PLAN
DE
CONVIVENCIA
C.E.I.P.
"Romualdo Aguayo López"
(La
Rambla)
ÍNDICE DEL PLAN DE
CONVIVENCIA |
PÁGINA |
1.- NORMATIVA LEGAL. |
2 |
2.- JUSTIFICACIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA. |
2 |
3.- PRINCIPIOS BÁSICOS
PARA UN PLAN DE CONVIVENCIA. |
3 |
4.- DIAGNÓSTICO DEL ESTADO DE LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO Y,
EN SU CASO, CONFLICTIVIDAD DETECTADA EN EL MISMO, ASÍ COMO LOS OBJETIVOS A
CONSEGUIR. |
5 |
5.- NORMAS DE CONVIVENCIA, TANTO GENERALES DEL CENTRO QUE
FAVOREZCAN LAS RELACIONES DE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA, COMO PARTICULARES DEL AULA, Y UN SISTEMA QUE DETECTE EL
INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS Y LAS CORRECCIONES QUE, EN SU CASO, SE
APLICARÍAN, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL CAPÍTULO III DE ESTE
TÍTULO. |
7 |
6.- COMPOSICIÓN, PLAN DE REUNIONES Y PLAN DE ACTUACIÓN DE LA
COMISIÓN DE CONVIVENCIA. |
21 |
7.- NORMAS ESPECÍFICAS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL AULA DE
CONVIVENCIA DEL CENTRO, A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 23. |
22 |
8.- MEDIDAS A APLICAR EN EL CENTRO PARA PREVENIR, DETECTAR,
MEDIAR Y RESOLVER LOS CONFLICTOS QUE PUDIERAN PLANTEARSE. |
23 |
9.- PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN Y FUNCIONES DEL DELEGADO O DE LA
DELEGADA DE LOS PADRES Y MADRES DEL ALUMNADO, ENTRE LAS QUE SE INCLUIRÁ LA DE
MEDIACIÓN EN LA RESOLUCIÓN PACÍFICA DE CONFLICTOS ENTRE EL PROPIO ALUMNADO O
ENTRE ÉSTE Y CUALQUIER MIEMBRO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. |
27 |
10.- ACTUACIONES CONJUNTAS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y DE
COORDINACIÓN DOCENTE DEL CENTRO EN RELACIÓN CON EL TRATAMIENTO DE LA
CONVIVENCIA EN EL MISMO. |
28 |
11.- ACTUACIONES CONJUNTAS DE LOS EQUIPOS DOCENTES DEL CENTRO,
EN COORDINACIÓN CON QUIENES EJERCEN LA ORIENTACIÓN, PARA EL TRATAMIENTO DE LA
CONVIVENCIA EN LOS GRUPOS DE ALUMNOS Y ALUMNAS. |
28 |
12. -ACTUACIONES DE LA TUTORA Y TUTOR Y DEL EQUIPO DOCENTE DE
CADA GRUPO DE ALUMNOS Y ALUMNAS PARA FAVORECER LA INTEGRACIÓN DEL ALUMNADO DE
NUEVO INGRESO, TANTO EN EL AULA COMO EN EL CENTRO. |
29 |
13.- ACTUACIONES ESPECÍFICAS PARA LA PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO
DE LA VIOLENCIA SEXISTA, RACISTA Y CUALQUIER OTRA DE SUS MANIFESTACIONES. |
29 |
|
|
1. NORMATIVA LEGAL . |
Ø
DECRETO 328/2010, de 13
de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas
infantiles de segundo grado, de los colegios de educación primaria, de los
colegios de educación infantil y primaria, y de los centros públicos específicos
de educación especial.
Ø
DECRETO 19/2007, de 23 de
enero por el que se adoptan medidas para la promoción de la cultura de la paz y
la mejora de la convivencia en los centros educativos sostenidos con fondos
públicos.
Ø
ORDEN de 18 de julio de
2007 por la que se regula el procedimiento para la elaboración y aprobación del
plan de convivencia de los centros educativos sostenidos con fondos públicos.
2. JUSTIFICACIÓN DEL PLAN
DE CONVIVENCIA. |
Haciendo
referencia a las “Líneas Generales de Actuación Pedagógica” de nuestro Proyecto Educativo en su apartado
A. , en el que se recoge:
Un centro educativo debe inculcar en su
Comunidad Educativa los valores democráticos basados en el respeto a los demás
y la tolerancia frente a ideas que puedan ser diferentes a las de cada uno. Al
mismo tiempo, no puede permitir actitudes de discriminación por razón de sexo,
raza o religión ni el abuso ni el acoso a ningún miembro de la Comunidad
Educativa.
En momentos de
incertidumbre y cambio se necesitan referencias formativas y el centro las
puede aportar siendo una institución no sólo académica, de estudio de
disciplinas o asignaturas, sino también de formación integral, fomentando
valores como la responsabilidad, el esfuerzo, la tolerancia, etc., y que
intente compensar un poco la falta de esos valores en la sociedad actual.
El respeto
mutuo y la solidaridad están entre los pilares de nuestro modelo de sociedad,
por lo que nuestra Comunidad Educativa debe estar basada en la tolerancia, respeto
y solidaridad. Para que esto se consiga sería necesario erradicar cualquier
tipo de conducta que provoque discriminación y favorecer la cooperación en el
aula (entre
alumnos/as), en el centro (entre alumnos/as,
profesores/as y padres/madres) y fuera del centro.
Para
alcanzarla hay que establecer y permitir el desarrollo de actividades de todos los
sectores del centro, con objeto de que todos los miembros de la Comunidad
Educativa tenga conocimiento de cualquier tipo de problemática e inquietudes
que afecten a los demás, creando los cauces necesarios para el intercambio de
opiniones y decisiones, potenciando la participación del alumnado.
La meta de la
educación es aprender quién es uno mismo y llegar a serlo. La formación del
concepto de sí mismo (autoestima) y de la identidad personal es algo esencial
que los tutores/as trabajamos y cuidamos. Para ello contemplamos algunos de
nuestros objetivos en el de Plan de Acción Tutorial de nuestro
Centro como es la Educación en Valores
entre otros objetivos.
3. PRINCIPIOS BÁSICOS
PARA UN PLAN DE CONVIVENCIA. |
Los principios básicos que se explicitan en el Proyecto
Educativo son:
Ø El Plan de Convivencia de nuestro Centro tiene
como objeto promover y desarrollar actuaciones relativas al fomento de la
convivencia.
Ø Pretendemos
con él desarrollar adecuadamente las relaciones entre todos los
Componentes
de nuestra Comunidad Educativa.
Ø Deseamos
favorecer la resolución pacífica y educativa de
los conflictos que se presenten.
Ø Priorizaremos
aquellas actuaciones preventivas destinadas al conocimiento previo de los derechos y deberes de todos los miembros de la
comunidad educativa y de las normas necesarias para una convivencia pacífica y
respetuosa. Para ello utilizaremos el Plan de Acción Tutorial, los Boletines
Informativos para las Familias, entre otras acciones para su divulgación e
interiorización.
Ø Implicamos
a todos los sectores de la comunidad educativa (profesores/as, padres/madres, alumnos/as, P.A.S.) en la difusión, aplicación y
seguimiento del Plan de Convivencia, con el fin de evitar incoherencias en las
actuaciones para reforzar conductas positivas.
Estos principios básicos se concretan en los siguientes objetivos:
1. Desarrollar una intervención preventiva como medio
para lograr un buen clima de convivencia.
2. Cimentar las relaciones personales en el respeto
mutuo, la comprensión, la solidaridad y la interiorización de las normas de
convivencia.
3. Reducir al mínimo las conductas disruptivas que perturban
el clima de clase para evitar la conflictividad y disminuir las conductas más graves.
4. Priorizar la resolución de los conflictos de manera
formativa mediante la negociación y el esfuerzo conjunto del profesor y los
alumnos.
5. Actuar ante los conflictos actuales, siempre que sea
posible, de manera proactiva, es decir, como un medio positivo y constructivo
para la prevención de un conflicto futuro.
6. Proceder ante los problemas de conducta siguiendo
unos principios de actuación coherente que orienten las intervenciones de todo
el profesorado, evitando contradicciones
que desorienten a los/as alumnos/as.
7. Analizar las causas de las conductas disruptivas y
procurar resolverlas como paso previo para solventar problemas de convivencia.
8. Utilizar las medidas punitivas como último recurso
para solucionar los problemas de convivencia, y sólo cuando las estrategias
motivacionales y educativas no hayan dado resultado o la no intervención pueda
generar males mayores.
4. DIAGNÓSTICO DEL ESTADO DE
LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO Y, EN SU CASO, CONFLICTIVIDAD DETECTADA . |
El Colegio Romualdo Aguayo está situado en el sureste de la ciudad de La Rambla, con 7.400 habitantes,
tiene unos accesos adecuados, comunicado con la Ronda del pueblo a través de la
calle Cruz Verde. El horario del centro es de 9 a 14 horas, todo el curso,
para el alumnado. Los recursos
del centro con la aportación del Plan de Apertura de Centros y el plan Mejor
Escuela han mejorado notablemente, aunque siempre hay necesidades en los centros y más los
que han cumplido más de 30 años de
existencia. (VER ESTUDIO CENTRO EDUCATIVO)
Actualmente, nuestro
Centro cuenta con 22 unidades:
- Seis de Educación
Infantil.
- Doce de Educación Primaria.
- Una de Apoyo a la Integración.
- Una de Audición y Lenguaje.
Hay un total de 430 alumnos y alumnas, de los cuales 5 tienen
Necesidades Específicas de Apoyo Educativo.
En cuanto a las características de la comunidad
educativa podemos matizar lo siguiente:
- La
estabilidad de la plantilla del
personal docente y no docente, desde hace años, en un porcentaje alto es
personal con propiedad definitiva en el colegio. Ello posibilita el desarrollo de los distintos proyectos educativos.
• Las características socioeconómicas de
las familias podíamos denominarlas de clase media-baja. La mayoría son trabajadores por cuenta ajena, en fábricas,
construcción, agricultura y del sector
servicios. Muchas familias tienen relación con la artesanía alfarera, pequeños
empresarios/as que tienen escasa plantilla y casi siempre formada por
familiares. Aunque desde hace unos años
hay una crisis preocupante en la
industria cerámica, sobre todo por la
escasa comercialización de sus
productos. Parece ser que la demanda de
la cerámica ha descendido bastante.
• Elevado número de familias en las que el padre y la madre
trabajan fuera de casa un mayor número de horas, lo que provoca que las
relaciones familiares sean más escasas y de menor calidad, y se potencien más
los valores de logro económico o material y el bienestar, en detrimento de los
valores de convivencia y desarrollo personal.
• La situación de convivencia
en el centro podemos definirla como buena, pero mejorable.
• En cuanto las actuaciones desarrolladas por el centro ante
situaciones conflictivas se han seguido las distintas normativas de derechos y
deberes del alumnado.
• La relación con las familias en este tema es fundamental. Suelen responder positivamente para la
solución del conflicto. Otras instituciones, como el Ayuntamiento y la Policía Local,
A.M.P.A., tienen una actitud de colaboración cuando aparecen problemas de
convivencia, dentro y fuera del colegio.
La coordinación en la
vigilancia en recreos y zonas comunes
del centro da resultados eficaces para mejorar la convivencia. Los conflictos
más frecuentes suelen ser:
- Disrupción en el aula:
hablar a destiempo, levantarse sin permiso, hablar con los compañeros y
compañeras...
- Distracción y falta de
atención.
- Olvido del material para
el desarrollo de la clase.
- Pérdida de respeto
entre iguales o a menores durante el recreo.
- Desobediencia a las
órdenes educativas-formativas del maestro/a -familia.
- Falta de respeto a
veces entre iguales.
Es importante destacar que se están llevando a cabo en nuestro
Centro una serie de Planes y Proyectos que han dado lugar a una creciente
mejora de la convivencia y son:
o Plan de Apertura de los
Centros.
o El Deporte en la
Escuela.
o Plan de Igualdad.
o Proyecto “Escuela,
espacio de paz”.
5. NORMAS DE CONVIVENCIA, TANTO
GENERALES DEL CENTRO QUE FAVOREZCAN LAS RELACIONES DE LOS DISTINTOS SECTORES
DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA, COMO PARTICULARES DEL AULA, Y UN SISTEMA QUE
DETECTE EL INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS Y LAS CORRECCIONES QUE, EN SU CASO,
SE APLICARÍAN DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL CAPÍTULO III DE ESTE
TÍTULO. (SACADO DEL DECRETO 328/2010). |
Artículo 29. Cumplimiento de los deberes y
ejercicio de los derechos.
1. Con el fin de
garantizar, tanto el ejercicio de los derechos del alumnado como el
cumplimiento de sus deberes, el proyecto educativo de los centros, a que se
refiere el artículo 21, incluirá normas de convivencia.
2. En la elaboración de
estas normas se tendrán en cuenta los siguientes principios:
a) La convivencia será
entendida como meta y condición necesaria para el buen desarrollo del trabajo
del alumnado y del profesorado, garantizándose que no se produzca segregación
del alumnado por razón de sus creencias, sexo, orientación sexual, etnia o
situación económica y social.
b) La promoción de la
igualdad efectiva entre alumnos y alumnas.
c) La prevención de los
riesgos y la promoción de la seguridad y la salud como bien social y cultural.
3. Las normas de
convivencia, tanto generales del centro como particulares del aula, concretarán
los deberes y derechos del alumnado, precisarán las medidas preventivas e
incluirán la existencia de un sistema que detecte el incumplimiento de dichas
normas y las correcciones o medidas disciplinarias que, en su caso, se
aplicarían.
Artículo 30. Incumplimiento de las
normas de convivencia.
1. Las correcciones y las
medidas disciplinarias que hayan de aplicarse por el incumplimiento de las
normas de convivencia habrán de tener un carácter educativo y recuperador,
deberán adecuarse a las necesidades educativas especiales del alumno o alumna y
garantizar el respeto a los derechos del resto del alumnado y procurarán la
mejora de las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa.
2. En todo caso, en las
correcciones y en las medidas disciplinarias por los incumplimientos de las
normas de convivencia, deberá tenerse en cuenta lo que sigue:
a) El alumno o alumna no
podrá ser privado del ejercicio de su derecho a la escolaridad.
b) No podrán imponerse correcciones ni medidas
disciplinarias contrarias a la integridad física y a la dignidad personal del
alumno o alumna.
c) La imposición de las
correcciones y de las medidas disciplinarias previstas en el presente
Reglamento respetará la proporcionalidad con la conducta del alumno o alumna y
deberá contribuir a la mejora de su proceso educativo.
d) Asimismo, en la
imposición de las correcciones y de las medidas disciplinarias deberán tenerse
en cuenta las circunstancias personales, familiares o sociales del alumno o
alumna, así como su edad. A estos efectos, se podrán recabar los informes que
se estimen necesarios sobre las aludidas circunstancias y recomendar, en su
caso, a los padres y madres o a los representantes legales del alumnado, o a
las instituciones públicas competentes, la adopción de las medidas necesarias.
3. Las correcciones y las
medidas disciplinarias a las que se refieren los artículos 34 y 37, solo serán
de aplicación al alumnado de educación primaria.
Artículo
31.Gradación de las correcciones y de las medidas disciplinarias.
1. A efectos de la
gradación de las correcciones y de las medidas disciplinarias, se consideran
circunstancias que atenúan la responsabilidad:
a) El reconocimiento
espontáneo de la incorrección de la conducta, así como la reparación espontánea
del daño producido.
b) La falta de
intencionalidad.
c) La petición de
excusas.
2. Se consideran circunstancias
que agravan la responsabilidad:
a) La premeditación.
b) Cuando la persona contra
la que se cometa la infracción sea un maestro o maestra.
c) Los daños, injurias u
ofensas causados al personal no docente, a los compañeros y compañeras de menor
edad y al alumnado recién incorporado al centro.
d) Las acciones que
impliquen discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, orientación
sexual, convicciones ideológicas o religiosas, discapacidades físicas,
psíquicas o sensoriales, así como por cualquier otra condición personal o
social.
e) La incitación o
estímulo a la actuación colectiva lesiva de los derechos de los demás miembros
de la comunidad educativa.
f) La naturaleza y
entidad de los perjuicios causados al centro o a cualquiera de los integrantes
de la comunidad educativa.
g) La difusión, a través
de internet o por cualquier otro medio, de imágenes de conductas contrarias o
gravemente perjudiciales para la convivencia, particularmente si resultan
degradantes u ofensivas para otros miembros de la comunidad educativa.
3. En todo caso, las circunstancias
que agravan la responsabilidad no serán de aplicación cuando las mismas se encuentren
recogidas como conductas contrarias a las normas de convivencia o como
conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.
Artículo 32. Ámbitos de las conductas a corregir.
1. Se corregirán, de acuerdo con lo
dispuesto en el presente Reglamento, los actos contrarios a las normas de convivencia
realizados por el alumnado en el centro, tanto en el horario lectivo como en el
dedicado al aula matinal, al comedor escolar, a las actividades complementarias
y extraescolares y al transporte escolar.
2. Asimismo, podrán corregirse las
actuaciones del alumnado que, aunque realizadas por cualquier medio e incluso
fuera del recinto y del horario escolar, estén motivadas o directamente
relacionadas con el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes
como tal.
Artículo
33. Conductas contrarias a las normas de convivencia y plazo de prescripción.
1. Son conductas contrarias a las normas de
convivencia las que se opongan a las establecidas por los centros conforme a la
normativa vigente y, en todo caso, las siguientes:
a) Los actos que perturben el normal
desarrollo de las actividades de la clase.
b) La falta de colaboración sistemática del
alumnado en la realización de las actividades orientadas al desarrollo del
currículo, así como en el seguimiento de las orientaciones del profesorado
respecto a su aprendizaje.
c) Las conductas que puedan impedir o dificultar
el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber de estudiar por sus
compañeros y compañeras.
d) Las faltas injustificadas de
puntualidad.
e) Las faltas injustificadas de asistencia
a clase.
f) La incorrección y desconsideración hacia
los otros miembros de la comunidad educativa.
g) Causar pequeños daños en las
instalaciones, recursos materiales o documentos del centro, o en las
pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.
2. Se consideran faltas injustificadas de
asistencia a clase o de puntualidad de un alumno o alumna, las que no sean
excusadas de forma escrita por los padres, madres o representantes legales, en
las condiciones que se establezcan en el plan de convivencia, a que se refiere
el artículo 22.
3. Sin perjuicio de las correcciones que se
impongan en el caso de las faltas injustificadas, los planes de convivencia de
los centros establecerán el número máximo de faltas de asistencia por curso, a
efectos de la evaluación y promoción del alumnado.
4. Las conductas contrarias a las normas de
convivencia recogidas en este artículo prescribirán en el plazo de treinta días
naturales contados a partir de la fecha de su comisión, excluyendo los periodos
vacacionales establecidos en el correspondiente calendario escolar de la
provincia.
Artículo
34. Correcciones de las conductas
contrarias a las normas de convivencia.
1. Por la conducta contemplada en el
artículo 33.1.a), se podrá imponer la corrección de suspensión del derecho de
asistencia a esa clase de un alumno o alumna. La aplicación de esta medida
implicará que:
a) El centro deberá prever la atención
educativa del alumno o alumna al que se imponga esta corrección.
b) Deberá informarse a quienes ejerzan la
tutoría y la jefatura de estudios en el transcurso de la jornada escolar sobre
la medida adoptada y los motivos de la misma. Asimismo, el tutor o tutora
deberá informar de ello al padre, a la madre o a los representantes legales del
alumno o de la alumna. De la adopción de esta medida quedará constancia escrita
en el centro.
2. Por las conductas recogidas en el
artículo 33, distintas a la prevista en el apartado anterior, podrán imponerse
las siguientes correcciones:
a) Amonestación oral.
b) Apercibimiento por escrito.
c) Realización de tareas dentro y fuera del
horario lectivo que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del
centro, así como a reparar el daño causado en las instalaciones, recursos
materiales o documentos del mismo.
d) Suspensión del derecho de asistencia a
determinadas clases por un plazo máximo de tres días lectivos. Durante el
tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las
actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su
proceso formativo.
e) Excepcionalmente, la suspensión del derecho
de asistencia al centro por un período máximo de tres días lectivos. Durante el
tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las
actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su
proceso formativo.
3. Las actividades formativas que se
establecen en las letras d) y e) del apartado anterior podrán ser realizadas en
el aula de convivencia a que se refiere el artículo 23, de acuerdo con lo que
el centro disponga en su plan de convivencia.
Artículo
35. Órganos
competentes para imponer las correcciones de las conductas contrarias a las
normas de convivencia.
1. Será competente para imponer la
corrección prevista en el artículo 34.1 el profesor o profesora que esté en el
aula.
2. Serán competentes para imponer las
correcciones previstas en el artículo 34.2:
a) Para la prevista en la letra a), todos
los maestros y maestras del centro.
b) Para la prevista en la letra b), el
tutor o tutora del alumno o alumna.
c) Para las previstas en las letras c) y
d), el jefe o jefa de estudios.
d) Para la prevista en la letra e), el
director o directora, que dará cuenta a la comisión de convivencia.
Artículo
36. Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.
1. Se consideran conductas gravemente
perjudiciales para la convivencia en el centro las siguientes:
a) La agresión física contra cualquier
miembro de la comunidad educativa.
b) Las injurias y ofensas contra cualquier
miembro de la comunidad educativa.
c) El acoso escolar, entendido como el
maltrato psicológico, verbal o físico hacia un alumno o alumna producido por
uno o más compañeros y compañeras de forma reiterada a lo largo de un tiempo
determinado.
d) Las actuaciones perjudiciales para la
salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del
centro, o la incitación a las mismas.
e) Las vejaciones o humillaciones contra
cualquier miembro de la comunidad educativa, particularmente si tienen una
componente sexual, racial, religiosa, xenófoba u homófoba, o se realizan contra
alumnos o alumnas con necesidades educativas especiales.
f) Las amenazas o coacciones contra
cualquier miembro de la comunidad educativa.
g) La suplantación de la personalidad en
actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos académicos.
h) Las actuaciones que causen graves daños
en las instalaciones, recursos materiales o documentos del centro, o en las
pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa, así como la
sustracción de las mismas.
i) La reiteración en un mismo curso escolar
de conductas contrarias a las normas de convivencia del centro a las que se
refiere el artículo 33.
j) Cualquier acto dirigido directamente a
impedir el normal desarrollo de las actividades del centro.
k) El incumplimiento de las correcciones
impuestas, salvo que la comisión de convivencia considere que este incumplimiento
sea debido a causas justificadas.
2. Las conductas gravemente perjudiciales
para la convivencia en el centro prescribirán a los sesenta días naturales
contados a partir de la fecha de su comisión, excluyendo los períodos
vacacionales establecidos en el correspondiente calendario escolar de la
provincia.
Artículo
37. Medidas disciplinarias por las conductas gravemente perjudiciales para la
convivencia.
1. Por las conductas gravemente
perjudiciales para la convivencia recogidas en el artículo 36, podrán imponerse
las siguientes medidas disciplinarias:
a) Realización de tareas fuera del horario
lectivo que con- tribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del
centro, así como a reparar el daño causado en las instalaciones, re- cursos
materiales o documentos del mismo, sin perjuicio del deber de asumir el importe
de otras reparaciones que hubieran de efectuarse por los hechos objeto de
corrección y de la responsabilidad civil de sus padres, madres o representantes
legales en los términos previstos por las leyes.
b) Suspensión del derecho a participar en
las actividades extraescolares del centro por un período máximo de un mes.
c) Cambio de grupo.
d) Suspensión del derecho de asistencia a
determinadas clases durante un periodo superior a tres días lectivos e inferior
a dos semanas. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna
deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la
interrupción en el proceso formativo.
e) Suspensión del derecho de asistencia al
centro durante un periodo superior a tres días lectivos e inferior a un mes.
Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar
las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su
proceso formativo.
f) Cambio de centro docente.
2. Las actividades formativas que se
establecen en las letras d) y e) del apartado anterior podrán ser realizadas en
el aula de convivencia, de acuerdo con lo que el centro disponga en su plan de
convivencia.
3. Cuando se imponga la medida
disciplinaria prevista en la letra e) del apartado 1, el director o directora
podrá levantar la suspensión de su derecho de asistencia al centro antes del
agotamiento del plazo previsto en la corrección, previa constatación de que se
ha producido un cambio positivo en la actitud del alumno o alumna.
Artículo
38. Órgano competente para imponer las medidas disciplinarias de las conductas
gravemente perjudiciales para las normas de convivencia.
Será competencia del director o directora
del centro la imposición de las medidas disciplinarias previstas en el artículo
37, de lo que dará traslado a la comisión de convivencia.
Artículo
39. Procedimiento general.
1. Para la imposición de las correcciones y
de las medidas disciplinarias previstas en el presente Reglamento, será
preceptivo, en todo caso, el trámite de audiencia al alumno o alumna.
Cuando la corrección o medida disciplinaria
a imponer sea la suspensión del derecho de asistencia al centro o cual- quiera
de las contempladas en las letras a), b), c) y d) del artículo 37.1 de este
Reglamento, se dará audiencia a sus padres, madres o representantes legales.
Asimismo, para la imposición de las
correcciones previstas en las letras c), d) y e) del artículo 34.2, deberá
oírse al profesor o profesora o tutor o tutora del alumno o alumna.
2. Las correcciones y medidas
disciplinarias que se impongan serán inmediatamente ejecutivas y, una vez
firmes, figurarán en el expediente académico del alumno o alumna.
3. Los maestros y maestras del alumno o
alumna deberán informar a quien ejerza la jefatura de estudios y, en su caso,
al tutor o tutora, de las correcciones que impongan por las conductas
contrarias a las normas de convivencia. En todo caso, quedará constancia
escrita y se informará a los padres, madres o representantes legales del alumno
o de la alumna de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas.
Artículo
40. Reclamaciones.
1. Los padres, madres o representantes
legales del alumnado podrán presentar en el plazo de dos días lectivos contados
a partir de la fecha en que se comunique el acuerdo de corrección o medida
disciplinaria, una reclamación contra la misma, ante quien la impuso.
En el caso de que la reclamación fuese
estimada, la corrección o medida disciplinaria no figurará en el expediente
académico del alumno o alumna.
2. Asimismo, las medidas disciplinarias
adoptadas por el director o directora en relación con las conductas del de los alumnos
y alumnas a que se refiere el artículo 36, podrán ser revisadas por el Consejo
Escolar a instancia de los padres, madres o representantes legales del
alumnado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación. A tales efectos, el director o di- rectora
convocará una sesión extraordinaria del Consejo Escolar en el plazo máximo de
dos días lectivos, contados desde que se presente la correspondiente solicitud
de revisión, para que este órgano proceda a confirmar o revisar la decisión y
proponga, si corresponde, las medidas oportunas.
Artículo
41. Inicio del expediente.
Cuando presumiblemente se haya cometido una
conducta gravemente perjudicial para la convivencia, que pueda conllevar el
cambio de centro del alumno o alumna, el director o directora del centro
acordará la iniciación del procedimiento en el plazo de dos días, contados
desde que se tuvo conocimiento de la conducta. Con carácter previo podrá
acordar la apertura de un período de información, a fin de conocer las
circunstancias del caso concreto y la conveniencia o no de iniciar el
procedimiento.
Artículo
42. Instrucción del procedimiento.
1. La instrucción del procedimiento se
llevará a cabo por un maestro o maestra del centro designado por el director o
directora.
2. El director o directora notificará
fehacientemente al padre, madre o representantes legales del alumno o alumna la
incoación del procedimiento, especificando las conductas que se le imputan, así
como el nombre del instructor o instructora, a fin de que en el plazo de dos días
lectivos formulen las alegaciones oportunas.
3. El director o directora comunicará al
servicio de inspección de educación el inicio del procedimiento y lo mantendrá
informado de la tramitación del mismo hasta su resolución.
4. Inmediatamente antes de redactar la
propuesta de resolución, el instructor o instructora pondrá de manifiesto el expediente
al padre, madre o representantes legales del alumno o alumna, comunicándoles la
sanción que podrá imponerse, a fin de que en el plazo de tres días lectivos
puedan formular las alegaciones que estimen oportunas.
Artículo
43. Recusación del instructor.
El padre, madre o representantes legales
del alumno o alumna podrán recusar al instructor o instructora. La recusación
deberá plantearse por escrito dirigido al director o directora del centro, que
deberá resolver previa audiencia al instructor o instructora, siendo de
aplicación las causas y los trámites previstos en el artículo 29 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, en lo que proceda.
Artículo
44. Medidas provisionales.
Excepcionalmente, y para garantizar el
normal desarrollo de la convivencia en el centro, al iniciarse el procedimiento
o en cualquier momento de su instrucción, el director o la directora por propia
iniciativa o a propuesta del instructor o instructora, podrá adoptar como
medida provisional la suspensión del derecho de asistencia al centro durante un
período superior a tres días lectivos e inferior a un mes. Durante el tiempo
que dure la aplicación de esta medida provisional, el alumno o alumna deberá
realizar las actividades que se determinen para evitar la interrupción de su
proceso formativo.
Artículo
45. Resolución del procedimiento.
1. A la vista de la propuesta del
instructor o instructora, el director o directora dictará y notificará la
resolución del procedimiento en el plazo de veinte días a contar desde su
iniciación. Este plazo podrá ampliarse en el supuesto de que existieran causas
que lo justificaran por un periodo máximo de otros veinte días.
2. La resolución de la dirección
contemplará, al menos, los siguientes extremos:
a) Hechos probados.
b) Circunstancias atenuantes y agravantes,
en su caso.
c)
Medida disciplinaria.
d) Fecha de efectos de la medida
disciplinaria.
Artículo
46. Recursos.
Contra la resolución a que se refiere el
artículo 45, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, ante
la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería competente en
materia de educación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y
115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. La resolución del mismo, que pondrá
fin a la vía administrativa, deberá dictarse y notificarse en el plazo máximo
de tres meses. Transcurrido dicho plazo sin que recaiga resolución, se podrá
entender desestimado el recurso.
Normas de convivencia de Aula
EDUCACIÓN INFANTIL
NORMAS |
ACTUACIÓN |
1. Saludar al entrar y
salir de la clase |
Dialogar. Vivenciar
distintos tipos de saludos. A los reincidentes se les mandará salir y saludar
al entrar. |
2. Respetar el turno de
palabra. |
Pedirles que piensen lo
qué puede pasar si todos hablamos a la vez. Si alguno no cumple la norma se
le apartará del grupo unos minutos. |
3. Compartir los
materiales y juguetes en cada actividad. |
Guiarle para que hable
de cómo se tiene que sentir el niño/a que se ha quedado sin el juguete que
quería. |
4. Cuidar los
materiales comunes. |
Dialogar y vivenciar la
situación |
5. No pelearse en fila. |
Recordar cómo se debe
salir y entrar en la fila. Si no lo
realiza adecuadamente que salga y entre ese día el último. |
6. En los juegos
espontáneos no excluir a ningún compañero. |
Sacar del niño/a su propio punto de vista del problema de
forma no acusatoria. ¿Qué ocurrió, por qué hizo eso? |
7. Pedir las cosas “por
favor” y dar “las gracias”. |
Tomarlo como hábito en
las actuaciones diarias de clase. |
8. Recoger y ordenar
los materiales y juguetes utilizados. |
Esperar el turno y
colaborar para que al recoger los juegos se haga con orden y sin peleas. |
9. Respetar el trabajo
del compañero/a en las tareas colectivas e individuales. |
Dialogar con él o ella.
Si algún niños/a estropea con intención el trabajo en equipo, se quedará sin
participar en la próxima actividad. |
PRIMER CICLO DE PRIMARIA
- Asistir a clase con puntualidad y
regularidad.
- Entrar y salir a clase por nuestro
sitio. No entrar y salir a clase,
ni a los pasillos en hora del
recreo.
- Participar en las actividades de
clase activamente, cada uno en la medida de sus posibilidades.
- Tratar con respeto y cordialidad a
todas las personas de la comunidad educativa: profesores, compañeros,
evitando las críticas y las rencillas entre unos/as otros/as.
- Utilizar correctamente todas las
instalaciones del centro.
- Respetar el clima de trabajo sobre
todo en cambios de clases y desplazamientos.
- Asistir a clase bien aseado,
creando hábitos de salud e higiene corporal.
- Evitar palabras y gestos que
pueden ofender a otras personas, practicando hábitos en el uso de esquemas de tratamiento al
dirigirse a los demás: por favor, gracias, pedir permiso…
- Aprender a compartir el material.
ACTUACIÓN
- Dialogar con el alumno/a para que
comprenda las consecuencias de su actuación.
- Estar en estrecho contacto con los
padres.
- Mandarle hacer una pequeña copia.
- Bajar al recreo sin participar en
el juego.
- Reponer el material estropeado por
mal uso.
SEGUNDO CICLO DE PRIMARIA
1.
Llegar con puntualidad al
colegio y saludar al entrar y salir de la clase.
2.
Atender en clase y seguir las orientaciones de los profesores.
3.
Tratar a los profesores y
personal del centro con respeto.
4.
Tratar a los compañeros y
compañeras con respeto no insultando ni poniendo “motes” (agresión verbal), evitando las críticas y las
rencillas.
5.
Resolver los conflictos
con diálogo y no pelearse con los compañeros y compañeras (clase, recreo y
filas) (agresión física).
6.
Utilizar en clase un tono
de voz suave y respetar el turno de palabra.
7.
Ser responsable del
estudio y hacer las tareas de casa.
8.
No criticar, ni reírse
de los demás.
9.
Se cuidarán los hábitos de salud e higiene corporal,
alimenticios, procedimentales….y cuantos fomenten una cultura positiva y de
autoestima.
- Cuidar las cosas comunes del
colegio y el material propio y el de los demás, nombrándose responsables
encargados de diferentes competencias (sillas, pizarra, papeleras,
ventanas…), organizando el aula en la corresponsabilidad de todos/as.
- Cumplir las sanciones o tareas
impuestas.
- Se velará para que el aula sea un espacio
de paz e integración, practicando valores que desarrollen el respeto, el
diálogo y la tolerancia,
erradicando actitudes violentas, racistas, formas incorrectas del
vocabulario, etc.
ACTUACIÓN
- En caso de incumplimiento hablar
con el alumno y ayudarle a reflexionar sobre su comportamiento para que se
dé cuenta de las consecuencias de su actitud.
- Si es reiterado el incumplimiento,
comunicárselo a los padres por escrito y hablar con ellos, para solucionar
la situación.
- Quedarse sin recreo.
- Quedarse a realizar tareas al
terminar la jornada.
- Arreglar o reponer el material
estropeado por mal uso.
- Poner en conocimiento de la
Comisión de Convivencia la situación para tomar las medidas disciplinarias
contempladas en el Plan de Convivencia.
TERCER CICLO DE PRIMARIA.
1)
Se educado y amable:
Saluda siempre: ¡Buenos días!, ¡Buenas tardes!
¡Adiós, ¡Hola! ¡Hasta luego! ¿Qué tal estás?
2)
Pide las cosas a tus
compañeros y en casa por favor y da las gracias: ¡gracias!, ¡muchas gracias!,
¡has sido muy amable!, ¡gracias por…
3)
Ceder el paso a tus
compañeros y compañeras, a los adultos. Aprende a ceder la palabra a los demás
para que nos entendamos todos.
4)
Muestra interés por los
demás y por lo que dicen los otros. Los demás tienen cosas buenas que aportar.
Dialogar es cosa de varios: escucha, dialoga con naturalidad, sin gritos,
espera a quien alguien termine de hablar, mira de frente a la persona con quien hablas.
5)
Busca siempre hacer
amigos y amigas respetando sus cualidades. Colabora con tus amigos, pero
debemos resolverlos dialogando.
6)
Haz un esfuerzo por
perdonar y olvidar los roces y conflictos que surgen con otros. Aprende a pedir
disculpas si haces algo que no está bien.
7)
Realiza tu trabajo con
buen humor, alegría y optimismo. Hay muchos motivos por los cuales estar alegres,
contentos y felices.
8)
Acepta a los que te
rodean como son y ayúdales a que sean mejores.
9)
Habla con todos con
buenos modales y respeta sus opiniones.
10)
No debes interrumpir las
clases, tus compañeros tienen derecho a gozar de un clima propicio para el
trabajo.
AULA ESPECÍFICA (PT Y AL):
1. Si quieres hablar, mi turno debo esperar.
2.
Para bajar y subir, la
fila debo seguir.
3.
Los papeles a la
papelera, que no quede ninguno fuera.
4.
Compartir ayuda a ser
feliz.
5.
A los maestros/as
escucharé y en la vida triunfaré.
6.
Si mi opinión quiero dar,
la tuya debo escuchar.
7.
En silencio yo estaré;
así, en clase, aprenderé.
8.
Por favor debo pedir, lo
que quiera conseguir.
9.
Me lavo las manos antes
de comer, y limpiaré mis dientes para crecer.
10. Por lo que tú me des, las gracias yo te daré.
6. COMPOSICIÓN, PLAN DE REUNIONES Y PLAN DE ACTUACIÓN DE LA
COMISIÓN DE CONVIVENCIA. |
La composición de la
comisión de Convivencia será: El
Director, El Jefe de Estudios, 2 representantes del profesorado miembros del Consejo Escolar, 2 representantes
de padres/madres miembros del consejo Escolar, el orientador/a del EOE, la coordinadora designada por el
Consejo Escolar del proyecto Igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres y el coordinador/a del proyecto “Escuela-Espacio
de Paz”.
Dará cuenta al pleno del Consejo Escolar de
las actuaciones realizadas y de las correcciones y medidas disciplinarias
impuestas.
7. NORMAS ESPECÍFICAS
PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL AULA DE CONVIVENCIA DEL CENTRO. |
1. Los centros educativos podrán crear
aulas de convivencia para el tratamiento individualizado del alumnado de
educación primaria que, como consecuencia de la imposición de una corrección o
medida disciplinaria por alguna de las conductas tipificadas en los artículos
33 y 36, se vea privado de su derecho a participar en el normal desarrollo de
las actividades lectivas.
2. El plan de convivencia establecerá los
criterios y condiciones para que el alumnado a que se refiere el apartado anterior
sea atendido, en su caso, en el aula de convivencia. Corresponde al director o
directora del centro la verificación del cumplimiento de dichas condiciones y
la resolución a adoptar, garantizando, en todo caso, el trámite de audiencia a
los padres, madres o representantes legales del alumno o alumna.
3. En estas aulas de convivencia se favorecerá
un proceso de reflexión por parte de cada alumno o alumna que sea atendido en
las mismas acerca de las circunstancias que han motivado su presencia en ellas,
de acuerdo con los criterios del correspondiente equipo de orientación
educativa y se garantizará la realización de las actividades formativas que
determine el equipo docente que atiende al alumno o alumna.
4. En el plan de convivencia se determinará
el profesorado que atenderá el aula de convivencia, implicando en ella al tutor
o tutora del grupo al que pertenece el alumno o alumna que sea atendido en ella
y al correspondiente equipo de orientación educativa y se concretarán las
actuaciones que se realizarán en la misma, de acuerdo con los criterios
pedagógicos que, a tales efectos, sean establecidos por el equipo técnico de
coordinación pedagógica.
Por la escasez de conflictos graves en este Centro, por ahora, no se
considera necesaria el Aula de
Convivencia.
8. MEDIDAS A APLICAR EN
EL CENTRO PARA PREVENIR, DETECTAR, MEDIAR Y RESOLVER LOS CONFLICTOS QUE
PUDIERAN PLANTEARSE. |
A) PROFESOR/A -PROFESOR/A:
Objetivos:
• Formación en: Habilidades para
neutralizar el desgaste profesional. Dinámica de grupo.
• Establecer intercambios profesionales
entre los docentes.
• Proceder a través de técnicas de
mediación en caso de conflicto entre profesores/as, donde el diálogo sea lo más
importante.
• Fomentar buen clima entre el profesorado.
B) CENTRO-ALUMNADO-FAMILIAS:
• Realización de actividades en las que
estén implicados todos los integrantes de la Comunidad Escolar. Estas se irán
realizando a lo largo del curso e incluyéndolas en el Plan de Centro.
• Realización de Jornadas Culturales, meriendas literarias,
Escuela de familia, etc.
• Invitar a los padres/madres, a que sigan
participando en algunas actividades de aula, (talleres , celebraciones
puntuales, etc.).
C) PROFESORADO-ALUMNADO:
• Objetivos del profesor/a que favorecen el
aprendizaje y la convivencia en el aula.
• Adaptar al máximo los contenidos a
trabajar en clase, acercando al nivel real de los alumnos los objetivos
curriculares.
• Programar los contenidos y las
actividades (No improvisar).
• Mantener al alumnado en tareas adecuadas
a sus necesidades.
• Trabajos en grupo combinado con el
individual. Planificando los espacios.
• Adaptar la distribución de los alumnos en
la clase: Agrupamientos flexibles.
• El profesorado llevará a cabo las
consecuencias negativas (castigos y consecuencias naturales) derivadas de un
incumplimiento de una norma, sin delegar esta función a otros compañeros o al
equipo directivo si no es estrictamente necesario. Utilizar el cuaderno de
clase para anotar todas las incidencias diarias, en casos reincidentes anotar
en la agenda escolar.
• El profesorado focalizará la atención
sobre las conductas positivas en lugar de las negativas.
• El profesorado implicará a los alumnos en
las normas de clase, en sus consecuencias y tendrá en cuenta lo que piensan y
sus opiniones.
• El profesorado posibilitará espacios y
tiempos suficientes para que el alumnado hable con libertad de la disciplina y de los
problemas que vayan surgiendo.
• El profesorado llevará a cabo una
tutorización individualizada, al menos
con el alumnado que manifiesten alteraciones del comportamiento.
• El profesorado llevará a cabo de forma
privada e individualmente, las llamadas de atención respecto a las conductas -problema.
• El profesorado evitará plantear
cuestiones individuales de conducta en gran grupo, ya que esto evitaría
confrontación con los/as alumnos/as y
castigos emocionales.
• El profesorado actuará inmediatamente
ante los problemas de conducta, aplicando las consecuencias establecidas.
• El profesorado establecerá dos o tres
normas claras y fundamentales en el aula que ayude a que el alumnado conozca
las reglas del juego. Esto evitará que el/la profesor/a se “desgaste”, “persiga” a los/as alumnos/as
y actúe como un “policía”.
• Ante los conflictos ambiguos o graves, el
profesorado se tomará tiempo para establecer las medidas a adoptar.
• El profesorado no tomará medidas o
consecuencias que humillen al alumnado.
• El profesorado mantendrá el autocontrol
ante conductas desafiantes o disruptivas de los/as alumnos/as ya que lo
contrario, fomentaría la “Escala del conflicto”, llegando a perder la autoridad
y el respeto.
• El profesorado utilizará el refuerzo
positivo de conductas alternativas (conductas positivas que se den en el aula,
tanto académica como social).
• El profesorado utilizará el modelado de
sí mismo para mejorar la convivencia en la clase:
Ø Hablar
en tono bajo de voz.
Ø Ser
puntual.
Ø Ser
coherente.
Ø Llevar
a cabo un programa de Habilidades
Sociales teniendo en cuenta el desarrollo evolutivo de los diferentes
alumnos/as del centro.
Las
habilidades más importantes que se podrían incluir serían:
• La asertividad (Las interacciones
sociales asertivas son aquellas que respetan por igual las cualidades y
características de uno mismo y las de aquellas personas con quienes que se
interactúa.)
• Formas de reconocer la manipulación.
• Reforzar a los otros o realizar cumplidos
y aceptarlos.
• Dar quejas y saber cómo proceder cuando
nos dan una queja.
• Saber decir “NO”.
• Saber reaccionar ante las críticas y los
insultos.
• Iniciar, mantener y terminar
conversaciones.
• Resolver los conflictos a través de los
cauces establecidos.
• Reforzar la autoestima.
D) PROFESORADO-FAMILIA:
Incluir los objetivos relacionados en las
reuniones del tutor con el grupo de padres y con los padres individualmente,
incluyendo habilidades, estrategias y actitudes de los profesores.
Estas reuniones se podrán emplear entre
otras cosas para hablar del clima de convivencia en la clase e informar y
sensibilizar a las familias de alumnos de 3º ciclo sobre el fenómeno del
bullying, sus consecuencias y posibles líneas para prevenirlo en el seno de la
familia.
E) CENTRO-FAMILIA:
• Mejorar el intercambio de información
entre el centro-familias-alumnado.
• Elaborar y distribuir por la página WEB un tríptico informativo sobre el
Centro (Servicios educativos, instalaciones,
proyecto educativo, equipo de profesores).
• Para adaptarnos a los horarios y
situaciones personales de cada familia optamos por flexibilizar el horario de
tutorías, cuando exista problema.
• No existen grandes dificultades en las
relaciones sociales y de convivencia con las familias, no obstante se propone la figura del padre-madre delegado
de clase, que actuaría como mediador de conflictos.
• Mantener informada a la familia de
cualquier modificación funcional o estructural del colegio en el tablón de
anuncios o Internet (página web del centro).
• Entregar al comienzo de curso los
siguientes documentos a las familias y los alumnos:
Ø Dar
a conocer una síntesis del Proyecto Educativo .
Ø Normas
de la clase y sus consecuencias si se incumplen.
Ø Indicar
las fechas de las reuniones grupales con el tutor y las fechas de visita individual con el mismo.
Ø Indicar
las actividades programadas que se van a realizar durante el curso
con alumnos/as y con toda la
comunidad escolar.
F) CENTRO- ALUMNADO:
• Elaboración de unas normas de convivencia
consensuadas y contextualizadas en el centro, teniendo en cuenta el ROF.
• Revisar y aplicar el PAC de forma
funcional y operativa.
• Actuar de manera coordinada todo el
profesorado del centro estableciendo unos buenos canales de comunicación cuando
surjan problemas o conflictos entre los alumnos:
Ø Puntualidad
en las clases.
Ø Coordinación
en las entradas y las salidas a clase.
Ø Vigilancia
en los recreos.
Ø Preparación
de juegos cooperativos y participativos
en los recreos donde prime la tolerancia y el respeto mutuo.
Ø Preparar
con antelación las clases.
Ø Poner
a trabajar la clase de inmediato.
Ø Participación
de toda la clase.
Ø Utilizar la voz de forma eficaz.
Ø Corregir al día.
Ø Evitar
las comparaciones.
Ø Hacer
que se cumplan las promesas.
G) ALUMNADO-ALUMNADO:
• Prevención y sensibilización ante el
acoso escolar, desarrollando habilidades sociales, a través de un ambiente
lúdico que favorezca un buen clima socio-afectivo.
• Sensibilización ante la igualdad de género,
mediante juegos no sexistas.
• Uso del alumnado tutor.
G) FAMILIA-HIJOS/AS:
• Mejorar el conocimiento de sus hijos/as.
• Conocer su desarrollo evolutivo.
• Qué pueden hacer sus hijos en cada una de
las edades a nivel conductual, cognitivo, social y afectivo-moral.”
• Fomentar en sus hijos el respeto hacia
sus profesores y compañeros. Canalizar las críticas hacia los profesores mediante
el diálogo con ellos y con el Equipo Directivo.
• Que fomenten la “No violencia” entre sus
hijos y que discutan con ellos las normas de convivencia así como sus
consecuencias. Sobre todo “No pegar”, “No insultar”
• Fomentar en sus hijos habilidades básicas
de:
• Atención al profesor cuando explica y manda
los deberes.
• Tener todo el material preparado en las
carteras.
• Anotar todos los ejercicios que hay que hacer
en casa.(Ver Agenda Escolar).
• Insistir en la realización de los mismos antes
de hacer otras cosas como ver la TV o salir al parque.
• Comprobar, haciéndoles preguntas cómo ha
sido su comportamiento en clase.
9. PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN Y FUNCIONES DEL
DELEGADO O DE LA DELEGADA DE LOS PADRES Y MADRES DEL ALUMNADO, ENTRE LAS QUE
SE INCLUIRÁ LA DE MEDIACIÓN EN LA RESOLUCIÓN PACÍFICA DE CONFLICTOS ENTRE EL
PROPIO ALUMNADO O ENTRE ÉSTE Y CUALQUIER MIEMBRO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. |
El plan de convivencia
contemplará la figura del delegado o delegada de los padres y madres del
alumnado en cada uno de los grupos. Será elegido para cada curso escolar por
los propios padres, madres o representantes legales del alumnado.
Sus funciones
son:
• Representar
a los padres-madres del aula.
• Ser el portavoz
ante el tutor/a, Jefe de Estudios, Director del Centro de las
propuestas realizadas por los padres-madres de la clase.
• Colaborar
con el tutor en la organización de actividades extraescolares, fiestas y
cuantas acciones se organicen.
• Intervenir
como mediador/a con la demás
padres/madres y tutor/a.
• Informar
a los representantes del Consejo escolar de los problemas de la clase.
• Reunirse
con el tutor/a periódicamente para tratar los temas que afecten al alumnado del
aula.
Fomentar la
convivencia entre los alumnos/as de su
grupo.
• Colaborar
con el profesorado y los órganos de
gobierno del colegio para el buen funcionamiento del mismo.
• Informar
a los padres/madres de las propuestas de mejora acordadas en el colegio.
10. ACTUACIONES CONJUNTAS
DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y DE
COORDINACIÓN DOCENTE DEL CENTRO EN RELACIÓN CON EL TRATAMIENTO DE LA
CONVIVENCIA EN EL MISMO. |
Al
inicio de cada curso escolar el Equipo
Directivo del Centro planteará al ETCP las actuaciones previstas para todo el
curso escolar en relación con el tratamiento de la convivencia. Se tendrá en cuenta las orientaciones del
Consejo Escolar y del Claustro.
11. ACTUACIONES CONJUNTAS DE LOS EQUIPOS
DOCENTES DEL CENTRO, EN COORDINACIÓN CON QUIENES EJERCEN LA ORIENTACIÓN, PARA
EL TRATAMIENTO DE LA CONVIVENCIA EN LOS GRUPOS DE ALUMNOS Y ALUMNAS. |
Al inicio de cada curso escolar se reunirán los equipos docentes
con el miembro del EOE para programar, revisar, complementar y coordinar
las normas de convivencia, ya aprobadas en el ETCP.
Se fijarán:
• Las
prioridades según la realidad del centro y la problemática de cursos
anteriores.
• El
calendario de reuniones de los diversos equipos docentes a lo largo del curso.
• Estrategias
de información a padres/madres.
• Necesidades de formación de la comunidad educativa.
12. ACTUACIONES DE LA
TUTORA Y TUTOR Y DEL EQUIPO DOCENTE DE CADA GRUPO DE ALUMNOS Y ALUMNAS PARA
FAVORECER LA INTEGRACIÓN DEL ALUMNADO DE NUEVO INGRESO, TANTO EN EL AULA COMO EN EL CENTRO. |
• Establecimiento
de un horario flexible.
• Información
a las familias y al alumnado de las características del centro.
• Crear
un ambiente favorable a la integración de personas de otro entorno cultural.
• Conocer y valorar la cultura, costumbres de otras
civilizaciones.
•
Realizar actividades de integración de ambas culturas.
• Favorecer encuentros de padres para el conocimiento mutuo de estilos de vida diferente: Gastronomía, folklore, cultura, bailes, etc.
13. ACTUACIONES
ESPECÍFICAS PARA LA PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO DE LA VIOLENCIA SEXISTA, RACISTA
Y CUALQUIER OTRA DE SUS MANIFESTACIONES. |
Ø Conocimiento por parte de todos los
miembros de la comunidad escolar de lo que son conductas contrarias a la
Convivencia en materia de sexo, racismo, religión, etc.
Ø Detección de los problemas de convivencia
por parte del tutor/a.
Ø Medidas a
aplicar para su solución basándose en nuestro Plan de Convivencia.
Ø Traslado al equipo de ciclo de la problemática
detectada.
Ø Conocimiento por parte del Equipo Directivo
y actuaciones que procedan en coordinación con el equipo de orientación.
Ø Revisión de los resultados a corto plazo.
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