PROYECTO
DE
GESTIÓN
C.E.I.P.
"Romualdo Aguayo López"
(La
Rambla)
PROYECTO DE GESTIÓN C.E.I.P.
"Romualdo Aguayo López" (La
Rambla) ÍNDICE DEL PROYECTO DE
GESTIÓN |
|
INTRODUCCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO. |
2 |
1.-CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO ANUAL DEL
CENTRO Y PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS INGRESOS ENTRE LAS DISTINTAS PARTIDAS DE
GASTO. 1.1.- Ingresos. 1.2.- Gastos 1.3.- Elaboración
de Presupuesto. 1.4.- Órganos
competentes en la gestión económica. 1.5.- Cuenta de
gestión. 1.6.-
Indemnizaciones por razón del servicio. |
2 |
2.- CRITERIOS PARA LA GESTIÓN DE LAS SUSTITUCIONES DE LAS
AUSENCIAS DEL PROFESORADO. 2.1.- Bajas de
corta duración. 2.2.- Bajas de
larga duración. 2.3.- Criterios. |
10 |
3.- MEDIDAS PARA LA CONSERVACIÓN Y RENOVACIÓN DE LAS
INSTALACIONES Y DEL EQUIPAMIENTO ESCOLAR. |
12 |
4.- CRITERIOS PARA LA OBTENCIÓN DE INGRESOS DERIVADOS DE LA
PRESTACIÓN DE SERVICIOS DISTINTOS DE LOS GRAVADOS POR TASAS, ASÍ COMO OTROS
FONDOS PROCEDENTES DE ENTES PÚBLICOS, PRIVADOS O PARTICULARES. |
14 |
5.- PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DEL INVENTARIO ANUAL
GENERAL DEL CENTRO. |
16 |
6.- CRITERIOS PARA LA GESTIÓN SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS DEL
CENTRO Y DE LOS RESIDUOS QUE GENERE QUE, EN TODO CASO, SERÁ EFICIENTE Y
COMPATIBLE CON LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE. 6.1.- Objetivos. 6.2.- Medidas para
conseguir dichos objetivos. |
19 |
7.-OTROS ASPECTOS DE LA GESTIÓN DEL CENTRO. 7.1.- Exposición de
publicidad. 7.2.- Uso del
servicio de fotocopias |
20 |
INTRODUCCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO. |
El
artículo 123 de la LOE
contempla el Proyecto de Gestión de los centros públicos. En dicho documento
los centros expresarán la ordenación y utilización de sus recursos materiales y
humanos mediante el proyecto de gestión como marco de la autonomía de gestión
que la legislación otorga a dichos centros.
El
artículo 126.1 de la LEA
recoge que el Proyecto de Gestión es uno de los documentos que componen el Plan
de Centro.
Parece adecuado realizar
un diagnóstico inicial, al final de cada curso académico, de los recursos materiales
de que disponga el centro, señalando las principales necesidades que el
desarrollo del proyecto educativo a lo largo de los años demanda.
Cabe entender que los
recursos humanos en los centros públicos estarán asociados a las
características del centro y a los planes y programas estratégicos que
desarrolle, por lo que resultaría conveniente destacar aquellos recursos
materiales necesarios para llevar a cabo el proyecto educativo, priorizando de
alguna manera los recursos imprescindibles desde un primer momento y analizando
aquellos otros recursos añadidos que la cooperación con otras entidades sociales
pueda aportar al centro.
1. CRITERIOS PARA LA
ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO ANUAL DEL CENTRO Y PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS
INGRESOS ENTRE LAS DISTINTAS PARTIDAS DE GASTO. |
El presupuesto de este Centro es la expresión cifrada, conjunta
y sistemática de las obligaciones que como máximo puede reconocer el mismo para
su normal funcionamiento, así como la estimación de los ingresos y los gastos
que prevé obtener y efectuar durante el correspondiente ejercicio.
Por lo tanto, el presupuesto es un instrumento de planificación
económica del Centro, en orden a la prestación del servicio público en el que
se prevé, junto con sus ingresos, los gastos necesarios para alcanzar los
objetivos recogidos en el Proyecto educativo del centro (PEC) bajo los
principios de equilibrio entre ingresos y gastos, así como los principios de
eficacia y eficiencia en la utilización de los recursos.
Se establecerá la distribución de los ingresos entre las
distintas partidas de gasto a partir del análisis de ingresos y gastos de los
últimos dos cursos, teniendo en cuenta, en cualquier caso, la dotación de
gastos de funcionamiento que la Consejería de Educación asigne al Centro.
Las operaciones realizadas por el Centro en ejecución de su
presupuesto, tanto de ingresos como de gastos, contarán siempre con el oportuno
soporte documental que acredite la legalidad de los ingresos y la justificación
de los gastos.
Las cuentas y los documentos justificativos recogerán la
totalidad de los gastos e ingresos habidos, con los asientos contables correspondientes
y reunirán los requisitos legales.
Las operaciones y anotaciones contables realizadas en medios
informáticos ('Séneca: Módulo de Gestión Económica') serán, asimismo,
archivadas correlativa y cronológicamente para formar los archivos contables.
El Centro mantendrá en custodia esta documentación durante un período de cinco
años, a contar desde la aprobación anual de la cuenta de gestión.
1.1.- Ingresos.
Constituirá el estado de
ingresos:
1. El saldo final o
remanente de la cuenta de gestión del ejercicio anterior. En cualquier caso,
los remanentes que estén asociados a ingresos predefinidos sólo se podrán
invertir en el programa de gasto para los que fueron concedidos.
2. Los créditos que le
sean asignados por la Consejería de Educación para gastos de funcionamiento del
Centro.
3. Otras asignaciones
procedentes de la Consejería de Educación, como las asignaciones del Programa
de Gratuidad de Libros de Texto y libros para la Biblioteca, inversiones, equipamientos
y aquellos otros que la Consejería determine, adjudicados a los Planes y Proyectos
que este Centro tenga concedidos.
4. Las cantidades que se
reciben para los gastos de funcionamiento generales se reciben en cuatro
libramientos que suelen recibirse en noviembre, febrero, mayo y agosto
aproximadamente.
Fuentes de ingresos:
1.- Ingresos por parte de
la Consejería de Educación.
a.- Por gastos de
Funcionamiento Ordinarios .
Se consignarán los montos totales que, a principio de curso,
remite la Delegación Provincial , asignándonos una cantidad para ello.
A principio del mes de octubre del siguiente curso, el Consejo
Escolar del Centro certificará la aprobación de todos los registros de Ingresos
y Gastos, así como los remanentes que hayan surgido en el curso anterior.
b.- Programa de Gratuidad
de libros de texto.
Los libros de texto tendrán una validez de cuatro años para el
2º y 3er Ciclo de Primaria, renovándose todos los cursos los libros del primer
ciclo.
El presupuesto estimado de este programa nos lo remite la
Consejería de Educación, a través del programa "Séneca", en función
del número de alumnos/as matriculados en el Centro, más un 10% en concepto de
reposición.
Antes de generar el Cheque/libro, que se le entregará a los
padres/ madres de los alumnos/as, hay que validar el resultado económico de
Gratuidad de libros de texto en el programa "Séneca".
c.- Proyectos o programas
específicos.
El Centro cuenta con los programas Plan de Lectura y Bibliotecas
y Escuelas Deportivas.
Al igual que en los casos anteriores, la Delegación comunica la
cantidad total de cada uno de ellos.
2.- Ingresos por
aportaciones de Otras Entidades.
En este apartado se irán abriendo subcuentas por cada entidad
colaboradora. Las aportaciones generales podríamos considerar que son las
realizadas por la Asociación de Padres y Madres del Centro.
3.- Ingresos por recursos
propios.
Se abrirán generalmente las siguientes subcuentas.
-Ingresos por Actividades
Extraescolares:
Estas subcuentas se dotarán económicamente por los recibos
cobrados a las familias en el concepto de Servicios Ofertados por el Centro y
que, al mismo tiempo, se abonarán mensualmente al ISE.
Se abrirán otras subcuentas por aquellos conceptos que se
prevean que generarán ingresos como podrían ser teléfono, fotocopias, etc.
En el caso de que alguna subcuenta no generara ingresos se
anulará para el siguiente curso.
A principio de curso se realizará un presupuesto de ingresos y gastos
que lo deberá aprobar el Consejo Escolar del Centro.
Todos los registros de ingresos y gastos, así como los
ejercicios económicos de los diferentes cursos se guardarán en la secretaría
del Centro.
1.2.- Gastos.
El presupuesto anual de gastos comprenderá la totalidad de los
créditos necesarios para atender las obligaciones de conformidad con las
siguientes prescripciones:
1. La confección del
estado de gastos con cargo a recursos propios, procedentes de otras entidades o
procedentes de libramientos de la Consejería de Educación para gastos de
funcionamiento, se efectuará sin más limitaciones que su ajuste a los créditos
disponibles, a su distribución entre las cuentas de gasto que sean necesarias
para el normal funcionamiento y a la consecución de los objetivos o finalidades
para los que han sido librados tales fondos.
2. El Centro podrá
efectuar adquisiciones de equipos y material inventariable, con cargo a los
fondos recibidos de la Consejería de Educación para gastos de funcionamiento,
siempre que concurran las circunstancias siguientes:
a) Que queden cubiertas
las necesidades prioritarias del normal funcionamiento del Centro.
b) Que dichas
adquisiciones tengan un límite máximo que quedará cuantificado en el 10% del
crédito anual librado al Centro por la Consejería de Educación para gastos de
funcionamiento ordinarios, como se indica en la normativa vigente.
Gestión de gastos.
Las compras efectuadas
por los distintos ciclos se atendrán a las normas siguientes:
Si se tratase de material inventariable, cualquier adquisición
que deseen realizar los ciclos, equipos o aula de apoyo debe ser solicitada al
Secretario del Centro y deberá ser autorizada por éste.
Es obligatorio que cuando se esté esperando un pedido: contra
reembolso, a pagar posterior o anteriormente a su recibo, una factura, etc. se
comunique con la prudente antelación.
Todos los gastos realizados deben justificarse siempre y se
deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Si la compra se hace a
crédito, se solicitará al proveedor, en el momento de la adquisición, un
albarán para ser entregado al Secretario.
b) Si la compra se hace
al contado se solicitará al proveedor, en el momento de la adquisición, un
tique de caja o similar en el que conste claramente el NIF o CIF del mismo.
1.3. Elaboración de Presupuesto.
A) 1. El proyecto de
presupuesto será elaborado por el Secretario del Centro, basándose,
principalmente, en el estado de cuentas rendido por el Centro el curso
anterior, en el que se incluirá necesariamente el posible remanente.
2. De forma general se
añadirá el IPC a lo presupuestado o gastado realmente el año anterior.
3. La elaboración del
presupuesto deberá realizarse atendiendo a las siguientes prioridades:
1.- Bienes Corrientes y
Servicios.
a.- Arrendamientos:
- Mobiliario y enseres:
Apartado de Correos.
b.- Reparación y
conservación.
- Mantenimiento de
equipos y herramientas.
- Mantenimiento de
equipos para proceso de información.
- Medios audiovisuales e
informáticos.
c.- Material no
inventariable.
- Material de oficina.
- Material de aula.
- Consumibles de
reprografía.
- Consumibles
informáticos.
- Material de Deporte.
d.- Suministros.
- Agua
- Productos alimenticios.
- Productos
farmacéuticos.
- Droguería, Ferretería.
- Productos fotográficos.
- Material de música.
- Otros suministros.
e.- Comunicaciones:
- Servicios telefónicos.
- Servicios postales.
f.- Transportes:
- Desplazamientos.
- Portes.
- Dietas.
g.- Gastos diversos:
- Primaria.
- Infantil.
- Programa de Gratuidad
de libros.
- Otros Gastos.
h.- Trabajos realizados
por otras empresas.
- Aula Matinal.
- Actividades
Extraescolares.
+ Deporte en la Escuela.
+ Distintos talleres.
- Otros servicios.
2.- Adquisiciones de
material inventariable.
a.- Adquisiciones para uso
general del Centro.
- Material didáctico.
- Libros.
El proyecto de
presupuesto será elaborado atendiendo a los conceptos establecidos en el
'Módulo de Gestión Económica de Séneca'. Todas las partidas en que sea
previsible gasto deberán contar con la correspondiente dotación presupuestaria.
B) Aprobación del
proyecto de presupuesto.
1. Para la aprobación del
proyecto de presupuesto es condición necesaria que esté de acuerdo con lo
establecido en el Proyecto de Gestión del Centro docente.
2. La Comisión Permanente
podrá emitir, preferentemente por escrito, un informe previo a la aprobación
por parte del Consejo Escolar del presupuesto.
3. El proyecto de
presupuesto del Centro será aprobado por el Consejo Escolar. Una vez aprobado
el proyecto de presupuesto, éste pasará a ser el Presupuesto Oficial del Centro
para el ejercicio correspondiente.
1.4. Órganos competentes en la gestión
económica.
Son órganos competentes en materia de gestión económica el
Consejo Escolar, el Equipo Directivo, el Director del Centro, el Secretario/a.
Las funciones de cada órgano son las siguientes:
- El Consejo Escolar.
a) Aprobar el proyecto de
gestión y sus modificaciones.
b) Establecer las
directrices de funcionamiento del centro.
c) Efectuar el seguimiento del funcionamiento
del centro.
d) Aprobar la cuenta de
gestión y el presupuesto.
- El Equipo Directivo.
a) Elaborar el proyecto
de gestión y el presupuesto a propuesta del Secretario.
b) Realizar, en su caso,
las modificaciones señaladas por la Delegación Provincial.
- La Secretaria /o, quien
por delegación del Director/a será la responsable de la gestión económica del
Centro.
a) Coordinará el Equipo
Directivo en la elaboración del proyecto de presupuesto y en todos los demás
procesos de gestión económica.
b) Presentará el proyecto
de presupuesto al Consejo Escolar y, en su caso, autorizará los gastos siempre
que no excedan de los ingresos previamente obtenidos.
c) Realizará el
inventario general del centro y lo mantendrá actualizado.
d) Adquirirá el material
y equipamiento del Centro, siguiendo las directrices de la dirección.
1.5. Cuenta de gestión.
La secretaria/o del
Centro presentará al Consejo Escolar para su aprobación, antes del 31 de
octubre de cada año, una única cuenta de gestión cerrada a 30 de septiembre
(borrador del Anexo XI).
- Si el Consejo Escolar
no aprobase la cuenta de gestión, se comunicará a la Delegación Provincial,
junto con el punto del orden del día del acta de la sesión, donde consten los
motivos que sustentan la no aprobación.
- Una vez aprobada por el
Consejo Escolar, se remitirá el Anexo XI correspondiente por vía telemática al
Servicio Económico de la Delegación Provincial.
- La cuenta de gestión no
podrá rendirse con saldos negativos salvo demora en los ingresos procedentes de
la Consejería de Educación.
1.6. Indemnizaciones por razón del servicio.
El Director del Centro podrá autorizar gastos de desplazamiento
de los profesores que se tengan que desplazar fuera de la localidad para
asuntos, no particulares, relacionados con el colegio.
El Director podrá aprobar los gastos de dietas del profesorado
derivados de la realización de actividades extraescolares fuera de la localidad
del Centro.
Para fijar estas indemnizaciones se estará a lo dispuesto en la
Orden de 11 de julio de 2006, por la que se actualizan las cuantías de
determinadas indemnizaciones por razón del servicio. (BOJA nº 143 de 26 de
julio de 2006), o en la normativa que pudiera dictarse a estos efectos.
2. CRITERIOS PARA LA GESTIÓN DE LAS SUSTITUCIONES DE LAS AUSENCIAS
DEL PROFESORADO. |
Orden de 8 de septiembre de 2010, por la que se establece el procedimiento para la gestión de
las sustituciones del profesorado de los centros docentes públicos dependientes
de esta Consejería (BOJA 17-09-2010).
2.1. Bajas de corta duración. (Entre uno y cinco días.)
La primera baja será
cubierta por la persona que desempeñe el 2º Refuerzo.
La segunda baja por el
profesorado en cuya clase haya especialistas en las horas que haya que cubrir
la sustitución.
De producirse una tercera
baja, simultáneamente a las anteriores se cubriría por la persona que desempeña
el 1ª Refuerzo y por los demás maestros/as, desapareciendo, si es necesario,
las horas de coordinación y mayores de 55 años.
En el caso de que la
ausencia sea prevista se prepararán tareas para que sean realizadas por el
alumnado durante la clase y bajo la vigilancia del profesorado.
En el caso de que el
número de grupos sin profesor/a sea superior al de profesorado disponible en
esa hora, la Jefatura de Estudios determinará la posibilidad de unir a varios
grupos en los espacios adecuados para acoger a estos alumnos. La Jefatura de
Estudios tendrá libertad para organizar en todo momento la atención al
alumnado,
actividad que tendrá
prioridad sobre cualquier otra, exceptuando las tareas lectivas
2.2. Bajas de larga duración (Con permiso de la Delegación Provincial).
La primera baja será
cubierta por la persona que desempeñe el 2º Refuerzo. Si esta baja es de algún
especialista (Maestro/a de Pedagogía Terapéutica, Inglés, Educación Física y
Música) se solicitará que sea cubierta por la Delegación Provincial.
Para las segundas bajas y
siguientes se solicitará que sean cubiertas por la Delegación
Provincial .
Nuestro centro al
principio del año académico tendrá un presupuesto asignado para sustituciones
por parte de la Consejería que vendrá reflejado en el programa Séneca como
jornadas de las que dispone el centro para sustituciones.
2.3.Criterios.
Los criterios que
establecemos para decidir la sustitución serán los siguientes:
- Las bajas de corta
duración (menos de 5 días) no serán sustituidas y el alumnado será atendido en
el aula como se indica arriba.
- La ausencia del
profesorado se cubrirá a partir de la segunda semana cuando se prevea que la
baja va a continuar. Estas bajas mayores de 5 días se solicitarán siempre que
se cuente con jornadas suficiente para ello, si no es así, con antelación la
dirección del centro solicitará una ampliación del número de jornadas
disponibles al correspondiente Servicio de Gestión de Recursos Humanos ,
justificando las causas por las que se ha producido el agotamiento de jornadas.
- El profesorado deberá
presentar el parte de baja el mismo día que se produzca para que la jefatura de
estudios a través del sistema Séneca pueda proceder a la solicitud de la
sustitución.
- Una vez que el/la
profesor/a tenga conocimiento de la fecha de finalización de la baja deberá
comunicarlo a la dirección del centro para que sea grabada en Séneca y no
utilizar más jornadas completas de sustitución de las necesitadas.
- Una vez al trimestre,
la dirección del centro informará al Claustro de Profesores y al Consejo
Escolar de las ausencias que se han producido en el centro y del procedimiento
de sustitución.
3. MEDIDAS PARA LA CONSERVACIÓN Y RENOVACIÓN DE LAS INSTALACIONES Y
DEL EQUIPAMIENTO ESCOLAR. |
La utilización inadecuada, el abuso y el deterioro anormal de
las instalaciones, el mobiliario, ordenadores, impresoras, libros y enseres del
Centro en general disminuye la capacidad educativa del Centro y dificulta la
tarea formativa.
Por ello, el deterioro del material e instalaciones del Centro
que se produzcan por mal uso o abuso de los mismos, correrá siempre a cargo de
quien o quienes lo cometan, sin perjuicio de las acciones disciplinarias
pertinentes.
La higiene, el aseo y la limpieza personal son exigibles. Del
mismo modo, mantener la limpieza en todos y cada uno de los espacios del
Centro, techados y sin techar, debe ser una obligación para todos los miembros
de esta Comunidad Educativa.
Es aconsejable racionalizar y controlar al máximo la utilización
de las instalaciones del Centro, dentro y fuera del horario lectivo, ya que la
falta de control contribuye a un rápido deterioro.
a) Organización de los
espacios.
-Cuando se precise la
utilización de espacios especiales o se necesite un aula no habitual, el
interesado habrá de solicitarlo a la Jefatura de estudios a fin de que pueda
ser atendido. Si se precisaran llaves para los espacios utilizados, éstas serán
retiradas y devueltas en secretaría.
-El profesor que utilice
un espacio será responsable de velar por el buen mantenimiento del mismo
durante el tramo horario en el que lo use.
b) El mantenimiento.
-Se realizará con medios
propios o por el Ayuntamiento.
-Cualquier persona que
trabaje en el Centro puede solicitar la reparación de los desperfectos o
averías que haya detectado, pero es aconsejable que el registro lo realice la
persona responsable de la dependencia donde se haya detectado.
-Se realizará un plan de
mantenimiento preventivo, con frecuencia mensual, trimestral o anual, para
aquellas instalaciones, equipos o servicios que por su especial importancia
requieran de una revisión periódica.
-Se dispondrá de los
repuestos mínimos para asegurar la reparación lo antes posible.
-Al finalizar el curso se
comunicará al Ayuntamiento los desperfectos y tareas de acondicionamiento en el
Centro para proceder a su reparación una vez comenzadas las vacaciones de
verano. En su caso, se procederá de igual manera en los otros periodos
vacacionales.
Mantenimiento de redes informáticas.
1) Habrá una persona como
administrador de la red para llevar el control de los usuarios que acceden a
los equipos y dar los correspondientes permisos y contraseñas, previo
conocimiento del Director.
2) Hacer un control y
seguimiento de los posibles desperfectos causados en los equipos y en la red de
administración del Centro.
3) Mantener los
ordenadores libres de virus informáticos, gestionando el programa antivirus y
controlando el acceso a Internet.
4) Asegurar la correcta
configuración software de todos los equipos informáticos ubicados en las
distintas dependencias del Centro.
A partir de las tareas de mantenimiento se realizará anualmente
un informe que se tomará como referencia para la toma de decisiones
relacionadas con la renovación de las instalaciones o de los equipamientos.
4. CRITERIOS PARA LA OBTENCIÓN DE INGRESOS DERIVADOS DE LA
PRESTACIÓN DE SERVICIOS DISTINTOS DE LOS GRAVADOS POR TASAS, ASÍ COMO OTROS
FONDOS PROCEDENTES DE ENTES PÚBLICOS, PRIVADOS O PARTICULARES. |
Orden de 10 de mayo de
2006, conjunta de las Consejerías de Economía y
Hacienda y de Educación, por la que se dictan instrucciones para la gestión
económica de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de
Educación y se delegan competencias en los Directores y Directoras de los
mismos.
Orden de 3 de agosto de
2010, por la que se regulan los servicios
complementarios de la enseñanza de aula matinal, comedor escolar y actividades
extraescolares en los centros docentes públicos, así como la ampliación de
horario.
Decreto 155/1997, de 10 de junio, por el que se regula la cooperación de las
entidades locales con la administración de la Junta de Andalucía en materia
educativa.
-Otros recursos obtenidos
en virtud de la autonomía de gestión del Centro son los ingresos procedentes de
la prestación de servicios distintos de los gravados por tasas, así como otros
fondos procedentes de entes públicos, privados o particulares. El Centro podrá
obtener otros ingresos provenientes de:
Aportaciones procedentes
del Estado, Comunidad Autónoma, Diputación, Ayuntamiento o cualquier otro ente
público o privado y por cualesquiera otros que le pudiera corresponder.
-Los ingresos procedentes
de disposiciones testamentarias y donaciones efectuados al Centro para
finalidades docentes, previa aceptación de la Consejería.
-Ingresos procedentes de
convenios formalizados con asociaciones culturales o entidades sin ánimo de
lucro para el desarrollo de actividades extraescolares y complementarias.
-Ingresos procedentes de
convenios de colaboración con organismos y entidades en materia de formación de
alumnos.
-Los que procedan de la
prestación de servicios y de la venta de bienes muebles, ambos producto de sus
actividades educativas y formativas.
-El importe de las ayudas
o premios otorgados por instituciones, organismos y empresas privadas como
consecuencia del desarrollo de proyectos y experiencias de innovación e investigación
educativas o como resultado de la participación de profesores y alumnos en
actividades didácticas, culturales o deportivas realizadas en el marco del Plan
de Centro.
-Ingresos derivados de la
utilización ocasional de las instalaciones del Centro para fines educativos y
no educativos.
-Los fondos procedentes
de fundaciones.
-Los derivados de la
venta de fotocopias, uso de teléfono, etc.
-Cualquier otro ingreso
para el que deberá contar con la autorización de la Delegación Provincial de
Educación.
-Cuando el Consejo
Escolar del Centro lo determine y, siempre de forma argumentada, a determinadas
personas o instituciones podrá eximírseles del pago de una contraprestación por
el uso de las instalaciones del Centro.
Fijación de precios
La utilización ocasional de las instalaciones del Centro:
-Por la utilización
ocasional de las instalaciones del Centro para fines educativos, de extensión
cultural y otros relacionados directamente con el servicio público de la
educación, el Centro podrá establecer unos precios que serán aprobados por el Consejo
Escolar.
-Fotocopias, Encuadernaciones,
Plastificaciones.
Se cobrará una cantidad
fijada por el Consejo Escolar por la realización de fotocopias u otras tareas
de oficina, para el alumnado o personas ajenas al centro, siempre que éstas se
realicen para alguna gestión relacionada con el Centro.
5. PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DEL INVENTARIO ANUAL GENERAL
DEL CENTRO. |
Art. 12 de la Orden de 10
de mayo de 2006, conjunta de las
Consejerías de Economía y Hacienda y de Educación, por la que se dictan
instrucciones para la gestión económica de los centros docentes públicos
dependientes de la Consejería de Educación y se delegan competencias en los
Directores y Directoras de los mismos.
Registro de inventario.
1. El Registro de
inventario recogerá los movimientos de material inventariable del centro
incluyendo tanto las incorporaciones como las bajas que se produzcan.
Tendrá carácter de
material inventariable, entre otros, el siguiente: mobiliario, equipo de
oficina, equipo informático, equipo audiovisual no fungible, copiadoras,
material docente no fungible, máquinas y herramientas, material deportivo y, en
general, todo aquel que no sea fungible.
2. El Registro de
inventario se confeccionará conforme a los modelos que figuran como Anexos VIII
y VIII (bis) de esta Orden para las altas y bajas, respectivamente, que se
produzcan durante el curso escolar, partiendo del inventario existente a fecha
de
aprobación del presente
Proyecto de Gestión y teniendo en cuenta lo siguiente:
a) Número de registro:
Numeración correlativa de las adquisiciones de material inventariable.
b) Fecha de alta: Fecha
en la que el material es puesto a disposición del centro.
c) Fecha de baja: Fecha
en la que el material deja de formar parte del inventario del centro.
d) Número de unidades:
Número de unidades que causan alta o baja.
e) Descripción del
material: Se indicará el tipo de material adquirido, así como sus
características técnicas.
f) Dependencia de
adscripción: Ciclos o unidades organizativas a las que se adscribe el material
de que se trate.
g) Localización: Lugar o
dependencia física donde se encuentra ubicado el material de que se trate.
h) Procedencia de la
entrada: Actuación económica o administrativa, origen de la incorporación al
centro del material de que se trate.
i) Motivo de la baja:
Causa que provoca la baja del material afectado.
3. Independientemente del
Registro de inventario, podrán existir inventarios auxiliares por servicios,
dependencias y otras unidades, cuando el volumen y diversidad de materiales
existentes en dicha unidad así lo aconsejen.
En espacios dedicados a tutorías, aula de música, informática,
serán los especialistas correspondientes los que realicen, comprueben o
modifiquen los inventarios de dichas dependencias.
Por sus especiales características, existirá también un libro
Registro de inventario de biblioteca, conforme al modelo que figura como Anexo
IX de esta Orden, que recoja los libros que pasen a formar parte de la
biblioteca del centro, cualquiera que sea su procedencia.
El Secretario será el encargado de coordinar la realización del
inventario general del Centro y mantenerlo actualizado cada curso una vez
rellenando y entregado el anexo correspondiente por los distintos tutores y
personas a cargo de la Biblioteca.
a) Mobiliario.
Cada maestro/a entregará
al Secretario el inventario del mobiliario asignado y comunicará a éste
cualquier variación anualmente.
b) Adquisición de
material inventariable.
Para la adquisición de
material inventariable por parte de los ciclos o aula de apoyo, los pasos
específicos a seguir serán los siguientes:
1. Los maestros/as
solicitarán al secretario/a la autorización para adquirir dicho material. Esta
solicitud se acompañará de una breve memoria justificativa de la necesidad de
la adquisición.
2. Una vez aprobado dicho
gasto presentarán:
Factura en la que se
especifiquen los artículos a adquirir y sus características técnicas, el
importe de cada uno, cantidad total con IVA, IVA aplicable y base imponible),
el nombre de la empresa suministradora y su CIF o NIF, fecha, firma y sello de
la misma, figurando en ellos el nombre del Colegio, su domicilio y NIF.
Por sus especiales
características, existirá también un registro de inventario de Biblioteca,
conforme al modelo que figura como Anexo IX de la Orden y registro en el
programa Abies de gestión de bibliotecas.
Es responsabilidad del
tutor el mantener al día el inventario de su clase y material a su cargo.
En el caso de la
Biblioteca, lo es la persona responsable de la misma.
A final del mes de
octubre, cada maestro/a deberá entregar al Secretario/a los anexos indicados
con las altas y bajas correspondientes al curso anterior, incluso si no hay
novedades, poniéndolo entonces en conocimiento del Secretario.
El Secretario los recopilará
y archivará junto con el resto de altas y bajas del inventario general de este
Centro.
6. CRITERIOS PARA LA GESTIÓN
SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS DEL CENTRO Y DE LOS RESIDUOS QUE GENERE QUE, EN
TODO CASO, SERÁ EFICIENTE Y COMPATIBLE CON LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO. |
6.1. Objetivos.
1. Realizar una gestión
sostenible y eficiente de todos los recursos del Centro y de sus residuos,
compatible con el medio ambiente.
2. Hacer partícipe a toda
la Comunidad Educativa de la aplicación de medidas concretas para conseguir el
objetivo fundamental anterior.
3. Evitar y reducir los
residuos y aumentar el reciclaje y la reutilización.
4. Gestionar y tratar los
residuos de acuerdo a los estándares de buenas prácticas.
5. Eliminar el consumo
innecesario de energía y mejorar la eficiencia en el destino final de la misma.
6. Promover activamente
el consumo y la producción sostenible, especialmente los productos con etiqueta
ecológica, orgánicos y de comercio ético y justo.
6.2. Medidas para conseguir dichos objetivos.
-Regular en el Reglamento
de Organización y Funcionamiento del Centro el uso de los medios materiales del
Centro, el consumo en general de cualquier bien, con especial atención al uso
de las instalaciones energéticas.
-Continuar con las
medidas ya establecidas en lo referente al ahorro y contención del gasto.
-Petición de al menos
tres presupuestos para todas las compras y obras del Centro de cierta cuantía.
-Posibilitar una recogida
selectiva de todos los residuos del Centro. Para ello se dotará al Centro de la
infraestructura necesaria.
-La mayoría de los
residuos que se generan en el Centro son restos de papel, cartón, envases de
tinta de impresoras y copiadoras, pilas y plástico, así que será necesaria la disponibilidad de un
contenedor para plástico y otro para el papel o cartón.
-El uso de la calefacción
del Centro está restringido a los días en los que la temperatura es
excesivamente baja y siempre limitándola a temperaturas recomendadas.
- Nuestro Centro también
contará con un contenedor para reciclar pilas.
7. OTROS ASPECTOS DE LA GESTIÓN DEL CENTRO. |
7.1. Exposición de publicidad.
Sólo se podrá exponer la siguiente publicidad en el Centro:
-De clases particulares,
academias y demás servicios relacionados con la educación previa autorización
del Equipo Directivo.
-De eventos culturales o
lúdicos previa autorización del Equipo Directivo.
-De pisos para alquilar
al profesorado (en la Sala de Profesores).
7.2. Uso del servicio de fotocopias.
1. El horario para
encargar fotocopias por parte de los profesores es de 9.00 a 14h, excepto en el
recreo.
2. Las encuadernaciones
se podrán encargar siempre que su cantidad sea inferior a 5.
3. No se hacen fotocopias
de libros, excepto de alguna página suelta o capítulo (dentro de lo estrictamente
aceptable).
4. El precio de las
fotocopias privadas será revisado anualmente y aprobado por el Consejo Escolar.
5. Los encargos de
fotocopias no se realizarán el mismo día que sean necesarios. Existirá una hoja
de registro en secretaría para anotar los encargos.
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