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3.8. PROYECTO DE GESTIÓN

 

PROYECTO

DE

GESTIÓN

 

C.E.I.P. "Romualdo Aguayo López"

(La Rambla)

 

PROYECTO

DE

GESTIÓN

 

C.E.I.P. "Romualdo Aguayo López"

(La Rambla)

 

 

ÍNDICE DEL PROYECTO DE GESTIÓN

 

INTRODUCCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO.

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1.-CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO ANUAL DEL CENTRO Y PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS INGRESOS ENTRE LAS DISTINTAS PARTIDAS DE GASTO.

     1.1.- Ingresos.

     1.2.- Gastos

     1.3.- Elaboración de Presupuesto.

     1.4.- Órganos competentes en la gestión económica.

     1.5.- Cuenta de gestión.

     1.6.- Indemnizaciones por razón del servicio.

2

2.- CRITERIOS PARA LA GESTIÓN DE LAS SUSTITUCIONES DE LAS AUSENCIAS DEL PROFESORADO. 

     2.1.- Bajas de corta duración.

     2.2.- Bajas de larga duración.

     2.3.- Criterios.

10

3.- MEDIDAS PARA LA CONSERVACIÓN Y RENOVACIÓN DE LAS INSTALACIONES Y DEL EQUIPAMIENTO ESCOLAR.

12

4.- CRITERIOS PARA LA OBTENCIÓN DE INGRESOS DERIVADOS DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DISTINTOS DE LOS GRAVADOS POR TASAS, ASÍ COMO OTROS FONDOS PROCEDENTES DE ENTES PÚBLICOS, PRIVADOS O PARTICULARES.

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5.- PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DEL INVENTARIO ANUAL GENERAL DEL CENTRO.

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6.- CRITERIOS PARA LA GESTIÓN SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS DEL CENTRO Y DE LOS RESIDUOS QUE GENERE QUE, EN TODO CASO, SERÁ EFICIENTE Y COMPATIBLE CON LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE.

     6.1.- Objetivos.

     6.2.- Medidas para conseguir dichos objetivos.

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7.-OTROS ASPECTOS DE LA GESTIÓN DEL CENTRO.

     7.1.- Exposición de publicidad.

     7.2.- Uso del servicio de fotocopias

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  INTRODUCCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO.

 

El artículo 123 de la LOE contempla el Proyecto de Gestión de los centros públicos. En dicho documento los centros expresarán la ordenación y utilización de sus recursos materiales y humanos mediante el proyecto de gestión como marco de la autonomía de gestión que la legislación otorga a dichos centros.

El artículo 126.1 de la LEA recoge que el Proyecto de Gestión es uno de los documentos que componen el Plan de Centro.

Parece adecuado realizar un diagnóstico inicial, al final de cada curso académico, de los recursos materiales de que disponga el centro, señalando las principales necesidades que el desarrollo del proyecto educativo a lo largo de los años demanda.

 

Cabe entender que los recursos humanos en los centros públicos estarán asociados a las características del centro y a los planes y programas estratégicos que desarrolle, por lo que resultaría conveniente destacar aquellos recursos materiales necesarios para llevar a cabo el proyecto educativo, priorizando de alguna manera los recursos imprescindibles desde un primer momento y analizando aquellos otros recursos añadidos que la cooperación con otras entidades sociales pueda aportar al centro.

 

1. CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO ANUAL DEL CENTRO Y PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS INGRESOS ENTRE LAS DISTINTAS PARTIDAS DE GASTO.

 

El presupuesto de este Centro es la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que como máximo puede reconocer el mismo para su normal funcionamiento, así como la estimación de los ingresos y los gastos que prevé obtener y efectuar durante el correspondiente ejercicio.

Por lo tanto, el presupuesto es un instrumento de planificación económica del Centro, en orden a la prestación del servicio público en el que se prevé, junto con sus ingresos, los gastos necesarios para alcanzar los objetivos recogidos en el Proyecto educativo del centro (PEC) bajo los principios de equilibrio entre ingresos y gastos, así como los principios de eficacia y eficiencia en la utilización de los recursos.

Se establecerá la distribución de los ingresos entre las distintas partidas de gasto a partir del análisis de ingresos y gastos de los últimos dos cursos, teniendo en cuenta, en cualquier caso, la dotación de gastos de funcionamiento que la Consejería de Educación asigne al Centro.

Las operaciones realizadas por el Centro en ejecución de su presupuesto, tanto de ingresos como de gastos, contarán siempre con el oportuno soporte documental que acredite la legalidad de los ingresos y la justificación de los gastos.

Las cuentas y los documentos justificativos recogerán la totalidad de los gastos e ingresos habidos, con los asientos contables correspondientes y reunirán los requisitos legales.

Las operaciones y anotaciones contables realizadas en medios informáticos ('Séneca: Módulo de Gestión Económica') serán, asimismo, archivadas correlativa y cronológicamente para formar los archivos contables. El Centro mantendrá en custodia esta documentación durante un período de cinco años, a contar desde la aprobación anual de la cuenta de gestión.

 

1.1.- Ingresos.

Constituirá el estado de ingresos:

1. El saldo final o remanente de la cuenta de gestión del ejercicio anterior. En cualquier caso, los remanentes que estén asociados a ingresos predefinidos sólo se podrán invertir en el programa de gasto para los que fueron concedidos.

2. Los créditos que le sean asignados por la Consejería de Educación para gastos de funcionamiento del Centro.

3. Otras asignaciones procedentes de la Consejería de Educación, como las asignaciones del Programa de Gratuidad de Libros de Texto y libros para la Biblioteca, inversiones, equipamientos y aquellos otros que la Consejería determine, adjudicados a los Planes y Proyectos que este Centro tenga concedidos.

 

4. Las cantidades que se reciben para los gastos de funcionamiento generales se reciben en cuatro libramientos que suelen recibirse en noviembre, febrero, mayo y agosto aproximadamente.

 

Fuentes de ingresos:

1.- Ingresos por parte de la Consejería de Educación.

a.- Por gastos de Funcionamiento Ordinarios .

Se consignarán los montos totales que, a principio de curso, remite la Delegación Provincial , asignándonos una cantidad para ello.

A principio del mes de octubre del siguiente curso, el Consejo Escolar del Centro certificará la aprobación de todos los registros de Ingresos y Gastos, así como los remanentes que hayan surgido en el curso anterior.

b.- Programa de Gratuidad de libros de texto.

Los libros de texto tendrán una validez de cuatro años para el 2º y 3er Ciclo de Primaria, renovándose todos los cursos los libros del primer ciclo.

El presupuesto estimado de este programa nos lo remite la Consejería de Educación, a través del programa "Séneca", en función del número de alumnos/as matriculados en el Centro, más un 10% en concepto de reposición.

Antes de generar el Cheque/libro, que se le entregará a los padres/ madres de los alumnos/as, hay que validar el resultado económico de Gratuidad de libros de texto en el programa "Séneca".

c.- Proyectos o programas específicos.

El Centro cuenta con los programas Plan de Lectura y Bibliotecas  y Escuelas Deportivas.

Al igual que en los casos anteriores, la Delegación comunica la cantidad total de cada uno de ellos.

 

2.- Ingresos por aportaciones de Otras Entidades.

En este apartado se irán abriendo subcuentas por cada entidad colaboradora. Las aportaciones generales podríamos considerar que son las realizadas por la Asociación de Padres y Madres del Centro.

3.- Ingresos por recursos propios.

Se abrirán generalmente las siguientes subcuentas.

-Ingresos por Actividades Extraescolares:

Estas subcuentas se dotarán económicamente por los recibos cobrados a las familias en el concepto de Servicios Ofertados por el Centro y que, al mismo tiempo, se abonarán mensualmente al ISE.

Se abrirán otras subcuentas por aquellos conceptos que se prevean que generarán ingresos como podrían ser teléfono, fotocopias, etc.

En el caso de que alguna subcuenta no generara ingresos se anulará para el siguiente curso.

A principio de curso se realizará un presupuesto de ingresos y gastos que lo deberá aprobar el Consejo Escolar del Centro.

Todos los registros de ingresos y gastos, así como los ejercicios económicos de los diferentes cursos se guardarán en la secretaría del Centro.

 

1.2.- Gastos.

El presupuesto anual de gastos comprenderá la totalidad de los créditos necesarios para atender las obligaciones de conformidad con las siguientes prescripciones:

 

1. La confección del estado de gastos con cargo a recursos propios, procedentes de otras entidades o procedentes de libramientos de la Consejería de Educación para gastos de funcionamiento, se efectuará sin más limitaciones que su ajuste a los créditos disponibles, a su distribución entre las cuentas de gasto que sean necesarias para el normal funcionamiento y a la consecución de los objetivos o finalidades para los que han sido librados tales fondos.

 

2. El Centro podrá efectuar adquisiciones de equipos y material inventariable, con cargo a los fondos recibidos de la Consejería de Educación para gastos de funcionamiento, siempre que concurran las circunstancias siguientes:

 

a) Que queden cubiertas las necesidades prioritarias del normal funcionamiento del Centro.

b) Que dichas adquisiciones tengan un límite máximo que quedará cuantificado en el 10% del crédito anual librado al Centro por la Consejería de Educación para gastos de funcionamiento ordinarios, como se indica en la normativa vigente.

 

Gestión de gastos.

Las compras efectuadas por los distintos ciclos se atendrán a las normas siguientes:

 

Si se tratase de material inventariable, cualquier adquisición que deseen realizar los ciclos, equipos o aula de apoyo debe ser solicitada al Secretario del Centro y deberá ser autorizada por éste.

Es obligatorio que cuando se esté esperando un pedido: contra reembolso, a pagar posterior o anteriormente a su recibo, una factura, etc. se comunique con la prudente antelación.

Todos los gastos realizados deben justificarse siempre y se deben cumplir los siguientes requisitos:

a) Si la compra se hace a crédito, se solicitará al proveedor, en el momento de la adquisición, un albarán para ser entregado al Secretario.

b) Si la compra se hace al contado se solicitará al proveedor, en el momento de la adquisición, un tique de caja o similar en el que conste claramente el NIF o CIF del mismo.

1.3. Elaboración de Presupuesto.

 

A) 1. El proyecto de presupuesto será elaborado por el Secretario del Centro, basándose, principalmente, en el estado de cuentas rendido por el Centro el curso anterior, en el que se incluirá necesariamente el posible remanente.

2. De forma general se añadirá el IPC a lo presupuestado o gastado realmente el año anterior.

 

3. La elaboración del presupuesto deberá realizarse atendiendo a las siguientes prioridades:

1.- Bienes Corrientes y Servicios.

a.- Arrendamientos:

- Mobiliario y enseres: Apartado de Correos.

b.- Reparación y conservación.

- Mantenimiento de equipos y herramientas.

- Mantenimiento de equipos para proceso de información.

- Medios audiovisuales e informáticos.

c.- Material no inventariable.

- Material de oficina.

- Material de aula.

- Consumibles de reprografía.

- Consumibles informáticos.

- Material de Deporte.

d.- Suministros.

- Agua

- Productos alimenticios.

- Productos farmacéuticos.

 - Droguería, Ferretería.

- Productos fotográficos.

- Material de música.

- Otros suministros.

e.- Comunicaciones:

- Servicios telefónicos.

- Servicios postales.

f.- Transportes:

- Desplazamientos.

- Portes.

- Dietas.

g.- Gastos diversos:

- Primaria.

- Infantil.

- Programa de Gratuidad de libros.

- Otros Gastos.

h.- Trabajos realizados por otras empresas.

- Aula Matinal.

- Actividades Extraescolares.

+ Deporte en la Escuela.

+ Distintos talleres.

- Otros servicios.

 

2.- Adquisiciones de material inventariable.

a.- Adquisiciones para uso general del Centro.

- Material didáctico.

 - Libros.

 

 El proyecto de presupuesto será elaborado atendiendo a los conceptos establecidos en el 'Módulo de Gestión Económica de Séneca'. Todas las partidas en que sea previsible gasto deberán contar con la correspondiente dotación presupuestaria.

 

B) Aprobación del proyecto de presupuesto.

 

1. Para la aprobación del proyecto de presupuesto es condición necesaria que esté de acuerdo con lo establecido en el Proyecto de Gestión del Centro docente.

2. La Comisión Permanente podrá emitir, preferentemente por escrito, un informe previo a la aprobación por parte del Consejo Escolar del presupuesto.

3. El proyecto de presupuesto del Centro será aprobado por el Consejo Escolar. Una vez aprobado el proyecto de presupuesto, éste pasará a ser el Presupuesto Oficial del Centro para el ejercicio correspondiente.

 

1.4. Órganos competentes en la gestión económica.

Son órganos competentes en materia de gestión económica el Consejo Escolar, el Equipo Directivo, el Director del Centro, el Secretario/a. Las funciones de cada órgano son las siguientes:

- El Consejo Escolar.

a) Aprobar el proyecto de gestión y sus modificaciones.

b) Establecer las directrices de funcionamiento del centro.

 c) Efectuar el seguimiento del funcionamiento del centro.

d) Aprobar la cuenta de gestión y el presupuesto.

 

- El Equipo Directivo.

a) Elaborar el proyecto de gestión y el presupuesto a propuesta del Secretario.

b) Realizar, en su caso, las modificaciones señaladas por la Delegación Provincial.

- La Secretaria /o, quien por delegación del Director/a será la responsable de la gestión económica del Centro.

a) Coordinará el Equipo Directivo en la elaboración del proyecto de presupuesto y en todos los demás procesos de gestión económica.

b) Presentará el proyecto de presupuesto al Consejo Escolar y, en su caso, autorizará los gastos siempre que no excedan de los ingresos previamente obtenidos.

c) Realizará el inventario general del centro y lo mantendrá actualizado.

d) Adquirirá el material y equipamiento del Centro, siguiendo las directrices de la dirección.

 

1.5. Cuenta de gestión.

 

La secretaria/o del Centro presentará al Consejo Escolar para su aprobación, antes del 31 de octubre de cada año, una única cuenta de gestión cerrada a 30 de septiembre (borrador del Anexo XI).

 

- Si el Consejo Escolar no aprobase la cuenta de gestión, se comunicará a la Delegación Provincial, junto con el punto del orden del día del acta de la sesión, donde consten los motivos que sustentan la no aprobación.

- Una vez aprobada por el Consejo Escolar, se remitirá el Anexo XI correspondiente por vía telemática al Servicio Económico de la Delegación Provincial.

- La cuenta de gestión no podrá rendirse con saldos negativos salvo demora en los ingresos procedentes de la Consejería de Educación.

 

1.6. Indemnizaciones por razón del servicio.

El Director del Centro podrá autorizar gastos de desplazamiento de los profesores que se tengan que desplazar fuera de la localidad para asuntos, no particulares, relacionados con el colegio.

El Director podrá aprobar los gastos de dietas del profesorado derivados de la realización de actividades extraescolares fuera de la localidad del Centro.

 

Para fijar estas indemnizaciones se estará a lo dispuesto en la Orden de 11 de julio de 2006, por la que se actualizan las cuantías de determinadas indemnizaciones por razón del servicio. (BOJA nº 143 de 26 de julio de 2006), o en la normativa que pudiera dictarse a estos efectos.

 

2. CRITERIOS PARA LA GESTIÓN DE LAS SUSTITUCIONES DE LAS AUSENCIAS DEL PROFESORADO.

 

Orden de 8 de septiembre de 2010, por la que se establece el procedimiento para la gestión de las sustituciones del profesorado de los centros docentes públicos dependientes de esta Consejería (BOJA 17-09-2010).

 

2.1. Bajas de corta duración. (Entre uno y cinco días.)

 

La primera baja será cubierta por la persona que desempeñe el 2º Refuerzo.

La segunda baja por el profesorado en cuya clase haya especialistas en las horas que haya que cubrir la sustitución.

De producirse una tercera baja, simultáneamente a las anteriores se cubriría por la persona que desempeña el 1ª Refuerzo y por los demás maestros/as, desapareciendo, si es necesario, las horas de coordinación y mayores de 55 años.

En el caso de que la ausencia sea prevista se prepararán tareas para que sean realizadas por el alumnado durante la clase y bajo la vigilancia del profesorado.

En el caso de que el número de grupos sin profesor/a sea superior al de profesorado disponible en esa hora, la Jefatura de Estudios determinará la posibilidad de unir a varios grupos en los espacios adecuados para acoger a estos alumnos. La Jefatura de Estudios tendrá libertad para organizar en todo momento la atención al alumnado,

actividad que tendrá prioridad sobre cualquier otra, exceptuando las tareas lectivas

 

2.2. Bajas de larga duración (Con permiso de la Delegación Provincial).

 

La primera baja será cubierta por la persona que desempeñe el 2º Refuerzo. Si esta baja es de algún especialista (Maestro/a de Pedagogía Terapéutica, Inglés, Educación Física y Música) se solicitará que sea cubierta por la Delegación Provincial.

Para las segundas bajas y siguientes se solicitará que sean cubiertas por la Delegación

Provincial .

 

Nuestro centro al principio del año académico tendrá un presupuesto asignado para sustituciones por parte de la Consejería que vendrá reflejado en el programa Séneca como jornadas de las que dispone el centro para sustituciones.

 

2.3.Criterios.

Los criterios que establecemos para decidir la sustitución serán los siguientes:

 

- Las bajas de corta duración (menos de 5 días) no serán sustituidas y el alumnado será atendido en el aula como se indica arriba.

- La ausencia del profesorado se cubrirá a partir de la segunda semana cuando se prevea que la baja va a continuar. Estas bajas mayores de 5 días se solicitarán siempre que se cuente con jornadas suficiente para ello, si no es así, con antelación la dirección del centro solicitará una ampliación del número de jornadas disponibles al correspondiente Servicio de Gestión de Recursos Humanos , justificando las causas por las que se ha producido el agotamiento de jornadas.

- El profesorado deberá presentar el parte de baja el mismo día que se produzca para que la jefatura de estudios a través del sistema Séneca pueda proceder a la solicitud de la sustitución.

- Una vez que el/la profesor/a tenga conocimiento de la fecha de finalización de la baja deberá comunicarlo a la dirección del centro para que sea grabada en Séneca y no utilizar más jornadas completas de sustitución de las necesitadas.

- Una vez al trimestre, la dirección del centro informará al Claustro de Profesores y al Consejo Escolar de las ausencias que se han producido en el centro y del procedimiento de sustitución.

 

3. MEDIDAS PARA LA CONSERVACIÓN Y RENOVACIÓN DE LAS INSTALACIONES Y DEL EQUIPAMIENTO ESCOLAR.

 

La utilización inadecuada, el abuso y el deterioro anormal de las instalaciones, el mobiliario, ordenadores, impresoras, libros y enseres del Centro en general disminuye la capacidad educativa del Centro y dificulta la tarea formativa.

 

Por ello, el deterioro del material e instalaciones del Centro que se produzcan por mal uso o abuso de los mismos, correrá siempre a cargo de quien o quienes lo cometan, sin perjuicio de las acciones disciplinarias pertinentes.

 

La higiene, el aseo y la limpieza personal son exigibles. Del mismo modo, mantener la limpieza en todos y cada uno de los espacios del Centro, techados y sin techar, debe ser una obligación para todos los miembros de esta Comunidad Educativa.

 

Es aconsejable racionalizar y controlar al máximo la utilización de las instalaciones del Centro, dentro y fuera del horario lectivo, ya que la falta de control contribuye a un rápido deterioro.

 

a) Organización de los espacios.

-Cuando se precise la utilización de espacios especiales o se necesite un aula no habitual, el interesado habrá de solicitarlo a la Jefatura de estudios a fin de que pueda ser atendido. Si se precisaran llaves para los espacios utilizados, éstas serán retiradas y devueltas en secretaría.

-El profesor que utilice un espacio será responsable de velar por el buen mantenimiento del mismo durante el tramo horario en el que lo use.

b) El mantenimiento.

-Se realizará con medios propios o por el Ayuntamiento.

-Cualquier persona que trabaje en el Centro puede solicitar la reparación de los desperfectos o averías que haya detectado, pero es aconsejable que el registro lo realice la persona responsable de la dependencia donde se haya detectado.

-Se realizará un plan de mantenimiento preventivo, con frecuencia mensual, trimestral o anual, para aquellas instalaciones, equipos o servicios que por su especial importancia requieran de una revisión periódica.

-Se dispondrá de los repuestos mínimos para asegurar la reparación lo antes posible.

-Al finalizar el curso se comunicará al Ayuntamiento los desperfectos y tareas de acondicionamiento en el Centro para proceder a su reparación una vez comenzadas las vacaciones de verano. En su caso, se procederá de igual manera en los otros periodos vacacionales.

 

Mantenimiento de redes informáticas.

 

1) Habrá una persona como administrador de la red para llevar el control de los usuarios que acceden a los equipos y dar los correspondientes permisos y contraseñas, previo conocimiento del Director.

2) Hacer un control y seguimiento de los posibles desperfectos causados en los equipos y en la red de administración del Centro.

 

3) Mantener los ordenadores libres de virus informáticos, gestionando el programa antivirus y controlando el acceso a Internet.

 

4) Asegurar la correcta configuración software de todos los equipos informáticos ubicados en las distintas dependencias del Centro.

 

A partir de las tareas de mantenimiento se realizará anualmente un informe que se tomará como referencia para la toma de decisiones relacionadas con la renovación de las instalaciones o de los equipamientos.

 

4. CRITERIOS PARA LA OBTENCIÓN DE INGRESOS DERIVADOS DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DISTINTOS DE LOS GRAVADOS POR TASAS, ASÍ COMO OTROS FONDOS PROCEDENTES DE ENTES PÚBLICOS, PRIVADOS O PARTICULARES.

 

 

Orden de 10 de mayo de 2006, conjunta de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Educación, por la que se dictan instrucciones para la gestión económica de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y se delegan competencias en los Directores y Directoras de los mismos.

 

Orden de 3 de agosto de 2010, por la que se regulan los servicios complementarios de la enseñanza de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos, así como la ampliación de horario.

 

Decreto 155/1997, de 10 de junio, por el que se regula la cooperación de las entidades locales con la administración de la Junta de Andalucía en materia educativa.

 

 

-Otros recursos obtenidos en virtud de la autonomía de gestión del Centro son los ingresos procedentes de la prestación de servicios distintos de los gravados por tasas, así como otros fondos procedentes de entes públicos, privados o particulares. El Centro podrá obtener otros ingresos provenientes de:

Aportaciones procedentes del Estado, Comunidad Autónoma, Diputación, Ayuntamiento o cualquier otro ente público o privado y por cualesquiera otros que le pudiera corresponder.

 

-Los ingresos procedentes de disposiciones testamentarias y donaciones efectuados al Centro para finalidades docentes, previa aceptación de la Consejería.

 

-Ingresos procedentes de convenios formalizados con asociaciones culturales o entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de actividades extraescolares y complementarias.

 

-Ingresos procedentes de convenios de colaboración con organismos y entidades en materia de formación de alumnos.

 

-Los que procedan de la prestación de servicios y de la venta de bienes muebles, ambos producto de sus actividades educativas y formativas.

 

-El importe de las ayudas o premios otorgados por instituciones, organismos y empresas privadas como consecuencia del desarrollo de proyectos y experiencias de innovación e investigación educativas o como resultado de la participación de profesores y alumnos en actividades didácticas, culturales o deportivas realizadas en el marco del Plan de Centro.  

 

-Ingresos derivados de la utilización ocasional de las instalaciones del Centro para fines educativos y no educativos.

 

-Los fondos procedentes de fundaciones.

 

-Los derivados de la venta de fotocopias, uso de teléfono, etc.

 

-Cualquier otro ingreso para el que deberá contar con la autorización de la Delegación Provincial de Educación.

 

-Cuando el Consejo Escolar del Centro lo determine y, siempre de forma argumentada, a determinadas personas o instituciones podrá eximírseles del pago de una contraprestación por el uso de las instalaciones del Centro.

 

Fijación de precios

 

La utilización ocasional de las instalaciones del Centro:

-Por la utilización ocasional de las instalaciones del Centro para fines educativos, de extensión cultural y otros relacionados directamente con el servicio público de la educación, el Centro podrá establecer unos precios que serán aprobados por el Consejo Escolar.

 

-Fotocopias, Encuadernaciones, Plastificaciones.

Se cobrará una cantidad fijada por el Consejo Escolar por la realización de fotocopias u otras tareas de oficina, para el alumnado o personas ajenas al centro, siempre que éstas se realicen para alguna gestión relacionada con el Centro.

 

5. PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DEL INVENTARIO ANUAL GENERAL DEL CENTRO.

 

Art. 12 de la Orden de 10 de mayo de 2006, conjunta de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Educación, por la que se dictan instrucciones para la gestión económica de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y se delegan competencias en los Directores y Directoras de los mismos.

 

Registro de inventario.

 

1. El Registro de inventario recogerá los movimientos de material inventariable del centro incluyendo tanto las incorporaciones como las bajas que se produzcan.

Tendrá carácter de material inventariable, entre otros, el siguiente: mobiliario, equipo de oficina, equipo informático, equipo audiovisual no fungible, copiadoras, material docente no fungible, máquinas y herramientas, material deportivo y, en general, todo aquel que no sea fungible.

 

2. El Registro de inventario se confeccionará conforme a los modelos que figuran como Anexos VIII y VIII (bis) de esta Orden para las altas y bajas, respectivamente, que se produzcan durante el curso escolar, partiendo del inventario existente a fecha de

aprobación del presente Proyecto de Gestión y teniendo en cuenta lo siguiente:

 

a) Número de registro: Numeración correlativa de las adquisiciones de material inventariable.

b) Fecha de alta: Fecha en la que el material es puesto a disposición del centro.

c) Fecha de baja: Fecha en la que el material deja de formar parte del inventario del centro.

d) Número de unidades: Número de unidades que causan alta o baja.

e) Descripción del material: Se indicará el tipo de material adquirido, así como sus características técnicas.

f) Dependencia de adscripción: Ciclos o unidades organizativas a las que se adscribe el material de que se trate.

g) Localización: Lugar o dependencia física donde se encuentra ubicado el material de que se trate.

h) Procedencia de la entrada: Actuación económica o administrativa, origen de la incorporación al centro del material de que se trate.

i) Motivo de la baja: Causa que provoca la baja del material afectado.

 

3. Independientemente del Registro de inventario, podrán existir inventarios auxiliares por servicios, dependencias y otras unidades, cuando el volumen y diversidad de materiales existentes en dicha unidad así lo aconsejen.

En espacios dedicados a tutorías, aula de música, informática, serán los especialistas correspondientes los que realicen, comprueben o modifiquen los inventarios de dichas dependencias.

Por sus especiales características, existirá también un libro Registro de inventario de biblioteca, conforme al modelo que figura como Anexo IX de esta Orden, que recoja los libros que pasen a formar parte de la biblioteca del centro, cualquiera que sea su procedencia.

El Secretario será el encargado de coordinar la realización del inventario general del Centro y mantenerlo actualizado cada curso una vez rellenando y entregado el anexo correspondiente por los distintos tutores y personas a cargo de la Biblioteca.

 

a) Mobiliario.

Cada maestro/a entregará al Secretario el inventario del mobiliario asignado y comunicará a éste cualquier variación anualmente.

b) Adquisición de material inventariable.

Para la adquisición de material inventariable por parte de los ciclos o aula de apoyo, los pasos específicos a seguir serán los siguientes:

 

1. Los maestros/as solicitarán al secretario/a la autorización para adquirir dicho material. Esta solicitud se acompañará de una breve memoria justificativa de la necesidad de la adquisición.

2. Una vez aprobado dicho gasto presentarán:

Factura en la que se especifiquen los artículos a adquirir y sus características técnicas, el importe de cada uno, cantidad total con IVA, IVA aplicable y base imponible), el nombre de la empresa suministradora y su CIF o NIF, fecha, firma y sello de la misma, figurando en ellos el nombre del Colegio, su domicilio y NIF.

 

Por sus especiales características, existirá también un registro de inventario de Biblioteca, conforme al modelo que figura como Anexo IX de la Orden y registro en el programa Abies de gestión de bibliotecas.

Es responsabilidad del tutor el mantener al día el inventario de su clase y material a su cargo.

En el caso de la Biblioteca, lo es la persona responsable de la misma.

A final del mes de octubre, cada maestro/a deberá entregar al Secretario/a los anexos indicados con las altas y bajas correspondientes al curso anterior, incluso si no hay novedades, poniéndolo entonces en conocimiento del Secretario.

El Secretario los recopilará y archivará junto con el resto de altas y bajas del inventario general de este Centro.

 

6.  CRITERIOS PARA LA GESTIÓN SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS DEL CENTRO Y DE LOS RESIDUOS QUE GENERE QUE, EN TODO CASO, SERÁ EFICIENTE Y COMPATIBLE CON LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO.

 

6.1. Objetivos.

 

1. Realizar una gestión sostenible y eficiente de todos los recursos del Centro y de sus residuos, compatible con el medio ambiente.

2. Hacer partícipe a toda la Comunidad Educativa de la aplicación de medidas concretas para conseguir el objetivo fundamental anterior.

3. Evitar y reducir los residuos y aumentar el reciclaje y la reutilización.

4. Gestionar y tratar los residuos de acuerdo a los estándares de buenas prácticas.

5. Eliminar el consumo innecesario de energía y mejorar la eficiencia en el destino final de la misma.

6. Promover activamente el consumo y la producción sostenible, especialmente los productos con etiqueta ecológica, orgánicos y de comercio ético y justo.

 

 

 

6.2. Medidas para conseguir dichos objetivos.

 

-Regular en el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Centro el uso de los medios materiales del Centro, el consumo en general de cualquier bien, con especial atención al uso de las instalaciones energéticas.

-Continuar con las medidas ya establecidas en lo referente al ahorro y contención del gasto.

-Petición de al menos tres presupuestos para todas las compras y obras del Centro de cierta cuantía.

-Posibilitar una recogida selectiva de todos los residuos del Centro. Para ello se dotará al Centro de la infraestructura necesaria.

-La mayoría de los residuos que se generan en el Centro son restos de papel, cartón, envases de tinta de impresoras y copiadoras, pilas y plástico, así que  será necesaria la disponibilidad de un contenedor para plástico y otro para el papel o cartón.

-El uso de la calefacción del Centro está restringido a los días en los que la temperatura es excesivamente baja y siempre limitándola a temperaturas recomendadas.

- Nuestro Centro también contará con un contenedor para reciclar pilas.

 

7. OTROS ASPECTOS DE LA GESTIÓN DEL CENTRO.

 

7.1. Exposición de publicidad.

Sólo se podrá exponer la siguiente publicidad en el Centro:

 

-De clases particulares, academias y demás servicios relacionados con la educación previa autorización del Equipo Directivo.

-De eventos culturales o lúdicos previa autorización del Equipo Directivo.

-De pisos para alquilar al profesorado (en la Sala de Profesores).

 

 

 

 

7.2. Uso del servicio de fotocopias.

1. El horario para encargar fotocopias por parte de los profesores es de 9.00 a 14h, excepto en el recreo.

2. Las encuadernaciones se podrán encargar siempre que su cantidad sea inferior a 5.

3. No se hacen fotocopias de libros, excepto de alguna página suelta o capítulo (dentro de lo estrictamente aceptable).

4. El precio de las fotocopias privadas será revisado anualmente y aprobado por el Consejo Escolar.

5. Los encargos de fotocopias no se realizarán el mismo día que sean necesarios. Existirá una hoja de registro en secretaría para anotar los encargos.

 

 

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