. Las resoluciones de los recursos de alzada y de las reclamaciones previas que se dicten conforme a lo dispuesto en este apartado pondrán fin a la vía administrativa.

 

1.6.3. Competencias del Jefe de Estudios.

 Son competencias de la jefatura de estudios:

a) Ejercer, por delegación de la dirección y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico y controlar la asistencia al trabajo del mismo.

b) Sustituir al director o directora en caso de vacante, ausencia o enfermedad.

c) Ejercer, por delegación de la dirección, la presidencia de las sesiones del equipo técnico de coordinación pedagógica.

d) Proponer a la dirección del centro el nombramiento y cese de los tutores y tutoras de grupo.

e) Coordinar las actividades de carácter académico y de orientación, incluidas las derivadas de la coordinación con los institutos de educación secundaria a los que se encuentre adscrito el centro.

f) Elaborar, en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, el horario general del centro, así como el horario lectivo del alumnado y el individual de cada

maestro y maestra, de acuerdo con los criterios incluidos en el proyecto educativo, así como velar por su estricto cumplimiento.

g) Elaborar el plan de reuniones de los órganos de coordinación docente.

h) Elaborar la planificación general de las sesiones de evaluación.

i) Coordinar las actividades de los coordinadores de ciclo.

j) Garantizar el cumplimiento de las programaciones didácticas.

k) Organizar los actos académicos.

l) Organizar la atención y el cuidado del alumnado en los períodos de recreo y en las actividades no lectivas.

m) Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el Plan de Centro o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

 

1.6.4. Competencias del/ la Secretario/a.

Son competencias de la secretaría:

a) Ordenar el régimen administrativo del centro, de conformidad con las directrices de la dirección.

b) Ejercer la secretaría de los órganos colegiados de gobierno del centro, establecer el plan de reuniones de dichos órganos, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos, todo ello con el visto bueno de la dirección.

c) Custodiar los libros oficiales y archivos del centro.

d) Expedir, con el visto bueno de la dirección, las certificaciones que soliciten las autoridades y las personas interesadas.

e) Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado.

f) Adquirir el material y el equipamiento del centro, custodiar y gestionar la utilización del mismo y velar por su mantenimiento en todos los aspectos, de acuerdo con la normativa vigente y las indicaciones de la dirección, sin perjuicio de las facultades que en materia de contratación corresponden a la persona titular de la dirección, de

conformidad con lo recogido en el artículo 70.1.

g) Ejercer, por delegación de la dirección y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y servicios y de atención educativa complementaria adscrito al centro y controlar la asistencia al trabajo del mismo.

h) Elaborar, en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, el horario del personal de administración y servicios y de atención educativa complementaria, así como velar por su estricto cumplimiento.

i) Elaborar el anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos del centro.

j) Ordenar el régimen económico del centro, de conformidad con las instrucciones de la dirección, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante la Consejería competente en materia de educación y los órganos a los que se refiere el artículo 25.4. del Decreto

328/2010 de 13 de julio.

k) Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el Plan de Centro o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

 

1.6.5. Nombramiento de la jefatura de estudios y de la secretaría.

1. La dirección, previa comunicación al Claustro de Profesorado y al Consejo Escolar, formulará a la persona titular de la Delegación Provincial correspondiente de la Consejería competente en materia de educación propuesta de nombramiento de la

jefatura de estudios y de la secretaría, de entre el profesorado con destino en el centro.

2. La propuesta procurará la participación equilibrada de hombres y mujeres en el equipo directivo del centro.

3. La jefatura de estudios y la secretaría cesarán en sus funciones al término de su

mandato o al producirse alguna de las circunstancias siguientes:

a) Renuncia motivada aceptada por la persona titular de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación, previo informe razonado de la dirección, oído el Consejo Escolar.

b) Cuando por cese de la dirección que los propuso, se produzca la elección del nuevo director o directora.

c) Cuando deje de prestar servicios efectivos en el centro.

d) A propuesta de la dirección, mediante escrito razonado, previa audiencia al

interesado y previa comunicación al Claustro de Profesorado y al Consejo Escolar.

 

1.6.6. Régimen de suplencias de los miembros del equipo directivo.

1. En caso de vacante, ausencia o enfermedad, la dirección será suplida temporalmente por la jefatura de estudios.

2. En caso de vacante, ausencia o enfermedad, la jefatura de estudios y la secretaría serán suplidas temporalmente por el maestro o maestra que designe la dirección, que informará de su decisión al Consejo Escolar.

 

 

1.7. ÓRGANOS COLEGIADOS.

1. El Consejo Escolar y el Claustro de Profesorado son los órganos colegiados de gobierno de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial.

2. El Consejo Escolar es el órgano colegiado de gobierno a través del cual participa la comunidad educativa en el gobierno de nuestro centro.

3. El Claustro de Profesores es el órgano propio de participación del profesorado en el gobierno del centro, que tiene la responsabilidad de planificar, coordinar y, en su caso, decidir o informar sobre todos los aspectos educativos del mismo.

 

4. Normas generales y supletorias de funcionamiento de los órganos colegiados de

gobierno:

Para lo no previsto en los artículos 51 y 67, el régimen de funcionamiento de los órganos colegiados de gobierno de los centros docentes públicos será el establecido en el Capítulo II del Título IV de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y demás normativa aplicable.

 

 

1.7.1. El Consejo Escolar.

El Consejo Escolar funcionará en Pleno, en el seno del cual se deben marcar las directrices a seguir y las decisiones a tomar. El Pleno del Consejo Escolar debe definir las funciones concretas de cada Comisión, al tiempo que delegue determinadas funciones en ellas (elaboración de documentos para la Evaluación Interna, por ejemplo), sin delegar el control.

El Consejo Escolar funcionará, también, en Comisiones para agilizar el

tratamiento de los diversos temas. Estas Comisiones dependerán siempre de las

decisiones habidas en el seno del Consejo Escolar:

a) Composición, competencias, régimen de funcionamiento.

Nuestro Centro según la normativa (LEA art. 135) que regula la composición del Consejo Escolar de los centros de 9 o más unidades y menos de 18 estará compuesto

por los siguientes miembros:

a) El director o la directora del centro, que ejercerá la presidencia.

b) El jefe o la jefa de estudios.

c) Cinco maestros o maestras.

d) Seis padres, madres o representantes legales del alumnado, de los que uno será designado, en su caso, por la asociación de padres y madres del alumnado con mayor número de personas asociadas.

e) Una persona representante del personal de administración y servicios.

f) Una concejalía o persona representante del Ayuntamiento del municipio en cuyo término se halle radicado el centro.

g) El secretario o la secretaria del centro, que ejercerá la secretaría del Consejo Escolar, con voz y sin voto.

La elección de los representantes de los distintos sectores de la comunidad educativa en el Consejo Escolar se realizará de forma que permita la representación equilibrada de hombres y mujeres, de conformidad con lo establecido en el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.

Una vez constituido el Consejo Escolar del centro, éste designará una persona que impulse medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.

Competencias.

El Consejo Escolar de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros

públicos específicos de educación especial tendrá las siguientes competencias:

a) Aprobar y evaluar el Plan de Centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro de Profesorado en relación con la planificación y la organización docente.

b) Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y la justificación de la cuenta de gestión.

c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por las personas candidatas.

d) Participar en la selección del director o directora del centro en los términos que establece la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director o directora.

e) Decidir sobre la admisión del alumnado con sujeción a lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y disposiciones que la desarrollen.

f) Realizar el seguimiento de los compromisos educativos y de convivencia suscritos en el centro, para garantizar su efectividad y proponer la adopción de medidas e iniciativas en caso de incumplimiento.

g) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan al presente Reglamento y demás normativa de aplicación. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director o directora correspondan a conductas del alumno o alumna que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o representantes legales del alumnado, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

h) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.

i) Reprobar a las personas que causen daños, injurias u ofensas al profesorado. En todo caso, la resolución de reprobación se emitirá tras la instrucción de un expediente, previa audiencia al interesado.

j) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la obtención de recursos complementarios.

k) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

l) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

m) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.

n) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Consejería competente en materia de educación.

 

Régimen de funcionamiento del Consejo Escolar.

1. Las reuniones del Consejo Escolar deberán celebrarse en el día y con el horario que posibiliten la asistencia de todos sus miembros y, en todo caso, en sesión de tarde que no interfiera el horario lectivo del centro.

2. El Consejo Escolar será convocado por orden de la presidencia, adoptado por propia iniciativa o a solicitud de, al menos, un tercio de sus miembros.

3. Para la celebración de las reuniones ordinarias, el secretario o secretaria del Consejo Escolar, por orden de la presidencia, convocará con el correspondiente orden del día a los miembros del mismo, con una antelación mínima de una semana, y pondrá a su disposición la correspondiente información sobre los temas a tratar en la reunión. Podrán realizarse, además, convocatorias extraordinarias con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, cuando la naturaleza de los asuntos que hayan de tratarse así lo aconseje.

4. El Consejo Escolar adoptará los acuerdos por mayoría de votos, sin perjuicio de la exigencia de otras mayorías cuando así se determine expresamente por normativa específica.

 

b) Comisiones del Consejo Escolar.

1. En el seno del Consejo Escolar se constituirá una comisión permanente integrada por el director o directora, el jefe o jefa de estudios, un maestro o maestra y un padre, madre o representante legal del alumnado, elegidos por los representantes de cada uno de los sectores en dicho órgano.

2. La comisión permanente llevará a cabo todas las actuaciones que le encomiende el Consejo Escolar para cada curso escolar, que se harán constar en un acta del mismo, e informará al Consejo trimestralmente del trabajo desarrollado.

3. Asimismo, el Consejo Escolar constituirá una comisión de convivencia integrada por el director o directora, que ejercerá la presidencia, el jefe o jefa de estudios, dos maestros o maestras y cuatro padres, madres o representantes legales del alumnado

elegidos por los representantes de cada uno de los sectores en el Consejo Escolar.

Si en el Consejo Escolar hay un miembro designado por la asociación de madres y padres del alumnado con mayor número de personas asociadas, éste será uno de los representantes de los padres y madres en la comisión de convivencia.

4. La comisión de convivencia tendrá las siguientes funciones:

a) Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para mejorar la convivencia, el respeto mutuo, así como promover la cultura de paz y la resolución pacífica de los conflictos.

b) Adoptar las medidas preventivas necesarias para garantizar los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y el cumplimiento de las normas de convivencia del centro.

c) Desarrollar iniciativas que eviten la discriminación del alumnado, estableciendo planes de acción positiva que posibiliten la integración de todos los alumnos y alumnas. d) Mediar en los conflictos planteados.

e) Conocer y valorar el cumplimiento efectivo de las correcciones y medidas disciplinarias en los términos que hayan sido impuestas.

f) Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia en el centro.

g) Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar, al menos dos veces a lo largo del curso, de las actuaciones realizadas y de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas.

h) Realizar el seguimiento de los compromisos de convivencia suscritos en el centro.

i) Cualesquiera otras que puedan serle atribuidas por el Consejo Escolar, relativas a las normas de convivencia en el centro.

 

1.7.2. El Claustro de Profesores.

Composición del Claustro de Profesorado.

1. El Claustro de Profesorado será presidido por el director o directora del centro y estará integrado por la totalidad de los maestros y maestras que presten servicios en el mismo.

2. Ejercerá la secretaría del Claustro de Profesorado el secretario o secretaria del centro. 3. Podrá integrarse el orientador/a del Equipo de Orientación de la zona.

Competencias

El Claustro de Profesorado tendrá las siguientes competencias:

a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración del Plan de Centro.

b) Aprobar y evaluar los aspectos educativos del Plan de Centro.

c) Aprobar las programaciones didácticas y las propuestas pedagógicas.

d) Fijar criterios referentes a la orientación y tutoría del alumnado.

e) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación, de la innovación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.

f) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director o directora en los términos establecidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y demás normativa de aplicación.

g) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por las personas candidatas.

h) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

i) Informar el reglamento de organización y funcionamiento del centro. j) Informar la memoria de autoevaluación.

k) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar para que éstas se atengan a la normativa vigente.

l) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

m) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por el reglamento de organización y funcionamiento del centro o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

 

Régimen de funcionamiento del Claustro de Profesorado.

1. Las reuniones del Claustro de Profesorado deberán celebrarse en el día y con el horario que posibiliten la asistencia de todos sus miembros. En las reuniones ordinarias, el secretario o secretaria del Claustro de Profesorado, por orden del director o directora, convocará con el correspondiente orden del día a los miembros del mismo, con una antelación mínima de cuatro días y pondrá a su disposición la correspondiente información sobre los temas incluidos en él. Podrán realizarse, además, convocatorias extraordinarias con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, cuando la naturaleza de los asuntos que hayan de tratarse así lo aconseje.

2. El Claustro de Profesorado será convocado por acuerdo del director o directora, adoptado por propia iniciativa o a solicitud de, al menos, un tercio de sus miembros. La asistencia a las sesiones del Claustro de Profesorado será obligatoria para todos sus miembros, considerándose la falta injustificada a los mismos como un incumplimiento del horario laboral.

 

1.8 ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE:

 

En las escuelas infantiles de segundo ciclo, los colegios de educación primaria, los colegios de educación infantil y primaria y los centros públicos específicos de educación especial existirán los siguientes órganos de coordinación docente:

a) Equipos docentes.

b) Equipos de ciclo.

c) Equipo de orientación.

d) Equipo técnico de coordinación pedagógica.

e) Tutorías.

 

1.8.1. Equipos docentes.

1. Los equipos docentes estarán constituidos por todos los maestros y maestras que imparten docencia a un mismo grupo de alumnos y alumnas. Serán coordinados por el correspondiente tutor o tutora.

2. Los equipos docentes tendrán las siguientes funciones:

a) Llevar a cabo el seguimiento global del alumnado del grupo, estableciendo las medidas necesarias para mejorar su aprendizaje, de acuerdo con el proyecto educativo del centro.

b) Realizar de manera colegiada la evaluación del alumnado, de acuerdo con la normativa vigente y con el proyecto educativo del centro y adoptar las decisiones que correspondan en materia de promoción.

c) Garantizar que cada maestro y maestra proporcione al alumnado información relativa a la programación del área que imparte, con especial referencia a los objetivos, los mínimos exigibles y los criterios de evaluación.

d) Establecer actuaciones para mejorar el clima de convivencia del grupo.

e) Tratar coordinadamente los conflictos que surjan en el seno del grupo, estableciendo medidas para resolverlos y sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos en materia de prevención y resolución de conflictos.

f) Conocer y participar en la elaboración de la información que, en su caso, se proporcione a los padres, madres o representantes legales de cada uno de los alumnos o alumnas del grupo.

g) Proponer y elaborar las adaptaciones curriculares no significativas bajo la coordinación del profesor o profesora tutor y con el asesoramiento del equipo de orientación a que se refiere el artículo 86.

h) Atender a los padres, madres o representantes legales del alumnado del grupo de acuerdo con lo que se establezca en el plan de orientación y acción tutorial del centro y en la normativa vigente.

i) Cuantas otras se determinen en el plan de orientación y acción tutorial del centro.

3. Los equipos docentes trabajarán para prevenir los problemas de aprendizaje que pudieran presentarse y compartirán toda la información que sea necesaria para trabajar de manera coordinada en el cumplimiento de sus funciones.

4. La jefatura de estudios incluirá en el horario general del centro la planificación de las reuniones de los equipos docentes.

 

1.8.2. Equipos de ciclo.

1. Cada equipo de ciclo estará integrado por los maestros y maestras que impartan docencia en él. Los maestros y maestras que impartan docencia en diferentes ciclos serán adscritos a uno de éstos por el director o directora del centro, garantizándose, no obstante, la coordinación de este profesorado con los otros equipos con los que esté relacionado, en razón de las enseñanzas que imparte.

 

2. En nuestro centro existirán los siguientes equipos de ciclo: equipos de primero, de segundo y de tercer ciclo de educación primaria.

 

3. Son competencias de los equipos de ciclo:

a) Colaborar con el equipo directivo en la elaboración de los aspectos docentes del proyecto educativo.

b) Elaborar las programaciones didácticas o, en su caso, las propuestas pedagógicas correspondientes al mismo, de acuerdo con el proyecto educativo.

c) Velar para que en las programaciones didácticas de todas las áreas se incluyen medidas para estimular el interés y el hábito de la lectura y la mejora de la expresión oral y escrita del alumnado.

d) Realizar el seguimiento del grado de cumplimiento de la programación didáctica y proponer las medidas de mejora que se deriven del mismo.

e) Colaborar en la aplicación de las medidas de atención a la diversidad que se desarrollen para el alumnado del ciclo.

f) Promover, organizar y realizar las actividades complementarias y extraescolares, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente.

g) Mantener actualizada la metodología didáctica, especialmente aquella que favorezca el desarrollo de las capacidades en el alumnado de educación infantil y de las competencias básicas en el alumnado de educación primaria.

h) Evaluar la práctica docente y los resultados del proceso de enseñanza-aprendizaje.

i) Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el proyecto educativo del centro o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

1.8.2. a. Coordinadores o coordinadoras de ciclo.

Los colegios de educación primaria con seis o más unidades y que impartan todos los

cursos de este nivel educativo tendrán un coordinador o coordinadora por cada uno de los ciclos.

Competencias del coordinador o coordinadora de ciclo:

a) Coordinar y dirigir las actividades de los equipos de ciclo, así como velar por su cumplimiento.

b) Convocar y presidir las reuniones de los equipos de ciclo y levantar acta de las mismas.

c) Representar al equipo de ciclo en el equipo técnico de coordinación pedagógica.

d) Coordinar y dirigir la acción de los tutores y tutoras conforme al plan de orientación y acción tutorial.

e) Coordinar la enseñanza en el correspondiente ciclo de acuerdo con el proyecto educativo.

f) Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el proyecto educativo del centro o por Orden de la Consejería competente en materia de educación.

 

Nombramiento de los coordinadores y coordinadoras de ciclo.

1. La dirección de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, oído el Claustro de Profesorado, formulará a la persona titular de la Delegación Provincial correspondiente de la Consejería competente en materia de educación propuesta de nombramiento de los coordinadores o coordinadoras de ciclo, de entre el profesorado funcionario con destino definitivo en el centro. Las personas coordinadoras de ciclo desempeñarán su cargo durante dos cursos escolares, siempre que durante dicho período continúen prestando servicio en el centro. 2. La propuesta procurará la participación equilibrada de hombres y mujeres en los órganos de coordinación docente de los centros.

 

Cese de los coordinadores y coordinadoras de ciclo.

1. Los coordinadores o coordinadoras de ciclo cesarán en sus funciones al término de su

mandato o al producirse alguna de las causas siguientes:

a) Cuando por cese de la dirección que los propuso, se produzca la elección del nuevo director o directora.

b) Renuncia motivada aceptada por la persona titular de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación, previo informe razonado de la dirección del centro.

c) A propuesta de la dirección, mediante informe razonado, oído el Claustro de Profesorado, con audiencia a la persona interesada.

2. En cualquiera de los supuestos a los que se refiere el apartado anterior el cese será acordado por la persona titular de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación.

3. Producido el cese de la coordinación del ciclo, la dirección del centro procederá a designar a una nueva persona responsable de dicha coordinación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 84 del Decreto 328/2010 de 13 de julio.

 

1.8.3. Equipo de orientación.

1. Las escuelas infantiles de segundo ciclo, los colegios de educación primaria y los colegios de educación infantil y primaria tendrán un equipo de orientación del que formará parte un orientador del equipo de orientación educativa a los que se refiere el

artículo 144.1 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, que se integrará en el Claustro de Profesorado de aquel centro donde preste más horas de atención educativa. Todo ello sin perjuicio de que, si lo desea, pueda integrarse en los Claustros de Profesorado de los demás centros. En todo caso, el referido profesional tendrá, a todos los efectos, los demás derechos y obligaciones que el resto del profesorado. También formarán parte, en su caso, del equipo de orientación los maestros y maestras especializados en la atención del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, los maestros y maestras especialistas en pedagogía terapéutica o en audición y lenguaje, los maestros y maestras responsables de los programas de atención a la diversidad y los otros

profesionales no docentes con competencias en la materia con que cuente el centro.

2. El equipo de orientación asesorará sobre la elaboración del plan de orientación y acción tutorial, colaborará con los equipos de ciclo en el desarrollo del mismo, especialmente en la prevención y detección temprana de las necesidades específicas de apoyo educativo, y asesorará en la elaboración de las adaptaciones curriculares para el alumnado que las precise.

3. El equipo de orientación contará con un coordinador o coordinadora cuyas competencias, nombramiento y cese se ajustarán a lo previsto para los coordinadores y coordinadoras de ciclo en los artículos 83, 84 y 85, respectivamente.

4. El profesional del equipo de orientación educativa que forme parte del equipo de orientación será el orientador de referencia del centro. Su designación será realizada al inicio de cada curso escolar por la persona titular de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación, a propuesta del coordinador o coordinadora del equipo técnico provincial.

5. Los orientadores u orientadoras tendrán las siguientes funciones:

a) Realizar la evaluación psicopedagógica del alumnado, de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente.

b) Asesorar al profesorado en el proceso de evaluación continua del alumnado.

c) Asesorar al profesorado en el desarrollo del currículo sobre el ajuste del proceso de enseñanza y aprendizaje a las necesidades del alumnado.

d) Asesorar a la comunidad educativa en la aplicación de las medidas relacionadas con la mediación, resolución y regulación de conflictos en el ámbito escolar.

e) Asesorar al equipo directivo y al profesorado en la aplicación de las diferentes actuaciones y medidas de atención a la diversidad, especialmente las orientadas al alumnado que presente necesidades específicas de apoyo educativo.

f) Colaborar en el desarrollo del plan de orientación y acción tutorial, asesorando en sus funciones al profesorado que tenga asignadas las tutorías, facilitándoles los recursos didácticos o educativos necesarios y, excepcionalmente, interviniendo directamente con el alumnado, ya sea en grupos o de forma individual, todo ello de acuerdo con lo que se recoja en dicho plan.

g) Asesorar a las familias o a los representantes legales del alumnado en los aspectos que afecten a la orientación psicopedagógica del mismo.

h) Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el proyecto educativo o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

 

1.8.4. Equipo técnico de coordinación pedagógica.

 

1. El equipo técnico de coordinación pedagógica estará integrado por la persona que ostente la dirección, que lo presidirá, el jefe o jefa de estudios, los coordinadores o coordinadoras de ciclo y, en su caso, el coordinador o coordinadora del equipo de

orientación educativa. Actuará como secretario o secretaria el maestro o maestra que designe la dirección de entre sus miembros.

2. Se integrará, asimismo, en el equipo de técnico de coordinación pedagógica, el orientador u orientadora de referencia del centro.

 

Competencias del equipo técnico de coordinación pedagógica.

El equipo técnico de coordinación pedagógica tendrá las siguientes competencias:

a) Establecer las directrices generales para la elaboración de los aspectos educativos del Plan de Centro y sus modificaciones.

b) Fijar las líneas generales de actuación pedagógica del proyecto educativo. c) Asesorar al equipo directivo en la elaboración del Plan de Centro.

d) Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de las programaciones didácticas.

e) Asesorar a los equipos de ciclo y al Claustro de Profesorado sobre el aprendizaje y la evaluación en competencias y velar porque las programaciones de las áreas contribuyan al desarrollo de las competencias básicas.

f) Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las medidas y programas de atención a la diversidad del alumnado.

g) Establecer criterios y procedimientos de funcionamiento del aula de convivencia.

h) Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los aspectos educativos del Plan de Centro.

i) Realizar el diagnóstico de las necesidades formativas del profesorado como consecuencia de los resultados de la autoevaluación o de las evaluaciones internas o externas que se realicen.

j) Proponer al equipo directivo las actividades formativas que constituirán, cada curso escolar, el plan de formación del profesorado, para su inclusión en el proyecto educativo.

k) Elaborar, en colaboración con el correspondiente centro del profesorado, los proyectos de formación en centros.

l) Coordinar la realización de las actividades de perfeccionamiento del profesorado.

m) Colaborar con el centro del profesorado que corresponda en cualquier otro aspecto relativo a la oferta de actividades formativas e informar al Claustro de Profesorado de las mismas.

n) Investigar sobre el uso de las buenas prácticas docentes existentes y trasladarlas a los equipos de ciclo y de orientación para su conocimiento y aplicación.

ñ) Informar a los maestros y maestras sobre líneas de investigación didáctica

innovadoras que se estén llevando a cabo con respecto al currículo

o) Establecer indicadores de calidad que permitan valorar la eficacia de las actividades desarrolladas por el centro y realizar su seguimiento.

p) Elevar al Claustro de Profesorado el plan para evaluar los aspectos educativos del Plan de Centro, la evolución del aprendizaje y el proceso de enseñanza.

q) Colaborar con la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa en la aplicación y el seguimiento de las pruebas de evaluación de diagnóstico y con aquellas otras

actuaciones relacionadas con la evaluación que se lleven a cabo en el centro.

r) Proponer, al equipo directivo y al Claustro de Profesorado, planes de mejora como resultado de las evaluaciones llevadas a cabo en el centro.

s) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por el proyecto educativo del centro o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

1.8.5. Tutores

a) Tutoría y designación de tutores y tutoras.

Los tutores y tutoras ejercerán la dirección y la orientación del aprendizaje del alumnado y el apoyo en su proceso educativo en colaboración con las familias.

El nombramiento del profesorado que ejerza la tutoría se efectuará para un año

académico y atendiendo a los siguientes criterios:

 

a) Se tendrá en cuenta que aquellos maestros/as que, durante un curso escolar,

hayan tenido asignado el primer curso de cualquier ciclo de Educación Primaria permanecerán en el mismo ciclo hasta su finalización por parte del grupo de alumnos/as con que lo inició.

b) Los miembros del Equipo Directivo, a excepción del director/a del centro,

deberán ser tutores e impartir docencia, preferentemente en el tercer o segundo ciclo de Educación Primaria, siéndoles asignada enseñanza y curso, antes que al

resto del claustro, por este orden: director/a, jefe/a de estudios y secretario/a.

c) Los participantes en algún Proyecto o Plan de trabajo que afecte, en particular, a

determinado nivel podrán continuar adscritos al ciclo de ese nivel mientras dure

el Proyecto.

d) Siempre que sea posible, los maestros/as con nombramiento provisional en el

Centro, si no consta que es por más de un curso, serán adscritos al último curso del ciclo.

e) A los restantes maestros/as se les tendrá en cuenta la experiencia docente. Se

ordenarán aplicando sucesivamente los siguientes criterios: mayor antigüedad como propietario definitivo en el Centro; en caso de empate, mayor antigüedad en el Cuerpo como funcionario de carrera; de persistir el empate, menor número de registro de personal o de orden de lista.

f) La tutoría del alumnado con n.e.e. escolarizado en un grupo ordinario será ejercida de manera compartida entre el maestro/a que ejerza la tutoría del grupo donde esté integrado y el profesorado especialista.

g) La adjudicación de un determinado puesto de trabajo no exime al profesorado de impartir otras enseñanzas o actividades que pudieran corresponderle de acuerdo con la organización pedagógica del centro y con la normativa que resulte de aplicación.

 

 

b) Funciones de la tutoría.

En educación primaria los tutores y tutoras ejercerán las siguientes funciones:

a) Desarrollar las actividades previstas en el plan de orientación y acción tutorial.

b) Conocer las aptitudes e intereses de cada alumno o alumna, con objeto de orientarle en su proceso de aprendizaje y en la toma de decisiones personales y académicas.

c) Coordinar la intervención educativa de todos los maestros y maestras que componen el equipo docente del grupo de alumnos y alumnas a su cargo.

d) Coordinar las adaptaciones curriculares no significativas propuestas y elaboradas por el equipo docente.

e) Garantizar la coordinación de las actividades de enseñanza y aprendizaje que se propongan al alumnado a su cargo.

f) Organizar y presidir las reuniones del equipo docente y las sesiones de evaluación de su grupo de alumnos y alumnas.

g) Coordinar el proceso de evaluación continua del alumnado y adoptar, junto con el equipo docente, las decisiones que procedan acerca de la evaluación y promoción del alumnado, de conformidad con la normativa que resulte de aplicación.

h) Cumplimentar la documentación personal y académica del alumnado a su cargo.

i) Recoger la opinión del alumnado a su cargo sobre el proceso de enseñanza y aprendizaje desarrollado en las distintas áreas que conforman el currículo.

j) Informar al alumnado sobre el desarrollo de su aprendizaje, así como a sus padres, madres o representantes legales.

k) Facilitar la cooperación educativa entre el profesorado del equipo docente y los padres y madres o representantes legales del alumnado. Dicha cooperación incluirá la atención a la tutoría electrónica a través de la cual los padres, madres o representantes legales del alumnado menor de edad podrán intercambiar información relativa a la evolución escolar de sus hijos e hijas con el profesorado que tenga asignada la tutoría de los mismos de conformidad con lo que a tales efectos se establezca por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

l) Mantener una relación permanente con los padres, madres o representantes legales del alumnado, a fin de facilitar el ejercicio de los derechos reconocidos en el artículo 10. A tales efectos, el horario dedicado a las entrevistas con los padres, madres o representantes legales del alumnado se fijará de forma que se posibilite la asistencia de los mismos y, en todo caso, en sesión de tarde.

m) Facilitar la integración de los alumnos y alumnas en el grupo y fomentar su participación en las actividades del centro.

n) Colaborar, en la forma que se determine en el reglamento de organización y funcionamiento, en la gestión del programa de gratuidad de libros de texto.

ñ) Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el plan de orientación y acción tutorial del centro o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

 

 

2. CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA COMUNICACIÓN DE LOS ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS Y DE COORDINACIÓN DOCENTE. ADMISIÓN Y EVALUACIÓN DEL ALUMNADO.

 

2.1. Comunicación.

a) Los representantes del profesorado en el Consejo Escolar informarán al profesorado en las reuniones de ciclo, para lo cual figurará en la sesión que siga a la reunión del consejo escolar un punto en el orden del día de dichas reuniones que será el de la información de los acuerdos adoptados.

b) Los padres informarán a sus representados en las reuniones del AMPA.

c) Se enviarán a los padres circulares informativas de cualquier acuerdo que les afecte de manera especial y cuya importancia así lo aconseje.

d) Habrá una reunión inicial del equipo directivo con los padres y madres de los alumnos de nuevo ingreso en la que les entregarán y comentarán las normas de convivencia y otros aspectos del funcionamiento de nuestro colegio.

e) La comunidad educativa de nuestro colegio podrá estar informada de determinados temas a través de la página Web del centro.

f) Los padres y madres podrán utilizar la plataforma PASEN en los términos que se acuerden con los tutores y el/la encargado/a de la página web del Centro o coordinador/a TIC.

g) Tablones de anuncios.

Unos estarán dedicados a la información general (Concursos, convocatorias, exposiciones...) y sindical. Éstos estarán situados en el pasillo, junto a la entrada.

Para la información más concreta del profesorado (partes de ausencias, normas específicas de algún tema...) se utilizará el de la Sala de Profesores.

De su actualización se encargará el Personal de Administración o Equipo Directivo.

h) Buzón de sugerencias.

Se colocará a la entrada del edificio y en él se recibirá información espontánea y no formal de cualquier miembro o sector de la comunidad. Para su mejor funcionamiento consideramos necesario:

- Revisar periódicamente el contenido.

- Designar una o varias personas para la lectura de los textos.

- Eliminar todo texto que atente contra la dignidad de las personas o que sea calumnioso o falso.

- Clasificar y estructurar la información recibida para remitirla al sector de la comunidad educativa interesado.

- Resolver ágil y adecuadamente las peticiones recibidas.

i) Actos informativos específicos.

En el caso de que el Centro quiera dar una especial relevancia a una información o que la naturaleza de ésta lo requiera, se podrán utilizar mecanismos diferentes a los arriba citados, tales como:

-Reunión informativa.

-Proyección de vídeo, exposición...

-Elaboración de impresos (circulares, boletines...) y folletos específicos.

-Invitación de profesionales y expertos en determinados temas.

 -Utilización de cartelería.

-Cualesquiera de las fórmulas que se decida, atendiendo al carácter de la información y a su urgencia.

 

2.2 Admisión.

 No hay problemas en cuanto al número en la admisión del alumnado, por tanto simplemente nos atendremos a los plazos marcados por la administración para el proceso anual de reserva de plazas y matriculación del alumnado, colocando en distintos puntos del pueblo  carteles informativos.

 

2.3. Evaluación y promoción.

(Orden de 10 de agosto de 2007)

a). En la primera reunión con los padres y madres, sobre todo a los de 2º, 4º y 6º, se les entregará una hoja con los criterios de evaluación- promoción para cada uno de los ciclos, como viene recogido en el proyecto educativo en su apartado 4º.

b). Con el fin de garantizar el derecho de las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas, los tutores y tutoras, así como el resto del profesorado, informarán a los padres, madres o tutores legales sobre la evolución escolar de sus hijos e hijas.

c). Esta información se referirá a los objetivos establecidos en el currículo y a los progresos y dificultades detectados en el grado de adquisición de las competencias básicas y en la consecución de los objetivos de cada una de las áreas. A tales efectos, los tutores y tutoras requerirán, en su caso, la colaboración de los restantes miembros del equipo docente.

d). Al menos tres veces a lo largo del curso el tutor o tutora informará por escrito a los padres, madres o tutores legales del alumnado sobre el aprovechamiento académico de este y la evolución de su proceso educativo.

e). Al finalizar el curso, se informará por escrito a los padres, madres o tutores legales acerca de los resultados de la evaluación final. Dicha información incluirá, al menos, las calificaciones obtenidas en las distintas áreas cursadas, la decisión acerca de su promoción al ciclo siguiente, si procede, y las medidas adoptadas, en su caso, para que el alumno o alumna alcance las competencias básicas y los objetivos establecidos en cada una de las áreas, según los criterios de evaluación correspondientes.

La decisión de no promoción será tomada por el equipo docente y comunicada a los padres y madres por el tutor al menos con diez días de antelación a la finalización del curso en una reunión con los padres en la que se les comunicará dicha decisión en un escrito que deberán firmar éstos.

Si no hay conformidad, los padres podrán solicitar, mediante un escrito dirigido al director/a, la revisión de dicha decisión por el equipo docente, que se deberá reunir otra vez y tomar una decisión teniendo en cuenta lo alegado por los padres.

El director comunicará a los padres dicha decisión y ofrecerá a los mismos la posibilidad de acudir a otras instancias.

f). Con el fin de garantizar el derecho que asiste a los alumnos y alumnas a la evaluación y al reconocimiento objetivo de su dedicación, esfuerzo y rendimiento escolar, los maestros y maestras informarán a los padres, madres o tutores legales del alumnado, a principios de curso, acerca de los objetivos, competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación de cada una de las áreas.

g. Los padres, madres o representantes legales podrán formular reclamaciones sobre la evaluación final del aprendizaje de sus hijos e hijas o pupilos, así como sobre la decisión de promoción, de acuerdo con el procedimiento que, a tales efectos, se describe en el apartado e).

3. RECURSOS MATERIALES.

 

3.1. Edificios.

a) Se debe concienciar a los padres, alumnos y profesores de que el edificio escolar es una propiedad colectiva y de que su conservación debe de ser una responsabilidad compartida.

b) Los espacios deben estar adaptados para permitir la agrupación rápida de los alumnos. Para las clases de Refuerzo, se utilizarán preferentemente los espacios libres dedicados a la enseñanza (aulas que queden libres de alumnos por falta de grupos, grupos en música o en educación física), biblioteca escolar y tutorías y por este orden.

c) El edificio escolar durante las horas de clase debería permanecer cerrado, siendo su apertura fácil desde dentro, sin necesidad de llave. Durante el recreo las puertas deben permanecer igualmente cerradas. La entrada de los alumnos al edificio debe hacerse por las puertas que se determinen en el Claustro. Se velará para que ningún alumno se ausente del Centro durante el horario escolar.

d) Se procurará que en el caso de que los alumnos tengan que cambiar de aula o utilizar el patio o el aula de música, éstos lo hagan sin molestar al resto del alumnado, respetando el derecho que los demás tienen a trabajar sin ser molestados.

e) Durante los recreos no debe haber niños en clase ni por los pasillos a no ser que estén con algún profesor.

f) Los aseos deberán permanecer abiertos mientras lo esté el Centro. Se procurará utilizarlos en los recreos. Se velará para que en ellos se mantengan las condiciones mínimas de limpieza y para que los alumnos cuiden de los mismos.

g) La utilización de las zonas deportivas del Centro será regulada por personas encargadas por el Claustro siguiendo las normas de vigilancia de los recreos.

h) Los profesores deberán motivar y educar a los alumnos en el respeto, cuidado y conservación del edificio escolar. En este sentido, se insistirá en el uso de las papeleras, mantenimiento y cuidado de las  fuentes.

 

3.2. Material didáctico.

- El/la secretario/a del Centro y el Equipo directivo formarán el Equipo

Responsable de Recursos que analizarán desde el Centro las necesidades que éste tiene y lo que ya posee. Una de sus misiones será, de un lado, conseguir el mayor rendimiento de las dotaciones y la distribución racional de medios y materiales; y de otro, conseguir que el profesorado integre los medios didácticos en el currículo y no los considere algo ajeno.

-El material didáctico lo encontramos estructurado en los siguientes apartados:

 3.2.1 Libros de texto.

(Orden de 27 abril de 2005).

Se entiende por libro de texto "el material impreso no fungible y autosuficiente, destinado a ser utilizado por el alumnado y que desarrolla, atendiendo a las orientaciones metodológicas y criterios de evaluación correspondientes, los contenidos establecidos por la normativa educativa y vigente para el área o materia y el ciclo o curso de que en cada caso se trate.

El libro de texto no necesitará cuadernos impresos o materiales editados que supongan gastos extra para las familias.

a) Es obligación del alumnado asistir a clase con los libros y material propuesto por

el maestro/a  de cada materia así como su cuidado y conservación.

b) El alumno podrá adquirir por su cuenta los libros de texto o acogerse al programa de gratuidad de la Junta.

3.2.1.a). Utilización y conservación de los materiales.

1. El alumnado beneficiario del programa de gratuidad de libros de texto queda sujeto a la obligación de hacer un uso adecuado y cuidadoso de los mismos y de reintegrarlos al centro una vez finalizado el curso escolar o en el momento de su baja del centro si se produce su traslado.

2. El deterioro culpable o malintencionado, así como el extravío de los libros de texto supondrá la obligación, por parte de los representantes legales del alumno o alumna, de reponer el material deteriorado o extraviado.

3. Todos los libros de texto serán registrados por el centro e identificados con una etiqueta que se fijará en la primera hoja de los mismos, donde aparecerá el nombre del centro y el del alumno o alumna que lo tenga en préstamo en cada curso escolar, de acuerdo con el procedimiento que a tales efectos establezca el Consejo Escolar.

 

3.2.1. b). Obligaciones de los beneficiarios.

1. El alumnado que participe en el programa de gratuidad de los libros de texto, así como sus representantes legales, tendrán las siguientes obligaciones:

a) Entregar en la librería o establecimiento comercial el correspondiente cheque-libro, debidamente cumplimentado y firmado una vez recibidos los libros de texto.

b) Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Consejería de Educación o por el centro docente donde cursa la enseñanza obligatoria y a las de control financiero que correspondan de acuerdo con la legislación que resulte de aplicación.

c) Hacer un uso adecuado y cuidadoso de los libros y reintegrar los mismos al centro docente donde ha estado escolarizado, en la fecha que el Consejo Escolar del mismo determine, una vez finalizado el curso escolar o en el momento de su baja del centro si se produce su traslado.

d) Reponer el material extraviado o deteriorado de forma culpable o malintencionada.

2. Desde los diversos sectores de la comunidad educativa, se instará al alumnado que participe en el programa de gratuidad de los libros de texto, así como a sus representantes legales, al cuidado y conservación del material puesto a su disposición.

3.2.1. c). Elección de los libros de texto.

1. De acuerdo con el procedimiento establecido los centros docentes elegirán, en el caso de que consideren necesario para su alumnado los libros de texto que estimen más adecuados para cada uno de los cursos de la enseñanza obligatoria.

2. Los libros de texto adoptados no podrán ser sustituidos por otros durante un periodo mínimo de cuatro años, contados a partir de la entrada en vigor del programa de gratuidad para el curso de que se trate o de la última sustitución realizada

3. El consejo escolar aprobará la sustitución de los libros de texto, previa propuesta del claustro de profesores que deberá ir avalada por los dos tercios de sus miembros, y en el caso de las especialidades por el total del profesorado que imparta la especialidad.

4. El claustro de profesores realizará la propuesta a la vista del informe del ETCP o equipo docente.

El informe a que se refiere el apartado anterior deberá referirse a los siguientes aspectos:

-Coherencia entre el proyecto educativo del centro y los libros y materiales complementarios propuestos.

- Idoneidad de los nuevos libros o materiales frente a los anteriores.

-Evaluación de la relación calidad-precio de los libros, de la facilidad de adquisición y de su periodo de vigencia en función de su fecha de registro y depósito.

5. La aprobación por el consejo escolar de la propuesta presentada por el claustro se realizará, cuando proceda, en el último trimestre del curso anterior al que se desee implantar el nuevo material. En todo caso antes del mes de junio.

6. En caso de desacuerdo con la propuesta inicial del claustro de profesores, el consejo escolar expondrá las razones argumentadas del mismo y solicitará del claustro de profesores nuevas propuestas que favorezcan el acuerdo.

 

3.2.2. Material fungible.

a) Las propuestas de adquisición de material serán presentadas al Secretario por los Coordinadores de Ciclo, para que puedan ser contempladas en el presupuesto del Centro. El Equipo Directivo supervisará y priorizará las demandas.

b) Este material podrá estar en las aulas, cuando su uso así lo aconseje, o en una dependencia habilitada al efecto. A esta dependencia sólo tendrán acceso los profesores, que recogerán, preferentemente, el material antes de las horas de clase o durante el recreo. El material recogido, y que no sea necesario en una clase, se devolverá al lugar de procedencia.

c) Al final de cada curso se realizará un inventario del material existente.

3.3 Biblioteca.

 

a) Habrá una persona responsable de la biblioteca escolar, nombrada por el director/a anualmente, con la dedicación horaria que se estime oportuna dentro de su horario

individual, asignada por la jefatura de estudios y cuyas funciones serán:

1. Elaborar, en colaboración con el equipo directivo y de acuerdo con sus directrices, el plan de uso de la biblioteca escolar.

2. Realizar el tratamiento técnico de los fondos, así como su selección y adquisición, atendiendo a las propuestas, peticiones del profesorado y de los otros sectores de la comunidad educativa.

3. Definir la política de préstamos, en colaboración con el equipo directivo, y organizar la utilización de los espacios y los tiempos.

4. Atender a las personas usuarias de la biblioteca durante las horas que le hayan sido asignadas para esta función dentro de su horario individual.

5. Coordinar al equipo de apoyo para desarrollar el programa anual de trabajo de la biblioteca escolar.

b) Equipo de apoyo. Será designado, anualmente, por el director/a y el/la coordinador/a en función de las necesidades del centro de entre el profesorado de los diferentes ciclos, con dedicación horaria específica, asignada por la jefatura de estudios, dentro del horario de obligada permanencia en el centro. Sus funciones serán:

1. Apoyar a la persona responsable de la biblioteca en las tareas organizativas y dinamizadoras.

2. Realizar labores de selección de recursos librarios y no librarios.

3. Atender a las personas usuarias de la biblioteca durante las horas que le hayan sido asignadas para esta función dentro de su horario individual.

c) Todos los alumnos del Centro podrá disponer de los libros de la Biblioteca de aula para retirarlos del Centro en concepto de préstamo. El préstamo se hará por quince o veinte días, según se acuerde anualmente, siguiendo las directrices del Plan de Lecturas y Biblioteca y las medidas para la mejora de los resultados en lectura de las pruebas de evaluación y diagnóstico. Los alumnos velarán por la adecuada conservación del material bibliográfico y se harán responsables de sus posibles desperfectos. En ningún caso se podrán sacar del Centro libros de contenido enciclopédico o manuales de consulta.

El servicio de préstamo también podrá ser utilizado por el profesorado de nuestro Centro y por los padres de alumnos, una vez que se lleve a cabo la tarea de catalogación y organización de la biblioteca del centro, siguiendo el programa  Abies.

c) El profesorado deberá incentivar en los alumnos el gusto e interés por la lectura. En este sentido sería interesante la creación de una Biblioteca de Aula, mediante la cual el alumno, en su propia clase, se acostumbre a manejar y leer libros de entretenimiento y no sólo los libros que necesita para las materias que le son impartidas.

 

3.4. Instalaciones Deportivas.

a) Están encargados de su uso y son responsables inmediatos de su utilización y distribución temporal el/la  profesor/a de Educación Física del Centro.  Se hará una distribución horaria de las pistas del Centro.

b) Tanto el/la  profesor/a que imparten la asignatura de Educación Física como los alumnos que la reciben velarán por el uso y mantenimiento del material.

c) Será el profesor de educación física el responsable de organizar y distribuir en grupos al alumnado para sacar y guardar el material (balones, cintas, cronómetro,...)

siempre que éste se vaya a utilizar en horas lectivas. Si los alumnos quisieran utilizar las pistas o el material deportivo del Centro fuera de las horas de clase específicas de educación física tendrían que pedir permiso a uno de los profesores de dicha materia, el cual se haría responsable del control de dicho material. Si no se encontrara ningún profesor de esta materia acudirían a alguno de los órganos unipersonales.

 

 

 

 

4.-ORGANIZACIÓN DE LA VIGILANCIA DE LOS TIEMPOS DE RECREO Y DE LOS PERIODOS DE ENTRADAS Y SALIDAS DE CLASE.

 

4.1 Organización de los recreos. (Orden de 20 de agosto de 2010)

a) Para una mejor vigilancia y control de los alumnos en el periodo del recreo, el patio se dividirá en tres zonas: entrada, pistas y zona trasera, rotando los diferentes ciclos, semanalmente por las diferentes zonas de acuerdo con los turnos establecidos por la jefatura de estudios.

b) Los alumnos, durante una semana, vigilados por los profesores de su ciclo procurarán permanecer en la zona asignada.

c) No podrán estar por los pasillos ni en las clases solos y procurarán ir al servicio a la entrada y salida de recreo. Para entrar en las clases o servicios deberán pedir permiso a su tutor o profesor vigilante de su zona.

d) Para el cuidado y vigilancia de los recreos podrá organizarse un turno entre los maestros y maestras del centro, a razón de una persona de vigilancia por cada dos grupos de alumnos y alumnas o fracción, del que quedará exento el director/a. Esta organización se aprobará por el claustro anualmente, a principios de curso, en función de las necesidades del centro.

e) Si por mal tiempo u otra causa no se pudiera salir al patio en el tiempo de recreo, permanecerá con los alumnos el profesor/a que tenga la sesión anterior al mismo, quien organizará las salidas al servicio y otras actividades en este tiempo. Si el maestro/a estuviera exento de la vigilancia del recreo por participar en alguno de los planes o proyectos cuyas actividades le eximen de dicha vigilancia, quedará, en esta circunstancia, excepcionalmente, liberado de la realización de las tareas relacionadas con el Plan o Proyecto.

 

4.2. Entradas y salidas de clase.

 

a) Entradas:

1. Para entrar a clase, cuando suene el timbre, los alumnos se pondrán en fila al pie de las escaleras de entrada y acompañados del maestro/a con quien tengan la próxima clase, accederán al aula en orden sin molestar a los demás.

2. Los alumnos que se incorporen a la jornada escolar a lo largo de ésta,

procurará hacerlo en las horas de cambio de clase para no interrumpir el desarrollo de las mismas.

3. Durante el horario de recreo sólo se accederá a las clases con permiso del tutor/a.

4. Los días de lluvia los alumnos/as podrán acceder a su clase antes de que suene el timbre acompañados de su maestro/a.

5. Las puertas de acceso al colegio se cerrarán diez minutos después de la hora de entrada.

b) Salidas.

1. Las salidas en grupo de las clases se harán en orden y acompañados del maestro/a con quien se haya tenido la anterior clase quien acompañará a los alumnos/as hasta la puerta del edificio del colegio.

2. Saldrán primero los de la planta de arriba para evitar aglomeraciones.

3. Cuando se vaya a abandonar el colegio en grupo habrá que tener autorización de los padres/madres o tutores legales. Si la salida es individual la persona responsable deberá firmar en el control de salidas, en secretaría.

4. Se procurará que las salidas se produzcan en el cambio de clases.

 

5.-COLABORACIÓN DE LOS TUTORES Y TUTORAS EN LA GESTIÓN DEL PROGRAMA DE LIBROS DE TEXTO.

a) Un tutor formará parte de la Comisión del Programa de Gratuidad, constituida en el seno del Consejo Escolar para su seguimiento y gestión. Todos los tutores serán miembros de la Comisión, a título consultivo sobre el uso que se haya hecho de los materiales.

b) Contrastarán la relación de materias que va a desarrollar el alumnado de su grupo con la que aparece en el cheque-libro.

c) Facilitarán el etiquetado de los libros de los alumnos.

d) Supervisarán a lo largo del curso la correcta utilización de los libros de texto y harán de este uso una ocasión para mejorar la educación en valores.

e) Comprobarán el estado de los libros que se entregan al final de curso en su grupo.

f) Comunicarán a la Comisión la necesidad de reposición de los libros en mal estado.

 

6.-PLAN DE AUTOPROTECCIÓN DEL CENTRO.

No tiene que estar incluido en el Proyecto de Dirección, debe de ser elaborado aparte.

 

 

7.-EVALUACIÓN DEL CENTRO Y PROCEDIMIENTO PARA LA

DESIGNACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LOS EQUIPOS DE EVALUACIÓN.

 

7.1. Evaluación

 

1. El centro colaborará con la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa en todos los procesos de evaluación que se lleven a cabo, de conformidad con lo que se establezca por Orden de la Consejería competente en materia de educación.

 

2. La evaluación interna del centro tendrá en cuenta las conclusiones obtenidas en las evaluaciones anteriores y externas, así como en los resultados de la autoevaluación, las situaciones socioeconómicas y culturales de las familias y el alumnado que acogen, el entorno del propio centro y los recursos de que disponen. La evaluación se efectuará sobre los procesos educativos y sobre los resultados obtenidos, tanto en lo relativo a la organización, gestión y funcionamiento, como al conjunto de las actividades de enseñanza y aprendizaje.

 

Documentación a reflejar en la autoevaluación:

Los indicadores que establezca la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa y aquellos otros que proponga el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica. Sirvan como referente:

a.-Análisis de los objetivos recogidos en el Plan de Centro.

 

b.- Funcionamiento global del centro.

 

c.- Funcionamiento de los órganos de gobierno.

 

d.- Grado de utilización y actuación de los distintos servicios de apoyo a la educación.

 

e.- Valoración de los logros y dificultades a partir de la información facilitada por los

indicadores.

 

f.- Propuestas de mejora.

 

7.2. Composición y formación del Equipo de Evaluación.

a) Para la realización de la memoria de autoevaluación se creará un equipo de evaluación que estará integrado por el equipo directivo y por un representante de cada uno de los distintos sectores de la comunidad educativa elegidos por el consejo escolar de entre sus miembros, para lo cual en la primera reunión de curso del consejo escolar se incluirá un punto en el orden del día en el que se elegirán dichos componentes.

b) Cada sector elegirá a su representante.

c) Si hubiera más personal interesado en participar en dicho proceso, se podrá aumentar en uno el número de representantes por sector.

 

8.) CRITERIOS PARA LA ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y COMPLEMENTARIAS, ESPECIALMENTE LOS VIAJES DEL ALUMNADO.

ORDEN de 3 de agosto de 2010, por la que se regulan los servicios complementarios de la enseñanza de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos, así como la ampliación de horario.

 

 8.1. Actividades extraescolares.

a) Se consideran actividades extraescolares las encaminadas a potenciar la apertura del centro a su entorno y a procurar la formación integral del alumnado en aspectos referidos a la ampliación de su horizonte cultural, a la preparación para su inserción en la sociedad o del uso del tiempo libre.

Para ello se podrán organizar actividades relacionadas o incluidas en alguna de las siguientes áreas: idiomas, tecnologías de la información y comunicación, deportes, expresión plástica y artística, talleres de lectura y escritura o actividades de estudio dirigido.

b. Nuestro centro intentará ofertar, al menos actividades relacionadas con las áreas arriba citadas que serán programadas anualmente en función de las necesidades y la demanda de nuestro alumnado.

c. Las actividades extraescolares tendrán carácter voluntario para todos los alumnos y alumnas y en ningún caso formarán parte del proceso de evaluación del alumnado para la superación de las distintas áreas o materias que integran los currículos.

d) Será el Jefe de Estudios el encargado de coordinar la realización de las actividades complementarias y extraescolares en colaboración con los Coordinadores de ciclo, las Asociaciones de Padres de Alumnos y el representante del Ayuntamiento en el Consejo Escolar.

e) En cualquier caso, las actividades extraescolares, al estar incluidas en el Plan de Centro, deben ser consideradas como una actividad más del mismo y, por tanto, el Director del Centro deberá comprometerse en la gestión de las mismas, tanto desde el punto de vista económico como en lo que se refiere a la planificación y desarrollo de éstas. Y esto independientemente del sector de la comunidad educativa que las haya propuesto.

f) La organización de las actividades extraescolares puede realizarse a través de las Asociaciones de Padres de Alumnos o de otras asociaciones colaboradoras, o en colaboración con las Administraciones Locales.

 

8.2. Actividades Complementarias.

 

a) Se consideran actividades complementarias las organizadas durante el horario escolar por los Centros, de acuerdo con su Proyecto educativo y que tienen un carácter diferenciado de las propiamente lectivas por el momento, espacios o recursos que utilizan.

b) Por su propia naturaleza, las actividades complementarias deben ser organizadas y vigiladas por el profesorado del Centro, como si de actividad lectiva ordinaria se tratara, independientemente de que otras personas relacionadas con el Centro puedan colaborar.

 

8.3. Criterios para la planificación de los viajes del alumnado.

1. Criterios para la elección de los destinos:

El Centro ofrecerá a los alumnos/as una serie de viajes a lo largo del curso con un carácter formativo y lúdico de forma que los estudiantes encuentren en estos viajes las actividades que necesitan para completar su formación y los utilicen de una manera educativa y provechosa.

Estos viajes se organizarán por ciclos y cursos, comenzando por la localidad y comarca para los más pequeños, zonas naturales y culturales cercanas para el segundo ciclo y capital de provincia y Comunidad Autónoma para el tercer ciclo.

-El primer ciclo visitará preferentemente zonas recreativas y centros relacionados con actividades laborales propias de la localidad y de la comarca de la Campiña Sur.

- El segundo ciclo realizará visitas relacionadas con la naturaleza y el patrimonio cultural y monumental.

Los alumnos de tercero visitarán un Parque Natural de la Provincia.

Los alumnos de cuarto visitarán el patrimonio cultural más cercano.

- Los alumnos del tercer ciclo visitarán la capital de la provincia como centro administrativo, cultural e industrial (5º curso).

Los alumnos de sexto visitarán un centro cultural o de ocio de la Comunidad autónoma.

2. Participantes en los viajes.

- Podrán participar todos los alumnos de Centro que cuenten con la correspondiente autorización de los padres y no tengan suspendida la participación en dichas actividades por mal comportamiento, de acuerdo con el Plan de Convivencia.

-Los alumnos que necesiten la ayuda de una persona por sus limitaciones físicas o psíquicas deberán ir acompañados de algún familiar y del monitor/a de educación especial.

-Acompañarán a los alumnos los tutores y un profesor del ciclo, por viaje. En caso de que un tutor no asista se hará cargo de ese curso un maestro /a voluntario/a del colegio, preferentemente que imparta clase en ese curso.

3.- Duración.

- La duración de los viajes será de una jornada, pudiéndose ampliar a dos o tres para los alumnos de sexto.

4. Financiación.

- El alumnado aportará  los gastos del viaje. Los recursos para estos gastos se podrá obtener por medio de rifas, loterías, aportaciones AMPA, entidades financieras etc; de tal forma que el tema económico no suponga la no participación de determinados alumnos.

 

 

9. NORMAS DE UTILIZACIÓN DE TELÉFONOS MÓVILES Y ACCESO A INTERNET.

9.1. Móviles.

a) Durante la jornada escolar, el alumnado no podrá hacer uso de los móviles ni en el centro ni en el aula por lo que estos deberán permanecer apagados. El incumplimiento se considerará como una conducta contraria a las normas de convivencia del Centro y corregida como tal.

b) El contacto de los padres con el alumnado en este periodo se hará a través del teléfono de secretaría para lo cual, los padres, a principio de curso, entregarán al tutor/a o en secretaría un teléfono de contacto.

c) No está permitido el móvil para hacer fotografías al alumnado ni al personal docente o no docente del Centro.

9.2. Internet.

a) La responsabilidad del estado de los pupitres y de los equipos informáticos fijos o portátiles recaerá sobre los alumnos/as que lo utilizan. Cada reparación derivada de un mal uso de estos elementos será por cuenta de los usuarios/as.

b) Queda prohibido cualquier cambio de puesto de trabajo que no esté autorizado por el tutor o tutora. Sólo el profesorado responsable podrá autorizar un cambio de ubicación puntual por motivos pedagógicos o de control disciplinario.

c) Si en el reconocimiento inicial, al inicio de una sesión de trabajo con ordenadores o en el transcurso de esta se observara alguna anomalía, deberá comunicarse inmediatamente a los responsables de aula de informática.

d) Tanto para el inicio de una sesión de trabajo, como para desarrollo y su finalización deberán seguirse las indicaciones del profesor o profesora responsable.

e) Queda prohibida la manipulación del equipo informático que nos corresponde sin autorización del profesor o profesora responsable.

f) Quedan prohibidas las conexiones a Internet sin autorización del profesor o profesora responsable.

g) Sólo debe almacenar información cada uno en la carpeta de usuario.

h) No está permitido el almacenamiento de información ilegal u ofensiva.

 i) El uso del ordenador del aula deberá ser compartido.

j) Los portátiles serán traídos al colegio cuando el profesor lo crea conveniente por la naturaleza de la materia a impartir.(Sólo los cursos que lo tengan como dotación).

k) El uso inadecuado de Internet será considerado como una conducta gravemente perjudicial para las normas de convivencia del centro y como tal será corregida.

 

9.3. Fotos y grabaciones.

Las fotos y grabaciones a alumnos en actos organizados por el colegio sólo se podrán realizar cuando se den las siguientes circunstancias.

a) Autorización paterna, para la cual al realizar la matrícula del alumnado en la etapa, se solicitará de los padres/madres dicha autorización.

b) Sólo en actividades relacionadas con el colegio (fotos en clase, actividades extraescolares, excursiones, charlas, etc.)

c) Sólo se podrá difundir en relación con dichas actividades: referencias en prensa, revista escolar, página web, CDs entregados a los padres, etc.

d) Las imágenes sólo podrán ser tomadas por el personal del centro o expresamente autorizado por el director.

Las fotos de recuerdo del alumnado, realizadas por fotógrafos especializados, sólo se llevarán a cabo, previa autorización de la comisión permanente del Consejo Escolar y a alumnos con autorización de los padres/madres.

 

10. UNIFORME DEL ALUMNADO.

 

El Consejo Escolar podrá aprobar el uso de un uniforme por parte del alumnado en los siguientes términos.

a) Deberá tener la conformidad de la mayoría simple del censo de padres/ madres, previa consulta a estos.

b) El uso del uniforme no será obligatorio.

c) Deberá llevar la identificación del Centro y en la parte superior izquierda, la marca genérica de la Junta de Andalucía, asociada a la Consejería de Educación.

 

11. CERTÁMENES.

Nuestro Colegio convocará anualmente un certamen literario, a celebrar en el mes de mayo, para los alumnos del Tercer Ciclo de Primaria, con el fin de mejorar la expresión escrita del alumnado y poner en valor algún aspecto, generalmente relacionado con nuestro entorno.

1ª.- Los trabajos serán en verso o en prosa sobre un tema libre relacionado con nuestro pueblo o con otro tema elegido en la convocatoria anual por el ETCP, no pudiendo exceder su extensión de dos folios escritos por una cara.

2ª.- Los participantes podrán inscribirse en la Secretaría del Centro durante un periodo de diez días a partir de la convocatoria del certamen.

3ª.- El ejercicio se realizará en un acto presencial en el propio Colegio, y en una fecha anunciada en la convocatoria.

4ª.- Cada trabajo se acompañará de un sobre cerrado, dentro del cual irán los datos personales del autor (nombre, apellido y curso). Fuera del sobre y en el trabajo se escribirá un lema o seudónimo de identificación.

5ª.- El jurado lo formarán: un maestro/a de cada ciclo, un padre/madre del Consejo Escolar y un miembro del Equipo Directivo.

6ª.- Los premios consistirán en lotes de libros o material escolar.

 

12. REVISIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO.

 

El presente Reglamento de Organización y Funcionamiento podrá ser revisado en los siguientes casos:

a.- Cuando no se adapte a la normativa que puedan dictar las autoridades educativas con competencia para ello.

b.- Cuando lo solicite, al menos, la mayoría absoluta de los componentes del Consejo

Escolar.



 

3.2. - PLAN DE COMUNICACIÓN INTERNA/EXTERNA DEL CENTRO.

 

      Es conocido por todos que en los centros educativos existe una necesidad de comunicación permanente, tanto hacia el interior como hacia el exterior, es decir, con el alumnado, con las familias de éstos en su caso, con la comunidad educativa en general y con los posibles candidatos a formar parte de la misma, etc. 

El plan de comunicación del centro, deberá tomar en cuenta a todos los miembros de la Comunidad Educativa: estudiantes, profesores, equipo directivo, personal administrativo, padres y madres de familia y el entorno social de la institución (administración educativa, otras instituciones educativas, otras instituciones públicas y privadas, etc.).

                                                              PLAN DE COMUNICACIÓN INTERNA.    

1.-OBJETIVOS.

Se establece el plan de comunicación del centro educativo como una herramienta de trabajo para el beneficio de la comunidad educativa.

Al ser un Claustro pequeño nos resulta más sencillo estar informados y tener los calendarios de actuaciones claros desde principio de curso.

Los objetivos prioritarios de este plan interno son los siguientes:

ü    Evaluar el plan de comunicación actual para estructurar los objetivos que la mejoren.

ü    Implantar medios de comunicación bidireccionales entre el equipo directivo-profesorado y Consejo Escolar.

ü    Organizar un flujo de comunicación eficiente.

ü    Mejorar la transparencia de la gestión educativa del centro.

ü    Mejorar la gestión interna del centro.

1.                  PÚBLICO.

ü    Equipo directivo, Claustro de Profesores, Personal de Administración y Servicios y Consejo Escolar.

2.                  CANALES.

ü    Whatsapp para la comunicación informal del profesorado, al ser la herramienta de comunicación que ya se emplea habitualmente y tener una implantación completa entre el profesorado.

ü    Recomendar la creación de grupos concretos (ciclos, comisiones del Consejo Escolar, E.T.C.P., equipos de orientación, etc...), de manera que se fomente el contacto regular entre los miembros de la comunidad educativa.

ü    Elaboración de listas de correos para la difusión de información (convocatorias, cursos de formación, comunicaciones oficiales, etc...)

ü    Espacios establecidos para las comunicaciones oficiales (tablones de anuncios).

ü     Proyectar la creación de un servicio en Google Drive donde incorporaríamos documentación para todo el Claustro con contenidos generales de uso para todo el centro y luego específicamente por niveles y ciclos (partes de faltas, programaciones, tutorías, material de apoyo y refuerzo, etc).

Además, toda la documentación de interés para el profesorado se colocaría en una carpeta visible en los ordenadores de la sala de profesores.

3.                  CONTENIDOS.

ü    Citaciones para Claustros y Consejos Escolares.

ü     Reuniones de Coordinación.

ü    Programación de Actividades a realizar.

ü    Calendario inicio de curso, documentos de interés para el Claustro de Profesores.

ü    Fechas, celebraciones y efemérides de carácter interno.

ü    Informaciones de interés para el profesorado, curso de formación, becas, ayudas, etc...

ü    Directrices, recordatorios, encuestas y formularios (autoevaluación, evaluación de actividades extraescolares y complementarias, etc...)

ü    Los contenidos y publicaciones vertidas por cualquier miembro de la comunidad educativa deben mantener el respeto a la identidad personal y a la de otras personas. Del mismo modo, se ha de cuidar la imagen del centro y la de sus integrantes.

ü    A fin de proteger a los menores de 14 años, se firmará durante el periodo de matrícula la autorización para que el alumno pueda aparecer en imágenes tomadas durante las distintas actividades a celebrar durante el curso.

ü    Se ha de tener en cuenta que la información sea clara y concisa, cuidando las fuentes, la sintaxis y la ortografía de los textos.

4.                  ACCIONES Y CRONOGRAMA DE LAS MISMAS.

El Plan de Comunicación debe formar parte del Plan Anual de Centro, es decir, no es algo que se pueda realizar como un producto terminado y cerrado, sino que necesita mantenerse siempre abierto y actualizado.

Las acciones a desarrollar serán las siguientes:

ü    Actualización de la base de datos del centro (personal, correos electrónicos, familias, alumnado, profesorado, entidades colaboradoras). SEPTIEMBRE.

ü    Se enviará la documentación a los Grupos de Drive, las notificaciones a los grupos de Whatsapp y publicará la documentación en el tablón de anuncios de Sala de Profesores. SEPTIEMBRE.

ü    El Equipo Directivo comunicará con citación individualizada cualquier convocatoria que se realice durante el curso de Claustro, Consejo Escolar, Distintas Comisiones del Consejo Escolar y E.T.C.P. TODO EL CURSO.

ü    Elaboración de un programa de buenas prácticas y seguridad. PRIMER TRIMESTRE.

ü    Creación de filtros de seguridad en la red.

 PRIMER TRIMESTRE.

ü    Seguimiento y evaluación del plan. TODO EL CURSO.

ü    Evaluación final del plan de comunicación interna.

FINAL DE CURSO.

ü    Propuestas de mejora para el siguiente curso. FINAL DE CURSO.

5.                  RESPONSABLES Y RECURSOS.

El desarrollo de las acciones de comunicación compete a todo el Claustro. No obstante se identificarán algunos responsables:

DIRECTOR DEL CENTRO

Máximo responsable

COORDINADOR DEL PLAN

Coordinador

COORDINADOR TIC

Supervisor

 

 

 

 

                               PLAN DE COMUNICACIÓN EXTERNA.   

1.-OBJETIVOS.

ü    Dar a conocer y promocionar el centro educativo.

ü    Potenciar nuevos canales de información con el objetivo de comunicar cualquier acontecimiento, noticia o actividad de interés para la comunidad educativa, reforzando a su vez, los valores, posicionamiento e imagen del centro.

ü    Conseguir un mejor aprovechamiento y optimización de las tecnologías en la comunicación, empleando herramientas como las redes sociales y recursos de la Web 2.0.

ü    Informar y compartir: actividades, logros, programas, etc.

ü    Mejorar la transparencia de la gestión educativa.

ü    Consolidar la pertenencia y presencia de los actores de la Comunidad Educativa.

ü    Fortalecer la Comunidad integrando a todos los actores en su desarrollo.

ü    Posicionar al Centro en su entorno social.

ü    Fomentar la comunicación bidireccional tanto desde el centro como hacia el centro.

1.                  PÚBLICO.

ü    Equipo directivo, Claustro de Profesores, Alumnado, Familias, Ayuntamiento, Asociaciones de la localidad, etc.

2.                  CANALES.

ü    Symbaloo, Pasen, Correo electrónico, blog del colegio, página web del colegio, whatsapp, televisiones locales, redes sociales y canales tradicionales de comunicación como teléfono, fax y correo postal.

3.                  CONTENIDOS.

ü    En la página web del centro, los contenidos serán educativos y de carácter oficial (PGA, ROC, PEC, Actividades extraescolares…) Siempre teniendo en cuenta la Política de Privacidad.

ü    En los grupos de Whatsapp la información será objetiva y puntual (citaciones de eventos, convocatorias…)

ü    Proceso de escolarización.

ü    Convocatorias de interés para las familias.

ü    Celebraciones y eventos.

ü    Actos y sesiones informativas.

ü    Actividades específicas para familias.

ü    Los contenidos y publicaciones vertidas por cualquier miembro de la comunidad educativa deben mantener el respeto a la identidad personal y a la de otras personas. Del mismo modo, se ha de cuidar la imagen del centro y la de sus integrantes.

ü    A fin de proteger a los menores de 14 años, se firmará durante el periodo de matrícula la autorización para que el alumno pueda aparecer en imágenes tomadas durante las distintas actividades a celebrar durante el curso.

ü    Se ha de tener en cuenta que la información sea clara y concisa, cuidando las fuentes, la sintaxis y la ortografía de los textos.

4.                  ACCIONES Y CRONOGRAMA.

ü    Se creará una comisión al inicio de curso para coordinar y organizar los distintos canales que lo utilicen.  SEPTIEMBRE.

ü    Configuración de paneles informativos y cartelería exterior. SEPTIEMBRE.

ü    Elaboración de un decálogo sencillo de uso correcto de los canales de comunicación externos, incluidas las RRSS para que existan unas buenas prácticas de comunicación que aceptarán toda la comunidad educativa.                           PRIMER TRIMESTRE.

ü    Difusión del plan de comunicación a toda la comunidad educativa. SEPTIEMBRE.

ü    Asimismo, será importante mantener un flujo de información adecuado y suficiente, de manera que evitemos destacar información carente de interés o contribuir a saturar los canales de comunicación    ((infoxicación). Es muy importante que esta primera fase de implantación generemos la cultura de comunicación de centro que deseamos mantener a largo plazo. TODO EL CURSO.

5.                  RESPONSABLES Y RECURSOS.

DIRECTOR DEL CENTRO

Máximo responsable

COORDINADOR DEL PLAN

Coordinador



 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

3.3. - PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD.

 

 

 

 

 

 

3.1.- PRINCIPIOS GENERALES.

3.2.- DESARROLLO NORMATIVO.

3.3.- MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD.

      3.3.1. ORGANIZATIVAS.

      3.3.2. ADAPTACIÓN A LAS NECESIDADES DEL ALUMNADO.

      3.3.3. REFUERZO.

      3.3.4. ADAPTACIONES CURRICULARES.

4.- LA ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE REFUERZO Y RECUPERACIÓN.

5.- EL PLAN DE ORIENTACIÓN Y DE ACCIÓN TUTORIAL.

6.- EL PROCEDIMIENTO PARA SUSCRIBIR COMPROMISOS EDUCATIVOS Y DE CONVIVENCIA CON LAS FAMILIAS.

 

 

 

1.- PRINCIPIOS GENERALES.

 

El contexto educativo se puede considerar como un espacio en el que se reproduce la sociedad, y en éste, la diversidad es también un hecho constatable: el alumnado es diverso; los estilos de aprendizaje, las capacidades para aprender, los intereses, las motivaciones, las expectativas, los ritmos, los niveles de desarrollo…

Desde una perspectiva global, el Proyecto supone una herramienta que permite adaptarnos a las Necesidades de Aprendizaje de nuestro alumnado.

La atención a la diversidad garantizará el acceso y la permanencia en el sistema educativo del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, entendiendo por tal el alumnado con necesidades educativas especiales, el que se incorpore de forma tardía al sistema educativo, el que precise de acciones de carácter compensatorio y el que presente altas capacidades intelectuales.

Las medidas de atención a la diversidad podrán ser tanto organizativas como curriculares, y permitirán al centro, en el ejercicio de su autonomía, una organización flexible de las enseñanzas y de los recursos humanos y materiales que se les asignen de acuerdo con la planificación educativa y una atención personalizada al alumnado en función de sus necesidades.

Estas medidas, deberán ponerse en práctica tan pronto como se detecten en el alumnado dificultades de aprendizaje y estarán orientadas a responder a las necesidades educativas concretas que presenten.

Las medidas deberán contemplar la inclusión escolar y social del alumnado y, en ningún caso, podrán suponer una discriminación que le impida alcanzar los objetivos de la etapa.

La atención a la diversidad del alumnado será la pauta ordinaria de la acción educativa en la enseñanza obligatoria, para lo cual se favorecerá una organización flexible, variada e individualizada de la ordenación de los contenidos y de su enseñanza. De acuerdo con ello, el profesorado tendrá en consideración en las programaciones de los contenidos y de las actividades las diversas situaciones escolares y las características específicas del alumnado al que atiende.

Se prestará especial atención durante toda la enseñanza básica a las estrategias de apoyo y refuerzo de las áreas o materias instrumentales de Lengua castellana y literatura, Lengua extranjera y Matemáticas.

El marco habitual para el tratamiento del alumnado con dificultades de aprendizaje, o con insuficiente nivel curricular en relación con el del curso que le correspondería por edad, es aquel en el que se asegure un enfoque multidisciplinar, asegurándose la coordinación de todos los miembros del equipo docente que atienda al alumno o alumna y del equipo de orientación educativa.

La atención al alumnado que presente necesidades específicas de apoyo educativo se realizará, ordinariamente, dentro de su propio grupo. Cuando dicha atención requiera un tiempo o espacio diferente, se hará sin que suponga discriminación o exclusión de dicho alumnado.

 La Consejería competente en materia de educación establecerá los mecanismos de coordinación con el resto de Administraciones competentes en esta materia.

Las actuaciones en materia de atención a la diversidad del alumnado mantendrán una continuidad entre cursos, ciclos y etapas, para lo cual se celebrarán reuniones de tutoría compartida entre el profesorado tutor del último curso de cada etapa con el del primer curso de la etapa siguiente, todas ellas con el asesoramiento de los equipos de orientación educativa y de los departamentos de orientación, con objeto de intercambiar información sobre las medidas de atención a la diversidad que se estén desarrollando y la eficacia de las mismas, así como para coordinar criterios en el tratamiento del alumnado con dificultades de aprendizaje.

El profesorado responsable de la aplicación de las diferentes medidas de atención a la diversidad será designado por la dirección del centro a comienzos de cada curso.

Al comienzo del curso escolar o, en su caso, en el momento de incorporación del alumnado a cualquiera de los programas o actuaciones contemplados en el presente plan de atención a la diversidad, el profesor/a tutor/a, previo informe a la Jefatura de Estudios y a la Dirección del centro, informará al alumnado y a sus padres y madres o tutores legales de la medida adoptada, de sus características y de su idoneidad, dejando constancia de ello, y firmando con la familia un compromiso educativo en el que se plasmen las actuaciones a las que se compromete la familia y el profesorado del alumno con respecto al desarrollo y seguimiento de las medidas acordadas.

 

Para el tratamiento del alumnado de NEE, se asegura un enfoque multidisciplinar que permita la coordinación del equipo docente, jefatura de estudios y el profesorado de educación especial. Para ello, se establecen reuniones periódicas conjuntas, a lo largo del curso escolar. En nuestro centro, se garantiza el acceso y la permanencia en el sistema educativo de dicho alumnado.

Igualmente, estableceremos medidas de detección y atención temprana con objeto de que nuestro alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual y social.

2.- DESARROLLO NORMATIVO

 

Ø  La Ley Orgánica 2/2006 de Educación, de 3 de mayo, en su título II establece que las Administraciones educativas dispondrán los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter general.

Ø  Asimismo, la Ley 17/2007 de Educación de Andalucía, de 10 de diciembre, dispone en su artículo 48.3 que la Administración educativa regulará el marco general de atención a la diversidad del alumnado y las condiciones y recursos para la aplicación de las diferentes medidas que serán desarrolladas por los centros docentes, de acuerdo con los principios generales de la educación básica que se recogen en el artículo 46 de dicha Ley.

Ø  El Decreto 230/2007 de 31 de julio, que establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la educación primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, recoge que en esta etapa se hace necesario establecer una permanente atención a la diversidad del alumnado, para lo cual los centros docentes y el profesorado deberán fijar en sus correspondientes proyectos educativos medidas de adaptación del currículo a las características y posibilidades personales, sociales y culturales del alumnado. Estas medidas serán tanto de tipo organizativo como de tipo curricular y permitirán que el centro pueda acometer, en el ejercicio de su autonomía, una organización flexible de las enseñanzas y una atención personalizada al alumnado en función de sus necesidades.

Ø  Y, finalmente, la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, en la ORDEN de 25 de julio de 2008, establece los criterios que regula y desarrolla la atención a la diversidad del alumnado que cursa la educación básica en los centros docentes públicos de esta comunidad autónoma.

 

3.- MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD.

 

 

De acuerdo con lo recogido en el artículo 15 del Decreto 230/2007, de 31 de julio, y de acuerdo con la autonomía reconocida a los centros docentes, a comienzos de cada curso el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica organizará la atención a la diversidad de su alumnado, para lo que podrán desarrollar, entre otras actuaciones, las medidas y programas siguientes: organizativas, de adaptación a las necesidades del alumnado, de refuerzo y adaptaciones curriculares.

3.1.- Organizativas.

- Realización de agrupamientos flexibles para la atención al alumnado en un grupo específico, con carácter temporal y abierto, y con la finalidad de facilitar la integración del alumnado en su grupo ordinario y que, en ningún caso, supondrá discriminación para el alumnado más necesitado de apoyo.

Es una medida puntual que se aplica individualmente o por grupo de alumnado que comparte el mismo nivel de competencia curricular, no teniendo estos por qué compartir curso. (Se hará dentro siempre del mismo ciclo y después de estudiarlo en el E.T.C.P. previa consulta con los tutores-as implicados).

- Desdoblamientos de grupos en las áreas y materias instrumentales, con la finalidad de reforzar su enseñanza. (Siempre dentro del aula).

- Apoyo en grupos ordinarios mediante un segundo profesor o profesora dentro del aula, preferentemente para reforzar los aprendizajes instrumentales básicos, en los casos del alumnado que presente un importante desfase en su nivel de aprendizaje en las áreas o materias de Lengua Castellana y Literatura y de Matemáticas.

- Modelo flexible de horario lectivo semanal, que se seguirá para responder a las necesidades educativas concretas del alumnado.

 

3.2.- Adaptación a las necesidades de aprendizaje del alumnado.

Como ya hemos mencionado anteriormente, el estudio que hacemos de los alumnos/as en los primeros días del curso constituye una herramienta fundamental para determinar cuál es la situación de cada alumno/a y por lo tanto conocer el punto de partida de nuestra labor docente con ellos.

 Partimos del nivel de desarrollo del alumno/a, en sus distintos aspectos, para permitir que los alumnos/as construyan, a partir de ahí, otros aprendizajes que favorezcan y mejoren dicho nivel de desarrollo.

La estructura del Proyecto en sí, y su concreción curricular constituye una medida de atención a la diversidad. Por otro lado, su desarrollo en la programación didáctica y en las unidades didácticas generará un conjunto de propuestas que favorecerán la adaptación a los intereses, capacidades y motivaciones de los alumnos respetando siempre un trabajo común de base y una intención formativa global que permita la consecución de las competencias básicas y de los objetivos del curso.

Las actividades de Refuerzo y Ampliación planteadas  suponen asegurarnos que todos los alumnos trabajarán en la medida de sus capacidades.

Igualmente, el carácter abierto de algunas actividades hace posible atender a alumnos con capacidades diferentes.

La atención individualizada hacia el alumno/a supone la mejor herramienta para atender su demanda de necesidades y poder corregir cualquier dificultad que presenten.

El Refuerzo Educativo, que se aplicará a los alumnos/as que lo demanden, supone una medida de atención a la diversidad en sí.

Para hablar de  atención a la diversidad, también  tenemos que analizar la metodología que usaremos cada maestro/a en su aula.

El enfoque globalizador debe de estar presente, ya que motiva al alumno/a, para el desarrollo de las distintas áreas; le implica en el proceso de enseñanza-aprendizaje y le permite realizar aprendizajes significativos. Es decir, esto conlleva, que el alumno o alumna es quien elabora y construye sus esquemas de conocimiento. El profesor/a es un guía u orientador.

            Los aprendizajes significativos de conocimiento ayudan al niño/a no sólo a construir conocimientos que puede aplicar en distintas circunstancias, sino a utilizar sus nuevos saberes en la consecución de otros aprendizajes, es decir, que aprende a aprender.

El punto de partida será distinto en cada alumno, por lo que será necesario determinar el nivel de desarrollo individual de los alumnos. Estas diferencias individuales deberán ser contempladas en un ambiente de respeto y atención a la diversidad. Para ello, habrá que facilitar la autonomía en el aprendizaje, dando al alumno los medios para que pueda resolver con éxito los problemas que surgen.

Las opciones metodológicas en esta etapa se centran, en primer lugar, en la adaptación a las características personales de los alumnos/as y, en segundo lugar, en la integración de las distintas experiencias y aprendizajes de los alumnos/as.

La actividad constructiva del alumno/a es el factor decisivo en la realización de los aprendizajes escolares. Es el alumno/a  quien en último término modifica y reelabora sus esquemas de conocimiento, construyendo su propio aprendizaje. La actividad es una condición imprescindible para que la educación sea efectiva. Por ello hemos posibilitado que el alumno/a sea protagonista de su propio aprendizaje y que asuma responsabilidades ante el grupo.

En este proceso los maestros/as actuamos como guías y mediadores para facilitar la construcción de aprendizajes significativos que permiten establecer relaciones entre los conocimientos y experiencias previas y los nuevos contenidos.

Proporcionamos oportunidades para poner en práctica los nuevos conocimientos para que los alumnos/as comprueben la utilidad de lo aprendido y así consolidar los aprendizajes.

El proceso de enseñanza está presidido por la necesidad de garantizar que los aprendizajes sean funcionales, asegurándonos que el alumno/a pueda utilizarlos en circunstancias reales, es decir una aplicación práctica, y que le sean útiles para la adquisición de otros aprendizajes posteriores.

Igualmente es necesario el desarrollo de habilidades y estrategias de planificación de la actividad de aprendizaje: aprender a aprender. Para ello favoreceremos los contenidos procedimentales y su aplicación a diferentes ámbitos y prever situaciones en las que sea necesario el aprendizaje que se va a realizar, así como su validez para otras situaciones.

Los contenidos se presentan interrelacionados con otros de la misma y otras áreas, favoreciendo el enfoque globalizado de la programación. Las actividades programadas buscando cierta unidad que posibilita su tratamiento convergente de los contenidos de las diferentes áreas programadas, así como la formulación de unos contenidos actitudinales y procedimentales comunes, teniendo en cuenta la consideración de las enseñanzas transversales del currículo y la interrelación de diferentes tipos de contenidos.

Hemos dado un tratamiento gradual a la secuenciación de contenidos: hemos partido de aquellos que le son más familiares a los alumnos/as, partiendo de lo concreto para llega a lo abstracto, de lo cercano a lo lejano. El aprendizaje de un contenido conduce a otro de la misma naturaleza pero matizado, ampliado o perfeccionado.

Del mismo modo, la programación tiene muy presente el tratamiento a la diversidad del alumnado. Para ello hemos programado actividades con diferente grado de dificultad que dan respuesta a los diferentes ritmos de aprendizaje de cada alumno/a, a sus diferentes necesidades derivadas de sus propios intereses y motivación.

Aprovechamos las necesidades de actividad de los niños/as de estas edades para basare el aprendizaje en el principio de actividad y participación desde una doble perspectiva: como medio para que los niños/as se sientan protagonistas y obtengan aprendizajes de forma autónoma, y como estrategia que permite una enseñanza activa donde se ponen de manifiesto tanto los aspectos motrices o manipulativos, como también los cognitivos.

Entendemos que el juego constituye una herramienta fundamental que permite el desarrollo integral, es decir, emocional, intelectual y social. Por ello lo utilizaremos como recurso para el tratamiento de algunos contenidos.

La motivación supone un modo de despertar el interés del alumno/a. Para ello hemos programado cada sesión y cada Unidad Didáctica, partiendo de una actividad de motivación que sirve de  introducción del tema a tratar ese día.

Parte de la actividad educativa se realiza en grupo. Así el alumno/a adquiere las capacidades que le permiten participar como miembro activo del grupo. Para ello hemos programado actividades colectivas, grupales, cooperativas, debates, coloquios, comentarios, puestas en común, etc. en las que los alumnos/as tienen que participar tanto en la elaboración de los trabajos, como en la organización y reparto de funciones.

El tipo de agrupamientos que se realizarán son grupos heterogéneos cooperativos de forma que se dé una interdependencia positiva entre los miembros del grupo. Éstos deben asumir el reparto de responsabilidades y la toma de conciencia de la contribución al éxito del grupo.

Hacemos uso de los elementos del entorno, tanto de las grandes posibilidades educativas que nos ofrece como recurso didáctico (por ejemplo, “Salimos a un parque cercano al colegio para pasear, jugar y observar  las sensaciones que percibimos a través de nuestros sentidos”, como incorporando al currículo algunos de sus elementos.

Partimos de un concepto de escuela abierta a la sociedad en dos direcciones: saliendo al exterior para enriquecer nuestros aprendizajes con elementos culturales que no encontramos en nuestro centro y permitiendo que los miembros de la sociedad de nuestro entorno puedan entrar para hacer sus aportaciones culturales (por ejemplo, representación de una obra teatral por parte de los alumnos/as del Instituto).

 

 

LAS UNIDADES DIDÁCTICAS

Cada unidad partirá de una actividad  introductoria y de motivación que acercará a los alumnos/as al tema. De esta forma observaremos los conocimientos previos que cada alumno/a posee, y las posibles lagunas o conocimientos erróneos que éstos presenten con el objetivo de poder dirigir la actuación educativa para corregir esta situación.

Posteriormente se realizarán actividades de desarrollo en las que se trabajan los contenidos que conforman la programación.

Seguidamente, se realizarán actividades ampliación por parte de aquellos alumnos/as que por su capacidad así lo demanden profundizar en el tema.

Al mismo tiempo, se realizarán actividades de Refuerzo por parte de aquellos alumnos/as que por su capacidad necesiten actividades que apoyen y refuercen los conceptos que se están trabajando.

En cada sesión existirán algunas actividades de repaso que sirven para afianzar los conocimientos adquiridos y nos ayudarán a detectar posibles fallos en el proceso.

Por último se llevarán a cabo actividades específicas de evaluación que nos indicará en qué grado los alumnos/as han adquirido estos conocimientos, y las posibles medidas a adoptar.

3.3.- Refuerzo.

Ø  Programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas.

Estos programas tienen como fin asegurar los aprendizajes básicos de Lengua castellana y literatura, Primera Lengua extranjera y Matemáticas que permitan al alumnado seguir con aprovechamiento las enseñanzas de educación primaria.

El desarrollo de estos programas se basará en la programación y realización de actividades motivadoras que busquen alternativas al programa curricular de las materias instrumentales y que intenten responder a los intereses del alumnado y a la conexión con su entorno social y cultural.

 Entre estas actividades, se consideran aquellas que favorezcan la expresión y comunicación oral y escrita, tales como la realización de teatros, periódicos escolares, así como el dominio de la competencia matemática, a través de la resolución de problemas cotidianos.

Los programas de refuerzo de las áreas o materias instrumentales básicas están dirigidos al alumnado de Educación Primaria que se encuentre en alguna de las situaciones siguientes:

- El alumnado que no ha promocionado de curso.

- El alumnado que, aun promocionando de curso, no ha superado alguna de las áreas o materias instrumentales del curso anterior.

- El alumnado en el que se detecten, en cualquier momento del ciclo o del curso, dificultades en las áreas o materias instrumentales de Lengua Castellana y Literatura, Matemáticas y Primera Lengua Extranjera.

El número de alumnos y alumnas en los programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas no podrá ser superior a quince.

El alumnado que supere los déficits de aprendizaje detectados abandonará el programa de forma inmediata y se incorporará a otras actividades programadas para el grupo en el que se encuentre escolarizado.

 

El profesorado que imparta los programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas realizará a lo largo del curso escolar el seguimiento de la evolución de su alumnado e informará periódicamente de dicha evolución a las familias, de acuerdo con lo que resulte acordado en las sesiones de evaluación que realice el equipo docente.

No obstante lo anterior, los programas de refuerzo de materias instrumentales básicas no contemplarán una calificación final ni constarán en las actas de evaluación ni en el historial académico del alumnado.

 

Ø  Programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos.

Este programa está destinado al alumnado que promocione sin haber superado

todas las áreas o materias, y su finalidad es la de posibilitar la recuperación de los aprendizajes no adquiridos.

En este caso, el alumnado que recibe el programa deberá superar la evaluación correspondiente al mismo, por lo que estos programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos deberán incluir el conjunto de actividades programadas para realizar el seguimiento, el asesoramiento y la atención personalizada al alumnado con áreas o materias pendientes de cursos anteriores, así como las estrategias y criterios de evaluación que se aplicarán.

En el caso de la Educación Primaria, en la que todas las áreas y materias no superadas tienen continuidad en el curso siguiente, el profesorado responsable de estos programas será su tutor o tutora, o los maestros y maestras especialistas.

 

Ø  Planes específicos personalizados para el alumnado que no promocione de curso.

El alumnado que no promocione de curso seguirá un plan específico personalizado, orientado a la superación de las dificultades detectadas en el curso anterior.

Estos planes podrán incluir la incorporación del alumnado a un programa de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas, así como un conjunto de actividades programadas para realizar un seguimiento personalizado del mismo y el horario previsto para ello.

 

 

 

3.4.- Adaptaciones Curriculares.

De acuerdo con el artículo 71 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, las administraciones educativas dispondrán los medios necesarios para que todo el alumnado que requiera una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por dificultades específicas de aprendizaje, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o de historia escolar, alcance el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales, el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter general en dicha Ley.

La identificación y valoración de las necesidades educativas de este alumnado se realizará, lo más tempranamente posible, por personal con la debida cualificación y de acuerdo con el procedimiento establecido por la administración, y su escolarización se regirá por los principios de normalización, inclusión escolar y social, flexibilización y personalización de la enseñanza.

Se deberá garantizar la participación de los padres o tutores en las decisiones que afecten a la escolarización y a los procesos educativos de este alumnado. Igualmente les corresponde adoptar las medidas oportunas para que los padres de estos alumnos reciban el adecuado asesoramiento individualizado, así como la información necesaria que les ayude en la educación de sus hijos.

Para la atención de este alumnado se emplearán los medios materiales, los avances técnicos, los recursos específicos de las especialidades correspondientes y los profesionales cualificados que sean asignados al centro por la administración educativa y que se encuentren disponibles para la adecuada atención a este alumnado. Dicha atención se llevará a cabo, preferentemente, dentro del grupo de clase y, en aquellos casos en que se requiera, fuera del mismo.

La adaptación curricular es una medida de modificación de los elementos del currículo, a fin de dar respuesta al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

 

 

Estos programas de adaptación curricular están dirigidos, por tanto, al alumnado de educación primaria que se encuentre en alguna de las situaciones siguientes:

- Alumnado con necesidades educativas especiales.

Se entiende por alumnado que presenta necesidades educativas especiales, a aquel que requiera, por un período de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.

 

El Decreto 230/2007 de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía recoge que, con el fin de facilitar la accesibilidad al currículo, se establecerán los procedimientos oportunos cuando sea necesario realizar adaptaciones que se aparten significativamente de los contenidos y criterios de evaluación del currículo, a fin de atender al alumnado con necesidades educativas especiales que las precise, al que se refiere el artículo 73 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

 

Estas adaptaciones se realizarán buscando el máximo desarrollo posible de las competencias básicas, y la evaluación y la promoción del alumnado objeto de las mismas tomarán como referente los objetivos y criterios de evaluación fijados en dichas adaptaciones.

La escolarización de este alumnado se regirá por los principios de normalización e inclusión y asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y la permanencia en el sistema educativo, pudiendo introducirse medidas de flexibilización cuando se considere necesario.

Al finalizar cada curso se evaluarán los resultados conseguidos por cada uno de los alumnos en función de los objetivos propuestos a partir de la valoración inicial. Dicha evaluación permitirá proporcionarles la orientación adecuada y modificar el plan de actuación así como la modalidad de escolarización, de modo que pueda favorecerse, siempre que sea posible, el acceso del alumnado a un régimen de mayor integración.

Sin perjuicio de la permanencia durante un curso más en el mismo ciclo, prevista en el artículo 12.3, la escolarización de este alumnado en la etapa de educación primaria en centros ordinarios podrá prolongarse un año más, siempre que ello favorezca su integración socioeducativa.

- Alumnado que se incorpora tardíamente al sistema educativo.

Con esta medida se pretende favorecer la incorporación al sistema educativo de los alumnos y alumnas que, por proceder de otros países o por cualquier otro motivo, se incorporen de forma tardía al sistema educativo español. En dicha incorporación se garantizará, en todo caso, en la edad de escolarización obligatoria.

La escolarización de este alumnado se realizará atendiendo a sus circunstancias, conocimientos, edad e historial académico.

Cuando presenten graves carencias lingüísticas o en sus competencias o conocimientos básicos, a fin de facilitar su integración en el curso correspondiente, recibirán una atención específica que será, en todo caso, simultánea a su escolarización en los grupos ordinarios conforme al nivel y evolución de su aprendizaje, con los que compartirán el mayor tiempo posible del horario semanal.

Quienes presenten un desfase en su nivel de competencia curricular de más de un ciclo podrán ser escolarizados en el curso inmediatamente inferior al que les correspondería por edad.

Para este alumnado se adoptarán las medidas de refuerzo necesarias que faciliten su integración escolar y la recuperación de su desfase y le permita continuar con aprovechamiento sus estudios. En el caso de superar dicho desfase, se incorporará al grupo correspondiente a su edad.

Los padres o tutores del alumnado que se incorpora tardíamente al sistema educativo recibirán el asesoramiento necesario sobre los derechos, deberes y oportunidades que comporta la incorporación al sistema educativo español.

- Alumnado con necesidades de compensación educativa.

Con el fin de hacer efectivo el principio de igualdad en el ejercicio del derecho a la educación, se podrán desarrollar acciones de carácter compensatorio en relación con el alumnado que se encuentre en situaciones económica, social, familiar o cultural desfavorables, tendentes a evitar desigualdades.

Se desarrollará una actuación preventiva y compensatoria durante el inicio de la escolarización de este alumnado cuyas condiciones personales supongan una desigualdad inicial para acceder a la educación básica y para progresar en los niveles posteriores, empleando para ello los recursos humanos y materiales disponibles en el centro.

Se dará información y se realizarán las gestiones necesarias para facilitar el acceso del alumnado con condiciones socioeconómicas desfavorables a la participación de las convocatorias de becas, ayudas al estudio, cursos y/o actividades que se convoquen o planifiquen en el centro con carácter general.

- Alumnado con altas capacidades intelectuales.

Este alumnado deberá ser identificado como tal por el personal con la debida cualificación, de conformidad con el procedimiento que establezca por la Consejería de Educación, y su escolarización se flexibilizará en los términos que determina la normativa vigente, de forma que pueda anticiparse un curso el inicio de la escolarización de la etapa o reducirse la duración de la misma, cuando se prevea que estas medidas son las más adecuadas para el desarrollo de su equilibrio personal y su socialización.

Los programas de adaptación curricular en su concepción y elaboración podrán ser de tres tipos:

1. Adaptaciones curriculares no significativas.

Las adaptaciones curriculares no significativas irán dirigidas al alumnado que presente desfase en su nivel de competencia curricular respecto del grupo en el que está escolarizado, por presentar dificultades graves de aprendizaje o de acceso al currículo asociadas a discapacidad o trastornos graves de conducta, por encontrarse en situación social desfavorecida o por haberse incorporado tardíamente al sistema educativo. Esta adaptación afectará a los elementos del currículo que se consideren necesarios, metodología y contenidos, pero sin modificar los objetivos de la etapa educativa ni los criterios de evaluación.

Las adaptaciones curriculares no significativas podrán ser grupales, cuando estén dirigidas a un grupo de alumnado que tenga un nivel de competencia curricular relativamente homogéneo, o individuales.

Las adaptaciones curriculares serán propuestas y elaboradas por el equipo docente, bajo la coordinación del profesor o profesora tutor y con el asesoramiento del equipo o departamento de orientación. En dichas adaptaciones constarán las áreas o materias en las que se va a aplicar, la metodología, la organización de los contenidos, los criterios de evaluación y la organización de tiempos y espacios.

El Consejo Escolar pondrá especial atención para garantizar que las adaptaciones curriculares grupales puedan suponer agrupamientos discriminatorios para el alumnado.

Las adaptaciones curriculares individuales podrán ser propuestas, igualmente, por el profesor o profesora del área o materia en la que el alumnado tenga el desfase curricular, y este será responsable de su elaboración y aplicación, con el asesoramiento del equipo de orientación.

2. Adaptaciones curriculares significativas.

Esta medida será tomada cuando un alumno o alumna con necesidades educativas especiales presente un desfase curricular con respecto al grupo de su edad tal que haga necesaria la modificación de los elementos del currículo, incluidos los objetivos de la etapa y los criterios de evaluación, a fin de facilitarle la accesibilidad al currículo, buscando con ello el máximo desarrollo posible de las competencias básicas.

Las adaptaciones curriculares significativas requerirán una evaluación psicopedagógica previa, realizada por los equipos o departamentos de orientación, con la colaboración del profesorado que atiende al alumnado, y de la cual se desprenderá un informe de evaluación psicopedagógica que incluirá, al menos, los siguientes apartados:

- Datos personales y escolares.

- Diagnóstico de la discapacidad o trastorno grave de conducta.

- Entorno familiar y social del alumnado.

- Determinación, en su caso, de las necesidades educativas especiales.

- Valoración del nivel de competencia curricular.

- Orientaciones al profesorado y a los representantes legales del alumnado.

 

El responsable de la elaboración de las adaptaciones curriculares significativas será el profesorado especialista en educación especial, con la colaboración del profesorado del área o materia encargado de impartirla y contará con el asesoramiento del equipo de orientación.

Las adaptaciones curriculares significativas quedarán recogidas en un documento que contendrá, al menos, los siguientes apartados:

- El informe de evaluación psicopedagógica elaborado por el equipo de orientación.

- Propuesta curricular por áreas o materias, en la que se recoja la modificación de los objetivos, metodología, contenidos, criterios de evaluación y organización del espacio y del tiempo que se propone para el alumnado objeto de la adaptación.

- Adaptación de los criterios de promoción y titulación, de acuerdo con los objetivos de la propuesta curricular.

- Organización de los apoyos educativos disponibles en el centro y necesarios para la atención personalizada del alumnado.

- Ficha de seguimiento y valoración de los progresos que vaya realizando el alumnado, con la información que se le vaya dando al mismo y a la familia.

La aplicación de las adaptaciones curriculares significativas será responsabilidad del profesor o profesora del área o materia correspondiente, con la colaboración del profesorado de educación especial y el asesoramiento del equipo de orientación.

La evaluación de las áreas o materias será responsabilidad compartida del profesorado que las imparte y, en su caso, del profesorado de apoyo, tomando como referente los objetivos y los criterios de evaluación fijados en dichas adaptaciones.

Del mismo modo, las decisiones sobre la promoción del alumnado se realizarán de acuerdo a los criterios fijados en la adaptación curricular significativa y será realizada por el equipo docente, oído el equipo o departamento de orientación.

3. Adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales.

Las adaptaciones curriculares realizadas para atender a este tipo de alumnado tienen como fin promover en el mismo el desarrollo pleno y equilibrado de los objetivos generales de esta etapa educativa, contemplando medidas extraordinarias dirigidas a ampliar y enriquecer los contenidos del currículo ordinario y medidas excepcionales de flexibilización del período de escolarización.

Estas adaptaciones curriculares requerirán también una evaluación psicopedagógica previa, realizada por el equipo de orientación, y en la que se determinará la conveniencia o no de su aplicación. De dicha evaluación se emitirá un informe que contendrá, al menos, los siguientes apartados:

- Datos personales y escolares del alumnado.

- Diagnóstico de la alta capacidad intelectual.

- Entorno familiar y social del alumnado.

- Determinación de las necesidades específicas de apoyo educativo.

- Valoración del nivel de competencia curricular.

- Orientaciones al profesorado y a los representantes legales del alumnado.

La adaptación curricular que se elabore para atender al alumnado con altas capacidades intelectuales establecerá una propuesta curricular por áreas o materias, en la que se recoja la ampliación y enriquecimiento de los contenidos y las actividades específicas de profundización.

La elaboración y aplicación de las adaptaciones curriculares será responsabilidad del profesor o profesora del área o materia correspondiente, con el asesoramiento del equipo de orientación.

Para facilitar la aplicación de la adaptación, la Consejería competente en materia de educación, a propuesta de la dirección del centro, previo trámite de audiencia al padre, madre o tutores legales, podrá adoptar las siguientes medidas de flexibilización de la escolarización de este alumnado, siguiendo el procedimiento que se establezca para ello:

- Anticipación en un año de la escolarización en el primer curso de la Educación Primaria.

- Reducción de un año de permanencia en la Educación Primaria.

- Reducción de un año de permanencia en la Educación Secundaria Obligatoria.

 

4.- LA ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE REFUERZO Y RECUPERACIÓN.

 

            Para llevar a cabo las sesiones de refuerzo con el alumnado que lo necesite contaremos durante el presente curso con el horario completo de un maestro/a de apoyo. Además, contaremos con  las horas en las que los tutores/as salen de su aula por tener su tutoría clase de Inglés, Religión, Música o Educación Física.

El Plan se expone en el correspondiente cuadrante, pero sabiendo que queda abierto a posibles cambios, ya que tanto los tutores como los maestros que en cada caso les apoyan, acordarán en cada momento la necesidad de continuar o, en su caso, cambiar de alumnado dependiendo del diagnóstico que puntualmente se haga.

1. Objetivos:

          Mejorar el aprendizaje del alumnado.

          Prevenir el fracaso escolar en nuestro Centro.

          Rentabilizar los recursos del centro, horas de libre disposición, etc.

          Realizar las sustituciones del profesorado con personal del Centro que conoce el

P.C de ciclo y las programaciones.

          Ayudar a los profesores tutores con los alumnos y alumnas que presentan dificultades en sus aprendizajes.

          Integrar al alumnado inmigrante.

          Ofertar a la comunidad educativa una educación de calidad.

2. Criterios de selección del alumnado:

El Profesorado reunido en ciclos, a propuesta del Equipo Directivo y por el Equipo

Técnico de Coordinación Pedagógica, elabora un Plan de apoyo para atender a los alumnos con las necesidades enumeradas más arriba.

Este refuerzo pedagógico tendrá las siguientes características:

-           Cada Profesor atenderá a los alumnos de su ciclo, con la excepción de los maestros/as de Apoyo que lo harán en relación a todo el centro.

-           Se procurará que el alumnado no reciba refuerzo educativo en las horas de

Inglés, E. Física, Música, y otras especialidades. Debe hacerse énfasis en las áreas fundamentales.

-           El apoyo al alumnado con dificultades de aprendizaje deberá realizarse en aula ordinaria, salvo algunos casos excepcionales.

-           El tutor/a de cada alumno/a indicará los contenidos y objetivos a cubrir o mejorar en cada uno de los alumnos/as.

-           A la finalización de cada mes el profesorado presentará en la Jefatura de Estudios un registro de lo realizado con los alumnos/as, así como, de los logros conseguidos.

 

El procedimiento para la elaboración del presente plan ha sido el siguiente:

 

-          La Jefatura de Estudios plantea a los coordinadores en la reunión del Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica la elaboración, por tutorías, de la lista de candidatos a recibir las sesiones de refuerzo.

-          La Jefatura de Estudios entrega a los coordinadores un formulario en el que los tutores, una vez realizada la exploración de sus respectivos grupos, indican aquellos aspectos que deben ser reforzados en sus alumnos.

-          Los horarios de atención a estos alumnos y alumnas, se entregarán por parte de la Jefatura de Estudios a los diferentes profesores que tienen asignada la tarea del apoyo y refuerzo así como a los tutores.

La Jefatura de Estudios podrá solicitar un informe, en el caso de que algún estamento autorizado lo requiera, del trabajo y avances educativos, en el cual se deben señalar el grupo de alumnos con los que se trabaja en cada sesión de recuperación y sus labores cotidianas con el fin de conocer el desarrollo de este Plan.

HORARIO CLASES DE APOYO

 

            En la Jefatura de Estudios se elaborarán los horarios de profesores con alumnos/as de apoyo y recuperación, el horario donde se especifique hora lectiva por hora lectiva los profesores/as y alumnos a los que apoyan así como el cuadrante por alumnos donde se detalla a qué profesor y a qué hora están asignados.

            El gran escollo de esta planificación es la necesidad de atender aquellos cursos que necesitan la presencia del maestro de apoyo por haber faltado sus tutores/as. En estos casos las horas de apoyo se pierden, lo que provoca una clara pérdida en la efectividad del plan que nos ocupa. En el caso de producirse una ausencia de larga duración, se reelaboraría el cuadrante, para que lo escolares que dejan de recibir el apoyo, encuentren otras sesiones de clase.

Esta labor es complementaria a la realizada por las maestras de Apoyo a la Integración (PT y AL).

5.- EL PLAN DE ORIENTACIÓN Y DE ACCIÓN TUTORIAL.

 

Según la legislación vigente podemos encontrar:

- Ley Orgánica 2/2006 3 de mayo de Educación (LOE). Tiene como principio la calidad de la educación para todos los ciudadanos, contemplando su carácter formativo y orientador. Su artículo 91 recoge que: la tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo tiene que ser en colaboración con las familias.

- Ley 17/2007, de 10 de diciembre de Educación de Andalucía, en su artículo 5 dice: potenciar la orientación educativa como medio para el desarrollo personal y como garantía de una respuesta educativa ajustada a las necesidades del alumnado.

- Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación primaria en su artículo 11 "Tutoría" recoge:

1. En la Educación primaria, la acción tutorial orientará el proceso educativo individual y colectivo del alumnado.

2. El profesor tutor coordinará la intervención educativa el conjunto del profesorado y mantendrá una relación permanente con la familia, a fin de facilitar el ejercicio de los derechos reconocidos en el artículo 4.1. d) y g) de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.

 

- Decreto 230/2007, de 31 de julio de ordenación y enseñanzas de Educación Primaria en Andalucía: en su artículo 17 contempla la tutoría como parte de la función docente y en el artículo 18 del Decreto 230/2007, de 31 de julio, quedan recogidas las funciones del tutor/a:

a) Conocer las aptitudes e intereses de cada alumno o alumna, con objeto de orientarle en su proceso de aprendizaje y en la toma de decisiones personales y académicas.

b) Coordinar la intervención educativa de todos los profesores y profesoras que componen el equipo docente de un grupo de alumnos y alumnas.

c) Garantizar la coordinación de las actividades de enseñanza y aprendizaje que se propongan al alumnado a su cargo.

d) Organizar y presidir las reuniones del equipo docente y las sesiones de evaluación de su grupo de alumnos y alumnas.

e) Coordinar el proceso de evaluación continua del alumnado y adoptar, junto con el equipo docente, las decisiones que procedan acerca de la evaluación y promoción del alumnado de acuerdo con los criterios que, al respecto, establezca por Orden la Consejería competente en materia de educación.

f) Cumplimentar la documentación académica del alumnado a su cargo.

g) Recoger la opinión del alumnado a su cargo sobre el proceso de enseñanza

y aprendizaje desarrollado en las distintas áreas que conforman el currículo.

h) Informar al alumnado sobre el desarrollo de su aprendizaje, así como a sus padres, madres o tutores legales.

i) Facilitar la cooperación educativa entre el profesorado del equipo docente y los padres, madres o tutores del alumnado.

j) Mantener una relación permanente con los padres, madres o tutores del alumnado, a fin de facilitar el ejercicio de los derechos reconocidos en las letras d) y g) del artículo cuarto, apartado 1, de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.

k) Cuantas otras se establezcan por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación o se incluyan en el plan de orientación y acción tutorial del centro.

- Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la educación primaria en Andalucía.

 

En el panorama educativo actual, Orientación y Educación son conceptos íntimamente relacionados. La orientación educativa ha pasado a ser considerada un pilar básico y esencial del sistema educativo que incide en la calidad de los procesos que en él se desarrollan y, en definitiva, en una educación de calidad en equidad.

Es una orientación que entiende la educación más allá del puro aspecto de instrucción y adiestramiento para centrarse en otros aspectos de la vida del alumnado y que pretende, por tanto, con su intervención, el desarrollo pleno e integral del mismo. El alumnado, en su aspecto social, afectivo, intelectual y físico es contemplado en esta concepción de la orientación educativa.

Una concepción, por tanto, que contempla tres ámbitos de actuación en la ayuda que la labor orientadora proporciona al alumnado como destinatario directo -el personal, el académico y el profesional-y que, lejos de ser un ámbito exclusivo de intervención para especialistas en la materia -orientadores y orientadoras-, es una responsabilidad y deber que comparte con el profesorado en los centros docentes.

Una orientación, además, que centra su intervención no sólo en los beneficiarios finales -el alumnado-sino que afecta y contempla actuaciones con las familias de este alumnado y con el profesorado responsable de la docencia y de la orientación y acción tutorial derivada de sus funciones, en un intento de coordinar los esfuerzos de los diferentes agentes implicados en la educación de los y las jóvenes en la búsqueda de su desarrollo integral.

De la importancia de la orientación para el Sistema Educativo se hace eco la legislación que en materia educativa surge en los últimos años. Así, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 1, relativo a los principios de la educación, en su apartado f) establece la orientación educativa y profesional de los estudiantes, como medio necesario para el logro de una formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores. Por otro lado, en el artículo 91 .d) establece entre las funciones del profesorado, la orientación educativa, académica y profesional del alumnado, en colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados. En su Disposición final Primera, entre los derechos que tienen los padres, está el de ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica y profesional de sus hijos e hijas, e igualmente se establece que el alumnado tiene, entre otros derechos básicos, el de recibir orientación educativa y profesional.

Dentro del Proyecto Educativo de cada Centro se incluirá el Plan de Orientación y Acción Tutorial. Es el Claustro de profesores, en este caso, los responsables de elaborar una propuesta, de acuerdo con las directrices establecidas por el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica y en colaboración con el profesorado que ostenta las tutorías.

La orientación no puede, por tanto, dejarse al libre hacer en los centros docentes sino que debe ser algo conscientemente planificado, que marque unos objetivos, a partir del análisis de una realidad dada, y que, para la consecución de éstos, programe actuaciones concretas, diseñe estrategias específicas y organice los espacios y los tiempos en que se desarrollará lo planificado. Una previsión, además, que debe contemplar la evaluación y seguimiento necesarios para constatar el éxito en la consecución de los objetivos y, en su caso, las propuestas de mejora para ello.

En este sentido, el Plan de Orientación y Acción Tutorial constituye el instrumento pedagógico-didáctico que articula, a medio y largo plazo, el conjunto de actuaciones del equipo docente, de un centro educativo, relacionadas con los objetivos de la orientación y la acción tutorial que, de manera coordinada, se propongan para las distintas etapas y enseñanzas impartidas en el Centro en coherencia con el Proyecto educativo.

 

 

1.-Objetivos generales.  

Ø  Facilitar la integración de los alumnos en su grupo y en el conjunto de la dinámica del colegio

Ø  Potenciar el esfuerzo individual y el trabajo en equipo.

Ø  Contribuir a la personalización del proceso educativo.

Ø  Efectuar un seguimiento global del aprendizaje de los alumnos para detectar dificultades y necesidades especiales y recurrir a los apoyos o actividades adecuadas.

Ø  Coordinar el proceso de evaluación asesorando sobre la promoción o no de ciclo.

  Fomentar en el grupo de alumnos el desarrollo de actitudes participativas, tanto en el centro como en su entorno.

Ø  Coordinar el ajuste de las programaciones al grupo de alumnos, especialmente en lo referente a las respuestas educativas ante necesidades educativas especiales.

Ø  Coordinar el proceso evaluador de los distintos profesores del grupo-clase, así como cualquier información de importancia para el mismo.

Ø  Implicar y comprometer a los padres en actividades de apoyo al aprendizaje y orientación de sus hijos.

Ø  Facilitar el desarrollo de hábitos de trabajo y de estudio.

Ø  Informar a los padres de todo cuanto afecta a la educación de sus hijos.

2.- Contenidos.

Hablar de contenidos implica podar la ingente cantidad de contenidos que se manejan en la educación de nuestros días y proponer los que preferentemente trataremos en nuestros grupos atendiendo al desarrollo de los objetivos del plan.

Los resumimos en lo siguiente:

Ø  Hábitos y técnicas de estudio y trabajo:

  • Autoestima y motivación por el estudio
  • Condiciones: limpieza, espacio, luz, silencio, materiales necesarios...
  • Método: organización, tiempo, concentración y esfuerzo.
  • Técnicas concretas: lectura, subrayado, esquema, cuadro y resumen.

Ø  Educación en valores:

o          Respeto a las personas, a las cosas y al entorno.

o          Confianza, cooperación y diálogo en la resolución de los conflictos.

o          Participación, justicia y solidaridad.

Ø  Actividades  con los alumnos:

o          Conocer la situación de cada alumno en el grupo, en el centro y en su ambiente sociofamiliar e intervenir para favorecer la integración en los casos en que sea necesario.

o          Conocer la dinámica interna del grupo e intervenir si fuese necesario para recomponer dicha dinámica. El sociograma, la observación sistemática y otras técnicas grupales serán de gran utilidad para conocer el nivel de cohesión o desintegración del grupo, los líderes, subgrupos, pandillas, alumnos aislados o rechazados, etc.

o          Recabar información sobre los antecedentes escolares y la situación personal o familiar de cada alumno, a través de informes anteriores, expediente personal, tutores de cursos pasados, cuestinarios de inicio de curso, entrevistas,...

o          Analizar con los demás profesores las dificultades escolares de los alumnos debidas a deficiencias instrumentales, problemas de integración y otros, para buscar, si es necesario, los asesoramientos y apoyos adecuados.

o          Favorecer en el alumno el conocimiento y aceptación de sí mismo.

o          Promover y coordinar actividades que fomenten la convivencia, la integración y la participación de los alumnos en la vida del centro del entorno: elección de representantes, actividades culturales y deportivas complementarias, fiestas y excursiones, etc.

o          Práctica de las técnicas de estudio.

o          Lectura de libros y visionado de películas donde se traten los valores que deseamos en nuestros alumnos.

Ø  Actividades con las familias:  

o   Reunir a los padres a comienzo de curso antes de finales de noviembre para informales sobre las horas de visita y atención tutorial, la composición del equipo educativo, las líneas generales de actuación y los criterios de evaluación, las actitudes y valores que deseamos potenciar...

o          Conseguir la colaboración de los padres en relación con el trabajo personal de sus hijos: organización del tiempo de estudio en casa y también del tiempo libre y de descanso, al menos un mínimo de atención a las tareas escolares.

o          Tener entrevistas individuales con los padres para informales del desarrollo académico o para cualquier aspecto relacionado con su formación.

o          Coordinar charlas sobre temas formativos o informativos de interés general.

 

Ø  Actividades con el equipo docente:  

o   Programación de las distintas tareas tanto escolares como extraescolares y complementarias.

o              Coordinación de programas educativos, actividades, criterios e instrumentos de evaluación

 

Ø  Actividades del tutor o la tutora:  

o          Mantener el contacto con las familias.

o          Llevar los documentos del alumnado de su tutoría.

o          Elaborar los informes y boletines trimestrales.

o          Coordinar al profesorado que incide sobre su grupo.

o          Coordinar con la profesora de apoyo la elaboracion de las Adaptaciones curriculares del alumnado de su tutoría.

o          Realizar las actividades programadas con su grupo.

 

Ø  Actividades de la profesora de apoyo y equipos de apoyo externo. 

o          Coordinar la elaboración de las Adaptaciones curriculares en colaboración con el tutor o tutora y el resto del equipo docente.

o          Diagnosticar y, en su caso, atender al alumnado con necesidades educativas especiales.

o          Asesorar al equipo en temas relacionados con las atención a alumnos con NEE.

 

3.-Metodología.  

La realización de las actividades con los alumnos será dinámica y activa, facilitando la participación deshinibida en las actividades que así lo requieran: autoconocimiento, integración grupal, social y familiar, etc. De cualquier modo la integración curricular de las tareas sugeridas en este plan debería de ser lo más completa posible: introduciendo cualquier actividad en las diferentes áreas del programa.

4.-Temporalización.   

El Plan de Acción Tutorial se llevará a cabo durante dos ciclos. A razón de una hora semanal los martes para la atención a los padres, otra más para la cumplimentación de los documentos e informes, una tercera para la aplicación de las actividades concretas y para la coordinación con el resto de los miembros del equipo de ciclo.

 

5.-Evaluación.  

Evaluaremos el cumplimiento del presente plan cuando se evalúe a nuestro alumnado: una vez por trimestre, tomado las medidas correctoras que sean necesarias. A dicho fin se podrán concretar algunos indicadores extraidos de los objetivos de este documento.

 

6.- EL PROCEDIMIENTO PARA SUSCRIBIR COMPROMISOS EDUCATIVOS Y DE CONVIVENCIA CON LAS FAMILIAS, DE ACUERDO CON LO QUE SE ESTABLEZCA POR ORDEN DE LA CONSEJERIA COMPETENTE EN MATERIA DE EDUCACIÓN.

 

El esfuerzo compartido entre centros y familias es básico para una enseñanza y aprendizajes eficaces y de calidad.

Teniendo en cuenta la edad y características del alumnado, se pone en evidencia la necesidad de establecer un diálogo permanente y fluido con las familias.

Para ello habrá que:

- Informar (asambleas, sesiones tutoriales).

- Formar (escuelas de padres).

- Colaborar con las familias en el proceso formativo de los hijos/as (acción educativa compensadora).

- Asesorar.

- Explicar las características, funcionamiento y objetivos prioritarios del centro.

- Explicar qué es la tutoría.

- Informar de cuantos recursos ofrezca el centro u órganos oficiales.

- Saber escuchar y dar confianza.

- Favorecer la comprensión de las informaciones.

- Transmitir estabilidad y madurez emocional.

- Favorecer la comunicación.

- Mostrar y promover actitudes de responsabilidad.

- Saber valorar y respetar la propuesta de las familias.

 - Ser capaz de describir más que juzgar.

Según la Orden 16-11-07, artículo 2. Las entrevistas con las familias del alumnado tendrán las siguientes finalidades:

a) Informar sobre aquellos aspectos relevantes para la mejora del proceso de enseñanza y aprendizaje y el desarrollo personal del alumnado, garantizando especialmente la relativa a los criterios de evaluación.

b) Prevenir las dificultades de aprendizaje.

c) Proporcionar asesoramiento educativo a las familias, ofreciendo pautas y orientaciones que mejoren el proceso educativo y de desarrollo personal del alumnado.

d) Promover y facilitar la cooperación familiar en la tarea educativa del profesorado, tanto en lo concerniente a los aspectos académicos como en lo relacionado con la mejora de la convivencia del centro.

La Ley de Educación Andaluza, 17/2007, dedica el Capítulo IV a las familias, en su Artículo 29 establece que los padres y madres tienen el derecho a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas, apoyando el proceso de enseñanza- aprendizaje de éstos, así mismo destaca a los padres, madres o tutores legales, como principales responsables que son de la educación de sus hijos e hijas, teniendo la obligación de colaborar con los centros docentes y con el profesorado.

El tutor/a es el enlace del centro con la familia. Canaliza la información relevante que ha obtenido de ella y les devuelve las demandas de información que surjan del centro para llevar a cabo una actuación coordinada.

La Orden 16 de noviembre de 2007 que regula la orientación y la acción tutorial en los centros de Educación Infantil y Primaria, establece la posibilidad de tener compromisos educativos firmados con los padres, madres o tutores legales de los alumnos en general así como, compromisos de convivencia con aquellas familias que tengan un hijo o hija con problemas de conducta. (VER ANEXO).

Según el artículo 10 del Decreto 328/2010 , las familias tienen derecho a suscribir con el centro docente un compromiso de convivencia, con objeto de establecer mecanismos de coordinación con el profesorado y con otros profesionales que atienden al alumno o alumna que presente problemas de conducta o de aceptación de las normas escolares, y de colaborar en la aplicación de las medidas que se propongan, tanto en el tiempo escolar como extraescolar, para superar esta situación.

El compromiso educativo estará especialmente indicado para aquel alumnado que presente dificultades de aprendizaje, y podrá suscribirse en cualquier momento del curso.

El Consejo Escolar realizará el seguimiento de los compromisos educativos suscritos en el centro para garantizar su efectividad y proponer la adopción de medidas e iniciativas en caso de incumplimiento.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

3.4. – PLAN DE CONVIVENCIA.

 

 

ÍNDICE DEL PLAN DE CONVIVENCIA

 

1.- NORMATIVA LEGAL.

 

2.- JUSTIFICACIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA.

 

 3.- PRINCIPIOS BÁSICOS PARA UN PLAN DE CONVIVENCIA.  

 

4.- DIAGNÓSTICO DEL ESTADO DE LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO Y, EN SU CASO, CONFLICTIVIDAD DETECTADA EN EL MISMO, ASÍ COMO LOS OBJETIVOS A CONSEGUIR.

 

5.- NORMAS DE CONVIVENCIA, TANTO GENERALES DEL CENTRO QUE FAVOREZCAN LAS RELACIONES DE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA, COMO PARTICULARES DEL AULA, Y UN SISTEMA QUE DETECTE EL INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS Y LAS CORRECCIONES QUE, EN SU CASO, SE APLICARÍAN, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL CAPÍTULO III DE ESTE TÍTULO.

 

6.- COMPOSICIÓN, PLAN DE REUNIONES Y PLAN DE ACTUACIÓN DE LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA.

 

7.- NORMAS ESPECÍFICAS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL AULA DE CONVIVENCIA DEL CENTRO, A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 23.

 

8.- MEDIDAS A APLICAR EN EL CENTRO PARA PREVENIR, DETECTAR, MEDIAR Y RESOLVER LOS CONFLICTOS QUE PUDIERAN PLANTEARSE. 

 

9.- PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN Y FUNCIONES DEL DELEGADO O DE LA DELEGADA DE LOS PADRES Y MADRES DEL ALUMNADO, ENTRE LAS QUE SE INCLUIRÁ LA DE MEDIACIÓN EN LA RESOLUCIÓN PACÍFICA DE CONFLICTOS ENTRE EL PROPIO ALUMNADO O ENTRE ÉSTE Y CUALQUIER MIEMBRO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

 

10.- ACTUACIONES CONJUNTAS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y DE COORDINACIÓN DOCENTE DEL CENTRO EN RELACIÓN CON EL TRATAMIENTO DE LA CONVIVENCIA EN EL MISMO.

 

11.- ACTUACIONES CONJUNTAS DE LOS EQUIPOS DOCENTES DEL CENTRO, EN COORDINACIÓN CON QUIENES EJERCEN LA ORIENTACIÓN, PARA EL TRATAMIENTO DE LA CONVIVENCIA EN LOS GRUPOS DE ALUMNOS Y ALUMNAS.

 

12. -ACTUACIONES DE LA TUTORA Y TUTOR Y DEL EQUIPO DOCENTE DE CADA GRUPO DE ALUMNOS Y ALUMNAS PARA FAVORECER LA INTEGRACIÓN DEL ALUMNADO DE NUEVO INGRESO, TANTO EN EL AULA COMO EN EL CENTRO.

 

13.- ACTUACIONES ESPECÍFICAS PARA LA PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO DE LA VIOLENCIA SEXISTA, RACISTA Y CUALQUIER OTRA DE SUS MANIFESTACIONES.

 

 

 

 

1.     NORMATIVA  LEGAL .

 

Ø  DECRETO 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo grado, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria, y de los centros públicos específicos de educación especial.

Ø  DECRETO 19/2007, de 23 de enero por el que se adoptan medidas para la promoción de la cultura de la paz y la mejora de la convivencia en los centros educativos sostenidos con fondos públicos.

Ø  ORDEN de 18 de julio de 2007 por la que se regula el procedimiento para la elaboración y aprobación del plan de convivencia de los centros educativos sostenidos con fondos públicos.

 

2. JUSTIFICACIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA.

 

     Haciendo referencia a las “Líneas Generales de Actuación Pedagógica”  de nuestro Proyecto Educativo en su apartado A. , en el  que se recoge:

 Un centro educativo debe inculcar en su Comunidad Educativa los valores democráticos basados en el respeto a los demás y la tolerancia frente a ideas que puedan ser diferentes a las de cada uno. Al mismo tiempo, no puede permitir actitudes de discriminación por razón de sexo, raza o religión ni el abuso ni el acoso a ningún miembro de la Comunidad Educativa.

En momentos de incertidumbre y cambio se necesitan referencias formativas y el centro las puede aportar siendo una institución no sólo académica, de estudio de disciplinas o asignaturas, sino también de formación integral, fomentando valores como la responsabilidad, el esfuerzo, la tolerancia, etc., y que intente compensar un poco la falta de esos valores en la sociedad actual.

 

     El respeto mutuo y la solidaridad están entre los pilares de nuestro modelo de sociedad, por lo que nuestra Comunidad Educativa debe estar basada en la tolerancia, respeto y solidaridad. Para que esto se consiga sería necesario erradicar cualquier tipo de conducta que provoque discriminación y favorecer la cooperación en el aula (entre

alumnos/as), en el centro (entre alumnos/as, profesores/as y padres/madres) y fuera del centro.

     Para alcanzarla hay que establecer y permitir el desarrollo de actividades de todos los sectores del centro, con objeto de que todos los miembros de la Comunidad Educativa tenga conocimiento de cualquier tipo de problemática e inquietudes que afecten a los demás, creando los cauces necesarios para el intercambio de opiniones y decisiones, potenciando la participación del alumnado. 

     La meta de la educación es aprender quién es uno mismo y llegar a serlo. La formación del concepto de sí mismo (autoestima) y de la identidad personal es algo esencial que los tutores/as trabajamos y cuidamos. Para ello contemplamos algunos de nuestros objetivos en el de  Plan de Acción Tutorial de nuestro Centro como es la Educación en Valores entre otros objetivos.

3. PRINCIPIOS BÁSICOS PARA UN PLAN DE CONVIVENCIA.

 

Los principios básicos que se explicitan en el Proyecto Educativo son:

Ø   El Plan de Convivencia de nuestro Centro tiene como objeto promover y desarrollar  actuaciones relativas al fomento de la convivencia.

Ø  Pretendemos con él desarrollar adecuadamente las relaciones entre todos los

      Componentes de nuestra Comunidad Educativa.

Ø  Deseamos favorecer la resolución pacífica y educativa de los conflictos que se presenten.

Ø  Priorizaremos aquellas actuaciones preventivas destinadas al conocimiento previo de los derechos y deberes de todos los miembros de la comunidad educativa y de las normas necesarias para una convivencia pacífica y respetuosa. Para ello utilizaremos el Plan de Acción Tutorial, los Boletines Informativos para las Familias, entre otras acciones para su divulgación e interiorización.

Ø  Implicamos a todos los sectores de la comunidad educativa (profesores/as, padres/madres, alumnos/as,  P.A.S.) en la difusión, aplicación y seguimiento del Plan de Convivencia, con el fin de evitar incoherencias en las actuaciones para reforzar conductas positivas.

 

Estos principios básicos se concretan en los siguientes objetivos:

 

1. Desarrollar una intervención preventiva como medio para lograr un buen clima de convivencia.

2. Cimentar las relaciones personales en el respeto mutuo, la comprensión, la solidaridad y la interiorización de las normas de convivencia.

3. Reducir al mínimo las conductas disruptivas que perturban el clima de clase para evitar la conflictividad y disminuir las conductas más graves.

4. Priorizar la resolución de los conflictos de manera formativa mediante la negociación y el esfuerzo conjunto del profesor y los alumnos.

5. Actuar ante los conflictos actuales, siempre que sea posible, de manera proactiva, es decir, como un medio positivo y constructivo para la prevención de un conflicto futuro.

6. Proceder ante los problemas de conducta siguiendo unos principios de actuación coherente que orienten las intervenciones de todo el  profesorado, evitando contradicciones que desorienten a los/as alumnos/as.

7. Analizar las causas de las conductas disruptivas y procurar resolverlas como paso previo para solventar problemas de convivencia.

8. Utilizar las medidas punitivas como último recurso para solucionar los problemas de convivencia, y sólo cuando las estrategias motivacionales y educativas no hayan dado resultado o la no intervención pueda generar males mayores.

 

 

 

 

 

 

 

 

4.  DIAGNÓSTICO DEL ESTADO DE LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO Y, EN SU CASO, CONFLICTIVIDAD DETECTADA.

El  Colegio Romualdo Aguayo  está situado en  el sureste de la  ciudad de La Rambla, con 7.400 habitantes, tiene unos accesos adecuados, comunicado con la Ronda del pueblo a través de la calle Cruz Verde. El horario del centro es de 9 a 14 horas, todo el  curso,  para el alumnado.  Los recursos del centro con la aportación del Plan de Apertura de Centros y el plan Mejor Escuela han mejorado notablemente, aunque siempre  hay necesidades en los centros y más los que  han cumplido más de 30 años de existencia. (VER ESTUDIO CENTRO EDUCATIVO)

Actualmente, nuestro Centro cuenta con 22 unidades:

- Seis de Educación Infantil.

- Doce de Educación Primaria.

 

- Una de Apoyo a la Integración.

 

- Una de Audición y Lenguaje.

 

Hay un total de 430 alumnos y alumnas, de los cuales 5 tienen Necesidades Específicas de Apoyo Educativo.

En cuanto a las características de la comunidad educativa podemos matizar lo siguiente:

  • La estabilidad de la plantilla del personal docente y no docente, desde hace años, en un porcentaje alto es personal con propiedad definitiva en el colegio. Ello posibilita el desarrollo de los distintos proyectos educativos.

          Las características socioeconómicas de las familias podíamos denominarlas de clase media. La mayoría son trabajadores por cuenta ajena, en fábricas, construcción, agricultura y sobre todo del sector servicios.  Muchas familias tienen relación con la artesanía alfarera, pequeños empresarios/as que tienen escasa plantilla y casi siempre formada por familiares. Aunque desde hace unos años hay una crisis preocupante en la industria cerámica, sobre todo por la  escasa  comercialización de sus productos. Parece ser que la demanda de la cerámica ha descendido bastante.

 

          Elevado número de familias en las que el padre y la madre trabajan fuera de casa un mayor número de horas, lo que provoca que las relaciones familiares sean más escasas y de menor calidad, y se potencien más los valores de logro económico o material y el bienestar, en detrimento de los valores de convivencia y desarrollo personal.

          La situación de convivencia en el centro podemos definirla como buena, pero mejorable. 

          En cuanto las actuaciones desarrolladas por el centro ante situaciones conflictivas se han seguido las distintas normativas de derechos y deberes del alumnado. 

          La relación con las familias en este tema es fundamental.  Suelen responder positivamente para la solución del conflicto. Otras instituciones, como el Ayuntamiento y la Policía Local, A.M.P.A., tienen una actitud de colaboración cuando aparecen problemas de convivencia, dentro y fuera del colegio.

La coordinación en la vigilancia en recreos y  zonas comunes del centro da resultados eficaces para mejorar la convivencia. Los conflictos más frecuentes suelen ser: 

- Disrupción en el aula: hablar a destiempo, levantarse sin permiso, hablar con los compañeros y compañeras...

- Distracción y falta de atención.

- Olvido del material para el desarrollo de la clase.

- Pérdida de respeto entre iguales o a menores durante el recreo.

- Desobediencia a las órdenes educativas-formativas del maestro/a -familia.

- Falta de respeto a veces entre iguales.

Es importante destacar que se están llevando a cabo en nuestro Centro una serie de Planes y Proyectos que han dado lugar a una creciente mejora de la convivencia y son:

o Plan de Apertura de los Centros.

o El Deporte en la Escuela.

o Plan de Igualdad.

o Proyecto “Escuela, espacio de paz”.

 

5.  NORMAS DE CONVIVENCIA, TANTO GENERALES DEL CENTRO QUE FAVOREZCAN LAS RELACIONES DE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA, COMO PARTICULARES DEL AULA, Y UN SISTEMA QUE DETECTE EL INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS Y LAS CORRECCIONES QUE, EN SU CASO, SE APLICARÍAN DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL CAPÍTULO III DE ESTE TÍTULO. (SACADO DEL DECRETO 328/2010).

 

Artículo 29. Cumplimiento de los deberes y ejercicio de los derechos.

 

1. Con el fin de garantizar, tanto el ejercicio de los derechos del alumnado como el cumplimiento de sus deberes, el proyecto educativo de los centros, a que se refiere el artículo 21, incluirá normas de convivencia.

2. En la elaboración de estas normas se tendrán en cuenta los siguientes principios:

a) La convivencia será entendida como meta y condición necesaria para el buen desarrollo del trabajo del alumnado y del profesorado, garantizándose que no se produzca segregación del alumnado por razón de sus creencias, sexo, orientación sexual, etnia o situación económica y social.

b) La promoción de la igualdad efectiva entre alumnos y alumnas.

c) La prevención de los riesgos y la promoción de la seguridad y la salud como bien social y cultural.

3. Las normas de convivencia, tanto generales del centro como particulares del aula, concretarán los deberes y derechos del alumnado, precisarán las medidas preventivas e incluirán la existencia de un sistema que detecte el incumplimiento de dichas normas y las correcciones o medidas disciplinarias que, en su caso, se aplicarían.

 

Artículo 30. Incumplimiento de las normas de convivencia.

 

1. Las correcciones y las medidas disciplinarias que hayan de aplicarse por el incumplimiento de las normas de convivencia habrán de tener un carácter educativo y recuperador, deberán adecuarse a las necesidades educativas especiales del alumno o alumna y garantizar el respeto a los derechos del resto del alumnado y procurarán la mejora de las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa.

2. En todo caso, en las correcciones y en las medidas disciplinarias por los incumplimientos de las normas de convivencia, deberá tenerse en cuenta lo que sigue:

a) El alumno o alumna no podrá ser privado del ejercicio de su derecho a la escolaridad.

 b) No podrán imponerse correcciones ni medidas disciplinarias contrarias a la integridad física y a la dignidad personal del alumno o alumna.

c) La imposición de las correcciones y de las medidas disciplinarias previstas en el presente Reglamento respetará la proporcionalidad con la conducta del alumno o alumna y deberá contribuir a la mejora de su proceso educativo.

d) Asimismo, en la imposición de las correcciones y de las medidas disciplinarias deberán tenerse en cuenta las circunstancias personales, familiares o sociales del alumno o alumna, así como su edad. A estos efectos, se podrán recabar los informes que se estimen necesarios sobre las aludidas circunstancias y recomendar, en su caso, a los padres y madres o a los representantes legales del alumnado, o a las instituciones públicas competentes, la adopción de las medidas necesarias.

3. Las correcciones y las medidas disciplinarias a las que se refieren los artículos 34 y 37, solo serán de aplicación al alumnado de educación primaria.

 

 Artículo 31.Gradación de las correcciones y de las medidas disciplinarias.

 

1. A efectos de la gradación de las correcciones y de las medidas disciplinarias, se consideran circunstancias que atenúan la responsabilidad:

a) El reconocimiento espontáneo de la incorrección de la conducta, así como la reparación espontánea del daño producido.

b) La falta de intencionalidad.

c) La petición de excusas.

2. Se consideran circunstancias que agravan la responsabilidad:

a) La premeditación.

b) Cuando la persona contra la que se cometa la infracción sea un maestro o maestra.

c) Los daños, injurias u ofensas causados al personal no docente, a los compañeros y compañeras de menor edad y al alumnado recién incorporado al centro.

d) Las acciones que impliquen discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, orientación sexual, convicciones ideológicas o religiosas, discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales, así como por cualquier otra condición personal o social.

e) La incitación o estímulo a la actuación colectiva lesiva de los derechos de los demás miembros de la comunidad educativa.

f) La naturaleza y entidad de los perjuicios causados al centro o a cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa.

g) La difusión, a través de internet o por cualquier otro medio, de imágenes de conductas contrarias o gravemente perjudiciales para la convivencia, particularmente si resultan degradantes u ofensivas para otros miembros de la comunidad educativa.

3. En todo caso, las circunstancias que agravan la responsabilidad no serán de aplicación cuando las mismas se encuentren recogidas como conductas contrarias a las normas de convivencia o como conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.

 

 Artículo 32. Ámbitos de las conductas a corregir.

 

1. Se corregirán, de acuerdo con lo dispuesto en el presente Reglamento, los actos contrarios a las normas de convivencia realizados por el alumnado en el centro, tanto en el horario lectivo como en el dedicado al aula matinal, al comedor escolar, a las actividades complementarias y extraescolares y al transporte escolar.

2. Asimismo, podrán corregirse las actuaciones del alumnado que, aunque realizadas por cualquier medio e incluso fuera del recinto y del horario escolar, estén motivadas o directamente relacionadas con el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes como tal.

 

Artículo 33. Conductas contrarias a las normas de convivencia y plazo de prescripción.

 

1. Son conductas contrarias a las normas de convivencia las que se opongan a las establecidas por los centros conforme a la normativa vigente y, en todo caso, las siguientes:

a) Los actos que perturben el normal desarrollo de las actividades de la clase.

b) La falta de colaboración sistemática del alumnado en la realización de las actividades orientadas al desarrollo del currículo, así como en el seguimiento de las orientaciones del profesorado respecto a su aprendizaje.

c) Las conductas que puedan impedir o dificultar el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber de estudiar por sus compañeros y compañeras.

d) Las faltas injustificadas de puntualidad.

e) Las faltas injustificadas de asistencia a clase.

f) La incorrección y desconsideración hacia los otros miembros de la comunidad educativa.

g) Causar pequeños daños en las instalaciones, recursos materiales o documentos del centro, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.

2. Se consideran faltas injustificadas de asistencia a clase o de puntualidad de un alumno o alumna, las que no sean excusadas de forma escrita por los padres, madres o representantes legales, en las condiciones que se establezcan en el plan de convivencia, a que se refiere el artículo 22.

3. Sin perjuicio de las correcciones que se impongan en el caso de las faltas injustificadas, los planes de convivencia de los centros establecerán el número máximo de faltas de asistencia por curso, a efectos de la evaluación y promoción del alumnado.

4. Las conductas contrarias a las normas de convivencia recogidas en este artículo prescribirán en el plazo de treinta días naturales contados a partir de la fecha de su comisión, excluyendo los periodos vacacionales establecidos en el correspondiente calendario escolar de la provincia.

 

Artículo 34.  Correcciones de las conductas contrarias a las normas de convivencia.

 

1. Por la conducta contemplada en el artículo 33.1.a), se podrá imponer la corrección de suspensión del derecho de asistencia a esa clase de un alumno o alumna. La aplicación de esta medida implicará que:

a) El centro deberá prever la atención educativa del alumno o alumna al que se imponga esta corrección.

b) Deberá informarse a quienes ejerzan la tutoría y la jefatura de estudios en el transcurso de la jornada escolar sobre la medida adoptada y los motivos de la misma. Asimismo, el tutor o tutora deberá informar de ello al padre, a la madre o a los representantes legales del alumno o de la alumna. De la adopción de esta medida quedará constancia escrita en el centro.

2. Por las conductas recogidas en el artículo 33, distintas a la prevista en el apartado anterior, podrán imponerse las siguientes correcciones:

a) Amonestación oral.

b) Apercibimiento por escrito.

c) Realización de tareas dentro y fuera del horario lectivo que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro, así como a reparar el daño causado en las instalaciones, recursos materiales o documentos del mismo.

d) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un plazo máximo de tres días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo.

e) Excepcionalmente, la suspensión del derecho de asistencia al centro por un período máximo de tres días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo.

3. Las actividades formativas que se establecen en las letras d) y e) del apartado anterior podrán ser realizadas en el aula de convivencia a que se refiere el artículo 23, de acuerdo con lo que el centro disponga en su plan de convivencia.

 

Artículo 35.  Órganos competentes para imponer las correcciones de las conductas contrarias a las normas de convivencia.

 

1. Será competente para imponer la corrección prevista en el artículo 34.1 el profesor o profesora que esté en el aula.

2. Serán competentes para imponer las correcciones previstas en el artículo 34.2:

a) Para la prevista en la letra a), todos los maestros y maestras del centro.

b) Para la prevista en la letra b), el tutor o tutora del alumno o alumna.

c) Para las previstas en las letras c) y d), el jefe o jefa de estudios.

d) Para la prevista en la letra e), el director o directora, que dará cuenta a la comisión de convivencia.

 

 

 

 

Artículo 36. Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.

 

1. Se consideran conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro las siguientes:

a) La agresión física contra cualquier miembro de la comunidad educativa.

b) Las injurias y ofensas contra cualquier miembro de la comunidad educativa.

c) El acoso escolar, entendido como el maltrato psicológico, verbal o físico hacia un alumno o alumna producido por uno o más compañeros y compañeras de forma reiterada a lo largo de un tiempo determinado.

d) Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del centro, o la incitación a las mismas.

e) Las vejaciones o humillaciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa, particularmente si tienen una componente sexual, racial, religiosa, xenófoba u homófoba, o se realizan contra alumnos o alumnas con necesidades educativas especiales.

f) Las amenazas o coacciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa.

g) La suplantación de la personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos académicos.

h) Las actuaciones que causen graves daños en las instalaciones, recursos materiales o documentos del centro, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa, así como la sustracción de las mismas.

i) La reiteración en un mismo curso escolar de conductas contrarias a las normas de convivencia del centro a las que se refiere el artículo 33.

j) Cualquier acto dirigido directamente a impedir el normal desarrollo de las actividades del centro.

k) El incumplimiento de las correcciones impuestas, salvo que la comisión de convivencia considere que este incumplimiento sea debido a causas justificadas.

2. Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro prescribirán a los sesenta días naturales contados a partir de la fecha de su comisión, excluyendo los períodos vacacionales establecidos en el correspondiente calendario escolar de la provincia.

 

 

 

Artículo 37. Medidas disciplinarias por las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.

1. Por las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia recogidas en el artículo 36, podrán imponerse las siguientes medidas disciplinarias:

a) Realización de tareas fuera del horario lectivo que con- tribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro, así como a reparar el daño causado en las instalaciones, re- cursos materiales o documentos del mismo, sin perjuicio del deber de asumir el importe de otras reparaciones que hubieran de efectuarse por los hechos objeto de corrección y de la responsabilidad civil de sus padres, madres o representantes legales en los términos previstos por las leyes.

b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del centro por un período máximo de un mes.

c) Cambio de grupo.

d) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases durante un periodo superior a tres días lectivos e inferior a dos semanas. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción en el proceso formativo.

e) Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un periodo superior a tres días lectivos e inferior a un mes. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo.

f) Cambio de centro docente.

2. Las actividades formativas que se establecen en las letras d) y e) del apartado anterior podrán ser realizadas en el aula de convivencia, de acuerdo con lo que el centro disponga en su plan de convivencia.

3. Cuando se imponga la medida disciplinaria prevista en la letra e) del apartado 1, el director o directora podrá levantar la suspensión de su derecho de asistencia al centro antes del agotamiento del plazo previsto en la corrección, previa constatación de que se ha producido un cambio positivo en la actitud del alumno o alumna.

Artículo 38. Órgano competente para imponer las medidas disciplinarias de las conductas gravemente perjudiciales para las normas de convivencia.

Será competencia del director o directora del centro la imposición de las medidas disciplinarias previstas en el artículo 37, de lo que dará traslado a la comisión de convivencia.

Artículo 39. Procedimiento general.

 

1. Para la imposición de las correcciones y de las medidas disciplinarias previstas en el presente Reglamento, será preceptivo, en todo caso, el trámite de audiencia al alumno o alumna.

Cuando la corrección o medida disciplinaria a imponer sea la suspensión del derecho de asistencia al centro o cual- quiera de las contempladas en las letras a), b), c) y d) del artículo 37.1 de este Reglamento, se dará audiencia a sus padres, madres o representantes legales.

Asimismo, para la imposición de las correcciones previstas en las letras c), d) y e) del artículo 34.2, deberá oírse al profesor o profesora o tutor o tutora del alumno o alumna.

2. Las correcciones y medidas disciplinarias que se impongan serán inmediatamente ejecutivas y, una vez firmes, figurarán en el expediente académico del alumno o alumna.

3. Los maestros y maestras del alumno o alumna deberán informar a quien ejerza la jefatura de estudios y, en su caso, al tutor o tutora, de las correcciones que impongan por las conductas contrarias a las normas de convivencia. En todo caso, quedará constancia escrita y se informará a los padres, madres o representantes legales del alumno o de la alumna de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas.

 

Artículo 40. Reclamaciones.

 

1. Los padres, madres o representantes legales del alumnado podrán presentar en el plazo de dos días lectivos contados a partir de la fecha en que se comunique el acuerdo de corrección o medida disciplinaria, una reclamación contra la misma, ante quien la impuso.

En el caso de que la reclamación fuese estimada, la corrección o medida disciplinaria no figurará en el expediente académico del alumno o alumna.

2. Asimismo, las medidas disciplinarias adoptadas por el director o directora en relación con las conductas del de los alumnos y alumnas a que se refiere el artículo 36, podrán ser revisadas por el Consejo Escolar a instancia de los padres, madres o representantes legales del alumnado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. A tales efectos, el director o di- rectora convocará una sesión extraordinaria del Consejo Escolar en el plazo máximo de dos días lectivos, contados desde que se presente la correspondiente solicitud de revisión, para que este órgano proceda a confirmar o revisar la decisión y proponga, si corresponde, las medidas oportunas.

 

Artículo 41. Inicio del expediente.

 

Cuando presumiblemente se haya cometido una conducta gravemente perjudicial para la convivencia, que pueda conllevar el cambio de centro del alumno o alumna, el director o directora del centro acordará la iniciación del procedimiento en el plazo de dos días, contados desde que se tuvo conocimiento de la conducta. Con carácter previo podrá acordar la apertura de un período de información, a fin de conocer las circunstancias del caso concreto y la conveniencia o no de iniciar el procedimiento.

 

Artículo 42. Instrucción del procedimiento.

 

1. La instrucción del procedimiento se llevará a cabo por un maestro o maestra del centro designado por el director o directora.

2. El director o directora notificará fehacientemente al padre, madre o representantes legales del alumno o alumna la incoación del procedimiento, especificando las conductas que se le imputan, así como el nombre del instructor o instructora, a fin de que en el plazo de dos días lectivos formulen las alegaciones oportunas.

3. El director o directora comunicará al servicio de inspección de educación el inicio del procedimiento y lo mantendrá informado de la tramitación del mismo hasta su resolución.

4. Inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, el instructor o instructora pondrá de manifiesto el expediente al padre, madre o representantes legales del alumno o alumna, comunicándoles la sanción que podrá imponerse, a fin de que en el plazo de tres días lectivos puedan formular las alegaciones que estimen oportunas.

 

 

 

 

Artículo 43. Recusación del instructor.

 

El padre, madre o representantes legales del alumno o alumna podrán recusar al instructor o instructora. La recusación deberá plantearse por escrito dirigido al director o directora del centro, que deberá resolver previa audiencia al instructor o instructora, siendo de aplicación las causas y los trámites previstos en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en lo que proceda.

 

Artículo 44. Medidas provisionales.

 

Excepcionalmente, y para garantizar el normal desarrollo de la convivencia en el centro, al iniciarse el procedimiento o en cualquier momento de su instrucción, el director o la directora por propia iniciativa o a propuesta del instructor o instructora, podrá adoptar como medida provisional la suspensión del derecho de asistencia al centro durante un período superior a tres días lectivos e inferior a un mes. Durante el tiempo que dure la aplicación de esta medida provisional, el alumno o alumna deberá realizar las actividades que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo.

 

Artículo 45. Resolución del procedimiento.

 

1. A la vista de la propuesta del instructor o instructora, el director o directora dictará y notificará la resolución del procedimiento en el plazo de veinte días a contar desde su iniciación. Este plazo podrá ampliarse en el supuesto de que existieran causas que lo justificaran por un periodo máximo de otros veinte días.

2. La resolución de la dirección contemplará, al menos, los siguientes extremos:

a) Hechos probados.

b) Circunstancias atenuantes y agravantes, en su caso.

 c) Medida disciplinaria.

d) Fecha de efectos de la medida disciplinaria.

 

 

 

Artículo 46. Recursos.

 

Contra la resolución a que se refiere el artículo 45, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, ante la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. La resolución del mismo, que pondrá fin a la vía administrativa, deberá dictarse y notificarse en el plazo máximo de tres meses. Transcurrido dicho plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso.

Normas de convivencia de Aula

 

 

EDUCACIÓN INFANTIL

 

NORMAS

ACTUACIÓN

1. Saludar al entrar y salir de la clase

Dialogar. Vivenciar distintos tipos de saludos. A los reincidentes se les mandará salir y saludar al entrar.

2. Respetar el turno de palabra.

Pedirles que piensen lo qué puede pasar si todos hablamos a la vez. Si alguno no cumple la norma se le apartará del grupo unos minutos.

3. Compartir los materiales y juguetes en cada actividad.

Guiarle para que hable de cómo se tiene que sentir el niño/a que se ha quedado sin el juguete que quería.

4. Cuidar los materiales comunes.

Dialogar y vivenciar la situación

5. No pelearse en fila.

Recordar cómo se debe salir y entrar en la fila. Si no  lo realiza adecuadamente que salga y entre ese día el último.

6. En los juegos espontáneos no excluir a ningún compañero.

Sacar del niño/a  su propio punto de vista del problema de forma no acusatoria. ¿Qué ocurrió, por qué hizo eso?

7. Pedir las cosas “por favor” y dar “las gracias”.

Tomarlo como hábito en las actuaciones diarias de clase.

8. Recoger y ordenar los materiales y juguetes utilizados.

Esperar el turno y colaborar para que al recoger los juegos se haga con orden y sin peleas.

9. Respetar el trabajo del compañero/a en las tareas colectivas e individuales.

Dialogar con él o ella. Si algún niños/a estropea con intención el trabajo en equipo, se quedará sin participar en la próxima actividad.

 

 

 

PRIMER CICLO DE PRIMARIA

 

  1. Asistir a clase con puntualidad y regularidad.
  2. Entrar y salir a clase por nuestro sitio. No entrar y salir a clase, ni  a los pasillos en hora del recreo.
  3. Participar en las actividades de clase activamente, cada uno en la medida de sus posibilidades.
  4. Tratar con respeto y cordialidad a todas las personas de la comunidad educativa: profesores, compañeros, evitando las críticas y las rencillas entre unos/as  otros/as.
  5. Utilizar correctamente todas las instalaciones del centro.
  6. Respetar el clima de trabajo sobre todo en cambios de clases y desplazamientos.
  7. Asistir a clase bien aseado, creando hábitos de salud e higiene corporal.
  8. Evitar palabras y gestos que pueden ofender a otras personas, practicando hábitos en el uso de esquemas de tratamiento al dirigirse a los demás: por favor, gracias, pedir permiso…
  9. Aprender a compartir el material.

 

 

 

ACTUACIÓN

  1. Dialogar con el alumno/a para que comprenda las consecuencias de su actuación.
  2. Estar en estrecho contacto con los padres.
  3. Mandarle hacer una pequeña copia.
  4. Bajar al recreo sin participar en el juego.
  5. Reponer el material estropeado por mal uso.

 

SEGUNDO CICLO DE PRIMARIA

 

1.      Llegar con puntualidad al colegio y saludar al entrar y salir de la clase.

2.      Atender en clase y seguir las orientaciones de los profesores.

3.      Tratar a los profesores y personal del centro con respeto.

4.      Tratar a los compañeros y compañeras con respeto no insultando ni poniendo “motes” (agresión verbal), evitando las críticas y las rencillas.

5.      Resolver los conflictos con diálogo y no pelearse con los compañeros y compañeras (clase, recreo y filas) (agresión física).

6.      Utilizar en clase un tono de voz suave y respetar el turno de palabra.

7.      Ser responsable del estudio y hacer las tareas de casa.

8.      No criticar, ni reírse de los demás.

9.      Se cuidarán los hábitos de salud e higiene corporal, alimenticios, procedimentales….y cuantos fomenten una cultura positiva y de autoestima.

  1. Cuidar las cosas comunes del colegio y el material propio y el de los demás, nombrándose responsables encargados de diferentes competencias (sillas, pizarra, papeleras, ventanas…), organizando el aula en la corresponsabilidad de todos/as.
  2. Cumplir las sanciones o tareas impuestas.
  3. Se velará para que el aula sea un espacio de paz e integración, practicando valores que desarrollen el respeto, el diálogo y la tolerancia, erradicando actitudes violentas, racistas, formas incorrectas del vocabulario, etc.

 

ACTUACIÓN

 

  1. En caso de incumplimiento hablar con el alumno y ayudarle a reflexionar sobre su comportamiento para que se dé cuenta de las consecuencias de su actitud.
  2. Si es reiterado el incumplimiento, comunicárselo a los padres por escrito y hablar con ellos, para solucionar la situación.
  3. Quedarse sin recreo.
  4. Quedarse a realizar tareas al terminar la jornada.
  5. Arreglar o reponer el material estropeado por mal uso.
  6. Poner en conocimiento de la Comisión de Convivencia la situación para tomar las medidas disciplinarias contempladas en el Plan de Convivencia.

 

 

TERCER CICLO DE PRIMARIA.

 

1)      Se educado y amable: Saluda siempre: ¡Buenos días!, ¡Buenas tardes!  ¡Adiós, ¡Hola! ¡Hasta luego! ¿Qué tal estás?

2)      Pide las cosas a tus compañeros y en casa por favor y da las gracias: ¡gracias!, ¡muchas gracias!, ¡has sido muy amable!, ¡gracias por…

3)      Ceder el paso a tus compañeros y compañeras, a los adultos. Aprende a ceder la palabra a los demás para que nos entendamos todos.

4)      Muestra interés por los demás y por lo que dicen los otros. Los demás tienen cosas buenas que aportar. Dialogar es cosa de varios: escucha, dialoga con naturalidad, sin gritos, espera a quien alguien termine de hablar, mira de frente a la persona con quien hablas.

5)      Busca siempre hacer amigos y amigas respetando sus cualidades. Colabora con tus amigos, pero debemos resolverlos dialogando.

6)      Haz un esfuerzo por perdonar y olvidar los roces y conflictos que surgen con otros. Aprende a pedir disculpas si haces algo que no está bien.

 

7)      Realiza tu trabajo con buen humor, alegría y optimismo. Hay muchos motivos por los cuales estar alegres, contentos y felices.

8)      Acepta a los que te rodean como son y ayúdales a que sean mejores.

9)      Habla con todos con buenos modales y respeta sus opiniones.

10)  No debes interrumpir las clases, tus compañeros tienen derecho a gozar de un clima propicio para el trabajo.

 

AULA ESPECÍFICA (PT Y AL):

 

  1.  Si quieres hablar, mi turno debo esperar.
  2. Para bajar y subir, la fila debo seguir.
  3. Los papeles a la papelera, que no quede ninguno fuera.
  4. Compartir ayuda a ser feliz.
  5. A los maestros/as escucharé y en la vida triunfaré.
  6. Si mi opinión quiero dar, la tuya debo escuchar.
  7. En silencio yo estaré; así, en clase, aprenderé.
  8. Por favor debo pedir, lo que quiera conseguir.
  9. Me lavo las manos antes de comer, y limpiaré mis dientes para crecer.
  10. Por lo que tú me des, las gracias yo te daré.

 

6. COMPOSICIÓN, PLAN DE REUNIONES Y PLAN DE ACTUACIÓN DE LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA.

 

 

  La composición de la comisión de Convivencia será: El Director, El Jefe de Estudios, 2 representantes del profesorado  miembros del Consejo Escolar, 2 representantes de padres/madres miembros del consejo Escolar, el orientador/a  del EOE, la coordinadora designada por el Consejo Escolar del proyecto Igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres y  el coordinador/a del proyecto “Escuela-Espacio de  Paz”.

 La Comisión de Convivencia tendrá el siguiente calendario de  reuniones: Una reunión ordinaria al trimestre y extraordinarias cuando sean necesarias, serán convocadas por el Director o a petición de la mitad de la Comisión.

             Dará cuenta al pleno del Consejo Escolar de las actuaciones realizadas y de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas.

 

7. NORMAS ESPECÍFICAS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL AULA DE CONVIVENCIA DEL CENTRO.

 

1. Los centros educativos podrán crear aulas de convivencia para el tratamiento individualizado del alumnado de educación primaria que, como consecuencia de la imposición de una corrección o medida disciplinaria por alguna de las conductas tipificadas en los artículos 33 y 36, se vea privado de su derecho a participar en el normal desarrollo de las actividades lectivas.

2. El plan de convivencia establecerá los criterios y condiciones para que el alumnado a que se refiere el apartado anterior sea atendido, en su caso, en el aula de convivencia. Corresponde al director o directora del centro la verificación del cumplimiento de dichas condiciones y la resolución a adoptar, garantizando, en todo caso, el trámite de audiencia a los padres, madres o representantes legales del alumno o alumna.

3. En estas aulas de convivencia se favorecerá un proceso de reflexión por parte de cada alumno o alumna que sea atendido en las mismas acerca de las circunstancias que han motivado su presencia en ellas, de acuerdo con los criterios del correspondiente equipo de orientación educativa y se garantizará la realización de las actividades formativas que determine el equipo docente que atiende al alumno o alumna.

4. En el plan de convivencia se determinará el profesorado que atenderá el aula de convivencia, implicando en ella al tutor o tutora del grupo al que pertenece el alumno o alumna que sea atendido en ella y al correspondiente equipo de orientación educativa y se concretarán las actuaciones que se realizarán en la misma, de acuerdo con los criterios pedagógicos que, a tales efectos, sean establecidos por el equipo técnico de coordinación pedagógica.

 

 Por la escasez de conflictos  graves en este Centro, por ahora, no se considera necesaria  el Aula de Convivencia.

 

 

 

8. MEDIDAS A APLICAR EN EL CENTRO PARA PREVENIR, DETECTAR, MEDIAR Y RESOLVER LOS CONFLICTOS QUE PUDIERAN PLANTEARSE. 

 

A) PROFESOR/A -PROFESOR/A:

Objetivos:

• Formación en: Habilidades para neutralizar el desgaste profesional. Dinámica de grupo.

• Establecer intercambios profesionales entre los docentes.

• Proceder a través de técnicas de mediación en caso de conflicto entre profesores/as, donde el diálogo sea lo más importante.

• Fomentar buen clima entre el profesorado.

B) CENTRO-ALUMNADO-FAMILIAS:

• Realización de actividades en las que estén implicados todos los integrantes de la Comunidad Escolar. Estas se irán realizando a lo largo del curso e incluyéndolas en el Plan de Centro.

• Realización de Jornadas Culturales, meriendas literarias, Escuela de familia, etc.

• Invitar a los padres/madres, a que sigan participando en algunas actividades de aula, (talleres, celebraciones puntuales, etc.).

C) PROFESORADO-ALUMNADO:

• Objetivos del profesor/a que favorecen el aprendizaje y la convivencia en el aula.

• Adaptar al máximo los contenidos a trabajar en clase, acercando al nivel real de los alumnos los objetivos curriculares.

• Programar los contenidos y las actividades (No improvisar).

• Mantener al alumnado en tareas adecuadas a sus necesidades.

• Trabajos en grupo combinado con el individual. Planificando los espacios.

• Adaptar la distribución de los alumnos en la clase: Agrupamientos flexibles.

• El profesorado llevará a cabo las consecuencias negativas (castigos y consecuencias naturales) derivadas de un incumplimiento de una norma, sin delegar esta función a otros compañeros o al equipo directivo si no es estrictamente necesario. Utilizar el cuaderno de clase para anotar todas las incidencias diarias, en casos reincidentes anotar en la agenda escolar.

• El profesorado focalizará la atención sobre las conductas positivas en lugar de las negativas.

• El profesorado implicará a los alumnos en las normas de clase, en sus consecuencias y tendrá en cuenta lo que piensan y sus opiniones.

• El profesorado posibilitará espacios y tiempos suficientes para que el alumnado hable  con libertad de la disciplina y de los problemas que vayan surgiendo.

• El profesorado llevará a cabo una tutorización individualizada,  al menos con el alumnado que manifiesten alteraciones del comportamiento.

• El profesorado llevará a cabo de forma privada e individualmente, las llamadas de atención respecto a las conductas -problema.

• El profesorado evitará plantear cuestiones individuales de conducta en gran grupo, ya que esto evitaría confrontación con los/as alumnos/as  y castigos emocionales.

• El profesorado actuará inmediatamente ante los problemas de conducta, aplicando las consecuencias establecidas.

• El profesorado establecerá dos o tres normas claras y fundamentales en el aula que ayude a que el alumnado conozca las reglas del juego. Esto evitará que el/la profesor/a  se “desgaste”, “persiga” a los/as alumnos/as y actúe como un “policía”.

• Ante los conflictos ambiguos o graves, el profesorado se tomará tiempo para establecer las medidas a adoptar.

• El profesorado no tomará medidas o consecuencias que humillen al alumnado.

• El profesorado mantendrá el autocontrol ante conductas desafiantes o disruptivas de los/as alumnos/as ya que lo contrario, fomentaría la “Escala del conflicto”, llegando a perder la autoridad y el respeto.

• El profesorado utilizará el refuerzo positivo de conductas alternativas (conductas positivas que se den en el aula, tanto académica como social).

• El profesorado utilizará el modelado de sí mismo para mejorar la convivencia en la clase:

Ø  Hablar en tono bajo de voz.

Ø  Ser puntual.

Ø  Ser coherente.

Ø  Llevar a cabo un programa de Habilidades Sociales teniendo en cuenta el desarrollo evolutivo de los diferentes alumnos/as del centro.

 

 Las habilidades más importantes que se podrían incluir serían:

• La asertividad (Las interacciones sociales asertivas son aquellas que respetan por igual las cualidades y características de uno mismo y las de aquellas personas con quienes que se interactúa.)

• Formas de reconocer la manipulación.

• Reforzar a los otros o realizar cumplidos y aceptarlos.

• Dar quejas y saber cómo proceder cuando nos dan una queja.

• Saber decir “NO”.

• Saber reaccionar ante las críticas y los insultos.

• Iniciar, mantener y terminar conversaciones.

• Resolver los conflictos a través de los cauces establecidos.

• Reforzar la autoestima.

D) PROFESORADO-FAMILIA:

Incluir los objetivos relacionados en las reuniones del tutor con el grupo de padres y con los padres individualmente, incluyendo habilidades, estrategias y actitudes de los profesores.

Estas reuniones se podrán emplear entre otras cosas para hablar del clima de convivencia en la clase e informar y sensibilizar a las familias de alumnos de 3º ciclo sobre el fenómeno del bullying, sus consecuencias y posibles líneas para prevenirlo en el seno de la familia.

E) CENTRO-FAMILIA:

• Mejorar el intercambio de información entre el centro-familias-alumnado.

• Elaborar y distribuir por el   Blog del colegio un tríptico informativo sobre el

Centro (Servicios educativos, instalaciones, proyecto educativo, equipo de profesores).

• Para adaptarnos a los horarios y situaciones personales de cada familia optamos por flexibilizar el horario de tutorías, cuando exista problema.

• No existen grandes dificultades en las relaciones sociales y de convivencia con las familias, no obstante se propone la figura del padre-madre delegado de clase, que actuaría como mediador de conflictos.

• Mantener informada a la familia de cualquier modificación funcional o estructural del colegio en el tablón de anuncios o Internet (página web del centro).

• Entregar al comienzo de curso los siguientes documentos a las familias y los alumnos:

Ø  Dar a conocer una síntesis del Proyecto Educativo.

Ø  Normas de la clase y sus consecuencias si se incumplen.

Ø  Indicar las fechas de las reuniones grupales con el tutor y las fechas de visita individual con el mismo.

Ø  Indicar las actividades programadas que se van a realizar durante el curso con alumnos/as  y con toda la comunidad escolar.

F) CENTRO- ALUMNADO:

• Elaboración de unas normas de convivencia consensuadas y contextualizadas en el centro, teniendo en cuenta el ROF.

• Revisar y aplicar el PAC de forma funcional y operativa.

• Actuar de manera coordinada todo el profesorado del centro estableciendo unos buenos canales de comunicación cuando surjan problemas o conflictos entre los alumnos:

Ø  Puntualidad en las clases.

Ø  Coordinación en las entradas y las salidas a clase.

Ø  Vigilancia en los recreos.

Ø  Preparación de juegos cooperativos y participativos en los recreos donde prime la tolerancia y el respeto mutuo.

Ø  Preparar con antelación las clases.

Ø  Poner a trabajar la clase de inmediato.

Ø  Participación de toda la clase.

Ø   Utilizar la voz de forma eficaz.

Ø   Corregir al día.

Ø  Evitar las comparaciones.

Ø  Hacer que se cumplan las promesas.

G) ALUMNADO-ALUMNADO:

• Prevención y sensibilización ante el acoso escolar, desarrollando habilidades sociales, a través de un ambiente lúdico que favorezca un buen clima socio-afectivo.

• Sensibilización ante la igualdad de género, mediante juegos no sexistas.

• Uso del alumnado tutor.

G) FAMILIA-HIJOS/AS:

• Mejorar el conocimiento de sus hijos/as.

• Conocer su desarrollo evolutivo.

• Qué pueden hacer sus hijos en cada una de las edades a nivel conductual, cognitivo, social y afectivo-moral.”

• Fomentar en sus hijos el respeto hacia sus profesores y compañeros. Canalizar las críticas hacia los profesores mediante el diálogo con ellos y con el Equipo Directivo.

• Que fomenten la “No violencia” entre sus hijos y que discutan con ellos las normas de convivencia así como sus consecuencias. Sobre todo “No pegar”, “No insultar”

• Fomentar en sus hijos habilidades básicas de:

• Atención al profesor cuando explica y manda los deberes.

• Tener todo el material preparado en las carteras.

• Anotar todos los ejercicios que hay que hacer en casa.(Ver Agenda Escolar).

• Insistir en la realización de los mismos antes de hacer otras cosas como ver la TV o salir al parque.

• Comprobar, haciéndoles preguntas cómo ha sido su comportamiento en clase.

 

9.  PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN Y FUNCIONES DEL DELEGADO O DE LA DELEGADA DE LOS PADRES Y MADRES DEL ALUMNADO, ENTRE LAS QUE SE INCLUIRÁ LA DE MEDIACIÓN EN LA RESOLUCIÓN PACÍFICA DE CONFLICTOS ENTRE EL PROPIO ALUMNADO O ENTRE ÉSTE Y CUALQUIER MIEMBRO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. 

 

El plan de convivencia contemplará la figura del delegado o delegada de los padres y madres del alumnado en cada uno de los grupos. Será elegido para cada curso escolar por los propios padres, madres o representantes legales del alumnado.

Sus   funciones son:

             Representar a los padres-madres del aula.

             Ser el portavoz ante el tutor/a, Jefe de Estudios, Director del Centro de las propuestas  realizadas por  los padres-madres de la clase.

             Colaborar con el tutor en la organización de actividades extraescolares, fiestas y cuantas acciones se organicen.

             Intervenir como mediador/a con la demás padres/madres y tutor/a.

             Informar a los representantes del Consejo escolar de los problemas de la clase.

             Reunirse con el tutor/a   periódicamente para  tratar los temas que afecten al alumnado del aula.

Fomentar la convivencia entre los alumnos/as de su grupo.

             Colaborar con el profesorado y los órganos de gobierno del colegio para el buen funcionamiento del mismo.

             Informar a los padres/madres de las propuestas de mejora acordadas en el colegio.

 

 

10. ACTUACIONES CONJUNTAS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y DE COORDINACIÓN DOCENTE DEL CENTRO EN RELACIÓN CON EL TRATAMIENTO DE LA CONVIVENCIA EN EL MISMO.

 

 

                Al inicio de cada curso escolar el Equipo Directivo del Centro planteará al ETCP las actuaciones previstas para todo el curso escolar en relación con el tratamiento de la convivencia.  Se tendrá en cuenta las orientaciones del Consejo Escolar y del Claustro.

 

11.  ACTUACIONES CONJUNTAS DE LOS EQUIPOS DOCENTES DEL CENTRO, EN COORDINACIÓN CON QUIENES EJERCEN LA ORIENTACIÓN, PARA EL TRATAMIENTO DE LA CONVIVENCIA EN LOS GRUPOS DE ALUMNOS Y ALUMNAS.

 

          Al inicio de cada curso escolar se reunirán los equipos docentes con el miembro del EOE para programar, revisar, complementar y coordinar las normas de convivencia, ya aprobadas en el ETCP.

      Se    fijarán:

             Las prioridades según la realidad del centro y la problemática de cursos anteriores.

             El calendario de reuniones de los diversos equipos docentes a lo largo del curso.

             Estrategias de información a padres/madres.

             Necesidades de formación de la comunidad educativa.

 

 

 

 

 

 

 

12. ACTUACIONES DE LA TUTORA Y TUTOR Y DEL EQUIPO DOCENTE DE CADA GRUPO DE ALUMNOS Y ALUMNAS PARA FAVORECER LA INTEGRACIÓN DEL ALUMNADO DE NUEVO INGRESO, TANTO EN EL AULA  COMO EN EL CENTRO.

 

             Establecimiento de un horario flexible.

             Información a las familias y al alumnado de las características del centro.

             Crear un ambiente favorable a la integración de personas de otro entorno cultural.

             Conocer y valorar la cultura, costumbres de otras civilizaciones.

             Realizar actividades de integración de ambas culturas.

             Favorecer encuentros de padres para  el conocimiento mutuo de estilos   de vida diferente: Gastronomía,  folklore, cultura, bailes, etc.

 

13. ACTUACIONES ESPECÍFICAS PARA LA PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO DE LA VIOLENCIA SEXISTA, RACISTA Y CUALQUIER OTRA DE SUS MANIFESTACIONES.

 

Ø  Conocimiento por parte de todos los miembros de la comunidad escolar de lo que son conductas contrarias a la Convivencia en materia de sexo, racismo, religión, etc.

 

Ø  Detección de los problemas de convivencia por parte del tutor/a.

 

Ø  Medidas a aplicar para su solución basándose en nuestro Plan de Convivencia.

 

Ø  Traslado al equipo de ciclo de la problemática detectada.

 

Ø  Conocimiento por parte del Equipo Directivo y actuaciones que procedan en coordinación con el equipo de orientación.

Ø  Revisión de los resultados a corto plazo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

3.5. PLAN DE IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES.

 

 

 

ÍNDICE PLAN DE IGUALDAD

 

1.- JUSTIFICACIÓN.

 

2.- OBJETIVOS.

 

 3.- CONTENIDOS.

 

4.- METODOLOGÍA.

 

5.- ACTIVIDADES.

 

6.- EVALUACIÓN.

 

7.- BIBLIOGRAFÍA.

 

8.- WEBGRAFÍA.                                                                                                                                                .

 

 

 

 

1.      JUSTIFICACIÓN

            Los maestros y maestras de todo el mundo, como formadores de la futura sociedad, debemos tener en cuenta que el principio básico para desarrollar una convivencia de calidad es la igualdad entre el alumnado; siendo ésta una demanda social a la que desde la escuela debemos dar respuesta.

            Desde la familia y en la escuela se proporcionan modelos de conducta y se imponen comportamientos que los medios de comunicación y el grupo de iguales les refuerzan.

            Por ello, el proceso de coeducación comienza en la familia y la escuela, siendo los primeros espacios de socialización desde los cuales se compensan los desajustes de origen diverso, como aquellos que provienen de perjuicios sexistas que pueden incidir en el desarrollo de los niños/as en sus primeros años.

            Además en los últimos años está aumentando la violencia entre adolescentes, por lo que la prevención de la violencia a estas edades podemos considerar que es tardía, que la actuación debe realizarse antes. Vemos necesario realizar la prevención de violencia desde los primeros años del niño y la niña, y como es habitual, para llegar a la máxima población esto debe realizarse desde los centros educativos de primaria.

            No debemos olvidar que la igualdad no es la eliminación de las diferencias sino la ausencia de discriminación por la existencia de esas diferencias.

            Por todo ello pensamos que desde la escuela queremos educar para la Igualdad, la Paz, la Cooperación y la Solidaridad.

             

            La intención del centro es acogerse al plan, durante el curso 2020/21, con el fin de seguir trabajando la temática en profundidad y seguir ampliando conocimientos acerca de la misma.

            Cabe destacar que desde el AMPA (Asociación de Madres y Padres de los /as alumnos/as), colabora con este Plan apoyando todas y cada una de las actividades y participando de forma activa en la elaboración de material educativo cuando es requerido.

            La coeducación o educación en y para la igualdad de oportunidades, tiene entre sus objetivos la prevención de la violencia de género, la inclusión y visibilidad de las mujeres en el currículo escolar, el reconocimiento de identidades diversas que rompen con estereotipos y roles sexistas, y la lucha contra toda forma de discriminación, que garantice la igualdad de oportunidades y los derechos de mujeres y hombres.

            Según el acuerdo del 2 de noviembre de 2005, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el I Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en Educación, toda la comunidad educativa debe estar implicada en las actuaciones que se realicen a través del coordinador/a de dicho plan.

            Así pues, a través de la presente programación, se intentará que todos los miembros del centro se conciencien de la importancia de educar por la igualdad de oportunidades a través de la participación en las actividades aquí expuestas.

 

2. OBJETIVOS

            Según la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, en su artículo 23 referido a la educación para la igualdad de mujeres y hombres, dice que el sistema educativo incluirá entre sus fines la educación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y en la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres.

            Asimismo, el sistema educativo incluirá, dentro de sus principios de calidad, la eliminación de los obstáculos que dificultan la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y el fomento de la igualdad plena entre unas y otros.

            Por lo tanto desde la comunidad educativa y desde esta programación en particular el objetivo principal del que partimos es:

Diseñar y coordinar actuaciones que favorezcan fundamentalmente, el conocimiento de las diferencias entre niñas y niños, entre hombres y mujeres, para establecer las condiciones escolares que permitan corregir las discriminaciones y estereotipos sexistas. Y a su vez corregir desequilibrios entre maestros y maestras en actividades de responsabilidad escolar ofreciendo un modelo no estereotipado.”

            Partiendo de este objetivo los objetivos que se plantean son los siguientes:

 

a.        Concienciar de la realidad social de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida personal, familiar y social.

b.        Promover actitudes favorables hacia la dignidad de las personas como base para la igualdad en la consideración de géneros y la no violencia.

c.         Sensibilizar al alumnado sobre dignidad y los derechos de las mujeres.

d.        Conocer las desigualdades de oportunidades de las mujeres en el ámbito laboral.

e.        Reflexionar e identificar situaciones de convivencia en el ámbito familiar que promuevan desigualdades en función del sexo.

f.          Dotar a los sujetos de estrategias que analicen el entorno familiar.

g.        Adoptar comportamientos que favorezcan la igualdad en ámbito familiar.

h.        Tomar conciencia de los rasgos sexistas que todavía persisten en nuestra cultura y del papel que juega el sistema educativo en su transmisión.

i.          Aportar estrategias y modos de relación que permitan una convivencia más justa y equilibrada entre chicos y chicas en el aula.

j.          Analizar la influencia de los medios de comunicación masiva en la asignación de roles sexuales.

k.         Favorecer una actitud crítica y creativa ante los estereotipos sexistas que pueden transmitir los medios de comunicación.

l.          Desarrollar la empatía en tareas que realizan fundamentalmente las madres en el día a día, tanto dentro como fuera del hogar.

m.      Expresar y reflexionar ante frases, refranes, poesías… que tengan connotaciones sexistas.

n.        Aprender a convivir los niños con las niñas, aceptando las diferencias de cada uno/a.

o.        Utilizar la imagen como medio de expresión.

p.        Investigar las facetas de la mujer en los distintos ámbitos de la sociedad.

q.        Conocer las leyes más importantes de la igualdad.

r.         Trabajar en equipo.

s.         Fomentar la igualdad a través del juego no violento y tradicional.

t.          Conocer la raíz de las celebraciones: del 25 de noviembre y del 8 de marzo.

u.        Desarrollar una actitud de respeto hacia aquellas personas con ideas o gustos distintos.

v.         Utilizar el juguete como medio de expresión.

w.       Fomentar la utilización de juguetes no sexistas desde el aula.

 

3. CONTENIDOS

            Para la consecución de los objetivos utilizaremos los siguientes contenidos como elemento vehicular:

a.      Utilización las imágenes como medio de expresión de sentimientos en contra de la violencia.

b.      Conocimiento de las leyes de igualdad.

c.       Observación sobre quienes recae el protagonismo social y profesional.

d.      Conocimiento de las actividades y trabajos que pueden desempeñar ambos sexos.

e.      Conocimiento de las opiniones que favorezcan la desigualdad de sexos.

f.        Conocimiento de los roles que nos vienen dados por la influencia de los estereotipos familiares en la elección de la profesión.

g.      Conocimiento la desigual distribución de los recursos y espacios de recreo entre chicos y chicas.

h.      Reconocimiento de que en nuestra cultura existen una serie de estereotipos sexuales que coincidan el acceso al mundo laboral.

i.        La influencia del lenguaje en la desigualdad de género.

j.        Reflexión sobre el poder de la fuerza física y sus efectos.

k.       Conocimiento del fenómeno de la violencia doméstica y el porqué de su invisibilidad.

l.        Análisis de los prejuicios y estereotipos sobre actividades y trabajos que pueden realizar las mujeres.

m.    Análisis de frases que generan predisposiciones a limitar el trabajo de la mujer a tareas domésticas.

n.      Reflexión acerca de la diferente forma de disfrutar del tiempo libre, ya sea en familia o en el colegio (el patio).

o.      Propuestas de alternativas de ocio y tiempo libre para todos los miembros de la familia.

p.      Análisis de la distribución de las tareas domésticas.

q.      Aprendizaje del trabajo en grupos heterogéneos.

r.       Aprendizaje a verbalizar y expresar emociones.

s.       Cooperación en la igualdad de responsabilidades familiares.

t.        Valoración de la igualdad de derechos en la formación y promoción de la identidad personal.

u.      Lugar de las personas que no pueden acceder libremente a un puesto de trabajo por razón de sexo.

v.       Valoración de los efectos de la tradición en la discriminación de la mujer.

w.     Conciencia de los efectos del acoso laboral en las personas.

x.       Implicación personal en la realización de las tareas domésticas.

y.       Estimación de la convivencia en la familia y el respeto entre sus miembros.

z.       Desarrollo de actitudes de respeto, colaboración y amistad entre chicos y chicas.

aa.  Colaboración entre chicos y chicas para compartir mejor los recursos y espacios del patio.

bb.  Conciencia de la discriminación sexista que existe en determinados ámbitos laborales.

cc.   Capacidad de la música actual como medio para romper la división tradicional de roles.

dd.  Ponerse en lugar de una persona maltratada emocionalmente.

ee.  Valoración de los efectos del empleo de la violencia verbal en la autoestima de las personas.

ff.     Conciencia de los efectos de los malos tratos.

gg.  Empatía hacia las personas que sufren malos tratos.

hh.  Desechar el juguete como un elemento sexista.

ii.      Conocimiento de que todos podemos realizar cualquier juego sin caer en valoraciones sexistas.

 

4. METODOLOGÍA

            La metodología constituye un elemento clave o de máxima importancia a la hora de lograr las intenciones educativas.

La intervención global en el marco educativo vendrá marcada por los cuatro principios  básicos de actuación:

 a)    Visibilidad: Hacer visibles las diferencias que puedan producirse entre chicos y chicas, para facilitar el reconocimiento de las desigualdades y discriminaciones que aquellas puedan producir.

 b) Transversalidad: Supone la inclusión de la perspectiva de género en la elaboración, desarrollo, seguimiento de todas las actuaciones que afecten, directa o indirectamente a la comunidad educativa.

c)    Inclusión: Las medidas y actuaciones educativas se dirigen a toda la comunidad (hombres y mujeres, niños y niñas) para conciliar intereses y crear relaciones de género más igualitarias.

d) Actividad: la mejor forma de realizar un aprendizaje es vivenciándolo a través del juego, siendo fundamental en los primeros niveles.

 

            Se considera, por tanto, que el ofrecer igualdad en la educación a los dos sexos es condición necesaria para que las potencialidades individuales de hombres y mujeres puedan estimularse y desarrollarse.

            Cada acto, celebración o actividad que desarrollemos a lo largo del curso, lleva consigo un tipo de adaptaciones metodológicas determinadas en función de la actividad o del nivel al que vayan dirigidas.

De manera un poco más específica la metodología a utilizar es la siguiente:

a.      Aproximación didáctica por medio de la expresión plástica.

b.      Juegos de simulación.

c.       Técnicas de grupo de investigación.

d.      Juegos de roles.

e.      Confección de murales.

f.        Análisis de estereotipos laborales.

g.      Análisis de casos.

h.      Análisis de contenido de frases.

i.        Debate en pequeño y gran grupo.

j.        Expresión plástica o narrativa.

k.       Análisis de canciones.

l.        Análisis de la propia conducta.

m.    Colaboración entre la familia y la escuela.

 

 

5. ACTIVIDADES.

 

A) 25 DE NOVIEMBRE: DÍA CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO                          

 

Descripción de las actividades: Reparto de lazos morados, como manifestación tangible de que nos unimos a la protesta contra la “violencia de género”.

“Todos sabemos, todos podemos” será el lema en torno al cual se desarrollarán todas las actividades.

INFANTIL:

-Visionado de la película Rosa Caramelo.

-Comentamos en la asamblea la importancia de tratarnos bien y con respeto.

-Coloreamos y decoramos la clase con las fichas “Papá pone los platos”

 

 

1Er CICLO y 2ºCICLO:

-Lectura del cuento: ”EL príncipe Ceniciento”

-Actividades relacionadas con el cuento y el reparto equitativo de las tareas del hogar.

-Memorizar e ilustrar pequeñas poesías.

-Comentar con el alumnado la importancia del respeto .Mostrar situaciones en las que el trato no es el adecuado.

-Fichas para realizar en casa sobre el reparto de las tareas del hogar. En clase comentar y sacar conclusiones.

 

3ER CICLO.

-Webquest: “Las hermanas Mirabal”.

-Comentar y aprender la canción “Que nadie” de Malú y Manuel Carrasco.

 

Temporalización: sesiones anteriores al día 25 y 25 de noviembre.

Responsable: Cada tutor/a y el Coordinadora del Plan de Igualdad.

 

 

 

C) CELEBRACIÓN 8 DE MARZO: DÍA DE LA MUJER TRABAJADORA           

 

Descripción de las actividades

INFANTIL

Se realizará un mural en el que cada niño y niña coloreará un dibujo de la profesión de sus madres.

Juego: El rincón de la casita.

PRIMER y SEGUNDO CICLO

-Realización de un mural con información de las profesiones de las madres del alumnado, explicando en qué consiste su trabajo e imágenes.

-Invitación a madres al centro: “Pequeñas historias de vida”

TERCER CICLO

- Lectura y reflexión del texto “Carta a una madre”.

-Realización de la Caza del tesoro: “Una mujer, un voto”.

 (Página web del CEIP Walabonso de Niebla, Huelva)

Temporalización: sesiones de días anteriores al día 8 y el día 8 de marzo. Responsable: Cada tutor/a, y la Coordinadora del Plan de Igualdad.

 

 

 

 

 

6. EVALUACIÓN (Criterios de evaluación)

            Para conseguir los mejores resultados con el desarrollo del Plan de Trabajo, se va a llevar a cabo una evaluación continua que nos permitirá si los objetivos planteados están siendo los adecuados y si las actividades propuestas son las correctas para lograr los objetivos propuestos y así poder realizar las modificaciones oportunas.

            Se valorará el grado de implicación de cada uno de los miembros que componen nuestra Comunidad Educativa, así como la coordinación entre ellos y el grado de aceptación de las distintas propuestas.

            Esta evaluación continua se complementará con una evaluación final donde se valoren los resultados obtenidos, las posibles mejoras, errores cometidos, necesidades y grado de satisfacción con la experiencia.

            Los criterios para evaluar las actividades, la consecución de objetivos y la adquisición de competencias en Igualdad por parte del alumnado han sido los siguientes:

a.      Se conciencia de la realidad social, de la desigualdad entre mujeres y hombres en la vida personal, familiar y social.

b.      Promueve actitudes favorables hacia la dignidad de las personas como base para la igualdad en la consideración de géneros y la no violencia.

c.       Se sensibiliza sobre la dignidad y los derechos de las mujeres.

d.      Conoce las desigualdades de oportunidades de las mujeres en el ámbito laboral.

e.      Reflexiona e identifica situaciones de convivencia en el ámbito familiar que promueven desigualdades en función del sexo.

f.        Adopta comportamientos que favorezcan la igualdad en el ámbito familiar.

g.      Toma conciencia de los rasgos sexistas que todavía persisten en nuestra cultura y del papel que juega el sistema educativo en su transmisión.

h.      Aporta estrategias y modos de relación que permitan una convivencia más justa y equilibrada entre chicos y chicas en el aula.

i.        Analiza la influencia de los medios de comunicación en la asignación de roles sexuales.

j.        Favorece una actitud crítica y creativa ante los estereotipos sexistas que pueden transmitir los medios de comunicación.

k.       Utiliza el juego sin tener en cuenta los estereotipos asignados por la sociedad.

 

 

 

 

 

7. BIBLIOGRAFÍA

·         Programa de prevención escolar contra la violencia de género. Editorial Brief. 3º ciclo.

·         La publicidad también juega. Instituto andaluz de la mujer, consejería para la igualdad y el bienestar social.

·         Guías del 25N. Instituto andaluz de la mujer. Consejería para la igualdad y el bienestar social.

·         Guías del 8M. Instituto andaluz de la mujer. Consejería para la igualdad y el bienestar social.

·         Guía de buenos tratos.

·         Guía: Tratémonos bien, para alumnos y alumnas de primaria de la página web de Averroes.

·         Materiales didácticos para la prevención de la violencia de género, de la consejería de Educación de la Junta de Andalucía.

·          “No te líes con chicos malos”: Instituto Andaluz de la Mujer, consejería para la igualdad y bienestar social.

·         Maletas para la igualdad: material recopilado por el CEP de Jaén, durante varios cursos, en el recogen las experiencias de distintos centros en materia de coeducación.

 

 

8. WEBGRAFÍA

·         www.juntadeandalucía.es/averroes/plandeigualdad

·         www./educacionenvalores.org

 

3.3 – PLAN LECTOR. PROGRAMA COMUNICA.

 

ÍNDICE PLAN LECTOR. PROGRAMA COMUNICA.

 

1.- PRINCIPIOS GENERALES QUE RIGEN EL PLAN LECTOR.

2.- OBJETIVOS GENERALES DEL PROYECTO COMUNICA.

3.- DOSIER COMUNICA. (VER ENLACE )   https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/lecturas-bibliotecas-escolares/programa-comunica                                                                                    

 

1-      PRINCIPIOS GENERALES QUE RIGEN EL PLAN LECTOR. 

Los principios generales que dirigen nuestra acción educativa en la consecución de nuestro Plan Lector vienen vinculados a la Competencia Lingüística (mejora de la comprensión lectora, mejora de la producción de los textos escritos, mejora del hábito lector y el gusto por la lectura):

-          El fomento de la lectura es tarea de todos los que tienen responsabilidades en la educación: familia y profesorado.

-          La lectura es una materia transversal de todas las áreas del currículo y herramienta indispensable para el aprendizaje de las mismas.

-          El alumnado debe leer en clase durante las horas lectivas de forma individual, colectiva y silenciosa materiales de diverso tipo y de todas las áreas.

-          Las razones de la lectura y la repuesta a la pregunta, ¿Para qué leer?, deben ser: para aprender, para cultivar la expresión oral y escrita, para satisfacer la curiosidad, para desarrollar la capacidad de investigación, para resolver dudas puntuales, para poner en marcha la imaginación, para sentir, disfrutar y comprender el mundo que nos rodea.

-          La lectura debe ir ligada a la escritura (expresión escrita, ortografía, técnicas de presentación, vocabulario…) y a la expresión oral, por lo que estas actividades deben trabajarse de forma conjunta para crear lectores y no sólo para desarrollar cierta propensión afectiva o lúdica por la lectura.

-          La mejora de las capacidades lectoras deben ir incluidas en las Programaciones de Ciclo y de Aula. Los Ciclos fijarán las tareas conceptuales y procedimentales que se van a desarrollar en los distintos niveles.

-          Las campañas de fomento de la lectura u otras actividades que de ella se desprendan deben ser asumidas por todo el claustro.

-          El papel de la familia es fundamental a la hora de reforzar las tareas lectoras que se hacen en el Centro, siendo necesario un asesoramiento programado desde la Biblioteca y por el profesorado.

-          Es necesario utilizar la Biblioteca como Centro de recursos y asesoramiento en la realización de las actividades curriculares, dentro de sus posibilidades.

2.- OBJETIVOS GENERALES DEL PROYECTO COMUNICA.

Es un Programa para la Innovación Educativa que presenta una visión integradora de las tipologías textuales como manifestación cultural, lingüística, estética, social, ética e individual que se vinculan con las competencias clave y las nuevas metodologías educativas.

Tiene como objetivo primordial ofrecer estrategias y recursos metodológicos que puedan complementar el currículum escolar con medidas de apoyo para la mejora de la lectura, la escritura y la lengua oral.

Para ello establece cuatro líneas de intervención: oralidad, lectura - escritura funcional, lectura - escritura creativa y alfabetización audiovisual. Para cada una de estas líneas el programa propone una serie de actividades y sugerencias didácticas que se pueden modificar, adaptar y contextualizar.

Los recursos de ComunicA han sido diseñados principalmente para la mejora de la competencia en comunicación lingüística del alumnado y para el disfrute de la lectura en el aula, sin olvidar las posibilidades que ofrece para el desarrollo de otras competencias claves como la Competencia digital, Aprender a aprender, Competencias sociales y cívicas o Conciencia y expresiones culturales.

También propone modelos de referencia con la intención de crear un proyecto que establezca la mejora de la competencia lingüística del alumnado atendiendo a las líneas de intervención establecidas por ComunicA.

Los centros pueden construir sus proyectos utilizando y contextualizando cuantas actividades consideren oportunas de una u otra línea o de uno u otro proyecto modelo.

ComunicA propone una metodología participativa, partiendo del enfoque comunicativo y el aprendizaje contextualizado, el Trabajo basado en Proyectos y/o Problemas y en la interdisciplinaridad, y da cabida a propuestas como la clase invertida (flipped classroom), la gamificación u otras que pueden resultar productivas.

Los criterios de evaluación, apoyados en los estándares de aprendizaje, se presentan como referentes de la evaluación, en la que se utilizan las rúbricas como instrumento clave.

 

                    

3.7. PROGRAMA ALDEA:  ECOHUERTO Y RECAPACICLA.

 

Mediante la participación en el Programa Aldea sobre educación medioambiental, se pretende concienciar a toda la comunidad escolar de la necesidad de respetar y proteger el medio, así como la importancia de reciclar y no derrochar recursos.

 La línea de intervención se establecerá respecto a los proyectos de huerto escolar (Ecohuerto) y el reciclaje (Recapacicla)

Objetivos específicos.

 ECOHUERTO. Enlace  http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/site/portalweb/menuitem.220de8226575045b25f09a105510e1ca/?vgnextoid=1073d756d6359310VgnVCM1000001325e50aRCRD&vgnextchannel=dabed756d6359310VgnVCM1000001325e50aRCRD

1. Posibilitar la observación directa por parte del alumnado de los ritmos de la naturaleza.

 2. Propiciar el conocimiento y contacto directo con las interrelaciones con el medio, el contacto directo con los productos naturales y ecológicos y sus ciclos.

 3. Fomentar el consumo de los mismos según su estacionalidad.

4. Facilitará la adquisición de buenos hábitos alimenticios.

5. Aumentar la concienciación social sobre la importancia de producir de forma sostenible, utilizando métodos no agresivos con el entorno, y producir alimentos libres de compuestos químicos de síntesis.

 6. Valorar la calidad de los alimentos obtenidos con estos métodos de producción.

7. Propiciar el trabajo en equipo y valorar dicho esfuerzo.

RECAPACICLA. Enlace. http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/site/portalweb/menuitem.47a26b4de31e31b01daa5f105510e1ca/?vgnextoid=1bb5bda238c67410VgnVCM2000000624e50aRCRD&vgnextchannel=9218d299ac542310VgnVCM10000055011eacRCRD

 1. Informar e implicar a la comunidad educativa en la disminución de la generación de todo tipo de residuos.

 2. Concienciar al alumnado de la importancia del reciclaje y de un consumo responsable.

3. Reflexionar sobre la importancia de la separación adecuada de los residuos, así como las implicaciones ambientales del consumo.

 4. Fomentar el trabajo en grupo, compartiendo ideas, originalidad y técnicas.

5. Fomentar el respeto hacia el trabajo de los demás.

6. Desarrollar la creatividad de cada uno de los discentes.

 

3.8. PROYECTO DE GESTIÓN.

 

 

 

INTRODUCCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO.

 

1.-CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO ANUAL DEL CENTRO Y PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS INGRESOS ENTRE LAS DISTINTAS PARTIDAS DE GASTO.

     1.1.- Ingresos.

     1.2.- Gastos

     1.3.- Elaboración de Presupuesto.

     1.4.- Órganos competentes en la gestión económica.

     1.5.- Cuenta de gestión.

     1.6.- Indemnizaciones por razón del servicio.

 

2.- CRITERIOS PARA LA GESTIÓN DE LAS SUSTITUCIONES DE LAS AUSENCIAS DEL PROFESORADO. 

     2.1.- Bajas de corta duración.

     2.2.- Bajas de larga duración.

     2.3.- Criterios.

 

3.- MEDIDAS PARA LA CONSERVACIÓN Y RENOVACIÓN DE LAS INSTALACIONES Y DEL EQUIPAMIENTO ESCOLAR.

 

4.- CRITERIOS PARA LA OBTENCIÓN DE INGRESOS DERIVADOS DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DISTINTOS DE LOS GRAVADOS POR TASAS, ASÍ COMO OTROS FONDOS PROCEDENTES DE ENTES PÚBLICOS, PRIVADOS O PARTICULARES.

 

5.- PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DEL INVENTARIO ANUAL GENERAL DEL CENTRO.

 

6.- CRITERIOS PARA LA GESTIÓN SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS DEL CENTRO Y DE LOS RESIDUOS QUE GENERE QUE, EN TODO CASO, SERÁ EFICIENTE Y COMPATIBLE CON LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE.

     6.1.- Objetivos.

     6.2.- Medidas para conseguir dichos objetivos.

 

7.-OTROS ASPECTOS DE LA GESTIÓN DEL CENTRO.

     7.1.- Exposición de publicidad.

     7.2.- Uso del servicio de fotocopias

 

 

 

 

 

 

  INTRODUCCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO.

 

El artículo 123 de la LOE contempla el Proyecto de Gestión de los centros públicos. En dicho documento los centros expresarán la ordenación y utilización de sus recursos materiales y humanos mediante el proyecto de gestión como marco de la autonomía de gestión que la legislación otorga a dichos centros.

El artículo 126.1 de la LEA recoge que el Proyecto de Gestión es uno de los documentos que componen el Plan de Centro.

Parece adecuado realizar un diagnóstico inicial, al final de cada curso académico, de los recursos materiales de que disponga el centro, señalando las principales necesidades que el desarrollo del proyecto educativo a lo largo de los años demanda.

 

Cabe entender que los recursos humanos en los centros públicos estarán asociados a las características del centro y a los planes y programas estratégicos que desarrolle, por lo que resultaría conveniente destacar aquellos recursos materiales necesarios para llevar a cabo el proyecto educativo, priorizando de alguna manera los recursos imprescindibles desde un primer momento y analizando aquellos otros recursos añadidos que la cooperación con otras entidades sociales pueda aportar al centro.

 

1. CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO ANUAL DEL CENTRO Y PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS INGRESOS ENTRE LAS DISTINTAS PARTIDAS DE GASTO.

 

El presupuesto de este Centro es la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que como máximo puede reconocer el mismo para su normal funcionamiento, así como la estimación de los ingresos y los gastos que prevé obtener y efectuar durante el correspondiente ejercicio.

Por lo tanto, el presupuesto es un instrumento de planificación económica del Centro, en orden a la prestación del servicio público en el que se prevé, junto con sus ingresos, los gastos necesarios para alcanzar los objetivos recogidos en el Proyecto educativo del centro (PEC) bajo los principios de equilibrio entre ingresos y gastos, así como los principios de eficacia y eficiencia en la utilización de los recursos.

Se establecerá la distribución de los ingresos entre las distintas partidas de gasto a partir del análisis de ingresos y gastos de los últimos dos cursos, teniendo en cuenta, en cualquier caso, la dotación de gastos de funcionamiento que la Consejería de Educación asigne al Centro.

Las operaciones realizadas por el Centro en ejecución de su presupuesto, tanto de ingresos como de gastos, contarán siempre con el oportuno soporte documental que acredite la legalidad de los ingresos y la justificación de los gastos.

Las cuentas y los documentos justificativos recogerán la totalidad de los gastos e ingresos habidos, con los asientos contables correspondientes y reunirán los requisitos legales.

Las operaciones y anotaciones contables realizadas en medios informáticos ('Séneca: Módulo de Gestión Económica') serán, asimismo, archivadas correlativa y cronológicamente para formar los archivos contables. El Centro mantendrá en custodia esta documentación durante un período de cinco años, a contar desde la aprobación anual de la cuenta de gestión.

 

1.1.- Ingresos.

Constituirá el estado de ingresos:

1. El saldo final o remanente de la cuenta de gestión del ejercicio anterior. En cualquier caso, los remanentes que estén asociados a ingresos predefinidos sólo se podrán invertir en el programa de gasto para los que fueron concedidos.

2. Los créditos que le sean asignados por la Consejería de Educación para gastos de funcionamiento del Centro.

3. Otras asignaciones procedentes de la Consejería de Educación, como las asignaciones del Programa de Gratuidad de Libros de Texto y libros para la Biblioteca, inversiones, equipamientos y aquellos otros que la Consejería determine, adjudicados a los Planes y Proyectos que este Centro tenga concedidos.

 

4. Las cantidades que se reciben para los gastos de funcionamiento generales se reciben en cuatro libramientos que suelen recibirse en noviembre, febrero, mayo y agosto aproximadamente.

 

Fuentes de ingresos:

1.- Ingresos por parte de la Consejería de Educación.

a.- Por gastos de Funcionamiento Ordinario .

Se consignarán los montos totales que, a principio de curso, remite la Delegación Provincial  asignándonos una cantidad para ello.

A principio del mes de octubre del siguiente curso, el Consejo Escolar del Centro certificará la aprobación de todos los registros de Ingresos y Gastos, así como los remanentes que hayan surgido en el curso anterior.

b.- Programa de Gratuidad de libros de texto.

Los libros de texto tendrán una validez de cuatro años para el 2º y 3er Ciclo de Primaria, renovándose todos los cursos los libros del primer ciclo.

El presupuesto estimado de este programa nos lo remite la Consejería de Educación, a través del programa "Séneca", en función del número de alumnos/as matriculados en el Centro, más un 10% en concepto de reposición.

Antes de generar el Cheque/libro, que se le entregará a los padres/ madres de los alumnos/as, hay que validar el resultado económico de Gratuidad de libros de texto en el programa "Séneca".

c.- Proyectos o programas específicos.

El Centro cuenta con los programas Plan de Lectura y Bibliotecas y Escuelas Deportivas.

Al igual que en los casos anteriores, la Delegación comunica la cantidad total de cada uno de ellos.

 

2.- Ingresos por aportaciones de Otras Entidades.

En este apartado se irán abriendo subcuentas por cada entidad colaboradora. Las aportaciones generales podríamos considerar que son las realizadas por la Asociación de Padres y Madres del Centro.

3.- Ingresos por recursos propios.

Se abrirán generalmente las siguientes subcuentas.

-Ingresos por Actividades Extraescolares:

Estas subcuentas se dotarán económicamente por los recibos cobrados a las familias en el concepto de Servicios Ofertados por el Centro y que, al mismo tiempo, se abonarán mensualmente al ISE.

Se abrirán otras subcuentas por aquellos conceptos que se prevean que generarán ingresos como podrían ser teléfono, fotocopias, etc.

En el caso de que alguna subcuenta no generara ingresos se anulará para el siguiente curso.

A principio de curso se realizará un presupuesto de ingresos y gastos que lo deberá aprobar el Consejo Escolar del Centro.

Todos los registros de ingresos y gastos, así como los ejercicios económicos de los diferentes cursos se guardarán en la secretaría del Centro.

 

1.2.- Gastos.

El presupuesto anual de gastos comprenderá la totalidad de los créditos necesarios para atender las obligaciones de conformidad con las siguientes prescripciones:

 

1. La confección del estado de gastos con cargo a recursos propios, procedentes de otras entidades o procedentes de libramientos de la Consejería de Educación para gastos de funcionamiento, se efectuará sin más limitaciones que su ajuste a los créditos disponibles, a su distribución entre las cuentas de gasto que sean necesarias para el normal funcionamiento y a la consecución de los objetivos o finalidades para los que han sido librados tales fondos.

 

2. El Centro podrá efectuar adquisiciones de equipos y material inventariable, con cargo a los fondos recibidos de la Consejería de Educación para gastos de funcionamiento, siempre que concurran las circunstancias siguientes:

 

a) Que queden cubiertas las necesidades prioritarias del normal funcionamiento del Centro.

b) Que dichas adquisiciones tengan un límite máximo que quedará cuantificado en el 10% del crédito anual librado al Centro por la Consejería de Educación para gastos de funcionamiento ordinarios, como se indica en la normativa vigente.

 

Gestión de gastos.

Las compras efectuadas por los distintos ciclos se atendrán a las normas siguientes:

 

Si se tratase de material inventariable, cualquier adquisición que deseen realizar los ciclos, equipos o aula de apoyo debe ser solicitada al Secretario del Centro y deberá ser autorizada por éste.

Es obligatorio que cuando se esté esperando un pedido: contra reembolso, a pagar posterior o anteriormente a su recibo, una factura, etc. se comunique con la prudente antelación.

Todos los gastos realizados deben justificarse siempre y se deben cumplir los siguientes requisitos:

a) Si la compra se hace a crédito, se solicitará al proveedor, en el momento de la adquisición, un albarán para ser entregado al Secretario.

b) Si la compra se hace al contado se solicitará al proveedor, en el momento de la adquisición, un tique de caja o similar en el que conste claramente el NIF o CIF del mismo.

1.3. Elaboración de Presupuesto.

 

A) 1. El proyecto de presupuesto será elaborado por el Secretario del Centro, basándose, principalmente, en el estado de cuentas rendido por el Centro el curso anterior, en el que se incluirá necesariamente el posible remanente.

2. De forma general se añadirá el IPC a lo presupuestado o gastado realmente el año anterior.

 

3. La elaboración del presupuesto deberá realizarse atendiendo a las siguientes prioridades:

1.- Bienes Corrientes y Servicios.

a.- Arrendamientos:

- Mobiliario y enseres: Apartado de Correos.

b.- Reparación y conservación.

- Mantenimiento de equipos y herramientas.

- Mantenimiento de equipos para proceso de información.

- Medios audiovisuales e informáticos.

c.- Material no inventariable.

- Material de oficina.

- Material de aula.

- Consumibles de reprografía.

- Consumibles informáticos.

- Material de Deporte.

d.- Suministros.

- Agua

- Productos alimenticios.

- Productos farmacéuticos.

 - Droguería, Ferretería.

- Productos fotográficos.

- Material de música.

- Otros suministros.

e.- Comunicaciones:

- Servicios telefónicos.

- Servicios postales.

f.- Transportes:

- Desplazamientos.

- Portes.

- Dietas.

g.- Gastos diversos:

- Primaria.

- Infantil.

- Programa de Gratuidad de libros.

- Otros Gastos.

h.- Trabajos realizados por otras empresas.

- Aula Matinal.

- Actividades Extraescolares.

+ Deporte en la Escuela.

+ Distintos talleres.

- Otros servicios.

 

2.- Adquisiciones de material inventariable.

a.- Adquisiciones para uso general del Centro.

- Material didáctico.

 - Libros.

 

 El proyecto de presupuesto será elaborado atendiendo a los conceptos establecidos en el 'Módulo de Gestión Económica de Séneca'. Todas las partidas en que sea previsible gasto deberán contar con la correspondiente dotación presupuestaria.

 

B) Aprobación del proyecto de presupuesto.

 

1. Para la aprobación del proyecto de presupuesto es condición necesaria que esté de acuerdo con lo establecido en el Proyecto de Gestión del Centro docente.

2. La Comisión Permanente podrá emitir, preferentemente por escrito, un informe previo a la aprobación por parte del Consejo Escolar del presupuesto.

3. El proyecto de presupuesto del Centro será aprobado por el Consejo Escolar. Una vez aprobado el proyecto de presupuesto, éste pasará a ser el Presupuesto Oficial del Centro para el ejercicio correspondiente.

 

1.4. Órganos competentes en la gestión económica.

Son órganos competentes en materia de gestión económica el Consejo Escolar, el Equipo Directivo, el Director del Centro, el Secretario/a. Las funciones de cada órgano son las siguientes:

- El Consejo Escolar.

a) Aprobar el proyecto de gestión y sus modificaciones.

b) Establecer las directrices de funcionamiento del centro.

 c) Efectuar el seguimiento del funcionamiento del centro.

d) Aprobar la cuenta de gestión y el presupuesto.

 

- El Equipo Directivo.

a) Elaborar el proyecto de gestión y el presupuesto a propuesta del Secretario.

b) Realizar, en su caso, las modificaciones señaladas por la Delegación Provincial.

- La Secretaria /o, quien por delegación del Director/a será la responsable de la gestión económica del Centro.

a) Coordinará el Equipo Directivo en la elaboración del proyecto de presupuesto y en todos los demás procesos de gestión económica.

b) Presentará el proyecto de presupuesto al Consejo Escolar y, en su caso, autorizará los gastos siempre que no excedan de los ingresos previamente obtenidos.

c) Realizará el inventario general del centro y lo mantendrá actualizado.

d) Adquirirá el material y equipamiento del Centro, siguiendo las directrices de la dirección.

 

1.5. Cuenta de gestión.

 

La secretaria/o del Centro presentará al Consejo Escolar para su aprobación, antes del 31 de octubre de cada año, una única cuenta de gestión cerrada a 30 de septiembre (borrador del Anexo XI).

 

- Si el Consejo Escolar no aprobase la cuenta de gestión, se comunicará a la Delegación Provincial, junto con el punto del orden del día del acta de la sesión, donde consten los motivos que sustentan la no aprobación.

- Una vez aprobada por el Consejo Escolar, se remitirá el Anexo XI correspondiente por vía telemática al Servicio Económico de la Delegación Provincial.

- La cuenta de gestión no podrá rendirse con saldos negativos salvo demora en los ingresos procedentes de la Consejería de Educación.

 

1.6. Indemnizaciones por razón del servicio.

El Director del Centro podrá autorizar gastos de desplazamiento de los profesores que se tengan que desplazar fuera de la localidad para asuntos, no particulares, relacionados con el colegio.

El Director podrá aprobar los gastos de dietas del profesorado derivados de la realización de actividades extraescolares fuera de la localidad del Centro.

 

Para fijar estas indemnizaciones se estará a lo dispuesto en la Orden de 11 de julio de 2006, por la que se actualizan las cuantías de determinadas indemnizaciones por razón del servicio. (BOJA nº 143 de 26 de julio de 2006), o en la normativa que pudiera dictarse a estos efectos.

 

2. CRITERIOS PARA LA GESTIÓN DE LAS SUSTITUCIONES DE LAS AUSENCIAS DEL PROFESORADO.

 

Orden de 8 de septiembre de 2010, por la que se establece el procedimiento para la gestión de las sustituciones del profesorado de los centros docentes públicos dependientes de esta Consejería (BOJA 17-09-2010).

 

2.1. Bajas de corta duración. (Entre uno y cinco días.)

 

La primera baja será cubierta por la persona que desempeñe el 2º Refuerzo.

La segunda baja por el profesorado en cuya clase haya especialistas en las horas que haya que cubrir la sustitución.

De producirse una tercera baja, simultáneamente a las anteriores se cubriría por la persona que desempeña el 1ª Refuerzo y por los demás maestros/as, desapareciendo, si es necesario, las horas de coordinación y mayores de 55 años.

En el caso de que la ausencia sea prevista se prepararán tareas para que sean realizadas por el alumnado durante la clase y bajo la vigilancia del profesorado.

En el caso de que el número de grupos sin profesor/a sea superior al de profesorado disponible en esa hora, la Jefatura de Estudios determinará la posibilidad de unir a varios grupos en los espacios adecuados para acoger a estos alumnos. La Jefatura de Estudios tendrá libertad para organizar en todo momento la atención al alumnado,

actividad que tendrá prioridad sobre cualquier otra, exceptuando las tareas lectivas

 

2.2. Bajas de larga duración (Con permiso de la Delegación Provincial).

 

La primera baja será cubierta por la persona que desempeñe el 2º Refuerzo. Si esta baja es de algún especialista (Maestro/a de Pedagogía Terapéutica, Inglés, Educación Física y Música) se solicitará que sea cubierta por la Delegación Provincial.

Para las segundas bajas y siguientes se solicitará que sean cubiertas por la Delegación

Provincial .

 

Nuestro centro al principio del año académico tendrá un presupuesto asignado para sustituciones por parte de la Consejería que vendrá reflejado en el programa Séneca como jornadas de las que dispone el centro para sustituciones.

 

2.3.Criterios.

Los criterios que establecemos para decidir la sustitución serán los siguientes:

 

- Las bajas de corta duración (menos de 5 días) no serán sustituidas y el alumnado será atendido en el aula como se indica arriba.

- La ausencia del profesorado se cubrirá a partir de la segunda semana cuando se prevea que la baja va a continuar. Estas bajas mayores de 5 días se solicitarán siempre que se cuente con jornadas suficiente para ello, si no es así, con antelación la dirección del centro solicitará una ampliación del número de jornadas disponibles al correspondiente Servicio de Gestión de Recursos Humanos , justificando las causas por las que se ha producido el agotamiento de jornadas.

- El profesorado deberá presentar el parte de baja el mismo día que se produzca para que la jefatura de estudios a través del sistema Séneca pueda proceder a la solicitud de la sustitución.

- Una vez que el/la profesor/a tenga conocimiento de la fecha de finalización de la baja deberá comunicarlo a la dirección del centro para que sea grabada en Séneca y no utilizar más jornadas completas de sustitución de las necesitadas.

- Una vez al trimestre, la dirección del centro informará al Claustro de Profesores y al Consejo Escolar de las ausencias que se han producido en el centro y del procedimiento de sustitución.

 

3. MEDIDAS PARA LA CONSERVACIÓN Y RENOVACIÓN DE LAS INSTALACIONES Y DEL EQUIPAMIENTO ESCOLAR.

 

La utilización inadecuada, el abuso y el deterioro anormal de las instalaciones, el mobiliario, ordenadores, impresoras, libros y enseres del Centro en general disminuye la capacidad educativa del Centro y dificulta la tarea formativa.

 

Por ello, el deterioro del material e instalaciones del Centro que se produzcan por mal uso o abuso de los mismos, correrá siempre a cargo de quien o quienes lo cometan, sin perjuicio de las acciones disciplinarias pertinentes.

 

La higiene, el aseo y la limpieza personal son exigibles. Del mismo modo, mantener la limpieza en todos y cada uno de los espacios del Centro, techados y sin techar, debe ser una obligación para todos los miembros de esta Comunidad Educativa.

 

Es aconsejable racionalizar y controlar al máximo la utilización de las instalaciones del Centro, dentro y fuera del horario lectivo, ya que la falta de control contribuye a un rápido deterioro.

 

a) Organización de los espacios.

-Cuando se precise la utilización de espacios especiales o se necesite un aula no habitual, el interesado habrá de solicitarlo a la Jefatura de estudios a fin de que pueda ser atendido. Si se precisaran llaves para los espacios utilizados, éstas serán retiradas y devueltas en secretaría.

-El profesor que utilice un espacio será responsable de velar por el buen mantenimiento del mismo durante el tramo horario en el que lo use.

b) El mantenimiento.

-Se realizará con medios propios o por el Ayuntamiento.

-Cualquier persona que trabaje en el Centro puede solicitar la reparación de los desperfectos o averías que haya detectado, pero es aconsejable que el registro lo realice la persona responsable de la dependencia donde se haya detectado.

-Se realizará un plan de mantenimiento preventivo, con frecuencia mensual, trimestral o anual, para aquellas instalaciones, equipos o servicios que por su especial importancia requieran de una revisión periódica.

-Se dispondrá de los repuestos mínimos para asegurar la reparación lo antes posible.

-Al finalizar el curso se comunicará al Ayuntamiento los desperfectos y tareas de acondicionamiento en el Centro para proceder a su reparación una vez comenzadas las vacaciones de verano. En su caso, se procederá de igual manera en los otros periodos vacacionales.

 

Mantenimiento de redes informáticas.

 

1) Habrá una persona como administrador de la red para llevar el control de los usuarios que acceden a los equipos y dar los correspondientes permisos y contraseñas, previo conocimiento del Director.

2) Hacer un control y seguimiento de los posibles desperfectos causados en los equipos y en la red de administración del Centro.

 

3) Mantener los ordenadores libres de virus informáticos, gestionando el programa antivirus y controlando el acceso a Internet.

 

4) Asegurar la correcta configuración software de todos los equipos informáticos ubicados en las distintas dependencias del Centro.

 

A partir de las tareas de mantenimiento se realizará anualmente un informe que se tomará como referencia para la toma de decisiones relacionadas con la renovación de las instalaciones o de los equipamientos.

 

4. CRITERIOS PARA LA OBTENCIÓN DE INGRESOS DERIVADOS DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DISTINTOS DE LOS GRAVADOS POR TASAS, ASÍ COMO OTROS FONDOS PROCEDENTES DE ENTES PÚBLICOS, PRIVADOS O PARTICULARES.

 

 

Orden de 10 de mayo de 2006, conjunta de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Educación, por la que se dictan instrucciones para la gestión económica de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y se delegan competencias en los Directores y Directoras de los mismos.

 

Orden de 3 de agosto de 2010, por la que se regulan los servicios complementarios de la enseñanza de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos, así como la ampliación de horario.

 

Decreto 155/1997, de 10 de junio, por el que se regula la cooperación de las entidades locales con la administración de la Junta de Andalucía en materia educativa.

 

 

-Otros recursos obtenidos en virtud de la autonomía de gestión del Centro son los ingresos procedentes de la prestación de servicios distintos de los gravados por tasas, así como otros fondos procedentes de entes públicos, privados o particulares. El Centro podrá obtener otros ingresos provenientes de:

Aportaciones procedentes del Estado, Comunidad Autónoma, Diputación, Ayuntamiento o cualquier otro ente público o privado y por cualesquiera otros que le pudiera corresponder.

 

-Los ingresos procedentes de disposiciones testamentarias y donaciones efectuados al Centro para finalidades docentes, previa aceptación de la Consejería.

 

-Ingresos procedentes de convenios formalizados con asociaciones culturales o entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de actividades extraescolares y complementarias.

 

-Ingresos procedentes de convenios de colaboración con organismos y entidades en materia de formación de alumnos.

 

-Los que procedan de la prestación de servicios y de la venta de bienes muebles, ambos producto de sus actividades educativas y formativas.

 

-El importe de las ayudas o premios otorgados por instituciones, organismos y empresas privadas como consecuencia del desarrollo de proyectos y experiencias de innovación e investigación educativas o como resultado de la participación de profesores y alumnos en actividades didácticas, culturales o deportivas realizadas en el marco del Plan de Centro.  

 

-Ingresos derivados de la utilización ocasional de las instalaciones del Centro para fines educativos y no educativos.

 

-Los fondos procedentes de fundaciones.

 

-Los derivados de la venta de fotocopias, uso de teléfono, etc.

 

-Cualquier otro ingreso para el que deberá contar con la autorización de la Delegación Provincial de Educación.

 

-Cuando el Consejo Escolar del Centro lo determine y, siempre de forma argumentada, a determinadas personas o instituciones podrá eximírseles del pago de una contraprestación por el uso de las instalaciones del Centro.

 

Fijación de precios

 

La utilización ocasional de las instalaciones del Centro:

-Por la utilización ocasional de las instalaciones del Centro para fines educativos, de extensión cultural y otros relacionados directamente con el servicio público de la educación, el Centro podrá establecer unos precios que serán aprobados por el Consejo Escolar.

 

-Fotocopias, Encuadernaciones, Plastificaciones.

Se cobrará una cantidad fijada por el Consejo Escolar por la realización de fotocopias u otras tareas de oficina, para el alumnado o personas ajenas al centro, siempre que éstas se realicen para alguna gestión relacionada con el Centro.

 

5. PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DEL INVENTARIO ANUAL GENERAL DEL CENTRO.

 

Art. 12 de la Orden de 10 de mayo de 2006, conjunta de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Educación, por la que se dictan instrucciones para la gestión económica de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y se delegan competencias en los Directores y Directoras de los mismos.

 

Registro de inventario.

 

1. El Registro de inventario recogerá los movimientos de material inventariable del centro incluyendo tanto las incorporaciones como las bajas que se produzcan.

Tendrá carácter de material inventariable, entre otros, el siguiente: mobiliario, equipo de oficina, equipo informático, equipo audiovisual no fungible, copiadoras, material docente no fungible, máquinas y herramientas, material deportivo y, en general, todo aquel que no sea fungible.

 

2. El Registro de inventario se confeccionará conforme a los modelos que figuran como Anexos VIII y VIII (bis) de esta Orden para las altas y bajas, respectivamente, que se produzcan durante el curso escolar, partiendo del inventario existente a fecha de

aprobación del presente Proyecto de Gestión y teniendo en cuenta lo siguiente:

 

a) Número de registro: Numeración correlativa de las adquisiciones de material inventariable.

b) Fecha de alta: Fecha en la que el material es puesto a disposición del centro.

c) Fecha de baja: Fecha en la que el material deja de formar parte del inventario del centro.

d) Número de unidades: Número de unidades que causan alta o baja.

e) Descripción del material: Se indicará el tipo de material adquirido, así como sus características técnicas.

f) Dependencia de adscripción: Ciclos o unidades organizativas a las que se adscribe el material de que se trate.

g) Localización: Lugar o dependencia física donde se encuentra ubicado el material de que se trate.

h) Procedencia de la entrada: Actuación económica o administrativa, origen de la incorporación al centro del material de que se trate.

i) Motivo de la baja: Causa que provoca la baja del material afectado.

 

3. Independientemente del Registro de inventario, podrán existir inventarios auxiliares por servicios, dependencias y otras unidades, cuando el volumen y diversidad de materiales existentes en dicha unidad así lo aconsejen.

En espacios dedicados a tutorías, aula de música, informática, serán los especialistas correspondientes los que realicen, comprueben o modifiquen los inventarios de dichas dependencias.

Por sus especiales características, existirá también un libro Registro de inventario de biblioteca, conforme al modelo que figura como Anexo IX de esta Orden, que recoja los libros que pasen a formar parte de la biblioteca del centro, cualquiera que sea su procedencia.

El Secretario será el encargado de coordinar la realización del inventario general del Centro y mantenerlo actualizado cada curso una vez rellenando y entregado el anexo correspondiente por los distintos tutores y personas a cargo de la Biblioteca.

 

a) Mobiliario.

Cada maestro/a entregará al Secretario el inventario del mobiliario asignado y comunicará a éste cualquier variación anualmente.

b) Adquisición de material inventariable.

Para la adquisición de material inventariable por parte de los ciclos o aula de apoyo, los pasos específicos a seguir serán los siguientes:

 

1. Los maestros/as solicitarán al secretario/a la autorización para adquirir dicho material. Esta solicitud se acompañará de una breve memoria justificativa de la necesidad de la adquisición.

2. Una vez aprobado dicho gasto presentarán:

Factura en la que se especifiquen los artículos a adquirir y sus características técnicas, el importe de cada uno, cantidad total con IVA, IVA aplicable y base imponible), el nombre de la empresa suministradora y su CIF o NIF, fecha, firma y sello de la misma, figurando en ellos el nombre del Colegio, su domicilio y NIF.

 

Por sus especiales características, existirá también un registro de inventario de Biblioteca, conforme al modelo que figura como Anexo IX de la Orden y registro en el programa Abies de gestión de bibliotecas.

Es responsabilidad del tutor el mantener al día el inventario de su clase y material a su cargo.

En el caso de la Biblioteca, lo es la persona responsable de la misma.

A final del mes de octubre, cada maestro/a deberá entregar al Secretario/a los anexos indicados con las altas y bajas correspondientes al curso anterior, incluso si no hay novedades, poniéndolo entonces en conocimiento del Secretario.

El Secretario los recopilará y archivará junto con el resto de altas y bajas del inventario general de este Centro.

 

6.  CRITERIOS PARA LA GESTIÓN SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS DEL CENTRO Y DE LOS RESIDUOS QUE GENERE QUE, EN TODO CASO, SERÁ EFICIENTE Y COMPATIBLE CON LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO.

 

6.1. Objetivos.

 

1. Realizar una gestión sostenible y eficiente de todos los recursos del Centro y de sus residuos, compatible con el medio ambiente.

2. Hacer partícipe a toda la Comunidad Educativa de la aplicación de medidas concretas para conseguir el objetivo fundamental anterior.

3. Evitar y reducir los residuos y aumentar el reciclaje y la reutilización.

4. Gestionar y tratar los residuos de acuerdo a los estándares de buenas prácticas.

5. Eliminar el consumo innecesario de energía y mejorar la eficiencia en el destino final de la misma.

6. Promover activamente el consumo y la producción sostenible, especialmente los productos con etiqueta ecológica, orgánicos y de comercio ético y justo.

 

 

 

6.2. Medidas para conseguir dichos objetivos.

 

-Regular en el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Centro el uso de los medios materiales del Centro, el consumo en general de cualquier bien, con especial atención al uso de las instalaciones energéticas.

-Continuar con las medidas ya establecidas en lo referente al ahorro y contención del gasto.

-Petición de al menos tres presupuestos para todas las compras y obras del Centro de cierta cuantía.

-Posibilitar una recogida selectiva de todos los residuos del Centro. Para ello se dotará al Centro de la infraestructura necesaria.

-La mayoría de los residuos que se generan en el Centro son restos de papel, cartón, envases de tinta de impresoras y copiadoras, pilas y plástico, así que será necesaria la disponibilidad de un contenedor para plástico y otro para el papel o cartón.

-El uso de la calefacción del Centro está restringido a los días en los que la temperatura es excesivamente baja y siempre limitándola a temperaturas recomendadas.

- Nuestro Centro también contará con un contenedor para reciclar pilas.

 

7. OTROS ASPECTOS DE LA GESTIÓN DEL CENTRO.

 

7.1. Exposición de publicidad.

Sólo se podrá exponer la siguiente publicidad en el Centro:

 

-De clases particulares, academias y demás servicios relacionados con la educación previa autorización del Equipo Directivo.

-De eventos culturales o lúdicos previa autorización del Equipo Directivo.

-De pisos para alquilar al profesorado (en la Sala de Profesores).

 

 

 

 

7.2. Uso del servicio de fotocopias.

1. El horario para encargar fotocopias por parte de los profesores es de 9.00 a 14h, excepto en el recreo.

2. Las encuadernaciones se podrán encargar siempre que su cantidad sea inferior a 5.

3. No se hacen fotocopias de libros, excepto de alguna página suelta o capítulo (dentro de lo estrictamente aceptable).

5. Los encargos de fotocopias no se realizarán el mismo día que sean necesarios. Existirá una hoja de registro en secretaría para anotar los encargos.

 

4.- LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DEL ALUMNADO.

 

La LOE, los posteriores decretos del currículo y las órdenes de evaluación constituyen el marco de referencia obligado para el desarrollo del proceso evaluador en los centros y en las aulas de Educación Primaria. En este marco se determina que la evaluación debe abarcar tanto la actividad de enseñanza como la de aprendizaje y que debe de constituir un proceso continuo, sistemático, flexible e integrador. Este proceso tiene como objetivos:

-    Conocer la situación de partida de los componentes que inciden en el proceso en el momento en que se propone la evaluación. (Evaluación Inicial).

-    Facilitar la formulación de un modelo de actuación adecuado al contexto, en función de los datos anteriores.

-    Seguir la evolución del desarrollo y aprendizaje de los alumnos.

-    Tomar las decisiones necesarias para adecuar el diseño y desarrollo de nuestra acción educadora a las necesidades y logros detectados en los alumnos en sus procesos de aprendizaje.

 

 

EVALUACIÓN DEL PROCESO DE APRENDIZAJE.

Ø    Los criterios de evaluación. (SE ENTREGARÁN A LOS PADRES/MADRES EN REUNIÓN INICIAL)

            En la Programación personal de cada maestro y maestra se deben de establecer unos criterios que enunciados  indican qué evaluar para cada área. Nuestra propuesta incorpora, al tiempo, la relación entre los criterios y las competencias específicas que hemos propuesto.

            Los criterios de evaluación hacen posible la acción educadora al permitir el seguimiento de los procesos de enseñanza-aprendizaje ajustando sus actuaciones en función de los objetivos previstos. Aquí se halla su gran finalidad o función formativa.

Utilizaremos los siguientes TIPOS de Evaluación:

-   Evaluación inicial, que facilitará la valoración de los conocimientos previos, las capacidades y a las actitudes del alumnado, con el objeto de adecuar el proceso de enseñanza-aprendizaje a la realidad de sus posibilidades.

-   Evaluación formativa continua, que pretenderá conocer si se van alcanzando los objetivos propuestos, pudiéndose modificar en el momento algún aspecto que mejore el proceso. Este tipo de evaluación tiene un carácter regulador, orientador y auto-corrector del proceso educativo desde el comienzo, lo que requiere de la evaluación inicial previa.

-   Evaluación sumativa, pues estimará los méritos al finalizar el currículo, en la que se valorará, sobre todo, el dominio de las capacidades adquiridas; es decir, evaluación del resultado.

 

Ø    Procedimientos e instrumentos de evaluación.

            Si la evaluación constituye un proceso flexible los procedimientos habrán de ser variados. Para recoger datos podemos servirnos de diferentes procedimientos de evaluación:

1. Observación directa durante todo el proceso de enseñanza-aprendizaje.

2. El diario de clase, donde se anotarán los progresos, dificultades e incidencias diarias. Nos permitirá revisar nuestra labor.

3. Registro anecdótico, donde observaremos acciones y actitudes en el contexto en el que suceden, sus causas o motivos de las actitudes.

4. Análisis de la producción de los alumnos/as.

5. Fichas de seguimiento individual.

6. Corrección del cuaderno de trabajo y del material escrito del alumno/a.

7. Actividades de evaluación de cada UD.

8. Autoevaluación.

9. Indicadores de logros y dificultades.

10.  Entrevistas con las familias.

11. Intercambios orales con los alumnos/as: diálogo entrevista, puestas en común y asambleas.

 

Ø    Los datos se recogen en diversos instrumentos para la evaluación. Podemos clasificarlos en oficiales, cuyo formato ha sido determinado por la Administración o personales, de formato libre, seleccionados y construidos por el profesor.

Son documentos de registro oficial: el informe individualizado, el expediente académico del alumno, el historial académico, informe personal por traslado y las actas de evaluación.

Entre los instrumentos de registro del profesor o equipo de ciclo utilizamos escalas de valoración (para contenidos de tipo actitudinal y procedimental) y listas de control (para objetivos y contenidos vinculados al dominio conceptual).

La propuesta para superar los distintos ciclos de primaria y promocionar está íntimamente relacionada con la adquisición de las competencias básicas y serían unas tablas que recogen las competencias superadas por cada alumno/a y que incluiremos  a final de curso en su expediente académico.

EVALUACIÓN DEL PROCESO DE ENSEÑANZA

            Las normas de evaluación en Educación Primaria establecen que los profesores evaluarán los procesos de enseñanza y su propia práctica docente en relación con el logro de los objetivos educativos del currículo. Esta evaluación, tendrá también un carácter continuo y formativo e incluirá referencias a aspectos tales como:

*   La organización del aula.

*   El aprovechamiento de los recursos del centro.

*   Adecuación a los objetivos y competencias básicas.

*   La relación entre profesor y alumnos.

*   La relación entre profesores.

*   La convivencia entre alumnos.

          

Ámbito proceso enseñanza-aprendizaje: Hacer de la evaluación, tanto por parte del profesorado como del alumnado, un verdadero análisis de todo proceso educativo en general y de cada alumno en particular y, a su vez, hacer de la evaluación un instrumento de motivación y autoestima.

Acción

Temporalización

1

· La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado será continua y global, tendrá en cuenta su progreso en el conjunto de las áreas, tendrá un carácter criterial y formativo, y tendrá en consideración el grado de adquisición de las competencias clave y el logro de objetivos de la etapa.

SEPTIEMBRE

2

·   Deberán especificarse los procedimientos y criterios de evaluación comunes y de cada área que serán públicos.

SEPTIEMBRE

3

a) Evaluación inicial (art. 10 de la Orden de 4 de noviembre de 2015):

·    El tutor/a la realizará durante el primer mes de cada inicio de ciclo, analizando el informe personal del ciclo o etapa anterior y recogiendo su propia información.

Servirá como punto de partida del equipo docente para tomar decisiones y adecuar el proceso a las características y conocimiento del alumnado y para proponer las medidas de apoyo, refuerzo y recuperación o ACIS.

SEPTIEMBRE

4

B)Evaluación continua (art. 2 de la Orden de 4 de noviembre de 2015):

· La realizará el equipo docente, coordinado por el tutor/a, asesorado, si se estima adecuado, por el EOE.

·   Los procedimientos, naturaleza, aplicación y criterios de corrección deberán ser conocidos por el alumnado.

· Cuando el progreso no sea el adecuado, se adoptarán medidas de atención a la diversidad.

TODO EL CURSO

5

c) Evaluación final (art. 11 de la Orden de 4 de noviembre de 2015):

· Se realizará al final de cada curso en todos los grupos. La que corresponda a 2º, 4º y 6º pasará al historial académico del alumnado.

A)Sesiones de evaluación (art. 9 de la Orden de 4 de noviembre de 2015):

· Se realizarán, al menos, 3 reuniones durante el curso. Participará todo el profesorado que intervenga en el grupo (equipo docente). Levantará acta de la sesión el tutor/a, como coordinador/a del equipo. La valoración hecha será el punto de partida para la siguiente reunión. Se acordará también la información que se transmitirá a su familia.

JUNIO

6

b) Calificaciones:

· Los resultados se calificarán de la siguiente manera:

Calificación negativa:

IN        Insuficiente de 0 a 4. 
Calificaciones positivas:

SU        Suficiente 5.

BI        Bien 6.

NT        Notable 7 y 8.

SB        Sobresaliente 9 y 10.

7

c)Alumnado de N.E.E. (art. 15 de la Orden de 4 de noviembre y 16 del Decreto 97/2015):

·   Alumnado con ACI: corresponde al tutor/a, con el asesoramiento del EOE. La valoración se ajustará a los criterios de evaluación establecidos en la ACI.

·   Alumnado de incorporación tardía al sistema (fundamentalmente extranjero con desconocimiento del idioma): se tendrán en cuenta los informes del profesorado de ATAL. Si se ha escolarizado, debido a su desfase, un curso por debajo de su edad, pasará al que le corresponda si a juicio del tutor/a ha superado el desfase, oído el equipo docente y asesorado/a por el EOE, antes de que finalice el segundo trimestre.

OCTUBRE

8

d) Promoción (art. 16 de la Orden de 4 de noviembre de 2015 y art. 13.1 del Decreto 97/2015 de 3 de marzo:

·         El alumnado accederá al ciclo o etapa siguiente cuando se considere que ha alcanzado el desarrollo correspondiente a las competencias básicas y el adecuado grado de madurez o siempre que los aprendizajes no alcanzados no le impidan seguir con aprovechamiento el nuevo ciclo o etapa.

·         La familia podrá ser oída antes de la adopción de la decisión. Pero para esta se tomará en cuenta especialmente la información y el criterio del maestro/a tutor/a.

·         Sólo se podrá permanecer un año más en el mismo ciclo una vez en la educación primaria.

MAYO-JUNIO

9

e)Cumplimentación electrónica de los documentos de evaluación (Disp. ad. 2ª de Orden de 4 de noviembre de 2015):

· Los centros docentes sostenidos con fondos públicos cumplimentarán electrónicamente los documentos oficiales de evaluación recogidos en la presente Orden, a través de los módulos correspondientes incorporados al Sistema de Información “Séneca”.

SESIONES DE EVALUACIÓN

10

n Valoración de la evaluación:

Se atenderá a la ponderación de los criterios de evaluación que se ha realizado de cada indicador en cada curso y área. La evaluación se basará en los criterios que propone el Decreto 97/2015 para el final de cada uno de los ciclos que componen la etapa de la educación primaria. Estos habrán de concretarse en las programaciones didácticas de cada ciclo y en las programaciones de aula.

TODO EL CURSO

 

 

11

Evaluación del proceso de enseñanza y de la práctica docente.

Algunos de los aspectos a los que atenderá son los siguientes:

a)  Organización y coordinación del equipo. Grado de definición. Distinción de responsabilidades.

b)  Planificación de las tareas. Dotación de medios y tiempos. Distribución de medios y tiempos. Selección del modo de elaboración.

c)  Participación. Ambiente de trabajo y participación. Clima de consenso y aprobación de acuerdos. Implicación de los miembros. Proceso de integración en el trabajo. Relación e implicación de los padres. Relación entre los alumnos y alumnas, y entre los alumnos y alumnas y los profesores.

TODO EL CURSO

 

4.2. LOS PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN INTERNA.

 

El proceso de la evaluación interna viene determinado por el Decreto 328/2010, de 13 de julio, que en su artículo 26, recoge:

 “los centros educativos realizarán una autoevaluación de su propio funcionamiento, de los programas que desarrollan, de los procesos de enseñanza y aprendizaje y de los resultados de su alumnado, así como de las medidas y actuaciones dirigidas a la prevención de las dificultades de aprendizaje, que será supervisada por la inspección educativa.”

Objetivos.

Los objetivos de referencia para la realización de la evaluación interna son:

a) Estimular la reflexión crítica en lo referente a la organización, funcionamiento y procesos educativos que se llevan a efecto en el centro.

b) Impulsar la innovación y la mejora de la práctica docente.

c) Incrementar la formación teórica y práctica del profesorado en relación con la evaluación aplicada al alumnado, al centro y a la práctica docente.

d) Realizar la valoración interna de los métodos, las técnicas y los instrumentos utilizados.

La Consejería ha incorporado en SENECA un modelo de autoevaluación a través del cual habrá que rendir cuentas, nuestro modelo de evaluación interna se adaptarán a dicho modelo.

El resultado de este proceso se plasmará anualmente en una memoria, que incluirá, asimismo, las correspondientes propuestas de mejora, cuya aprobación corresponderá al Consejo Escolar.

Composición y formación del Equipo de Evaluación.

a) Para la realización de la memoria de autoevaluación se creará un equipo de evaluación que estará integrado por el equipo directivo y por un representante de cada uno de los distintos sectores de la comunidad educativa elegidos por el consejo escolar de entre sus miembros, para lo cual en la primera reunión de curso del consejo escolar se incluirá un punto en el orden del día en el que se elegirán dichos componentes.

b) Cada sector elegirá a su representante.

c) Si hubiera más personal interesado en participar en dicho proceso, se podrá aumentar en uno el número de representantes por sector.

 Indicadores.

El proceso de autoevaluación utilizará los indicadores que establezca la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa, así como los indicadores de calidad que indique el ETCP y los propuestos por la inspección educativa. Sirvan como referente:

-Análisis de los objetivos recogidos en el Plan de Centro.

-Los programas que se desarrollan.

-Los procesos de enseñanza aprendizaje y sus resultados.

-Las medidas y actuaciones dirigidas a la prevención de las dificultades de aprendizaje

- Funcionamiento global del centro.

- Funcionamiento de los órganos de gobierno.

- Grado de utilización y actuación de los distintos servicios de apoyo a la educación.

-Valoración de los logros y dificultades a partir de la información facilitada por los indicadores.

- Propuestas de mejora.

 

16. MARCO LEGISLATIVO DEL PROYECTO.

 

Decreto 152/2020, de 15 de septiembre.

 

Regula el acceso a la función directiva y la formación, evaluación y reconocimiento de los directores, las directoras y los equipos directivos de los centros docentes públicos no universitarios, de los que es titular la Junta de Andalucía.

 

 

Orden de 9 de noviembre de 2020.

 

Se desarrolla el procedimiento de acceso a la función directiva y la evaluación, formación y reconocimiento de los directores, las directoras y los equipos directivos de los centros docentes públicos no universitarios de los que es titular la Junta de Andalucía.

 

Resolución de 23 de noviembre de 2020, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos.

Por la que se convoca concurso de méritos para la selección de directores y directoras de centros docentes públicos no universitarios de titularidad de la Junta de Andalucía.

 

Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa.

Modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y determina la Ordenación de la Educación.

Y afecta sobre todo, a la evaluación.

 

        


 

 

 

 

Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria.

Este Real Decreto establece objetivos, fines y principios generales referidos al conjunto de la etapa.

 

 

 

 

 

LEA, Ley de Educación De Andalucía 17/2007, de 10 de diciembre, primera norma de ámbito autonómico que regula el sistema educativo.

Permite a Andalucía establecer sus propios objetivos educativos y las medidas para alcanzarlos.

 

 

 

 

Decreto 97/2015, de 3 de marzo, por el que se establece la Ordenación y las enseñanzas correspondientes a la Educación Primaria en Andalucía (Boja 156/2007 de 8 de agosto de 2007).

 

 

Dispone que los objetivos, competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación serán regulados por Orden de la Consejería.

Establece que el currículo se plasmará en aprendizajes relevantes, significativos y motivadores y que tomará como elementos transversales, el fortalecimiento del respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y los valores que preparan al alumnado para asumir una vida responsable en una sociedad libre y democrática.

 

 

 

 

Orden de 17 de marzo de 2015, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Primaria en Andalucía, publicado en el boletín oficial de la junta de Andalucía el 30/08/2007.

Tiene por objeto desarrollar los objetivos, competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación del currículo de la educación primaria, fijar el horario lectivo semanal mínimo obligatorio de la etapa y establecer orientaciones para el desarrollo de la autonomía pedagógica de los centros docentes.

 

 

 

 

Orden ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la Educación Primaria.

En esta Orden se establece que las competencias clave deben estar estrechamente vinculadas a los objetivos para que la consecución de los mismos lleve implícito el desarrollo competencial del alumnado.

 

 

 

 

DECRETO 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo grado, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria, y de los centros públicos específicos de educación especial.

Tiene por objeto la organización y el funcionamiento de los centros que imparten el segundo ciclo de la educación infantil y la educación primaria.

 

 

 

 

ORDEN de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado.

Tiene por objeto la organización y el funcionamiento de los centros que imparten el segundo ciclo de la educación infantil y la educación primaria.

 

 

Elaboración Contexto centro: Foro-ciudad.com (Se puede usar todo el contenido, insertando link a esta página).

ENLACE: https://www.foro-ciudad.com/cordoba/la-rambla/habitantes.html#ParoRegistrado